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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 20/01/2026 | |
| CUENTA, N° 10 | |
| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2025000007 |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional. |
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Se dejó constancia que en fecha 19 de enero de 2025, se recibió por medio del correo electrónico se.secretaria@tsj.gob.ve, correspondiente a la Secretaria de esta Sala Electoral, diligencia constante de un (01) folio útil de fecha 19 de enero de 2025 suscrita por el ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada María José González Gómez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.019, parte recurrente, mediante la cual consignó domicilio y números telefónicos del ciudadano CESAR UVENSO PÉREZ SUCRE, en el carácter de Presidente de la Comisión Electoral de la referida asociación deportiva, a los fines de que se practique las correspondientes notificaciones. |
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| 2. | AA70E2025000037 |
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El abogado WILLIAMS ENRIQUE PÉREZ FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.565, actuando en nombre propio y en alegado carácter de Miembro Ordinario del Conjunto "Chichiriviche Beach" de la ciudad Flamingo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elecciones realizadas el nueve (09) de agosto de 2025 por la Comisión Electoral de la Fundación Flamingo donde se eligieron a los miembros integrantes del Consejo de Dirección Superior de la referida Fundación. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió el oficio N° 2530-322, del 16 de diciembre de 2025, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 04 de noviembre de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio, así como el anexo. |
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| 3. | AA70E2025000037 |
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El abogado WILLIAMS ENRIQUE PÉREZ FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 58.565, actuando en nombre propio y en alegado carácter de Miembro Ordinario del Conjunto "Chichiriviche Beach" de la ciudad Flamingo, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra el proceso de elecciones realizadas el nueve (09) de agosto de 2025 por la Comisión Electoral de la Fundación Flamingo donde se eligieron a los miembros integrantes del Consejo de Dirección Superior de la referida Fundación. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió el oficio N° 2530-320, del 16 de diciembre de 2025, emanado del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 01 de octubre de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio, así como el anexo. |
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| 4. | AA70E2025000038 |
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El ciudadano JOSÉ RAMÓN ARÉVALO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 13.276.671, invocando su carácter de Juez Nacional de Coleo afiliado a la Asociación de Coleo del estado Amazonas, asistido en este acto por la abogada Lisbeth del Carmen Piña González, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 154.353, interpuso recurso contencioso electoral de nulidad con solicitud de amparo cautelar contra la Junta Directiva y la Comisión Electoral que llevo a cabo "…el proceso de elección de la Junta Directiva, Consejo de Honor, Consejo Contralor y Delegados ante la Asamblea General…" de la mencionada Asociación, para el período 2025-2029, en fecha 10 de julio de 2025. |
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RECEPCION DE COMISIÓN: Se recibió el oficio N° 2025-403, del 16 de diciembre de 2025, emanado del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, anexo al cual remitió la comisión conferida en fecha 04 de noviembre de 2025, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio, así como el anexo. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2022000018 |
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La ciudadana GAUDY JOSEFINA COLINA CARDOZO, titular de la cédula de identidad N° V-12.863.602, con el carácter de Asociada a la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), asistida por el abogado Raúl Santana Medina, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.586, interpuso acción de amparo constitucional con medida cautelar para la suspensión del proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades de la referida caja de ahorro, pautado para el día 26 de Abril de 2022, convocado por la comisión electoral Ad Hoc. |
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El abogado ARNOLDO FIDEL VIZCAÍNO FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 199.278, en el carácter de Presidente de la Comisión Electoral Ad Hoc de la Caja de Ahorro y Préstamo de Trabajadores Activos y Jubilados Petroleros (CATRAJUP), presentó escrito mediante el cual consignó documentos solicitados por esta Sala en cumplimiento de la Sentencia N° 004 de fecha 19 de febrero de 2025. |
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| 2. | AA70X2025000004 - AA70E2025000022 |
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El ciudadano CARLOS JAVIER MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.032.693 en el alegado carácter de Socio del Club Táchira, asistido por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, mediante el cual denuncia el desacato a la sentencia N° 069 dictada por esta Sala en fecha 25 de abril del 2025, por parte de los Miembros Integrantes de la Junta Directiva Provisoria de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, electa el 01 de febrero de 2025, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
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El abogado Plinio Angulo inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.645, en el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva electa anterior, consignó escrito mediante el cual solicitó que se declare improcedente la solicitud de aclaratoria de sentencia presentada por la parte recurrente. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2025000028 |
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El abogado Reyes José Sandoval Cardona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.299, actuando en representación de los ciudadanos Rubén Silva, José Silva, Freddy Liendo, Hugo Bermúdez, Williams Flores, Edgar Salazar, Carlos Pérez, Miguel Vargas, Liyeng Suárez, Luis Rojas, Jesús Marín, José Landaeta, Pedro Guevara, Darwin Castillo, José Martínez, Junior Reyna, Rafael Rodríguez, Antonio Bolívar, Marco Ortiz, Eddison Pérez, Juan Esteves, Jeancarlos Medina, Félix Mejías, Jesús Rodríguez, Héctor Véliz, Héctor Trujillo, Johan Alvarado, Neris Alvarado, trabajadores afiliados al SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS AL SERVICIO DE LA ENTIDAD DE TRABAJO MATADERO INDUSTRIAL LAS VEGAS C.A. (SUTTSETMILVCA ARAGUA), interpuso solicitud de convocatoria a elecciones por vencimiento del periodo 2022-2025 de la Junta Directiva de la referida organización sindical. |
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El abogado Reyes José Sandoval Cardona, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.299, actuando en el cáracter de apoderado judicial de la parte accionante, consignó diligencia mediante la cual solicitó que se le designe como correo especial. |
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| 2. | AA70E2025000035 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de las cédula de identidad Nros: V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, invocando su alegado carácter de trabajadoras activas de la entidad de trabajo Venezolana de Folias (VENEFOIL, C.A.), interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el proceso de elecciones de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización todos de fecha 27 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) Guárico al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 314.543, actuando en nombre y representación de las ciudadanas EVANYELIS SANTAELLA y MARISABEL VEGAS, titulares de las cédula de identidad Nros: V-27.486.337 y V-21.335.391, respectivamente, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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| 3. | AA70E2025000036 |
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La abogada Heniris Alexandra Medina Echezuria, actuando en nombre y representación en nombre y representación de los ciudadanos NADIA MELISSA CELIS PEREIRA, MARÍA DE LOS ÁNGELES DE FIGUEIREDO, MARÍA FERNANDA GOMES DE AMORÍN, MARÍA LAURA ÁVILA FLORES, RONALD MIJARES MONTILLA, MAGALY DEL VALLE FLORES ABREU y JHOSGREYDI DEL VALLE MÉNDEZ MORALES, invocando el alegado carácter de trabajadores activos de la entidad de trabajo Morrocel, C.A, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo y medida cautelar innominada de suspensión de efectos contra el proceso de elecciones de Delegados de Prevención de la entidad de trabajo antes mencionada, el acta de escrutinio y totalización todos de fecha 14 de noviembre de 2024, y contra el silencio administrativo por parte de la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores (GERESAT) del estado Guárico, al no pronunciarse sobre el recurso jerárquico interpuesto el 21 de abril de 2025. |
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La abogada Heniris Medina, inscrita en el Inprabogado bajo el Nº 314.543, consignó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento, asimismo, solicitó que se le requiera al TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÀN Y ORTÌZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÀRICO sobre el cumplimiento de la comisión de fecha 04 de noviembre de 2025. |
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| 4. | AA70E2025000052 |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, IRMA JOSEFINA RODRÍGUEZ ZAMBRANO, MANUEL ENRIQUE ANDRADE CEDEÑO y MARÍA CECILIA FERREIRA DE RUIZ, en el alegado carácter de Presidente de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, Presidenta, Vicepresidenta y Secretaria del Comité Electoral de la referida Asociación, respectivamente, asistidos por los abogados Luis Rojas Parra y Elizabeth Van Sijived Matas, interpusieron recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra las Convocatorias Generales Extraordinarias de Socios de fechas 17 y 29 de noviembre de 2025, de la mencionada Asociación y la Elección de los miembros integrantes del Tribunal Disciplinario realizadas en Asamblea de Socios de fecha 29 de noviembre del año en curso. |
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Los ciudadanos DAVID YÉPEZ CALZADILLA, GABRIELA DEL VALLE PINO INFANTE, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.127.456 y V-17.140.144, respectivamente, parte recurrente, debidamente asistidos por el abogado Luis Rojas Parra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignaron diligencia mediante la cual otorgaron poder apud acta al abogado asistente y a la abogada Elizabeth Van Sijiveld Matas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.220. |
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| 5. | AA70E2026000002 |
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El Abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, en el alegado carácter de Socio Propietario con la condición de accionista Vitalicio de la acción Nro. 0303-0125V de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Comité Electoral de la referida organización civil, de excluir a los socios vitalicios en la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025 y la decisión de fecha 14 de diciembre de 2025 que negó el Recurso de Impugnación ejercido contra el padrón electoral preliminar y el cronograma electoral para la elección de la Junta Directiva y del Comisario para el periodo 2026-2028. |
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La ciudadana GABRIELA PINO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.140.144, en el cáracter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Asociación civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual se dió por notificada del presente recurso contencioso electoral. |
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| 6. | AA70E2026000002 |
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El Abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, en el alegado carácter de Socio Propietario con la condición de accionista Vitalicio de la acción Nro. 0303-0125V de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Comité Electoral de la referida organización civil, de excluir a los socios vitalicios en la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025 y la decisión de fecha 14 de diciembre de 2025 que negó el Recurso de Impugnación ejercido contra el padrón electoral preliminar y el cronograma electoral para la elección de la Junta Directiva y del Comisario para el periodo 2026-2028. |
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La ciudadana GABRIELA PINO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.140.144, en el cáracter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Asociación civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual solicitó la acumulación del presente recurso al expediente 2025-52, perteneciente a esta misma Sala Electoral. |
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| 7. | AA70E2026000002 |
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El Abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, en el alegado carácter de Socio Propietario con la condición de accionista Vitalicio de la acción Nro. 0303-0125V de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra la decisión del Comité Electoral de la referida organización civil, de excluir a los socios vitalicios en la Asamblea General Extraordinaria de Socios celebrada en fecha 22 de noviembre de 2025 y la decisión de fecha 14 de diciembre de 2025 que negó el Recurso de Impugnación ejercido contra el padrón electoral preliminar y el cronograma electoral para la elección de la Junta Directiva y del Comisario para el periodo 2026-2028. |
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La ciudadana Gabriela Pino, titular de la cédula de identidad Nº V-17.140.144, en el cáracter de Presidenta de la Comisión Electoral de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, asistida por el abogado Luis Rojas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.922, consignó diligencia mediante la cual otorgó poder apud acta al abogado asistente. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2025000042 |
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El abogado ANTONIO MARÍA REQUENA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.603, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCO ANTONIO REQUENA SOSA, titular de la cédula de identidad N° V-12.453.101, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El ciudadano Alguacil consignó boleta original, librada al ciudadano MARCO ANTONIO REQUENA SOSA, parte recurrente, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 119 de fecha del 27 de noviembre de 2025. |
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| 2. | AA70E2025000042 |
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El abogado ANTONIO MARÍA REQUENA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.603, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCO ANTONIO REQUENA SOSA, titular de la cédula de identidad N° V-12.453.101, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.405, librado al ciudadano Tarek Willians Saab, en su carácter de Fiscal General de la República, recibido por el ciudadano BRYAN SERPA, Secretario de Servicio Jurídico del Ministerio Público, mediante el cual se le notificó la Sentencia N° 119 de fecha 27 de noviembre de 2025. |
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| 3. | AA70E2025000042 |
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El abogado ANTONIO MARÍA REQUENA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.603, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCO ANTONIO REQUENA SOSA, titular de la cédula de identidad N° V-12.453.101, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.406, librado a los ciudadanos FLORALBA GUERRA SILVA, LEONARDO GEORGES SALIM SOULEIBI, EUSEBIA DI VENERE, JOSÉ VÁSQUEZ, ALEXANDER CRIOLLO y BETTY ZULAY ROMERO, miembros integrantes de la Junta de Condominio de la Residencias El Doral, Electos el 30 de Septiembre de 2025 (Periodo 2025-2026), recibido por el ciudadano ALEXANDER CRIOLLO, Secretario Suplente del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó la Sentencia N° 119 de fecha del 27 de noviembre de 2025. |
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| 4. | AA70E2025000042 |
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El abogado ANTONIO MARÍA REQUENA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.603, actuando en nombre y representación del ciudadano MARCO ANTONIO REQUENA SOSA, titular de la cédula de identidad N° V-12.453.101, en el alegado carácter de propietario de un inmueble ubicado en las Residencias El Doral, Urbanización San Bernardino del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el proceso eleccionario realizado por la Asamblea General Extraordinaria en fecha 30 de septiembre de 2025, específicamente con relación a la inelegibilidad de los ciudadanos Floralba Guerra y José Vásquez, para postularse y ser electos en los cargos de Presidenta y Suplente de la Presidenta de la Junta de Condominio del mencionado edificio. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 25.367, librado a los MIEMBROS INTEGRANTES DE LA JUNTA DE CONDOMINIO DE LA RESIDENCIAS EL DORAL PERIODO 2025-2026, recibido por el ciudadano ALEXANDER CRIOLLO, Secretario Suplente del ente antes mencionado, mediante el cual se les notificó el auto de fecha 04 de noviembre de 2025. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |