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Sala Constitucional
  • Fecha: 12 de julio del 2000





CUENTA PARA LA SALA

CUENTA

Nº 124

 

Se dio cuenta en Sala

Se efectuaron las siguientes Audiencias Constitucionales

 

1- Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Constituida la Sala Constitucional en el Salón de Audiencias, a la una de la tarde (1:00 p.m.), y diferida la misma para las cuatro y media de la tarde (4:30 p.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por el abogado SALVADOR RUBÉN YANNUZZI RODRÍGUEZ, apoderado judicial de la sociedad mercantil VIDEO SISTEMA, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 16 de Septiembre de 1.999. Se dio apertura al acto y se informó de la presencia a la una de la tarde (1:00 p.m.) del apoderado judicial del accionante, de la no presencia del accionado, del tercero coadyuvante, ni de la representación del Ministerio Público y se le concedió el derecho de palabra al abogado SALVADOR RUBÉN YANNUZZI RODRÍGUEZ, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo interpuesta. Los ciudadanos Magistrados no formularon preguntas a la parte accionante. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de la exposición del accionante, y con el voto salvado del Magistrado Doctor Héctor Peña Torrelles, la Sala observa que, según se desprende del texto de la sentencia objeto de la acción de amparo, la parte demandada en el proceso laboral, mediante escrito contentivo de tres folios útiles, dio contestación a la demanda, pero no promovió pruebas; que, por su parte, el Juez Superior, si bien hizo mención al deber de dar contestación a la demanda de conformidad con la disposición prevista en el artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, no extrajo de ello ninguna consecuencia que haya causado perjuicio al accionante en amparo, quien, como ya se indicó, no promovió pruebas en el proceso laboral.

La Sala observa igualmente que, si bien es cierto que la disposición prevista en el artículo 68 de la Constitución de 1961 atribuye a toda persona el derecho de utilizar los órganos de la administración de justicia para la defensa de sus derechos e intereses, también es cierto que, a tenor de la disposición en referencia, el ejercicio de tal derecho debe efectuarse en los términos y condiciones establecidas por la ley.

En consecuencia, no obra en autos ningún elemento demostrativo de la violación del derecho a la defensa del accionante en amparo.

En cuanto al argumento del accionante sobre la derogación, por el Código de Procedimiento Civil, del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo, no comparte la Sala tal aseveración, ya que no hay mandato expreso en el citado Código que dé lugar a tal derogatoria. Es más, el artículo 859 del Código de Procedimiento Civil prevé que los asuntos contenciosos del trabajo se tramiten por las disposiciones del procedimiento oral, con lo cual el Código en referencia reconoce la especificidad del proceso laboral. No obstante, el procedimiento oral ordenado a su respecto aún no ha entrado en vigencia.

Por las razones que anteceden, la Sala no comparte la tesis de la derogación del artículo 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimiento del Trabajo por el Código de Procedimiento Civil

En consecuencia, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado SALVADOR RUBÉN YANNUZZI RODRÍGUEZ, apoderado judicial de la sociedad mercantil VIDEO SISTEMA, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 16 de Septiembre de 1.999. Exp Nº 00-0577.

2- Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Constituida la Sala Constitucional en el Salón de Audiencias, a las dos de la tarde (2:00 p.m.), y diferida la misma para las seis y media de la tarde (6:30 p.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por el abogado LUIS ALFREDO VENOT QUIJADA, apoderado judicial de la empresa FÁBRICA DE CALZADOS, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 14 de Febrero de 2.000. Se dio apertura al acto y se informó de la presencia a las dos de la tarde (2:00 p.m.) del apoderado judicial del accionante, de la ciudadana Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y de los ciudadanos abogados MANUEL MEZZONI RUÍZ y ÁNGEL FERMÍN, apoderados judiciales del ciudadanos EDUARDO LEXAMAR HERNÁNDEZ, en su carácter de tercero coadyuvante, y de la no presencia de la representación del Ministerio Público y se le concedió el derecho de palabra al abogado LUIS ALFREDO VENOT QUIJADA, apoderado judicial de la empresa FÁBRICA DE CALZADOS, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo interpuesta. Posteriormente, se le concedió el derecho de palabra a la ciudadana Juez Superior Primero del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta en su contra. Después, se le concedió el derecho de palabra, al ciudadano abogado MANUEL MEZZONI RUÍZ, apoderado judicial del ciudadanos EDUARDO LEXAMAR HERNÁNDEZ, en su carácter de tercero coadyuvante, quien expuso sus alegatos con relación a los planteamientos de la audiencia. Las partes hicieron uso del derecho de réplica y contra réplica. Los ciudadanos Magistrados no formularon preguntas a las partes. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de la exposición del accionante, de la accionada, del tercero coadyuvante, y con el voto salvado del Magistrado Doctor Héctor Peña Torrelles, la Sala observa que en el escrito contentivo de la acción de amparo no se hace mención expresa de violación de garantía constitucional alguna. En efecto, las denuncias del accionante versan sobre la presunta violación de disposiciones legales y no constitucionales. Más aún, no existe alegato que permita establecer una relación de causa a efecto entre los hechos narrados y alguna garantía constitucional, relación que constituye un elemento fundamental de la pretensión de amparo.

En la audiencia oral, el accionante manifestó que fueron violados los derechos a la defensa y al debido proceso. Sin embargo, consta en autos que el accionante fue oído en el proceso laboral, tanto en primera como en segunda instancia. En definitiva, no consta en autos que el Tribunal haya incurrido en las citadas violaciones.

Por otra parte, la Sala observa que el producir copia certificada de actuaciones en el proceso constituye una carga para la parte, y no una obligación para el juez. En consecuencia, no correspondía al Tribunal solicitar la copia de dichas actuaciones.

Por las razones que anteceden, la Sala estima que, en el caso de autos, no se incurrió en violación directa de derecho o garantía constitucional alguna.

En consecuencia, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo interpuesta por el abogado LUIS ALFREDO VENOT QUIJADA, apoderado judicial de la empresa FÁBRICA DE CALZADOS, C.A., contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 14 de Febrero de 2.000.

Se condena en costas al accionante en amparo, a favor del ciudadano EDUARDO LEXAMAR HERNÁNDEZ, tercero coadyuvante. Exp Nº 00-0935.

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaria de la Sala

 

1.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual los ciudadanos FELIX ROMAN ESPARRAGOZA GONZALEZ, NERIO MOLINA PEÑALOZA y OTROS, interponen ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra el Consejo Nacional Electoral. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCÓN URDANETA. Exp. 00-2110.

2.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual los apoderados judiciales de MOLINOS SAGRA C.A. e INVERSORA CONTIVAL, S.A., interponen ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2111.

3.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual el defensor del ciudadano JOSE FRANCISCO ALVIA MARTINEZ, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra auto dictado por la Sala Nº 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2112.

4.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual la ciudadana BELKYS GUTIERREZ CASTRO, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISÉS TROCONIS VILLARREAL. Exp. 00-2113.

5.- Oficio Nº 0855-1693 de fecha 16 de junio de 2000, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remite el expediente Nº 10549, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CECILIO ACOSTA (FUNDACA), contra el Banco Industrial de Venezuela. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la declinatoria de competencia planteada. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCÓN URDANETA. Exp. 00-2114.

6.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual el ciudadano FERNANDO JOSE ROA RAMIREZ, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra actuaciones de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2115.

7.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual la apoderado judicial del ciudadano LUIS SALAZAR S., interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra sentencia dictada por el Juzgado Superior del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2116.

8.- Escrito presentado en la Secretaría el 12 de julio de 2000, mediante el cual el Presidente de la FUNDACIÓN PARA LA GARANTÍA, PREVENCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LA PARROQUIA CARICUAO (FUNGAPDEHCA), interpone RECURSO DE NULIDAD contra todas las actuaciones del expediente 282000, instruido por el Tribunal Primero de Control del Estado Mérida. Se acordó remitir las actuaciones al Juzgado de Sustanciación. Exp. 00-2117.

9.- Oficio Nº 538 de fecha 10 de julio de 2000, mediante el cual el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, remite el expediente Nº 4834, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por el ciudadano IVAN MONROY ROJAS, contra oficio emanado del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre el conflicto de competencia planteado. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISÉS TROCONIS VILLARREAL. Exp. 00-2118.

10.- Oficio Nº 00-268 de fecha 04 de julio de 2000, mediante el cual el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito del Estado Bolívar, remite el expediente Nº 8527, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la apoderado judicial de la COMPAÑÍA NACIONAL DE REFRIGERACIÓN, S.A. (REFRISA), INDUSTRIAS REFRIGERACIÓN NACIONAL S.A. (INREFRISA) y REFRIGERACIÓN NACIONAL GUAYANA, contra sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de esa misma Circunscripción Judicial. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia de fecha 05 de junio de 2000, dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCÓN URDANETA. Exp. 00-2119.

11.- Oficio Nº TPI-00-162 de fecha 26 de junio de 2000, mediante el cual la Sala Plena de este máximo Tribunal, remite el expediente Nº 0189, contentivo del RECURSO DE NULIDAD PARCIAL ejercido por el ciudadano JUAN CANCIO GARANTON NICOLAI, contra el Código Penal. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2120.

12.- Oficio Nº TPI-00-172 de fecha 23 de junio de 2000, mediante el cual la Sala Plena de este máximo Tribunal, remite el expediente Nº 0236, contentivo del RECURSO DE NULIDAD ejercido por el ciudadano JUAN CANCIO GARANTON, contra disposiciones contenidas en la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Se designó Ponente al Magistrado DR. HECTOR PEÑA TORRELLES. Exp. 00-2121.

13.- Oficio Nº TPI-00-171 de fecha 26 de junio de 2000, mediante el cual la Sala Plena de este máximo Tribunal, remite el expediente Nº 0228, contentivo del RECURSO DE NULIDAD ejercido por el MATADERO INDUSTRIAL CENTRO OCCIDENTAL, C.A., contra diversos actos administrativo emanados del Ministerio de Fomento. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2122.

14.- Oficio Nº TPI-00-203 de fecha 26 de junio de 2000, mediante el cual la Sala Plena de este máximo Tribunal, remite el expediente Nº 0230, contentivo del RECURSO DE NULIDAD ejercido por CENTRAL MARGARITA, C.A., contra disposiciones de la Ley contra Despidos Injustificados, contra el Reglamento Ejecutivo de la citada Ley y contra Resolución s/n de fecha 21 de febrero de 1984, dictada por la Comisión Tripartita de Segunda Instancia con sede en Barcelona. Se acordó remitir las actuaciones al Juzgado de Sustanciación. Exp. 00-2123.

 

Escritos y Diligencias presentadas

1- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual el apoderado judicial del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. José Delgado Ocando. Exp. 00-1745.

2- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual el apoderado judicial de HIGH POINTE LIMITED formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Jesús Eduardo Cabrera. Exp. 00-1940.

3- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual los apoderados judiciales del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A. formulan alegatos y consignan anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Iván Rincón Urdaneta. Exp. 00-1772.

4- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual el abogado FERNANDO JOSE ROA RAMÍREZ formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Iván Rincón Urdaneta. Exp. 00-1139.

5- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual el ciudadano EFRAIN ALCIDES ORTA formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Jesús Eduardo Cabrera. Exp. 00-1320.

6- Escrito presentado el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante el cual el apoderado judicial de la ciudadana NORINA SENTIMENTI formula alegatos. Se acordó agregar el escrito al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. José Delgado Ocando. Exp. 00-1906.

7- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual el ciudadano FRIEDRICH WILHELM SIEGEL consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Iván Rincón Urdaneta. Exp. 00-1454.

8- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual la apoderado judicial de CONSTRUCTORA ROCAL C.A., formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Jesús Eduardo Cabrera. Exp. 00-0384.

9- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual el ciudadano GERMAN SALAZAR S. consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Jesús Eduardo Cabrera. Exp. 00-2080.

10- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual la apoderado judicial de JOSE MANUEL DIAZ, en nombre y representación de la FUNDACIÓN UNIVERSITARIA CECILIO ACOSTA (FUNDACA), contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, DESISTE DE LA ACCION INTENTADA. Se acordó agregar la diligencia al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Iván Rincón Urdaneta. Exp. 00-1482.

11- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual el abogado FELIX MARTINEZ, dejó constancia de haber revisado el expediente Nº 00-0521. Se acordó agregar la diligencia al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Jesús Eduardo Cabrera. Exp. 00-0521.

12- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual el abogado OSWALDO PIÑANGO se da por notificado y solicita copia simple de la decisión de fecha 6 de julio de 2000, que admitió la acción. Se acordó agregar la diligencia al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Moisés Troconis. Exp. 00-1362.

13- Diligencia presentada el 12 de julio de 2000, ante la Secretaría de la Sala, mediante la cual el abogado RODOLFO ESTRADA solicita celeridad procesal. Se acordó agregar la diligencia al respectivo expediente. Magistrado Ponente Dr. Moisés Troconis. Exp. 00-1605.

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