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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 21/03/2025 | |
CUENTA, N° 51 | |
DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
1. | AA70E2021000041 |
Los ciudadanos WILFREDO LEÓN ASTUDILLO, DENISEE DE LOS ÁNGELES SALAZAR, YACENIA MOTABAN MUÑOZ, LUIS ALFREDO GARCÍA y JUAN ENRIQUE TABLANTE PIZARRO, titulares de las cédulas de identidad N° V-13.359.988, V-26.812.702, V-16.075.112, V-18.616.476 y V-30.463.528, respectivamente, en el alegado carácter de Entrenador del Club Fronteam, Atleta del Club Mati, Entrenadora, Árbitro y Atleta del Club Guerreras de Mellado, en ese orden, y Miembros de la Federación Venezolana de Pelota Vasca, asistidos por el abogado Ramón Gonzalo Manzo Acevedo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 302.892, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra el proceso electoral convocado por el ciudadano JOSEBA URRANTEGUI BARREDA URCELAY, titular de la cédula de identidad N° V- 3.820.184, para la escogencia de los miembros de la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor de la aludida asociación para el periodo 2021-2025. |
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DESIGNACION DE PONENTE: Visto el mandato contenido en la sentencia N° 095 de fecha 17 de diciembre de 2024, transcurrido el lapso estipulado en el referido fallo, así como diligencia presentada por la abogada Elis González Camacho, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.425, apoderada judicial del ciudadano Wilfredo León Astudillo, recurrente, se designó ponente a la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a los fines del pronunciamiento correspondiente. |
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ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2023000015 |
Los ciudadanos JOAO IVO SIMAO, NORA ELENA SOTO ROSA y ARIANA CELESTE LÓPEZ DI ROCCO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.968.430, V-4.356.102 y V-20.093.857, respectivamente, la última representada por el ciudadano Rafael Ernesto López Borges, titular de la cédula de identidad N°V-5.115.555, todos actuando en su alegado carácter de propietarios de los inmuebles identificados TH-23, TH-30 y TH-33, ubicados en el Conjunto Residencial Porto Novo Town, asistidos por la abogada Adriana Yilin Casanova Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 270.821, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra los actos, actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones u omisiones electorales llevados a cabo por la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial periodo 2022-2023, y la administradora Inversiones Admyser C,A, así como solicitaron se suspendan los efectos de la asamblea eleccionaria celebrada en fecha 28 de enero de 2023. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los Miembros Integrantes de la Junta de Condomminio del Conjunto Residencial Porto Novo Town Houses, Periodo 2022-2023, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de de Justicia, a los fines de notificarle la Sentencia N° 005 fecha 29 de febrero de 2024, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se les tendrá por notificados. |
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2. | AA70E2024000024 |
Los ciudadanos PEDRO RANGEL ESCALANTE, SUSANA NG YU, MARÍA MILAGROS BENITES, LISETT PAOLA BRICEÑO CONTRERAS y AURORA PINEDA, invocando el carácter de propietarios de inmuebles habitacionales ubicados en el Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, ubicado en la Avenida San Martin, Parroquia San Juan del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, asistidos por la abogada Lilian Marlyn Kunaizeh Olivares, interpusieron solicitud de avocamiento en el juicio de nulidad de asamblea de propietarios de inmuebles conformados por apartamentos del Conjunto Residencial Edificio Centro Caracas, en la cual se eligió la Junta de Condominio del referido inmueble para el periodo 2023-2024 el cual cursa en el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. |
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Vista la Sentencia N° 011 dictada en fecha 20 de marzo de 2025, se acordó notificar a las ciudadanas YOSLIMG BERNAL, MAGLORIA MÁRQUEZ Y FORTUNA COHEN, en su condición de miembros principales de la Junta de Condominio período 2021-2022 (parte recurrente) y a los ciudadanos PEDRO RANGEL ESCALANTE, SUSANA NG YU, MILAGROS BENITEZ, LISETT PAOLA BRICEÑO CONTRERAS Y AURORA PINEDA, (parte recurrida), al Ministerio Público y al Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del area Metropolitana de Caracas. Se libró boleta y oficios. |
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3. | AA70E2024000046 |
El abogado Johel Rafahel Vergara Labrador, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 83.151, actuando en el carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSÉ RANGEL PEÑA, titular de la cédula de identidad N° V-1.585.778 en el carácter de Socio del Club Alianza Sociedad Civil, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida innominada contra el acto de elección y proclamación realizado en fecha ocho (8) de noviembre de 2024 por la Junta Directiva del Club Alianza Sociedad Civil. |
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CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: Visto que consta en autos las notificaciones ordenadas, este Juzgado de Sustanciación dando cumplimiento a lo previsto en el auto dictado en fecha 19 de diciembre de 2024, de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual deberá ser publicado en un diario de circulación nacional o regional, según sea el caso, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo ante esta Sala, con la advertencia que si la parte recurrente incumpliera con esta carga, se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Agréguese copia del cartel a los autos. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2023000003 |
El ciudadano TEODORO ALFONZO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad número V-2.999.277, actuando en el alegado carácter de asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), asistido por el abogado Ovidio Tocuyo Ford, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.239, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra el acto administrativo del proceso electoral contenido en el calendario electoral, con fecha de reactivación 10 de noviembre al 09 de diciembre de 2022, y contra el acto de votación, escrutinio y totalización general de votos de fecha 07 de diciembre de 2022, realizado por la Comisión Electoral Ad Hoc de la referida caja de ahorro. |
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El ciudadano Miguel Laya, titular de la cédula de identidad N° 2.108.913, en su condición de tercero interesado, asistido por el abogado Manuel Assad Brito, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.590, presentó diligencia solicitando copias certificadas de los folios 140 al 153. pieza N° 2, folios 117 y 118. |
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2. | AA70E2025000001 |
Los ciudadanos CLAUDIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ, JOSÉ GUSTAVO MONTILLA CONTRERAS, FREDDY JOSÉ LEYVA ZORRILLA y REINALDO JOEL FLORES ROJAS, los dos últimos abogados asistiendo a los dos primeros, y actuando en nombre propio y representación, todos en el alegado carácter de propietarios y accionistas de cuotas de participación (acción) de la Asociación Civil "Club Campestre Paracotos", interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la convocatoria a elecciones de la Junta Directiva, Comisarios y Suplentes para el periodo 2025-2029, publicada en fecha 11 de diciembre de 2024; así como contra la elección de la Comisión Electoral del 24 de noviembre de 2024; y contra el Reglamento Electoral aprobado en fecha 22 de septiembre del año 2015 de la referida asociación civil. |
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El abogado REINALDO FLORES ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 232.995, actuando en el carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, consignó diligencia mediante la cual dejó constancia del retiro del cartel de emplazamiento para su publicación y consignación. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |