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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
SALA ELECTORAL | |
SALA ACCIDENTAL N° 1 | |
CARACAS, 10/01/2025 | |
CUENTA, N° 1 | |
ACTUACIÓN EN | |
1. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a TODOS LOS MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencia N° 093, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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2. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos ARGENIS CAMERO, FRANCISCO RIVERA, DIANA DE CARIAS, ROSALBA CROES, GUALBERTO MARCANO, EDUARDO ALFARO, MARLENE RIVAS LANETTI, ANAYIBE FLORES, ALEJANDRA ROMERO Y OTROS, EN SU CARÁCTER DE CANDIDATOS A LOS DISTINTOS CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) Periodo 2023-2025, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencia N° 093, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral se les tendrá por notificados. |
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3. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a los ciudadanos CARMEN DA COSTA, CATHY HERNÁNDEZ Y JUAN RODRIGUEZ YANES, titulares de la cédula de identidad Nº V-5.312.249, V-6.397.985 y V-992.915, en su carácter de candidatas electas de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) Periodo 2023-2025, de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencia N° 093, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
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4. | AA70E2024000021 |
Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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Se dejó constancia que se fijó en la cartelera de la Sala cartel librado a las ciudadanas MIRNA VÁSQUEZ, MARÍA FERNANDA GONZÁLEZ Y MÓNICA DI NUNCIO, titulares de la cédula de identidad Nº V-3.807.561, V-4.356.050 y V-10.335.230, respectivamente, en el carácter de miembros integrantes de la Junta de Intermediación Vecinal de la Asociación de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM) de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarles que esta Sala Electoral en fecha 17 de diciembre de 2024, dictó Sentencia N° 093, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de la Sala Electoral, se les tendrá por notificados. |
La Presidenta, | |
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
La Secretaria, | |
Intiana López Pérez |