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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| CARACAS, 23/01/2026 | |
| CUENTA, N° 13 | |
| NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS EN | |
| 1. | AA70E2026000004 |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 0616 de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.714, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la decisión del Comité Electoral de la referida Organización Civil de fecha 8 de enero de 2026, al excluir los Socios Vitalicios en su derecho al sufragio y para la elección de la Junta Directiva y Comisario para el periodo 2026-2028. |
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INGRESO DEL RECURSO: Se recibió recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. |
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| DESIGNACIÓN DE PONENTE | |
| 1. | AA70E2026000004 |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 0616 de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.714, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la decisión del Comité Electoral de la referida Organización Civil de fecha 8 de enero de 2026, al excluir los Socios Vitalicios en su derecho al sufragio y para la elección de la Junta Directiva y Comisario para el periodo 2026-2028. |
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SOLICITUD DE ANTECEDENTES Y PONENTE: De conformidad con lo previsto en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acordó solicitar a los Miembros Integrantes del Comité Electoral de la Asociación Civil Monteclaro Country Club, los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho más un (01) día por el término de la distancia que se computarán por días continuos, contado a partir de su notificación. Se designó ponente a la MAGISTRADA CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, a quien se le remite el expediente. Asimismo, se comisionó al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda (Distribuidor), a los fines de practicar la correspondiente notificación. Se libró oficios y despacho. |
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| ACTUACIÓN EN | |
| 1. | AA70E2011000022 |
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El ciudadano OMAR ALVARADO, actuando con el carácter de Presidente de la Asociación Sindical de los Empleados del Zulia (ASDELUZ), interpone recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar contra el acto administrativo de fecha 27-02-2011 emanado de la Comisión Electoral de la Universidad del Zulia, mediante la cual se convoca a las elecciones decanales periodo 2011-2014. |
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RECEPCION DE OFICIO: Se recibió oficio N° TSJ/SCS/OFIC/0080-2026, del 12 de enero en curso, emanado de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, anexo al cual remitió copia certificada de la sentencia N° 2105, publicada el 12 de diciembre del presente año, mediante la cual declaró no ha lugar la revisión constitucional presentada por los apoderados judiciales de la Universidad del Zulia, respecto a las sentencias N° 134, 57 y 178, dictadas por esta Sala Electoral en fechas 24 de noviembre de 2011, 29 de marzo de 2012 y 11 de diciembre de 2013, respectivamente, este Juzgado acordó agregar al expediente judicial el mencionado oficio, así como el anexo. |
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| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70X2025000004 - AA70E2025000022 |
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El ciudadano CARLOS JAVIER MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.032.693 en el alegado carácter de Socio del Club Táchira, asistido por el abogado Henry Escalona Meléndez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.629, mediante el cual denuncia el desacato a la sentencia N° 069 dictada por esta Sala en fecha 25 de abril del 2025, por parte de los Miembros Integrantes de la Junta Directiva Provisoria de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB TÁCHIRA, electa el 01 de febrero de 2025, presuntamente por no haber cumplido con el mandato judicial ordenado por esta Sala Electoral. |
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El abogado Plinio Angulo inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.645, en el carácter de apoderado judicial de la Junta Directiva electa periodo anterior, consignó escrito mediante el cual ratificó la solicitud de declaración de improcedencia la solicitud de aclaratoria de sentencia presentada por la parte recurrente. |
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| DILIGENCIA EN | |
| 1. | AA70E2025000007 |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional. |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, asistido por la abogada MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.019, consignó diligencia mediante la cual le otorgó poder apud acta a la abogada asistente. |
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| 2. | AA70E2025000007 |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional. |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, asistido por la abogada MARÍA JOSÉ GONZÁLEZ GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.019, presentó diligencia mediante la consignó domicilio procesal a los fines de practicar las notificaciones. |
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| 3. | AA70E2025000011 |
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El ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.426, actuando en el alegado carácter Secretario Ejecutivo Suplente del Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (S.U.T.I.C.E.Z), asistido por el abogado Ronny Rafael Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado N° 75.920, interpuso recurso contencioso electoral, contra la Resolución Nro. 240709-059 de fecha 09 de julio de 2024, emanada del Consejo Nacional Electoral (CNE), donde se declaró INADMISIBLE el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano. |
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El ciudadano SOFANOR JOSÉ GARCÍA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-25.714.426, actuando en el alegado carácter Secretario Ejecutivo Suplente del Secretario General del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de la Construcción del estado Zulia (S.U.T.I.C.E.Z), asistido por el abogado Ronny Rafael Reyes Acuña, inscrito en el Inpreabogado N° 75.920, presentó diligencia mediante la cual solicitó pronunciamiento. |
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| 4. | AA70E2026000004 |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, en el alegado carácter de Socio Propietario de la acción Nro. 0616 de la ASOCIACIÓN CIVIL MONTECLARO COUNTRY CLUB, asistido por el abogado Oscar Specht Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 32.714, mediante el cual interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, contra la decisión del Comité Electoral de la referida Organización Civil de fecha 8 de enero de 2026, al excluir los Socios Vitalicios en su derecho al sufragio y para la elección de la Junta Directiva y Comisario para el periodo 2026-2028. |
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El ciudadano GAMAL ANTONIO SOL GIL, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.678.518, parte recurrente, asistido por el abogado OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.714, consignó diligencia mediante la cual otorgarón poder apud acta al abogado asistente. |
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| DILIGENCIAS DEL ALGUACIL | |
| 1. | AA70E2025000007 |
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El ciudadano RENE DANIEL PANTE SALARZAR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.617.497, en el carácter de elector habilitado de la Asociación Regional de Beisbol del estado Bolívar (ASOBEISBOL), asistido por la abogada Adelaida Loroño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 123.616, interpuso recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar contra la comisión electoral de la mencionada asociación regional. |
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El ciudadano Alguacil consignó copia del Oficio Nº 26.003 librado al JUEZ DEL TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR (DISTRIUIDOR), el cual se envío a través del Departamento de Correspondencia de este Alto Tribunal, mediante el cual se le notifico el auto de fecha 22 de enero de 2026. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |