REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
CARACAS, 17/03/2025
CUENTA, N° 47

ACTUACIÓN EN
1. AA70E2021000031

El abogado Wilder Márquez Romero, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 145.571, actuando en su carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., interpuso demanda de nulidad contra elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar del contenido de la Sentencia N° 070 de fecha 29 de noviembre de 2024, al abogado WILDER MÁRQUEZ ROMERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°145.571, en su alegado carácter de apoderado judicial de NESTLÉ DE VENEZUELA, S.A., (parte recurrente), contra la "elección de delegados de prevención de la Fábrica El Tocuyo del estado Lara, realizada en fecha 09 de junio de 2021, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo se le tendrá por notificado.


2. AA70E2022000058

Los ciudadanos NICANOR GARCIA RIVADULLA, JORGUE ENRIQUE GARCÍA PÉREZ y CRISTAL CAROLINA ALVARADO LEIVA, titulares de las cédulas de identidad N° V-6.129.380, V-16.909.432 y V-16.889.676, respectivamente, alegando su condición de Propietarios de inmuebles ubicados en la Urbanización Náutica Puerto Encantado, asistidos por el abogado Alejandro García Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 131.050, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la convocatoria publicada en fecha 14 de noviembre de 2022, por la Asociación Civil Puerto Encantado, para la Asamblea de miembros y propietarios a celebrarse en fecha 10 de diciembre de 2022, donde se nombrará la Junta Directiva para el periodo 2022-2024.

RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 2780-7956-2025, del 28 de febrero de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 19 de diciembre de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


3. AA70E2023000015

Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023.

RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió oficio N° 2780-7585, del 03 de mayo de 2024, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buroz de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 04 de marzo de 2024, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio así como el anexo.


4. AA70E2024000009

Por recibido oficio Nro. TSJ/SCS/OFIC/0657-2024 de fecha 21 de febrero de 2024, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió expediente signado con el alfanumérico Nro. AA50-T-2023-001286 contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por las ciudadanas NILDA LUCIA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, HEROLIDA ROSA ROJAS PALACIO, y otras, invocando el carácter de trabajadoras jubiladas, asociadas de la Caja de Ahorros del Sector de Empleados Públicos (CASEP), asistidas en este acto por los abogados Ovidio Tocuyo Ford, María Castellanos Pichardo, Humberto González Aguirre y Carmen Canache Flores, contra la Comisión Electoral Nacional de la referida Caja de Ahorros, remisión que se efectuó en virtud de la decisión dictada en fecha 05 de febrero de 2024, conforme a la cual declinó el presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

Se acordó librar cartel a los fines de notificar del contenido de la Sentencia N° 135 de fecha 19 de diciembre de 2024, a las ciudadanas THAIS MARBELLA MICHELENA SOJO, EUSEBIA RAMONA MALAVE LÓPEZ Y CARMEN JOSEFINA CANACHE FLORES, actuando en el alegado carácter de asociadas de la Caja de Ahorros sector Empleados Públicos (CASEP), (parte accionante), con la advertencia que transcurrido un término de diez (10) días de despacho contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificadas.


5. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, MITZI WINKLER, FREDY RODRIGUEZ, JUAN DE MARTINO, NANCY COLMENARES, ARNOLDO BERMÚDEZ, EMILY MÉNDEZ y otros, en el carácter de candidatos postulados para los diferentes cargos que integranel Tribunal Disciplinario de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


6. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, GERARDO ZAMBRANO, RONNY GAMBEA, JOSÉ ORLANDO LABRADOR, RAFAEL SANTANA, LUIS ALBERTO MEJÍAS, JOSÉ VARGAS y otros, en el carácter de candidatos postulados por la Plancha Nro. 2 a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


7. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, JESÚS ROMERO y SORAYA UZCATEGUI, en el carácter de candidatos a los cargos de Comisario Principal y Suplente por la Plancha Nro. 1, respectivamente de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


8. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Vista la diligencia presentada en fecha 14 de marzo de 2025, por la abogada Zarahi Laynes Rodríguez,actuando en el carácter de apoderada judicial del ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en el carácter de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha Nro. 3 de la Asociación Civil Club Táchira, parte recurrente, mediante la cual solicitó copia certificada de la solicitud del desistimiento tanto de la acción como del procedimiento presentado por la parte recurrente de fecha 11 de marzo de 2025, por lo tanto este Juzgado acordó expedir las certificaciones de los folios ciento sesenta y nueve (169) al ciento setenta y cuatro (174), todos del presente expediente por cursar en original o en copia certificada.


9. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, BENICIO MENDOZA y NÉSTOR HURTADO, en el carácter de candidatos a los cargos de Comisario Principal y Suplente por la Plancha Nro. 2,respectivamente de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


10. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, ÁNGEL RAMÍREZ, SONIA RODRÍGUEZ, BENICIO MEDINA, ESTEFANÍA URBINA, ARMANDO MANZANARES, LUIS FELIPE CARLOS RODRÍGUEZ , y otros, en el carácter de candidatos postulados por la Plancha Nro. 1 a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


11. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos, HÉCTOR MALDONADO, JOSÉ ARSENIO DE MIGUEL, BRENDA VÁSQUEZ, CESAR VÁSQUEZ, PEDRO VIVAS ESTHER CASTRO y otros, en el carácter de candidatos postulados por la Plancha Nro. 3 a los diferentes cargos que integran la Junta Directiva de la Asociación Civil Club Táchira, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


12. AA70E2024000051

El ciudadano ROLANDO ENRIQUE PINZÓN BERNAL, en su condición de candidato postulado para el cargo de Presidente por la Plancha N° 3 de la Asociación Civil Club Táchira, asistido por los abogados Jonathan Abraham Prieto Muñoz y Zarahí B. Laynes Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 214.841 y 306.523, respectivamente, interpuso recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra la Comisión Electoral, representada por el ciudadano Pedro Paraqueimo en su condición de Presidente.

Se dejó constancia que se retiró de la cartelera de la Sala cartel librado a TODOS LOS ASOCIADOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TACHIRA, que de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia donde se les notificó que esta Sala Electoral en fecha 19 de febrero de 2025, dictó Sentencia N° 008.


DILIGENCIA EN
1. AA70E2017000096

Los ciudadanos MANUEL RIVAS y HERIBERTO CARDENAS, actuando en su carácter de Miembros Fundadores y Autoridades del Partido Político Nacional Movimiento Republicano, asistidos por el abogado Natalio Tarazona, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y solicitud de medida cautelar innominada, contra el ciudadano Julio Albarrán, actual Secretario General del Partido Político Movimiento Republicano (MR), por la presunta violación de los derechos colectivos y difusos de la Militancia y Directiva del (MR).

El ciudadano Julio Jesús Albarrán, titular de la cédula de identidad Nº V-5.836.359, en el carácter de Secretario General Nacional de la Organización con Fines Políticos, Movimiento Repúblicano (MR), debidamente asistido por el abogado Arnaldo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.784, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder apud acta al abogado asistente.


2. AA70E2025000004

La ciudadana MARÍA TERESA CANTOR PINEDA, actuando en el alegado carácter de militante activa y Diputada al Consejo Legislativo del estado Táchira, electa en elección popular como representante del Circuito N° 03 (zona Montaña Alta) del estado Táchira por la Alianza Democrática, postulada por la Organización Política Partido Demócrata Cristiano COPEI, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y suspensión de efectos, contra el acto administrativo, dictado en Resolución Conjunta N° 090125-0085 de fecha 09-01-2025, por medio del cual proceden a REVOCAR la designación como Delegada del Partido COPEI y acuerdan la suspensión temporal por un (1) año en toda la actividad política partidista.

La ciudadana Maria Teresa Cantor Pineda, titular de la cédula de identidad N° V-10.718.945 en la condición de militante activa y Diputada al Consejo Legislativo del estado Táchira, del Partido COPEI , asistida por el abogado Armando Vivas, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.190, presentó diligencia mediante la cuál se dio por notificada.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez