Principal Contáctenos
Sala Constitucional
  • Fecha: 26 de octubre del 2000





CUENTA PARA LA SALA

 

CUENTA

Nº 199

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Presidente, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

 

 

Se suspendió la siguiente audiencia constitucional

 

1.- La del expediente Nº 00-0866, fijada para el día 30 de octubre de 2000, a las doce del mediodía (12:00 a.m.).

 

Se difirieron las siguientes audiencias constitucionales

 

1.- La del expediente Nº 00-0523, para el día 2 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

2.- La del expediente Nº 00-1061, para el día 2 de noviembre de 2000, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).

 

Se fijaron las siguientes audiencias constitucionales

 

 

1.- La del expediente Nº 00-0903, para el día 6 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

2.- La del expediente Nº 00-0939, para el día 6 de noviembre de 2000, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).

3.- La del expediente Nº 00-1089, para el día 8 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

4.- La del expediente Nº 00-0422, para el día 8 de noviembre de 2000, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).

5.- La del expediente Nº 00-0738, para el día 9 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

6.- La del expediente Nº 00-0762, para el día 9 de noviembre de 2000, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).

7.- La del expediente Nº 00-0385, para el día 13 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

8.- La del expediente Nº 00-0957, para el día 13 de noviembre de 2000, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.).

9.- La del expediente Nº 00-0957, para el día 13 de noviembre de 2000, a las doce y treinta del mediodía (12:30 a.m.).

10.- La del expediente Nº 00-1007, para el día 15 de noviembre de 2000, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.).

 

Se efectuaron las siguientes audiencias constitucionales

 

1.- Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarroel.

Constituida la Sala Constitucional en el Salón de Audiencias, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tenga lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por el abogado MARCO ANSELMO NARVÁEZ GARCÍA, abogado asistente del ciudadano XAVIER RAMÓN MEDINA VARGAS, contra la sentencia dictada el 3 de Diciembre de 1.999, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado MARCO ANSELMO NARVÁEZ GARCÍA, abogado asistente del ciudadano XAVIER RAMÓN MEDINA VARGAS, accionante en amparo; de la comparecencia de la Juez Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas, accionado; de la no comparecencia de la representación del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado MARCO ANSELMO NARVÁEZ GARCÍA, abogado asistente del ciudadano XAVIER RAMÓN MEDINA VARGAS, accionante en amparo, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo. Por último, hizo uso del derecho de palabra, la Dra. SARA ARACELIS DE ESPAÑA, Juez del Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas, quien expuso su opinión sobre los planteamientos precedentes. Las partes hicieron uso del derecho a réplica y contra réplica. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de las exposiciones del accionante, de la Juez del Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas, y con el voto salvado, en lo que se refiere a la competencia, del Magistrado Dr. HÉCTOR PEÑA TORRELLES, esta Sala observa que el Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas, en la sentencia que pronunciara en fecha 03 de diciembre de 1999, declaró Sin Lugar la apelación ejercida, en fecha 10 de Julio de 1987, por el apoderado de la parte querellada en el procedimiento interdictal, y, en consecuencia, anuló el auto por el cual el Juzgado de Primera Instancia, había oído la apelación ejercida por ésta. Esta declaratoria Sin Lugar hizo que el juzgado superior cesara en su competencia para juzgar sobre el mérito del citado recurso de apelación que, como se indicó, fue desestimado. En consecuencia, el referido juzgado superior no debió pronunciarse de nuevo sobre la admisibilidad del recurso de apelación ejercido por la parte querellante, visto que el juicio sobre dicha admisibilidad ya había sido pronunciado en el tribunal de la primera instancia y no había lugar a que el mismo fuera revisado de oficio por el juzgado superior, toda vez que, en el caso de autos, no se encontraba configurado ninguno de los extremos previstos en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil, pues no se trataba de un caso autorizado por la Ley, ni procedía el resguardo del orden público o de las buenas costumbres.

En las circunstancias expuestas, la decisión del Juzgado de Primera Instancia mediante la cual se admitió el recurso de apelación ejercido por el apoderado de la parte querellante, contra la sentencia definitiva dictada por dicho juzgado, en fecha 22 de junio de 1987, debe mantenerse, por estar provista de la autoridad que deriva de la cosa juzgada formal.

La Sala observa, por lo demás, el marcado contraste que existe entre la diligencia del accionante y el retardo exorbitante en la tramitación del presente caso, pues la decisión impugnada, de fecha 03 de diciembre de 1999, se produce en relación con el fallo del juzgado de la causa de fecha 22 de junio de 1987.

Por las razones que anteceden, la Sala estima que debe mantenerse la eficacia del auto por el cual el juzgado de primera instancia admitió el recurso de apelación ejercido por la parte querellante y, en consecuencia, debe anularse parcialmente la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto Agrario, en fecha 03 de diciembre de 1999, en lo que concierne al pronunciamiento por el cual declaro Sin Lugar el referido recurso de apelación y firme la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia.

En consecuencia, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano XAVIER RAMÓN MEDINA VARGAS, debidamente asistido por el abogado MARCO ANSELMO NARVÁEZ GARCÍA contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas de fecha 3 de Diciembre de 1.999. Por tanto, se ordena la reposición de la causa al estado de que el juzgado superior agrario de curso al procedimiento de segunda instancia correspondiente al recurso de apelación ejercido por la parte querellante y proceda a juzgar sobre el mérito de dicho recurso. La Sala exime de responsabilidad a la Juez del Juzgado Superior Cuarto Agrario con sede en la ciudad de Barinas, por considerar que su actuación en la presente causa fue conforme con una interpretación razonable del régimen procesal con arreglo al cual pronunció su fallo. Exp Nº 00-1492

2.- Se abrió la sesión presidida por el Presidente de la Sala, Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores Héctor Peña Torrelles, José M. Delgado Ocando y Moisés Troconis Villarreal.

Se constituyó la Sala en el Salón de Audiencias, a las tres de la tarde (3:00 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por los ciudadanos RAFAEL GUTIERREZ y otros, debidamente representados por el abogado ENRIQUE ROSAS, contra las sentencias dictada por el Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fechas 13 de abril y 12 de mayo de 2000. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del ciudadano ENRIQUE ROSAS, accionante en amparo; de la no comparecencia del Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y de la comparecencia de los abogados JESÚS ENRIQUE GANEM ARENAS, ALFREDO MANINAT y EDUARDO RAMOS ARAUJO, apoderados judiciales de la Gobernación del Estado Carabobo, quienes participan en el proceso en calidad de tercero interviniente. Se dejó igualmente constancia de la comparecencia del representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial del accionante, quien expuso sus alegatos en relación a la acción de amparo. Posteriormente se le concedió el derecho de palabra al apoderado judicial del tercero interviniente, quien también expresó sus alegatos con respecto a la acción de amparo interpuesta. Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la representante del Ministerio Público. Las partes hicieron uso del derecho a réplica. Se acordó agregar al expediente los recaudos consignados. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: De las actas del expediente, de la exposición del accionante, del representante del tercero interviniente, de la representación del Ministerio Público y con el voto salvado, en lo que se refiere a la competencia del Magistrado Dr. Héctor Peña Torrelles, la Sala estima, que el fallo accionado, dictado por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 13 de abril de 2000, al ordenar la práctica de la experticia complementaria solicitada, a partir del 17 de marzo de 1993, quebrantó el principio constitucional denunciado por la parte actora, relativo a la cosa juzgada, habida cuenta, que en el juicio laboral intentado por los representados del accionante en contra de la Gobernación del Estado Carabobo, se verificó el doble grado de jurisdicción con la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual, contrariamente a lo dispuesto por el fallo accionado dispuso que la indexación por las cantidades demandadas debían pagarse desde el momento en que la demandada incurrió en mora. Por lo tanto, al haberse ordenado el pago de la indexación en un momento distinto al que se estableció en la sentencia que puso fin al juicio en Segunda instancia, se violentó el derecho constitucional a que se ha hecho referencia lo cual trae como consecuencia la procedencia de la acción de amparo constitucional interpuesta.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la presente acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos RAFAEL GUTIERREZ y otros debidamente representados por el abogado ENRIQUE ROSAS, contra la sentencia dictada por el Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 13 de Abril 12 de Mayo de 2000 y en consecuencia, ordena al Tribunal accionado dictar nuevamente decisión respecto del asunto relativo a las apelaciones ejercidas, con arreglo a los términos de la decisión proferida por el Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Transito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 28 de enero de 1997. Exp Nº 00-1753.

 

Se dio cuenta en Sala

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

1.- Oficio N° 395-2000 de fecha 20 de octubre, Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite expediente N° 4056, contentivo de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la empresa SEGUROS CARACAS DE LIBERTY MUTUAL, C.A., contra decisiones dictadas por los Juzgados Primero de Primera Instancia del Trabajo y Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas de esa Circunscripción Judicial. Remisión hecha en virtud del recurso de apelación interpuesto. Se designó Ponente al Magistrado DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2876.

2.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado FRANCISCO ARDILES en su carácter de apoderado judicial del MUNICIPIO VALENCIA del Estado Carabobo, interpone ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra la decisión dictada por la Sala de Casación Social de éste Máximo Tribunal, el 29 de junio de 2000, que declaró inadmisible el recurso de casación anunciado por el accionante. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2877.

 

Escritos presentados

 

1-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado ERASMO CARMONA efectúa pedimentos y consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. HECTOR PEÑA TORRELLES. Exp. 00-0702.

2-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual la abogado MIRTHA JOSEFINA GUEDEZ CAMERO en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JULIO CESAR TRUJILLO solicita celeridad procesal. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2497.

3-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado PAUL G. MILANES en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE FRANCISCO AVILA MARTINEZ consigna anexos. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2112.

4-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado EDGAR ARTEAGA CHIRINOS en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JORGE E. CHAVEZ efectúa pedimentos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. O0-0765.

5-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado GUILLERMO ENRIQUE DE LOS RIOS ALVARADO en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos JESUS ALEJANDRO GONZALES ULPINO e INGRID COROMOTO ORIHUELA DE GONZALES efectúa pedimentos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2850.

6-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual los abogados GUILLERMO BARRETO NIEVES y HENRIQUE AZPURUA SUELS en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos MARITZA RODRIGUEZ PLAZA y GUSTAVO LEGORBURU RODRIGUEZ efectúan pedimentos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2614.

7-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual los ciudadanos DOUGLAS JESUS YANES REYES y JUAN ANTONIO ANTAR NASSAR asistidos por el abogado JUAN CARLOS VILLEGAS solicitan se decrete medida cautelar especial o medida provisionalísima. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2608.

8-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el abogado RAFAEL ENRIQUE MONSERRAT PRATO "Demuestra la violación del debido proceso, principios generales del derecho, principio de igualdad, en contra del Tribunal Supremo de Justicia y Poder Ciudadano por parte de la Asamblea Nacional de la República de Venezuela". Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2848.

9-Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el ciudadano RAUL MIGUEL FRANCO VASQUEZ asistido por el abogado CIRO FERNANDO CAMERLINGO SEGURA efectúa pedimentos. Se acordó pasar el escrito al Juzgado de Sustanciación de esta Sala. Exp. 00-2555.

10-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual el Tribunal de Control N°1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta remite información a esta Sala. Se acordó agregar el escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2720.

11-Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de octubre de 2000, mediante el cual los abogados HILMAR CAROLINA ARMADA JIMENEZ y ALBERTO MESTAS PEREZ en su carácter de apoderado judicial de la ASOCIACIÓN CIVIL CONSEJO NACIONAL DE PROMOCION DE INVERSIONES (CONAPRI) efectúa pedimentos. Se acordó pasar el escrito al Juzgado de Sustanciación de esta Sala. Exp. 00-1438.

Diligencias presentadas

 

1.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 27 de octubre de 2000, mediante la cual los ciudadanos JESUS ALEJANDRO GONZALEZ ULPINO e INGRID COROMOTO ORIHUELA solicitan se devuelvan las actuaciones contenidas en el expediente al tribunal remitente. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. MOISES TROCONIS. Exp. 00-2850.

2.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 27 de octubre de 2000, mediante la cual la ciudadana HAYDEE FERNANDEZ PARRA solicita celeridad procesal. Se acordó agregar la diligencia al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2493.

3.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 27 de octubre de 2000, mediante la cual el abogado CARLOS SILVA GARRIDO consigna anexos. Se acordó agregar la diligencia y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2798.

 

Oficio recibidos

 

Oficio N° 00852 de fecha 9 de agosto del año 2000, del Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite información a esta Sala en relación a la citación del ciudadano HENRY ANTONIO CARNEIRO LOPEZ. Se acordó agregar el oficio al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-1329.

 

Copias solicitadas

 

1.- El abogado PARRISH AMADIO GUEVARA solicita copia certificada del escrito de acción de amparo contenido en el expediente 00-2761.

2.- La abogado ALICIA MUÑOZ HERNANDEZ solicita copia certificada de actuaciones contenidas en el expediente 00-0239.

Ir al tope


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados