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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
CARACAS, 04/06/2025 | |
CUENTA, N° 96 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2016000076 |
El ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, aludiendo el carácter de afiliado y miembro del comité ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV), asistido por el abogado José Rafael Rangel Aguiar, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con medida de amparo cautelar contra la decisión emanada de la Comisión Electoral de la mencionada Federación de fecha 13 de septiembre de 2016. |
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Vista la Sentencia N° 035 dictada por la Sala Electoral en fecha 28 de mayo de 2025, se acordó notificar al ciudadano EUDIS FELIPE GIROTT, titular de la cédula de identidad N° V-8.635.180, actuando en su alegada condición de Secretario Ejecutivo de la Federación Unitaria de Trabajadores del Petróleo, del Gas, sus Similares y Derivados de Venezuela (FUTPV) parte recurrente, y/o su apoderado judicial abogado Lorenzo Roberto Santana Gómez a los fines de practicar las correspondiente notificación. Se libró boleta. |
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2. | AA70E2025000021 |
Por recibido Oficio JSESCA-0195-2025 de fecha 21 de abril de 2025, emanado del Juzgado Superior Estadal Séptimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remitió recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la ciudadana JANETH ROJAS ESAA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.971.390, en el carácter de representante legal de la Asociación "Club Esgrima Altos Mirandinos", asistida por el abogado Ciro Sanoja Perdomo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 23.650, contra la Providencia Administrativa N° IRDEM-CJ-521-2005, emitida por el Instituto Regional de Deporte del estado Miranda, remisión que se efectuó en virtud de la Sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de septiembre del año 2006, conforme a la cual, el referido Juzgado declaró su incompetencia y declinó el conocimiento del presente asunto en esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia. |
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Vista la Sentencia N° 040 dictada por la Sala Electoral en fecha 28 de mayo de 2025, se acordó notificar al INSTITUTO AUTÓNOMO DE DEPORTE Y RECREACIÓN MIRANDINO a los fines de practicar las correspondientes notificaciones. Se libró oficios. |
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3. | AA70X2023000009 - AA70E2023000045 |
El abogado José de Jesús Medina Jiménez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 270.539, interpuso demanda de intimación de honorarios profesionales contra el ciudadano JHONNY ALBERTO CHACON SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V-13.172.347. |
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Vista la Sentencia Nro. 031 dictada por la Sala Electoral en fecha 28 de mayo de 2025, se acordó notificar a los ciudadanos al abogado JOSÉ DE JESÚS MEDINA JIMÉNEZ, parte intimante y al ciudadano JHONNY ALBERTO CHACÓN SÁNCHEZ, parte intimada. Se libró boletas. Asimismo, de conformidad con lo establecido en la mencionada sentencia y en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se comisiona al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito del Área Metropolitana de Caracas (Distribuidor), a los fines de que gestione la evacuación de los testigos señalados. Se libró oficio y despacho. |
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DILIGENCIA EN | |
1. | AA70E2025000014 |
El abogado JESÚS RAFAEL RODRÍGUEZ BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, actuando en nombre propio y en el alegado carácter de Presidente reelecto de la Federación Venezolana de Potencia (FEVEPO), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la Providencia Administrativa N° 12 de fecha 06 de enero de 2025, emanado del Directorio del Instituto Nacional de Deportes (IND), en el cual se declaró improcedente la solicitud de reconocimiento de las autoridades electas (Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor) de la mencionada Federación para el periodo 2021-2025. |
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El abogado JESÚS RAFAEL RODRÍGUEZ BERMUDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.062, parte accionante, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |