![]() | ||
|
REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL
SUPREMO DE JUSTICIA
SALA
DE CASACIÓN CIVIL
ACCIDENTAL
DEL
03 DE OCTUBRE DE 2003
N°
181
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
Se realizaron las siguientes actuaciones:
En el juicio por REIVINDICACIÓN
que sigue la ciudadana OLGA MARTÍN MEDINA contra los ciudadanos EDGAR
RAMÓN TELLES y NANCY JOSEFINA GUILLÉN DE TELLES, se dictó auto declarando concluida la sustanciación.
2) Exp. AA20-C-2003-000653
En el juicio por REIVINDICACIÓN
que sigue la ciudadana OLGA MARTÍN MEDINA contra los ciudadanos EDGAR
RAMÓN TELLES y NANCY JOSEFINA GUILLÉN DE TELLES, la Secretaria Dra. Adriana Padilla Alfonzo certificó que los
profesionales del derecho que han intervenido en los actos de sustanciación del
recurso de casación interpuesto en esta causa, Vestalia Hurtado de Quirós y
Manuel Gustavo Hernández, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.153.115
y 1.581.201, respectivamente, se encuentran habilitados para ejercer ante esta
Sala, bajo los Nros. 3.255 y 2.211, correspondientes a la Circunscripción
Judicial del Distrito Capital de la lista elaborada en cumplimiento del
artículo 324 del Código de Procedimiento Civil. De igual manera certifica que
la abogada Vestalia Quirós Hurtado, titular de la cédula de identidad N°
6.918.853, no se encuentra habilitada para actuar ante esta Sala.
Siendo las 3:00 p.m.,
concluye el Despacho.
El Vicepresidente de la Sala
en ejercicio de la
Presidencia,
Actúa por mandato del contenido
y
alcance del
artículo 48 L.O.C.S.J.
La Secretaria,
ADRIANA PADILLA ALFONZO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
ACCIDENTAL
DEL 03 DE OCTUBRE DE 2003
N° 181
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
Se
realizaron las siguientes actuaciones:
En el juicio por EJECUCIÓN DE
HIPOTECA que sigue EMILIO CUARTERO
BERNABÉ contra SANTIAGO ENRIQUE PUIG MANCILLA, se dictó auto declarando concluida la sustanciación.
En el juicio por EJECUCIÓN DE
HIPOTECA que sigue EMILIO CUARTERO
BERNABÉ contra SANTIAGO ENRIQUE PUIG MANCILLA, la Secretaria Dra. Adriana Padilla Alfonzo certificó que los
profesionales del derecho que han intervenido en los actos de sustanciación del
recurso de casación interpuesto en esta causa, José Ángel Balzán y
Arquímedes Pens Torcat, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.087.239 y
2.657.279 respectivamente, se encuentran habilitados para ejercer ante esta
Sala, bajo los Nros. 251 y 409, correspondientes a la Circunscripción Judicial
del Distrito Capital.
En el juicio por NULIDAD DE VENTA que sigue la
empresa COBRAMAR, C.A. contra la sociedad de comercio que se distingue
con la denominación mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, se dictó auto declarando concluida la sustanciación.
En el juicio por NULIDAD DE VENTA que sigue la
empresa COBRAMAR, C.A. contra la sociedad de comercio que se distingue
con la denominación mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL, la Secretaria Dra.
Adriana Padilla Alfonzo certificó que los profesionales del derecho que han
intervenido en los actos de sustanciación del recurso de casación interpuesto
en esta causa, Luis Betancourt Oteyza, Luis Rojas Becerra y María Begoña Mugica Sesma,
titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.758.024, 3.177.046 y 6.160.426
respectivamente, se encuentran habilitados para ejercer ante esta Sala, bajo
los Nros. 1.171, 323 y 2.885 , correspondientes a la Circunscripción Judicial
del Distrito Capital.
En el juicio por NULIDAD DE
ASAMBLEA que sigue el ciudadano MIGUEL ÁNGEL CAPRILES CANNIZZARO contra la sociedad de comercio que se distingue
con la denominación mercantil VALORES Y DESARROLLOS VADESA, S.A., se dictó auto declarando concluida la sustanciación.
En el juicio por NULIDAD DE
ASAMBLEA que sigue el ciudadano MIGUEL ÁNGEL CAPRILES CANNIZZARO contra la sociedad de comercio que se distingue
con la denominación mercantil VALORES Y DESARROLLOS VADESA, S.A., el Secretario Accidental
Dr. Enrique Durán Fernández certificó que los profesionales del derecho que han
intervenido en los actos de sustanciación del recurso de casación interpuesto
en esta causa, Jorge Luis Da Silva Baeta y Andrés Ramírez Díaz, titulares de las
cédulas de identidad Nros. 7.102.323 y 3.397.238, se encuentran habilitados
para ejercer ante esta Sala, bajo los Nros. 5.053 y 32, correspondientes a la
Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Guárico.
En el juicio por EJECUCIÓN DE
HIPOTECA que sigue la empresa BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL
contra la sociedad de comercio que se distingue con la denominación mercantil REGAPRINT,
C.A. y OTROS, se dictó auto
declarando concluida la sustanciación.
En el juicio por EJECUCIÓN DE
HIPOTECA que sigue la empresa BANCO DE VENEZUELA, S.A., BANCO UNIVERSAL
contra la sociedad de comercio que se distingue con la denominación mercantil REGAPRINT,
C.A. y OTROS, la Secretaria Dra. Adriana
Padilla Alfonzo certificó que los profesionales del derecho que han intervenido
en los actos de sustanciación del recurso de casación interpuesto en esta
causa, Yonny
Almaqui Youkhadar y Lourdes Rafaela Fornías Lara, titulares de las cédulas de
identidad Nros. 7.254.020 y 7.109.430, se encuentran habilitados para ejercer
ante esta Sala, bajo los Nros. 289 y 375, correspondientes a la Circunscripción
Judicial del Estado Aragua y del Distrito Capital.
Se hace constar,
que la actuaciones correspondientes a los puntos números 5 y 6 fueron suscritas
por el Dr. Enrique Durán Fernández, en su carácter de Secretario Accidental.
Siendo las 3:00
p.m., concluye el Despacho.
El Vicepresidente
de la Sala,
CARLOS OBERTO VÉLEZ
La Secretaria,
ADRIANA PADILLA ALFONZO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
ACCIDENTAL
DEL 03 DE OCTUBRE DE 2003
N° 181
Siendo las 8:30 a.m., se da inicio al Despacho.
No hubo actuaciones.
Siendo las 3:00
p.m., concluye el Despacho.
El Presidente de
la Sala,
ANTONIO RAMÍREZ
JIMÉNEZ
La Secretaria,
ADRIANA PADILLA ALFONZO
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |