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Sala Constitucional
  • Fecha: 23 de octubre del 2000





CUENTA PARA LA SALA

 

CUENTA

Nº 196

 

Se dio cuenta en Sala

 

Se efectuaron las siguientes audiencias constitucionales

 

1- Se abrió la sesión presidida por el Presidente de la Sala, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles y José M. Delgado Ocando. El Magistrado Moisés Troconis Villarreal no asistió a la audiencia por motivos justificados.

Se constituyó la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y cuarenta y cinco (11:45 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por los ciudadanos MICHAEL TENENBAUM y MELISSA WILDMAN ALVORNOZ, titulares de las cédulas de identidad números E-82.078.877 y 6.960.886, representado por el abogado Carlos Ramírez López, inscrito en el Inpreabogado bajo el n° 8.958, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de mayo de 1996. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado Carlos Ramírez López, inscrita en el Inpreabogado bajo el n° 8.958, apoderado judicial del accionante; de la no comparecencia del Juez Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, ni de los terceros coadyuvantes . Se dejó igualmente constancia de la no comparecencia del representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial del accionante quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo, consignó recaudos los cuales fueron agregados al expediente y una vez finalizada la exposición el Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera formuló pregunta a la parte accionante la cual fue debidamente contestada. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, la Sala estima que la copia certificada de la sentencia impugnada dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de mayo de 1.996, que fue acompañada por el accionante con la presente acción de amparo, es ilegible. Por tanto, se ordena al actor que dentro del término de Diez (10) días hábiles consigne a esta Sala copia certificada de la misma, caso en el cual se procederá a decidir de inmediato. Exp Nº 00-0564.

 

2- Se abrió la sesión presidida por el Presidente de la Sala, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Se constituyó la Sala en el Salón de Audiencias, a la una de la tarde (1:00 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por el abogado MARTINIANO RONDÓN CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº 459.447, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 658, representado por la abogada MARYLIN RONDÓN HERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 43.874, contra la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de febrero de 2000. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia de los ciudadanos MARTINIANO RONDON CASTRO y MARYLIN RONDON CASTRO, accionantes en amparo; de la no comparecencia de la Presidente de la mencionada Corte de Apelaciones y de los abogados José García Guevara y Gerardo Coronado Contreras, apoderados judiciales del ciudadano Rodrigo Marrero Brito, quien participa en el proceso en calidad de tercero interviniente. Se dejó igualmente constancia de la comparecencia del representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial del accionante, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo. Posteriormente se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial del tercero interviniente, quien también expresó sus alegatos con respecto a la acción de amparo interpuesta. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la representante del Ministerio Público. Las partes hicieron uso del derecho a réplica. Se acordó agregar al expediente los recaudos consignados. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de la exposición del accionante, del representante del tercero interviniente, de la representación del Ministerio Público y con el voto salvado, en lo que se refiere a la competencia del Magistrado Dr. Héctor Peña Torrelles la Sala estima que:

La providencia dictada, en fecha 22 de Diciembre de 1.999, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Accidental para el Régimen Procesal Transitorio, declara improcedente el alegato formulado por la parte acusadora y, una vez pronunciado este juicio de improcedencia, declara que no hay materia sobre la cual decidir.

A juicio de la Sala, la citada providencia contiene pronunciamientos que son contradictorios entre sí, visto que un juicio de improcedencia no puede dar lugar a una declaratoria de no haber materia sobre la cual decidir. Por otra parte, la citada declaratoria, constitutiva del pronunciamiento final de dicha providencia, causa un gravamen a la parte que no puede ser reparado en la sentencia definitiva.

Si a ello se agrega que la decisión impugnada, de fecha 15 de febrero de 2000, declara inadmisible el recurso de apelación ejercido contra la citada declaratoria, quedaría sin juzgamiento el mérito de la petición del accionante y se consolidaría el gravamen irreparable causado ya por la declaratoria de no haber materia sobre la cual decidir.

En las circunstancias expuestas, la Sala estima que la decisión pronunciada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Accidental para el Régimen Procesal Transitorio era recurrible, de conformidad con el artículo 439, ordinal quinto, del Código Orgánico Procesal Penal por causar gravamen irreparable y no ser de las decisiones declaradas inimpugnables por dicho Código.

En consecuencia, en el caso de autos, la Sala aprecia que se incurrió en la violación de los derechos al debido proceso y a la doble instancia, en perjuicio del accionante en amparo, razón por la cual procede declarar la nulidad de la decisión dictada, en fecha 15 de febrero de 2000, por la Corte de Apelaciones, Sala Tercera, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, debiendo la citada Corte entrar a juzgar sobre el recurso de apelación ejercido por el accionante. El referido Juzgado Tercero de Primera Instancia Accidental no pronunciará sentencia definitiva sobre la causa, hasta tanto la Corte de Apelaciones no juzgue sobre el citado recurso de apelación.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano Martiniano Rondón Castro y Marylin Rondón Hernández contra la sentencia dictada por la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de febrero de 2000 y, en consecuencia, se anula dicha sentencia y se ordena a la citada Corte de Apelaciones que proceda a juzgar sobre el recurso de apelación ejercido contra el auto dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Accidental para el Régimen Procesal Transitorio de la citada Circunscripción Judicial. Se deja sin efecto la medida cautelar dictada por esta Sala en fecha 22 de junio de 2000. Exp Nº 00-0707.

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

1.- Oficio N° 362-2000 de fecha 19 de octubre de 2000, del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, mediante el cual remite expediente N° 1396 contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por CIRCUITO TEATRAL LOS ANDES, C.A., contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esa Circunscripción Judicial. Remisión hecha con motivo del recurso de apelación interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2841.

2.- Oficio N° 1655/00 de fecha 16 de octubre de 2000, del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, mediante el cual remite expediente N° 1396 contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la abogado MARGARITA MARLENE NASSANE en su carácter de apoderado judicial de la empresa M.C., contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esa Circunscripción Judicial. Remisión hecha con motivo de la consulta de ley correspondiente. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2842.

3.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado JOSE RAMON VELASQUEZ SIMONS, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil BANCO SOFITASA, C.A., interpone RECURSO DE COLISION E INTERPRETACION de los artículos 630, 632, y 635 del Código de procedimiento Civil (Vía Ejecutiva) y los artículos 660 y 665 eiusdem, (Ejecución de Hipoteca). Se designó Ponente al Magistrado DR. HECTOR PEÑA TORRELLES. Exp. 00-2843.

4.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual los abogados LUIS MONTEVERDE, XIOMARA RAUSEO y OTROS, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad de comercio ALDEASA, S.A., Sucursal de Venezuela, S.A., interponen ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL en contra de la decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 6 de diciembre de 1999. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2844.

5.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado JOSE AGUSTIN IBARRA, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano GERARDO ANTONIO BARRIOS CALDERA, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL en contra de la decisión dictada por el Juzgado Superior del Tránsito, del Trabajo y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 3 de noviembre de 1999. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2845.

6.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual la abogado EDUVIGIS USECHE MOLINA quien en nombre propio y en el de su menor hija DEBORAH ALEXANDRA OLIVEROS, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL en contra de decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2846.

7.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual la abogado GIOVANNA RICCARDI GUARINO, en su carácter de defensora ad-litem de la ciudadana DOLORES NACHMAN RICH, interpone RECURSO DE REVISIÓN en contra de la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Area Metropolitana de Caracas, el 13 de septiembre de 2000. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2847.

8.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado RAFAEL ENRIQUE MONTSERRAT PRATO, interpone ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL en contra de la Comisión Permanente de Política Interior, Justicia, Derechos Humanos y Garantías Constitucionales de la Asamblea Nacional, representada por su Presidente ERNESTO ALVARENGA. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2848.

9.- Oficio N° 258 de fecha 16 de octubre de 2000, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante el cual remite expediente N° 689 contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el ciudadano FRANCISCO SOLANO COLMENARES contra sentencia dictada por el Tribunal de Juicio N° 2 de ése Circuito Judicial Penal. Remisión hecha en virtud de la declinatoria de competencia formulada por la Corte remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2849.

 

10.- Oficio N° 7861 de fecha 3 de octubre de 2000, del Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente N° 8429 contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la abogado GIOVANNA RICCARDI GUARINO, en su carácter de defensora ad-litem de la ciudadana DOLORES NACHMAN RICH contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Municipio de esa Circunscripción Judicial. Remisión hecha de conformidad con lo establecido en el ordinal 10° del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2850.

11.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual los abogados KEYLA SALAS MEJIAS y PEDRO LAVA SOCORRO en su carácter de representantes del ciudadano JUAN GABRIEL DA SILVA GOMES, interponen ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2851.

 

Escritos presentados

 

1.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual la abogado LUISA ELENA MONSALVE CASADO en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público ante las Sala de Casación del Tribunal Supremo de Justicia (suplente especial), formula alegatos y solicita que la acción de amparo intentada sea declarada con lugar. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-1011.

2.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual los apoderados judiciales de la sociedad mercantil LATINOAMERICANA DE SEGUROS, S.A., formulan alegatos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-1143.

3.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado DAVID CASTRO ARRIETA en su carácter de apoderado judicial de AUFIDENA COMPUTER DEL ESTE, C.A., formula alegatos, solicita que la acción de amparo sea declarada inadmisible y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2661.

4.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante el cual el ciudadano JOSE ARIAS CHANA asistido por el abogado DAVID CASTRO formula alegatos y solicita se revoque la sentencia apelada. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2771.

 

Diligencias presentadas

 

1.- Diligencias presentadas ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante la cual los ciudadanos MARIA MARGARITA CANELON GARCIA, ELIZABETH SEQUERA, MAURY MORALES MENDOZA y OTROS, se dan por notificados de la sentencia dictada el 9 de octubre de 2000 y consignan anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-0975.

2.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante la cual el abogado JUAN CARLOS ALFONZO en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILLIAMS RAFAEL DIAZ consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2271.

3.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante la cual la abogado CARMEN GRISELDA MARTINEZ en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE REYES RAMIREZ solicita la revisión de la sentencia N° 01007 dictada por la Sala Político Administrativa de éste Tribunal Supremo. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2780.

4.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante la cual el abogado ALEJANDRO GARCÍA PIÑERO en su carácter de apoderado judicial de la CORPORACIÓN DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AGRÍCOLAS, S.A. (LA CASA, S.A.), ratifica el contenido de su escrito de amparo. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2787.

5.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de octubre de 2000, mediante la cual las abogados MARELYS D'ARPINO y MILITZA CUERVO renuncian al poder otorgado y consignan anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-1566.

 

Copias solicitadas

 

1- La abogado JUDITH ROMERO solicita copias certificadas de la sentencia N° 788 de fecha 25 de julio de 2000.

2- El abogado ANTONIO JOSE ANDUJAR MALAVE solicita copias certificadas de todas las actas que conforman el expediente 00-0392.

3- La ciudadana CARMEN POLO RODRIGUEZ solicita copias certificadas del contenido total del expediente 00-2137.

4- La abogado CLARA MARIA PAGA solicita copias certificadas del contenido total del expediente 00-2084.

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