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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 09/01/2025 | |
CUENTA, N° 3 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2023000027 |
Los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO, LUIS GRAZIA, HECTOR MANUEL ARANGUREN GONZÁLEZ, ERNESTO GOITIA, FREDDY PONCE y RELDY ARVELAIZ, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.082.651, V-6.436.337, V-19.606.114, V-10.819.615, V-4.824.518 y V-5.608.242 , respectivamente los tres primeros abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791, 68.157, 260.373, en el alegado carácter de socios del CLUB DE PLAYA & MARINA EL AGUASAL, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de medida cautelar, contra la comisión electoral de la referida organización civil que rige el proceso de elección de la junta directiva para el periodo 2023-2025, cuyo acto de votación se convocó para el 13 del mayo del 2023. |
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PONENTE: Visto el escrito presentado en fecha 10 de enero de 2024, por los abogados Héctor Antonio Aranguren y Héctor Manuel Aranguren, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 41.791 y 260.373, respectivamente, parte recurrente, mediante el cual solicitaron aclaratoria de la sentencia N° 056 dictada por la Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines de la decisión correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2017000006 |
El abogado ALEXANDER RAFAEL SUSARREY RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.393, aludiendo el carácter de apoderado judicial de los Trabajadores y Trabajadoras de la Entidad de Trabajo Hierros San Felix, C.A., interpuso solicitud de convocatoria a elecciones. |
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Se dejó constancia que que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a la JUNTA DIRECTIVA DEL SINDICATO BOLIVARIANO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA HIERROS SAN FÉLIX, C.A., (SINBOTRAHISAFEL), (parte accionada ), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 107 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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2. | AA70E2018000058 |
El ciudadano ALI GUAIRA MORILLO, alegando su condición de asociado de la Caja de Ahorro y Bienestar Social del Personal de la Policía del Estado Carabobo, asistido por los abogados José Ramón Zacarías y Ranses Ojeda Figueredo, interpusieron Acción de Amparo Constitucional con solicitud de medida cautelar innominada contra la Comisión electoral de la referida Caja de Ahorro. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 650, del 11 de noviembre de 2024, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 05 de diciembre de 2019, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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3. | AA70E2020000011 |
Por recibido Oficio N° 2020-032, de fecha 13 de febrero de 2020, emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante el cual remite expediente, contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado Pedro José Acero Pino, titular de la cédula de identidad N° 8.236.635, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 60.239, actuando en representación de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PÉREZ, JOSÉ DAVID NADALES, JAIRO JOSÉ PINEDA, y otros con el carácter de trabajadores activos de la empresa sociedad mercantil MMC AUTOMOTRIZ, S.A., contra la Junta Directiva del Sindicato de Trabajadores Automotriz Venezolana de MMC Automotriz, S.A. (SINTRAUTOVEMMC), esta se efectúa en virtud de la sentencia de fecha 05 de febrero de 2020, dictada por el juzgado remitente. |
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Se dejó constancia que que se fijó de la cartelera de la Sala cartel librado al abogado PEDRO JOSÉ ACERO PINO, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO PÉREZ, JOSÉ DAVID NÁDALES, JAIRO JOSÉ PINEDA, JULIO CESAR FERMÍN, FRANCISCO JAVIER DESEDA y otros, trabajadores activos de la sociedad mercantil MMC Automotriz S.A., e integrantes del SINDICATO DE TRABAJADORES AUTOMOTRIZ, S.A. (SINTRAUTOVEMMC), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 098 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala, se les tendrá por notificados. |
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4. | AA70E2021000043 |
El abogado Jhonny Javier Michelena Labori, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 259.320, invocando la condición de Secretario General Suplente de la Asociación de Boxeo del estado Bolivariano de Guárico, interpuso demanda de nulidad, contra la Convocatoria de la Comisión Reorganizadora y la Comisión Electoral de la Federación Venezolana de Boxeo 2021-2025. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 586-24, del 06 de noviembre de 2024, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan Germán Roscio y Ortiz de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 02 de noviembre de 2023, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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5. | AA70E2021000049 |
Los abogados JOSÉ RAMÓN SEVILLA MATA, DARLING GRACIELA VIVAS CALCURIAN y XIOMARA MENDOZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 63.576, 178.502 y 78.936, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales del ciudadano JULIO RAFAEL ROJAS, titular de la cédula de identidad N° V- 7.362.058, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Asociación Civil Caja de Ahorros y Préstamos de los Funcionarios Policiales del estado Lara, (CAPFPEL), interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los ciudadanos LUIS GERARDO PENA QUEVEDO, en su carácter de Director General del Instituto Autónomo del Cuerpo de la Policía del estado Lara, y los ciudadanos CARLOS PEÑA, GREGORYS VEGAS, CUICA AGNI, LUIS PACHECO, YIMI CEGARRA y ROBINSON MORLES. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 549-2024, del 20 de noviembre de 2024, emanado del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 24 de octubre de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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6. | AA70E2022000011 |
Los ciudadanos ERIK J. GARCÍA HERNÁNDEZ y CRISTINA I. RODRÍGUEZ MASERES, titulares de la cédula de identidad números V-16.633.552 y V-18.168.317, respectivamente, actuando en su condición de Presidente y Vicepresidenta de la ASOCIACIÓN DE SOFTBOL DEL ESTADO CARABOBO, asistidos por la abogada Elis Elena González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y, subsidiariamente, con medida cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral iniciado con la Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de diciembre de 2021. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 4430-467, del 07 de noviembre de 2024, emanado del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 10 de julio de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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7. | AA70E2022000023 |
El abogado Emmanuel José Ortiz Peraza, titular de la cédula de identidad N° V-15.176.809, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 102.283, actuando en nombre propio y representación de los derechos constitucionales, y los intereses y derechos colectivos de los miembros del Colegio de Abogados del estado Lara, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar subsidiaria, contra la escogencia de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y Comisión Electoral de la referida organización gremial. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 4920-551, del 30 de octubre de 2024, emanado del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 25 de septiembre de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo. |
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8. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en el alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CARMEN AYESI TOVAR, WILFREDO EZEQUIEL FLORES, PEDRO LUIS MINOTTI MUÑOZ, ANTONIO JOSE RODRIGUEZ ACOSTA, YLDEMARO ANTONIO PERDOMO, y otros, en su condición de candidatos principales y suplentes a los Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 120 dictada de fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala, se les tendrá por notificados. |
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9. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en el alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado A los MIEMBROS INTEGRANTES DE LAS SUBCOMISIONES ELECTORALES DE LOS ESTADOS CARABOBO, FALCON, MERIDA, PORTUGUESA, SUCRE, ZULIA, BARIAS, BOLIVAR, GUARICO Y DELTA AMACURO de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 120 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala, se les tendrá por notificados. |
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10. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en el alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ROSA HIDALGO GUILLEN, JAIME RAFAEL GONZALEZ, MAGALI ROSAS SALAZAR, ROSA CELESTINA GUIAPO, IRIS JOSEFINA APARIO RAMOS, y otros, en su condición de candidatos principales y suplentes a los Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 120 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala, se les tendrá por notificados. |
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11. | AA70E2023000014 |
El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025. |
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Se dejó constancia que que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado A los AFILIADOS DE LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA DE EL VIGÍA Y SUR DEL LAGO (CAVISUR), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 121 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala, se les tendrá por notificados. |
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12. | AA70E2023000014 |
El abogado Sergio Urdaneta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.558, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JAVIER ALEXANDER GUILLEN CONTRERAS, titular de la cédula de identidad N° V-17.794.866, en el alegado carácter de candidato a Presidente de la nueva Junta Directiva de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR) para el periodo 2022-2025, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra los actos de designación, totalización, acreditación y juramentación de la nueva Junta Directiva de la referida Cámara de Comercio para el periodo 2022-2025. |
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Se dejó constancia que que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ORIELA COROMOTO DI VITO ZAMBRANO, VERÓNICA ANDREA CASTRO CAMBÓN, ANA RAQUEL OCANDO DURAN, JOSÉ ANTONIO PÁEZ YÁNEZ, MARGARITA BUENO y otros, en su carácter de candidatos y postulados a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la de la Cámara de Comercio e Industria de El Vigía y Sur del Lago (CAVISUR), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles la Sentencia N° 121 dictada en fecha 17 de diciembre de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala, se les tendrá por notificados. |
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13. | AA70E2023000068 |
El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]". |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ASTOLFO CHIRINOS (ASOC. DE COOPROPIETARIOS DEL CCR LAS VIRTUDES), ANTONIO DIKDAN (AHANGHAI,C.A), ALFREDO BELLO (REFRIGERACIÓN INDUSTRIAL SURAMÉRICA, C.A), y otros en su condición de socios afliados de la Cámara de Comercio e industria de Paraguana (CACOINPAR), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, dictó Sentencia Nº 078. |
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14. | AA70E2023000068 |
El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]". |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos LUIS DOS SANTOS, JOSÉ ANTONIO PÉREZ, ARSENIO NAVEDA,LISBET MEDINA, WILFREDO GONZÁLEZ y otros, en el carácter de candidatos a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Cámara de Comercio e industria de Paraguana (CACOINPAR), por la plancha N° 2, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, dictó Sentencia Nº 078. |
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15. | AA70E2023000068 |
El abogado Gregorio Pérez Vargas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.917, actuando en su alegado carácter apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO PÉREZ y LISBETH MEDINA, titulares de las cédula de identidad Nros V-15.016.395 y V-7.523.079, respectivamente, el primero invocando la condición de propietario de la Sociedad Mercantil OCEAN MACHINE C.A, y la segunda como representante legal de la Sociedad Mercantil INVERSIONES FRAVELIZ C.A, ambos miembros activos de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar, contra "la comisión electoral, designada para llevar el proceso electoral y de la decisión tomada por [la referida comisión] en fecha 03 de noviembre de 2023, en la cual juramento (…) sin haber celebrado el proceso electoral una junta directiva presidida por la ciudadana GLENDA GALVIS (…), [quien presuntamente] no es miembro asociada de la [referida Cámara de Comercio]". |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a Todos los Socios Afiliados de la Cámara de Comercio e Industria de Paraguana (CACOINPAR), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, dictó Sentencia Nº 078. |
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16. | AA70X2023000005 - AA70E2021000065 |
La abogada Elis González Camacho, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HERNÁN RAFAEL MUJICA RAMOS, Presidente de la Asociación de Boxeo del estado Lara, afiliado a la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), parte recurrente, denunció el desacato al amparo cautelar decretado en la sentencia N° 051 dictada por esta Sala en fecha 22 de junio 2022, por parte de la Junta Directiva de la Federación Venezolana de Boxeo, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
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Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos LUISA BENÍTEZ GÓMEZ Y WILLIAM GONZÁLEZ, en su condición de Presidenta y Secretario General de la Federación Venezolana de Boxeo (FEVEBOX), que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se le notificó que esta Sala Electoral en fecha 29 de noviembre de 2024, dictó Sentencia Nº 055. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |