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Sala Constitucional
  • Fecha: 23 de noviembre del 2000





CUENTA PARA LA SALA

 

CUENTA

Nº 219

Se abrió la sesión presidida por el Presidente de la Sala, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

 

Se efectuaron las siguientes audiencias constitucionales

1.- Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Constituida la Sala Constitucional en el Salón de Audiencias, a las diez horas treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por el ciudadano José Alejo Andrade Durán, representante de los ciudadanos Bartolomé Andrade Contreras, Inocencio Andrade Contreras y María Julia Esther Andrade Contreras, asistido por la abogado Marlene Tirado Ortiz, contra el auto de fecha 11 de agosto de 1999, dictado por el Juzgado Superior Sexto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la ausencia de la parte accionante y de su representante legal; de la presencia de la Dra. Carmen Consuelo López de Chacón, Juez Provisorio del Juzgado Superior Sexto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, accionada; de la presencia del abogado Santos Simón Robles Pérez, apoderado judicial de los ciudadanos Teófilo Ramírez Méndez y Epifanía Molina de Ramírez, terceros coadyuvantes; y de la ausencia de la representación del Ministerio Público. En este estado, el Magistrado Presidente declaró terminado el procedimiento. Exp Nº 00-0490.

2.- Se abrió la sesión presidida por el Presidente de la Sala, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Se constituyó la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la tarde (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por el ciudadano LUIS ALBERTO TORRES DARIAS, apoderado judicial de la sociedad mercantil MAIN INTERNATIONAL HOLDINGS GROUP, INC, constituida en las Islas Vírgenes Británicas e inscrita en el Registro I.B.C. Nº 13.278, incorporada el día 14 de febrero de 1989, con domicilio en Palm Chambers, Road Town, Tórtola, contra la decisión dictada, en fecha 25 de noviembre Mercantil de 1999, por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas. Se dio inicio al acto y se dejó constancia de la presencia de los abogados defensores del accionante; de la ausencia del Juez del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, accionado, de la presencia de la abogada Beila Marquez, representante legal de la sociedad mercantil Inmobiliaria Virgo, C.A., tercero coadyuvante; e igualmente, de la presencia de la ciudadana Luisa Virginia González, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al doctor Luis Alberto Torres Darias, abogado defensor del accionante, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra a la abogada Beila Márquez, representante legal de la sociedad mercantil Inmobiliaria Virgo, C.A. y al finalizar ésta consignó escrito contentivo de la misma. El accionante y el representante del Ministerio Público hicieron uso del derecho a réplica y contra réplica, este último consignó escrito. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Vicepresidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de la exposición del apoderado judicial de la empresa accionante, del tercero coadyuvante y de la representante del Ministerio Público, y con el voto salvado del Magistrado Doctor Héctor Peña Torrelles, en lo que se refiere a la competencia, la Sala observa lo siguiente: la disposición prevista en el artículo 662, segundo aparte, del Código de Procedimiento Civil, otorga la denominación de definitiva a la sentencia que, en el proceso de ejecución de hipoteca, se pronuncia sobre la oposición formulada por el intimado. Y es que, en efecto, si la sentencia, cuando es desestimatoria de la oposición, no es recurrida, la orden de pago librada contra el intimado quedaría firme, lo cual ratifica los efectos definitivos del citado pronunciamiento.

Por su parte, la disposición prevista en el artículo 290 eiusdem ordena oír en ambos efectos el recurso de apelación que se ejerza contra la sentencia definitiva, salvo disposición especial en contrario.

En el caso de autos, la Sala estima que la decisión pronunciada, en fecha 9 de agosto de 1999, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, declaratoria sin lugar de la oposición a la ejecución de hipoteca, tiene fuerza de definitiva y, en consecuencia, la decisión dictada, en fecha 25 de noviembre de 1999, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de dicha Circunscripción, mediante la cual ordenó admitir la apelación del intimado en ambos efectos, se encuentra ajustada a derecho.

Ahora bien, consta en autos copia de la sentencia pronunciada, en fecha 16 de octubre de 2000, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la citada Circunscripción, mediante la cual se declaró la nulidad de lo actuado y se repuso la causa al estado de intimación.

En las circunstancias expuestas, la Sala encuentra que, caso de haberse producido violación de derecho constitucional alguno, la misma ha cesado con el pronunciamiento de la citada sentencia. En consecuencia, vista la causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 6, numeral 1, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, según el cual no se admitirá la acción de amparo cuando haya cesado la violación o amenaza de algún derecho o garantía constitucionales, que hubiese podido causarla, ha sobrevenido la inadmisibilidad de la presente acción de amparo constitucional. Así se declara.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional, ejercida por la sociedad mercantil MAIN INTERNATIONAL HOLDINGS GROUP INC., contra la sentencia dictada, en fecha 25 de noviembre de 1999, por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Exp Nº 00-0766.

 

Se publicaron las siguientes sentencias

 

1.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que se declara INADMISIBLE la acción de amparo sobrevenida ejercida por el abogado Manuel Alfredo Pernía, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano WILFREDO GERMAN LUNA SOSA, contra la decisión de fecha 13 de agosto de 1998, dictada por el Primer Vicepresidente de la suprimida Corte Suprema de Justicia. Exp. 00-2939.

2.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que se declara:

1-Con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la Institución Financiera HAMILTON BANK N/A., en contra de la decisión de fecha 28 de julio de 1999, dictado por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

2-Se anulan y se dejan sin efecto todas las actuaciones posteriores a la decisión de fecha 17 de noviembre de 1998, dictada por la Sala de Casación Civil de la extinta Corte Suprema de Justicia.

El DR. HECTOR PEÑA TORRELLES consignó voto salvado. Exp. 00-0421.

3.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que se declara:

1.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, la cual declaró con lugar la acción de amparo constitucional, contra la sentencia dictada el 12 de agosto de 1998 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la referida Circunscripción Judicial.

2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil Transporte Santa Ana C.A., contra la referida sentencia.

3.- ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, abstenerse de dictar nueva decisión con base a lo ordenado en la sentencia cuya nulidad fue declarada en el punto uno de este fallo.

El DR. HECTOR PEÑA TORRELLES consignó voto salvado. Exp. 00-0967.

4.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que se declara:

1- Se ordena ACUMULAR la causa contenida en el expediente Nº 1.363 al expediente Nº 1.073, ambas de la nomenclatura de esta Sala.

2- Se ADMITEN las acciones de amparo constitucional ejercidas por los ciudadanos RAFAEL GUERRA, LUIS MACHILLANDA, JOHEL PEREZ, MAGDA LEAL, MARIA LEMA, BETTY MARTINEZ, OSWALDO OSORIO y GAETANO SUBRANI contra el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, y la interpuesta por los ciudadanos MARIA MARGARITA CANELON GARCIA, RAMON ANTONIO LLAMOSAS, YOLANDA RODRIGUEZ, MIRIAM CELIS DE CABRICES, MIRIAM JOSEFINA URDANETA AGOSTINI, OMAIRA NEGRIN, PEDRO RON PARICA, ELIS GONZALEZ, CARLOS GALEANO, FRANKLIN ANTONIO BOTTINI COLMENARES, CARMEN AURORA CONTRERAS, PALACIOS, MARY LUZ GUEVARA GONZALEZ, ANA TERESA REBOLLEDO, JESUS CEDEÑO, IRIS ROA, CARMEN YANETH LEDESMA C, MIRNA ZULAY ISSAC, ARMANDO DI MARE, ALBERTO PORTILLO ADAMES, ROMULO PARRA VILORIA, LISBETH MARLENE OVIEDO, MARIA AMANDA FLORES, FREDDY SANCHEZ, GLADIS MARGARITA SULBARAN PALOMARES, MARIA AVILA, NIVIA ROMERO MARQUEZ, YELITZA MARTINEZ, MERCEDES CORREDOR, JUAN JOSE PEREZ, CORINA HERRERA, WILLIAM BONILLA, ZORAIDA ZAFIR, ORFELINA LABRADOR, JOSE ALFREDO ROZO y WILLIAM GODOY en contra del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, ambas en virtud de la indebida aplicación del Decreto Presidencial Nro. 176 de fecha 17 de junio de 1999.

3- Se ORDENA la notificación del Ministro de Educación, Cultura y Deportes, y del Ministro de Salud y Desarrollo Social, para que concurran a la audiencia constitucional el día y hora que fije la Secretaría de esta Sala, verificadas como sean sus notificaciones en el presente expediente.

4- Se ORDENA la notificación del Fiscal del General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

El DR. HECTOR PEÑA TORRELLES consignó voto salvado. Exp. 00-1073.

5.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que se declara:

1- Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 29 de mayo de 1999, por el abogado Héctor Segundo Pirela Solarte, apoderado judicial de la ciudadana ISABEL MARIA FULCADO GONZALEZ, contra la conducta omisiva proveniente del Juzgado Superior Séptimo el lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.

El DR. HECTOR PEÑA TORRELLES consignó voto salvado. Exp. 00-1143.

6.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que:

1- Confirma la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de marzo del año 2000.

El DR. HECTOR PEÑA TORRELLES consignó voto salvado. Exp. 00-1184.

7.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA en la que:

1) Se declara INCOMPETENTE para conocer de la consulta de la decisión dictada en fecha 8 de octubre de 1999, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, con sede en la ciudad de Valencia, que declaró sin lugar la acción de amparo intentada por la representación judicial de la UNIDAD EDUCATIVA LAS CLAVELLINAS, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 585/97 de fecha 1º de septiembre del año 1997, que declaró sin lugar el recurso jerárquico intentado contra el acto administrativo contenido en la Resolución R-383/96 de fecha 12 de julio de 1996, actos emanados de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo.

2) Declara competente para conocer de la presente consulta a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 00-1350.

 

 

 

Se dio cuenta en Sala

 

Nuevos asuntos ingresado por la Secretaría de la Sala

1.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el ciudadano FROILAN BARRIOS, en su carácter de Coordinador del Frente Constituyente de Trabajadores, (F.C.T), intenta ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra la convocatoria para el referéndum sindical a efectuarse el 3 de diciembre de 2000, efectuado por la Asamblea Nacional y el Consejo Nacional Electoral. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-3071.

2.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual los ciudadanos JOSE MADRIZ y JORGE BENACERRAF, en su carácter de Presidentes de la sociedad mercantil BINGO GRAN CASINO, S.A., intentan ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra la Resolución N° 001118-1845, de fecha 18 de noviembre de 2000 emanada del Consejo Nacional Electoral. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-3072.

3.- Oficio N° 2588 de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante el cual la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal remite expediente N° 0956, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por CONSORCIO BARR, S.A. contra la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda. Remisión hecha a los fines de la consulta de ley respecto a la decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero de lo Contencioso Tributario. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-3073.

4.- Oficio N° 2592 de fecha 20 de noviembre de 2000, mediante el cual la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal remite expediente N° 1005, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por REPRESENTACIONES QUICK PROYECT & DESIGN DE VENEZUELA contra la Dirección de Gerencia Territorial del Distrito Federal y los Municipios Sucre, Chacao, Baruta y el Hatillo del Estado Miranda. Remisión hecha a los fines de la consulta de ley respecto a la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-3074.

5.- Oficio N° 2401 de fecha 20 de noviembre de 2000, mediante el cual la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal remite expediente N° 3RA-252-00, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada a favor del ciudadano LUIS VASQUEZ ACUÑA contra omisión del Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Remisión hecha en virtud del recurso de apelación interpuesto en contra de l decisión dictada por la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-3075.

6.- Oficio N° 2580 de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante el cual la Sala Político Administrativa de este Máximo Tribunal remite expediente N° 14705, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por BEKER HUGHES, S.A. contra la Alcaldía del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui. Remisión hecha a los fines de la consulta de ley respecto a la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero de lo Contencioso Tributario. Se designó Ponente al Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-3076.

7.- Oficio N° 390 de fecha 16 de noviembre de 2000, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo En lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite expediente N° 8878, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por el apoderado judicial de la empresa CONSTRUCTORA DEL ESTE, C.A. contra omisión del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y de Estabilidad Laboral de esa Circunscripción Judicial. Remisión hecha en virtud del recurso de apelación interpuesto en contra de la decisión dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISES TROCONIS VILLARREAL. Exp. 00-3077.

8.- Oficio N° 1258 de fecha 16 de noviembre de 2000, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes remite expediente N° 071, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la ciudadana MARIA EPIFANIA TORRES contra la Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo, Agrario y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial de ese Estado. Remisión hecha a los fines de la consulta de ley correspondiente. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-3078.

 

Escritos presentados

 

1.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el abogado PEDRO BALART MIESES, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadano ILEANA JOSEFINA MEDINA SILVA, solicita se declare con lugar la apelación interpuesta y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-3034.

2.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el ciudadano JOSE ELIAS TORRES V., asistido por el abogado JOSE FELIPE MONTES NAVAS, consigna anexos. Se acordó remitir las actuaciones al Juzgado de Sustanciación. Exp. 00-3017.

3.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual los abogados ALEJANDRO GONZALEZ, EZEQUIEL ZAMORA y JUDITH ZANNELLA, en su carácter de apoderados judiciales de DISTRIBUIDORA SAMTRONIC DE VENEZUELA C.A., formulan alegatos y consignan anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2980.

4.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual los abogados ALI JOSE VENTURINI VILLARROEL y SANTOS SIMON ROBLES PEREZ, en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos TEOFILO RAMIREZ MENDEZ y EPIFANIA MOLINA DE RAMIREZ, formulan alegatos y solicitan que la acción de amparo se declare sin lugar. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-0490.

5.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado CARMEN CONSUELO LOPEZ DE CHACON, formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00- 490.

6.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado MARIOLGA QUINTERO TIRADO, en su carácter de apoderada judicial del FONDO DE INVERSIONES DE VENEZUELA, solicita se declare inadmisible la apelación interpuesta, o en su defecto, improcedente. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-0576.

7.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el abogado SAMUEL RAMIREZ BUSTILLOS, formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00- 2865.

8.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado JENNIFER ANTONIETA VIEIRA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SARA AMALIA FIORILLO y CARLOS JOSE FIORILLO, solicita se oficie al Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro, Carrizal y Los Salias, para revocar la comisión que le fuera encomendada. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-1748.

9.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el abogado CARLOS LORENZO ARREAZA BERMUDEZ, solicita celeridad procesal. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00- 0894.

Diligencias presentadas

1.-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual el abogado ALFONSO GRATEROL JATAR, en su carácter de apoderado judicial del BANCO MERCANTIL, C.A., S.A.C.A., consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2353.

2-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual las abogados MARIOLGA QUINTERO TIRADO y NILYAN SANTANA LONGA, solicitan celeridad procesal, la notificación de los sujetos llamados a intervenir y se fije oportunidad para la audiencia constitucional. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2762.

3-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual las abogados MARIOLGA QUINTERO TIRADO y NILYAN SANTANA LONGA, solicitan celeridad procesal, la notificación de los sujetos llamados a intervenir y se fije oportunidad para la audiencia constitucional. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. MOISES TROCONIS VILLARREAL. Exp. 00-2270.

4.-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado ROSEMARY CASTRO, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA E. BALESTRINI DE OJEDA, solicita el pronunciamiento de la admisión del recurso interpuesto. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2130.

5.-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado LUISA MAGALY ZAPATA, expone: "preclusión, por lo cual acuerde pronunciarse". Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-0474.

6.-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos y consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. MOISES TROCONIS VILLARREAL. Exp. 00-2864.

7.-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2707.

8-Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 23 de noviembre de 2000, mediante la cual el abogado HENRY JASPE GARCES, solicita se le expida cartel. Se acordó remitir las actuaciones al Juzgado de Sustanciación. Exp. 00-2905.

Oficios recibidos

1-Oficio Nº 00/2939 de fecha 21 de noviembre de 2000, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite resultas de la comisión conferida por este Máximo Tribunal. Se acordó agregar el oficio y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp.00-1683.

2-Oficio 1.048-00 de fecha 22 de noviembre de 2000, mediante el cual el la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, remite las resultas de la comisión conferida por este Máximo Tribunal. Se acordó agregar el oficio y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp.00-0192.

 

Copias solicitadas

1.- El ciudadano MARIO JOSE SOVENINO, asistido por el abogado JORGE NAVA, solicita copias certificadas de la totalidad de los expedientes Nº 00-052 y 0238.

2.- La ciudadano MARIA CELESTE LOPEZ, solicita copias certificadas del acta de la audiencia constitucional de fecha 15 de noviembre de 2000, contenida en el expediente 00-1007.

 

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