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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 09/12/2025 | |
| CUENTA, N° 206 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2021000013 |
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El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado al ciudadano JOSÉ ALBERTO LIRA BUFANO, a los fines de notificar que en fecha 25 de julio de 2025 esta Sala Electoral dictó sentencia Nº 073, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se le tendrá por notificado. |
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| 2. | AA70E2021000013 |
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El ciudadano RAFAEL YGNACIO REYMI MACHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-5.752.526, asistido por los abogados Manuel Desiderio Rosales y Agueda Amelia Romero Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 279.806 y 126.635, en el orden mencionado, quienes también actúan en su propio nombre y representación con el carácter de propietarios de las viviendas ubicadas en el Conjunto Residencial Puerto Príncipe, interpusieron recurso contencioso electoral contra el "…ACTO DE CONVOCATORIA A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE PROPIETARIOS SOLVENTES´…". |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos MANUEL DESIDERIO y AMELIA AGUEDA, a los fines de notificar que en fecha 25 de julio de 2025 esta Sala Electoral dictó sentencia Nº 073, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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| 3. | AA70E2025000050 |
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Por recibido Oficio Nro. 507-25 de fecha 02 de diciembre de 2025, emanado del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remitió demanda de nulidad de Acta de Asamblea, interpuesta por la ciudadana MARTHA ELIZABETH MALDONADO NAVARRO, asistida por el abogado José Gregorio Orfila Hernández, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.797, contra Acta de Asamblea realizada en fecha 17 de junio de 2025 por la Junta de Condominio del conjunto Residencial Las Clavenillas ubicado en Colinas de la California, del Municipio Sucre, donde se eligieron a los miembros integrantes de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el periodo 2025-2026, conforme a la cual, el referido Juzgado en Sentencia Interlocutoria de fecha 21 de noviembre de 2025 declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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DESIGNACIÓN DE PONENTE: Se designó ponente al MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a quien se le remitió el expediente a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2025000048 |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, actuando en nombre propio, perteneciente a los Programas Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada (UNEFA), mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso de elecciones realizado por la Comisión Electoral para la conformación de los Consejos de Administración y Consejo de Vigilancia de la Caja de Ahorro de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), periodo 2025-2028. |
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El abogado RODOLFO LUIS QUIJADA MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.529, quien actúa en su propio nombre, en el alegado carácter de Asociado de la Caja de Ahorros de los Trabajadores Civiles del Ministerio del Poder Popular para la Defensa (CAFUCAMIDE), presentó escrito de reforma al libelo del recurso contencioso electoral. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2020000006 |
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La abogada Nelly Esperanza Escalante, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 53.370, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos CARMEN ROSARIO ACOSTA MONTES y ELÍAS ARNOLDO LOZADA SALAS, titulares de la cédula de identidad N° V-10.271.456 y V-2.915.688, en ese orden, aludiendo el carácter de Presidente de la Asociación de Tenis del estado Aragua y Presidente de la Asociación de Tenis del estado Miranda, respectivamente, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el proceso electoral convocado para el día 08 de febrero de 2020 por la comisión electoral de la Federación Venezolana de Tenis. |
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El abogado Elías Arnoldo Lozada, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 54.228, actuando en su carácter de la parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual ratificó su solicitud presentada ante esta Sala Electoral en fecha 15 de octubre de 2025. |
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| 2. | AA70E2022000052 |
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Los ciudadanos ALEXANDER JOSÉ NATERA MARCANO y NICOLÁS ENRIQUE RUIZ OJEDA, titulares de las cédulas de identidad número V-6.481.019 y V-4.053.907, respectivamente, actuando en su carácter de Miembros del Personal Docente y de Investigación de la Universidad Nacional Experimental "Simón Bolívar" (UNESB), asistidos por el abogado William José Coronado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.728, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso electoral de los representantes profesorales al Consejo Superior, Consejo Directivo, Consejo Académico y Consejo de Apelaciones de la referida Universidad, celebrado en fecha 31 de octubre de 2022. |
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El abogado Héctor Galarraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.519, actuando en su carácter de parte recurrida, presentó diligencia mediante la cual ratificó solicitud de decaimiento del objeto en la presente causa. |
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| 3. | AA70E2024000023 |
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El abogado HÉCTOR JOSÉ GALARRAGA GIMÉNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.519, actuando en nombre propio y en el carácter de personal administrativo, asistiendo al ciudadano OMAR JESÚS PÉREZ AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.172.006, actuando en el carácter de profesor titular, ambos jubilados de la Universidad Experimental Simón Bolívar (USB), interpusieron recurso contencioso electoral por abstención u omisión contra el Consejo Directivo de la Universidad Nacional Experimental Simón Bolívar (USB), al no acatar lo dispuesto en la Sentencia N° 0047 de fecha 27 de febrero de dos mil veinte (2020), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. |
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El abogado Héctor Galarraga, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.519, actuando en su carácter parte recurrente, consignó diligencia reiterando sus solicitudes anteriores, en la cual solicitó la remisión del libelo a la parte recurrida. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |