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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 17/02/2025 | |
CUENTA, N° 29 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2024000049 |
Por recibido oficio N° TSJ/SCS/OFIC/1099-2024 de fecha 15 de octubre de 2024, emitido por la Sala Constitucional de este alto Tribunal, contentivo de la acción de amparo constitucional con medida cautelar innominada y pretensión cautelar, interpuesta por el ciudadano JUAN RAMÓN CRESPO PINTO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.819.685, actuando en el alegado carácter de Presidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Harina, asistido por la abogada Raquel Montiel Álvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 9.034, contra el Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación de Trabajadores de Venezuela (C.T.V.). |
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DESIGNACION DE PONENTE: Visto que consta en autos la notificación ordenada en fecha 20 de diciembre de 2024, vencido como se encuentra el plazo otorgado en la sentencia Nº 133 dictada por esta Sala Electoral en fecha 19 de diciembre de 2024, así como el término de la distancia, e igualmente visto el escrito presentado en fecha 14 de febrero de 2025, por el abogado Juan Ramón Crespo Pinto, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 104.912, en el carácter de Presidente del Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Trabajadores de la Industria de la Harina, (accionante), se designó ponente al MAGISTRADO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA, a los fines de dictar el pronunciamiento correspondiente. |
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2. | AA70E2025000006 |
La abogada Nathaly Del Carmen Querales Rudiño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 294.842, actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano JAVIER ANTONIO OSORIO BRACHO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.749.098, en el carácter de de propietario del Local ML-50, ubicado en el Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevadas a cabo por la Junta de Condominio del Centro Comercial Gran Bazar de Maracaibo, periodo 2024-2025, por vulnerar el derecho al sufragio y la participación en el proceso eleccionario realizado el 24 de enero del 2025, donde se escogieron a los miembros integrantes de la referida Junta de Condominio para el periodo 2025-2026. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Junta de Condominio del Centro Comercial Gran Bazar Maracaibo, período 2024-2025, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. . Asimismo se designó PONENTE A LA MAGISTRADA FANNY BEATRÍZ MÁRQUEZ CORDERO, a quien se le remite el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud formulada. |
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3. | AA70E2025000007 |
El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: Se acordó solicitar a la Comisión Electoral de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL) los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso. Asimismo se designó Ponente a la MAGISTRADA CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a quien se le remitió el expediente a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y la solicitud formulada. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2024000038 |
El abogado FREDDY JOSÉ DELGADO HERNÁNDEZ, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en el Edificio TORRE PROFESIONAL DEL CENTRO; interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra la convocatoria a la Asamblea Extraordinaria de Propietarios realizada en fecha 31 de julio de 2024 y el acto electoral ocurrido el 13 de agosto del mismo año, en el cual fueron electos los miembros de la Junta de Condominio del referido inmueble. |
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ADMISIÓN DE PRUEBAS. El Juzgado de Sustanciación, de esta Sala Electoral, emitió pronunciamiento en cuanto a las pruebas promovidas. |
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ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
1. | AA70E2017000035 |
Los ciudadanos EDUARDO SALAS y GAUDY COLINA, aludiendo el carácter de Secretario del Consejo de Administración y asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistidos por el abogado José Luis Urbaez Navarro, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautela innominada contra las "actuaciones de la comisión electoral de CATRAJUP y del proceso electoral que se realizara el día martes 13 de junio de 2017". |
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La abogada Migdalys Rodríguez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 277.101, actuando en el carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, presentó escrito mediante el cual alegó que las nuevas autoridades ad-hoc, desde el momento en que la sentencia fue publicada en la página web, han incurrido en actuaciones arbitrarias. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2025000003 |
La ciudadana MINCI MIRIAM CABALLERO SABALZA, y el ciudadano JORGE ROBERTO MURGA LÓPEZ, titulares de las cédula de identidad Nros: V-10.413.056 y V-5.540.799, respectivamente, la primera abogada inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 261.185, actuando en nombre propio, y asistiendo al segundo, ambos en el alegado carácter de postulados a los cargos de Secretario y Tesorero del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros para el personal del Cuerpo de Investigación Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C.), mediante el cual interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la decisión dictada por la Comisión Electoral Principal de la mencionada caja de ahorros, donde inadmitió la postulación a los cargos de Secretario y Tesorero del Consejo de Administración de dicha caja de ahorros, convocada en fecha cinco (5) de febrero de 2025. |
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La abogada MINCI MIRIAM CABALLERO SABALZA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 261.185, actuando en nombre propio y asistiendo al ciudadano JORGE ROBERTO MURGA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.540.799, en el carácter de parte recurrente, consignarón diligencia mediante la cual ratificarón solicitud de pronunciamiento. |
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2. | AA70E2025000005 |
El abogado HERNÁN JOSE ZURITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.701, quien invoca la condición de Comisario General (J) del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C) y candidato a la Presidencia del Consejo de Administración de la Caja de Ahorro del mencionado Cuerpo de Investigación, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra el acto administrativo N° 0005 de fecha 22 de enero 2025 emanado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (C.I.C.P.C), por medio del cual procedieron a la exclusión del listado definitivo de candidatos, para optar al cargo de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros para el personal del referido Cuerpo de Investigaciones. |
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El abogado HERNÁN JOSE ZURITA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.701, en el carácter de parte recurrente, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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AUDIENCIA CONSTITUCIONAL EN | |
1. | AA70E2024000037 |
El abogado SERGIO OMAR VARGAS, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE INSTITUCIONES DE CIEGOS (FVIC), interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos MAGUER PALOMO, LUIS ZAMBRANO y LUIS CORREDOR, integrantes del Comité Ejecutivo (Saliente), en virtud de la negativa de hacer entrega de los documentos, bienes muebles e inmuebles, oficinas y demás actuaciones de la referida Federación al Comité Ejecutivo (Electo). |
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ACTA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL: La Sala Electoral declaró: SIN LUGAR la presente acción de amparo constitucional con solicitud de medida cautelar innominada |
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2. | AA70E2024000037 |
El abogado SERGIO OMAR VARGAS, actuando en el alegado carácter de apoderado judicial de la FEDERACIÓN VENEZOLANA DE INSTITUCIONES DE CIEGOS (FVIC), interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada contra los ciudadanos MAGUER PALOMO, LUIS ZAMBRANO y LUIS CORREDOR, integrantes del Comité Ejecutivo (Saliente), en virtud de la negativa de hacer entrega de los documentos, bienes muebles e inmuebles, oficinas y demás actuaciones de la referida Federación al Comité Ejecutivo (Electo). |
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AGREGADO DE CD: se dejó constancia que se agregó al expediente, disco compacto contentivo de la audiencia constitucional celebrada en esta misma fecha. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |