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| REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA | |
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| TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA | |
| SALA ELECTORAL | |
| SALA ACCIDENTAL N° 1 | |
| CARACAS, 15/07/2025 | |
| CUENTA, N° 23 | |
| ESCRITOS PRESENTADOS EN | |
| 1. | AA70E2024000021 |
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Los ciudadanos BLANCA BEATRÍZ QUINTERO DE ACUÑA, GLADYS GRISELDA TOVAR SALAZAR, CARMEN AMANDA CLELIA ASTOR DE CARMONA, y otros, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 1.693.100, V-9.120.754, V- 3.661.457, respectivamente, en el carácter de propietarios y miembros de la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN MIRANDA (APRUM), asistidos por el abogado en ejercicio LORENZO ROBERTO SANTANA, inscrito en el Inpreabogado N° 39.062, interpusieron recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar de suspensión de efectos, contra el proceso electoral de la referida asociación de propietarios, llevado a cabo el día 23 de septiembre del año 2023. |
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La abogada Cheyla Gómez, inscrita en el inpreabogado Nº 179.459, actuando en el carácter de parte recurrida, consignó escrito mediante el cual solicitó se exhorte a la Junta Directiva a dar cumplimiento de la Sentencia N° 056 de fecha 30 de junio de 2025, y se convoque, en sesión extraordinaría a la Asamblea General de la Asoción de Propietarios y Residentes de la Urbanización Miranda (APRUM), para elegir la Comisión Electoral. Asimismo solicitó aclaratoria. |
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| La Presidenta, | |
| Caryslia Beatriz Rodriguez Rodriguez | |
| La Secretaria, | |
| Intiana López Pérez |