REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA ELECTORAL
SALA ACCIDENTAL N° 1
CARACAS, 15/07/2025
CUENTA, N° 23

ESCRITOS PRESENTADOS EN
1. AA70E2024000021

Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023.

La abogada Cheyla Gómez, inscrita en el inpreabogado Nº 179.459, actuando en el carácter de parte recurrida, consignó escrito mediante el cual solicitó se exhorte a la Junta Directiva a dar cumplimiento de la Sentencia N° 056 de fecha 30 de junio de 2025, y se convoque, en sesión extraordinaría a la Asamblea General de la Asoción de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), para elegir la Comisión Electoral. Asimismo solicitó aclaratoria.


La Presidenta,
Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez
La Secretaria,
Intiana López Pérez