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Sala Constitucional
  • Fecha: 16 de julio del 2001





CUENTA

 

CUENTA

 

135

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Vice-Presidente encargado de la Presidencia Magistrado Doctor JESÚS EDUARDO CABRERA, con la asistencia del Vicepresidente Encargado, DR. JOSE DELGADO OCANDO y los Magistrados Doctores, ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA, PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, y PEDRO BRACHO GRAND.

 

   

Se publicaron las siguientes sentencias

 

 

1  AA50-T-2000-001303                   20002560

Tony Mansour Maroun T. interpone acción de amparo constitucional contra el Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil Bancario con competencia Nacional

 

Sentencia N° 1239 de fecha 16 de julio del 2001, presentada por el Magistrado Dr. José Delgado Ocando, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Rafael Montserrat Prato. Exp. 00-2560

   

2  AA50-T-2000-001809                   20003102

Fulvio Avila Herrera y Vinicio Avila Rodríguez, en representación de la ciudadana María Yolanda Tori de Granadillos, intentan Acción de Amparo Constitucional contra la Resolución N° 675 de fecha 12/9/00, emanada del Ministro del Interior y Justicia .

 

Sentencia N° 1237 de fecha 16 de julio del 2001, presentada por el Magistrado

Dr. Pedro Rondón Haaz, mediante la cual se declaró IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Fulvio Avila y Vinicio Avila Rodríguez.  Exp. 00-3102

 

3  AA50-T-2001-000162                   20010162

Oswaldo Parilli A. y Auslar López Villegas, en su carácter de Apoderados Judiciales de PDVSA PETROLEO y GAS, interponen Acción de Amparo Constitucional contra sentencia de fecha 1/08/00, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

 

Sentencia N° 1236 de fecha 16 de julio del 2001, presentada por el Magistrado Dr. Antonio García García, mediante la cual se declaró CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Oswaldo Parilli y Auslar López. Exp. 01-0162. El Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA no firmó la sentencia por no haber asistido el día de su aprobación.

   

4  AA50-T-2001-001286

Oficio Nº 11493 de fecha 12 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, remite expediente Nº 8232, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Mandatario Judicial del Instituto Autónomo Aeropuerto Internacional de Maiquetía (I.A.A.I.M), contra el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO J. GARCIA GARCIA.

 

Sentencia N° 1238 de fecha 16 de julio del 2001, presentada por el Magistrado Dr. Carmen Zuleta de Merchán, mediante la cual se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Simón Araque. Exp. 01-1286

 

   

Se celebraron las siguientes Audiencias Constitucionales

 

 

1  AA50-T-2000-000323                   20000877

Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el abogado Carmelo de Grazias en su carácter de co-apoderado judicial de los ciudadanos Horacio Antonio Parra Jiménez y María Ignacia Parra Gutiérrez, contra la Sentencia dictada por el Juzgado Superior 3º Agrario con sede en Barquisimeto - Estado Lara de fecha 01-10-99

 

Dada la Licencia otorgada al ciudadano Magistrado Iván Rincón Urdaneta, la Sala quedó constituida de la siguiente manera: Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera, encargado de la Presidencia de la Sala, Magistrado Doctor José M. Delgado Ocando, encargado de la Vicepresidencia de la Sala; con los Magistrados Doctores Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz y el Magistrado Suplente Pedro Bracho. El Magistrado Doctor Antonio José García García, no asistió por motivos justificados.

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las doce y treinta de la tarde (12:30 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por el abogado Carmelo de Grazia, representante judicial de los ciudadanos Horacio Antonio Parra Jiménez y María Ignacia Parra Gutierrez, contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 1° de octubre de 1999. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado Carmelo de Grazia, representante judicial de los accionantes en amparo; de la no presencia del Juez Superior Tercero Agrario con sede en Barquisimeto, Estado Lara, accionado. Igualmente se deja constancia de la presencia de la abogada Carmen Lucia Santeliz de García, apoderada de los ciudadanos Hely Saul Montiel Aponte, Adafel Enrique Barroso, Jesús Elias Mendoza, Jesús Edgardo Mendoza y Elias Jeronimo Mendoza, terceros coadyuvantes; Finalmente se deja constancia de la no presencia de la representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado el abogado Carmelo de Grazia, en representación de los accionantes, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Finalmente se le concedió el derecho de palabra a la abogada Carmen Lucia Santeliz de García, apoderada de los terceros coadyuvantes. La representación de parte accionante y del tercero coadyuvante ejercieron el derecho de réplica y contrarréplica. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente encargado leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las Actas del expediente; de la exposición de las representaciones judiciales de los accionantes, del accionado, de los terceros coadyuvantes, la Sala observa:

En cuanto a la perención alegada en la audiencia por el tercero coadyuvante, es criterio de esta Sala que lo que procede en materia de amparo es el abandono del trámite, y que este abandono no puede calificarse de tal, mientras el tribunal que conoce del amparo esté practicando las citaciones y notificaciones que sean necesarias, ya que se trata de una actividad que no compete a las partes, sino al tribunal de la causa. Por lo tanto se desecha tal alegato, y así se declara.

En cuanto al fondo de lo que se discute en el presente amparo, la Sala apunta: el artículo 699 del Código de Procedimiento Civil expresa que si el interesado demostrara al juez la ocurrencia del despojo, y éste encontrare suficientes las pruebas promovidas a ese efecto, exigirá al querellante la constitución de una garantía, cuyo monto fijará, para responder de los daños y perjuicios que pueda causar su solicitud en caso de ser declarada sin lugar, si se decretara la restitución de la posesión, dictando y practicando todas la medidas y diligencias que aseguren el cumplimiento de su decreto.

El artículo 702 del mismo Código expresa que si la querella fuere declarada sin lugar, en la sentencia definitiva se ordenará la fijación de los daños y perjuicios a favor del querellado mediante experticia complementaria del fallo.

Para el juez que conoce del interdicto posesorio en primera instancia, y por aplicación del mencionado artículo 702, es imperativo ordenar los daños y perjuicios al sentenciar el interdicto y declarar la querella sin lugar.  En el caso de autos, al no haberlo hecho, la parte demandada ha debido apelar a fin de que el juzgado de la alzada cumpliera con el artículo 702 señalado. La parte demandada no apeló y, en consecuencia, se contentó con lo fallado por el juez de la primera instancia.

En el presente caso, conoció la alzada por apelación de la parte perdidosa, es decir, del querellante, quien no se conformó con que se le declarara sin lugar su querella.  El tribunal superior al resolver sobre la apelación sólo podía declarar con o sin lugar la querella; y en el segundo supuesto, sólo podía ratificar lo que ya había resuelto la primera instancia, la cual como ya se expresó no aplicó el artículo 702 del Código de Procedimiento Civil.

Cuando la sentencia impugnada suplió la falta de aplicación del artículo 702 aludido, ella reformó el texto de la decisión de la primera instancia  en perjuicio del apelante, cuyo recurso, necesariamente, lo que buscaba es que se le declarara con lugar la querella interdictal propuesta.  Al obrar así, considera la Sala que se violó por parte de la alzada el debido proceso del querellante apelante, hoy accionante, y así se declara.

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Carmelo de Grazia, representante judicial de los ciudadanos Horacio Antonio Parra Jiménez y María Ignacia Parra Gutierrez.

Se anula la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el 1° de octubre de 1999 sólo en lo que se refiere a la condena en daños y perjuicios.

 

Exp.: N° 2000-0877

N° del Sistema: AA50-T-2000-000323

 

   

2  AA50-T-2000-001610                   20003050

Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano CARLOS JULIO VILLARROEL, contra las decisiones emitidas por la  Presidenta de la Sala Accidental Primera de Reenvío Para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Dra. Irma Ávila Maestracci

 

Dada la Licencia otorgada al ciudadano Magistrado Iván Rincón Urdaneta, la Sala quedó constituida de la siguiente manera: Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera, encargado de la Presidencia de la Sala, Magistrado Doctor José M. Delgado Ocando, encargado de la Vicepresidencia de la Sala; con los magistrados doctores Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz y el Magistrado Suplente Pedro Bracho. El Magistrado Doctor Antonio José García García, no asistió por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por los abogados Roberto Delgado Salazar, Juan Carlos Gutiérrez Ceballo y Orlando Colmenares Tabares, representantes judiciales del ciudadano Carlos Julio Villarroel, accionante, contra los autos dictados el 4 y el 30 de octubre de 2000, por la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia de los abogados Roberto Delgado Salazar y Juan Carlos Gutiérrez Ceballo, representantes judiciales del accionante en amparo; de la presencia de las doctoras Carmen Tellechea, Irma Ávila Maestracci y María Eugenia Oportoclem Presidenta y jueces miembros, respectivamente, de la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, accionada. Finalmente se deja constancia de la presencia de la Dra. Luisa Virginia González, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Roberto Delgado Salazar, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra a la doctora Carmen Telleche y luego a la doctora Irma Ávila Maestracci, Presidenta y juez miembro, respectivamente, de la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, accionada, al finalizar ésta consigno escrito contentivo de sus alegatos, el Magistrado Vicepresidente encargado de la Presidencia ordenó agregar el escrito al expediente. Finalmente se le concedió el derecho de la palabra a la representante del Ministerio Público. Al finalizar ésta consignó escrito contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. Las respectivas representaciones del accionante, accionado y Ministerio Público, ejercieron el derecho a réplica y contra réplica. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Vice-Presidente encargado de la Presidencia leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente; de las respectivas exposiciones de la parte demandante y presunto agraviante y de la representante del Ministerio Público, la Sala observa: visto que no consta en autos que la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas haya notificado al acusado Carlos Julio Villarroel respecto del estado de la causa que en su contra se seguía en ese Tribunal, ni de la decisión de fondo dictada por el mismo. Visto que el nombramiento del defensor corresponde al acusado y es en defecto del defensor privado –porque el acusado no pueda nombrarlo o porque nombrándolo no acepte el cargo- que el juez puede nombrar defensor público. Visto que el ciudadano Carlos Julio Villarroel fue representado en primera y segunda instancia por un defensor privado cuyo mandato no consta en autos que haya sido revocado ni que dicho defensor haya renunciado. Visto que no consta en autos la notificación por parte del tribunal de reenvío al acusado Carlos Julio Villarroel del nombramiento de un defensor público para que lo represente. Visto que transcurrieron más de dos años antes de que el Tribunal de Reenvío -por lo demás, ubicado en una circunscripción distinta a aquella donde reside el acusado- produjera una decisión definitiva y que el defensor nombrado por el tribunal no cumplió con ninguno de los actos inherentes al cargo que juró, la Sala considera que la demanda de amparo resulta procedente por haber resultado vulnerado el derecho a la defensa del demandante Carlos Julio Villarroel, sobre la base de las consideraciones siguientes: Por cuanto el artículo 197 del Código Orgánico Procesal Penal confiere al juez la facultad de determinar cuales son los actos procesales que, por su naturaleza, deben ser notificados personalmente al afectado, debe concluirse que la sentencia definitiva es de tal trascendencia, ya que pone fin al proceso, máxime cuando sea una sentencia condenatoria y, en consecuencia, debe ser considerada entre los actos que, por su naturaleza, deben ser notificados personalmente a la parte interesada, sobre todo si -como en este caso- habían transcurrido más de dos años sin que la instancia produjese decisión. La misma trascendencia hay que atribuirle a la decisión del tribunal de proveer un defensor de oficio, cuya incorporación al proceso debe ser conocida con la mayor brevedad por el procesado para que éste pueda decidir si ese defensor es idóneo para la conducción de su causa y, en todo caso, porque la comunicación ab initio entre defensor y asistido constituye un requisito esencial para el efectivo ejercicio del derecho a la defensa. De lo anterior se deriva que la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 122, ordinal 3, 134 y 197 del Código Orgánico Procesal Penal, estaba en la obligación de permitirle nombrar “un abogado de su confianza como defensor”, lo que no hizo, pues, unilateralmente, designó un defensor, aún cuando el acusado había sido representado en primera y segunda instancia por un defensor privado designado por él; de lo cual resulta que incurrió en error el Juzgador de Reenvío al nombrar un defensor sin notificar previamente al procesado. Así se decide.

Por ello, esta Sala Constitucional considera que la decisión, de la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, incurrió en violación del derecho constitucional a la defensa consagrado en el artículo 49, numeral 1, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al no haber ajustado su actuación con la ley procesal penal vigente.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de amparo constitucional interpuesta por los abogados Roberto Delgado Salazar, Juan Carlos Gutiérrez y Orlando Colmenares Tabares en representación del ciudadano Carlos Julio Villarroel, contra los autos dictados, el 4 y 30 de octubre de 2000, por la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y REVOCA las mencionadas decisiones de reenvío, así como la sentencia dictada el 31 de agosto de 2000. Se REPONE la causa al estado de que se notifique a la parte para que designe defensor. Se exonera de responsabilidad a los integrantes de la Sala Accidental Primera de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

 

Exp.: N° 20003050

N° del Sistema: AA50-T-2000-001610

 

 

3 AA50-T-2001-000590

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de marzo de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Ciudadano HÉCTOR DÍAZ MORALES en su carácter de Sindico Procurador Municipal del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, contra decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Trabajo del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 14/8/00. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Dada la Licencia otorgada al ciudadano Magistrado Iván Rincón Urdaneta, la Sala quedó constituida de la siguiente manera: Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera, encargado de la Presidencia de la Sala, Magistrado Doctor José M. Delgado Ocando, encargado de la Vicepresidencia de la Sala; con los magistrados doctores Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz y el Magistrado Suplente Pedro Luis Bracho Grand. El Magistrado Doctor Antonio José García García, no asistió por motivos justificados.

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la mañana (11:30 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por el abogado Héctor Díaz Morales, representante judicial de la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, contra sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico - San Juan de los Morros, el 14 de agosto de 2000. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado Héctor Díaz Morales, representante judicial del accionante en amparo; de la no presencia del Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico - San Juan de los Morros, accionado. Igualmente se deja constancia de la no presencia del abogado Jorge Vega Mejía, asistente judicial del ciudadano Ricardo José Pérez Vegas, tercero coadyuvante Finalmente se deja constancia de la presencia de la Dra. Luisa Virginia González, en representación del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Héctor Díaz Morales, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Finalmente se le concedió el derecho de la palabra a la representante del Ministerio Público. Al finalizar ésta consignó escrito contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente Encargado leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las Actas del expediente; de la exposición de la representación judicial del accionante, del accionado, del tercero coadyuvante y de la representante del Ministerio Público, la Sala observa: que una vez dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico la sentencia del 14 de diciembre de 1999 que confirmó la decisión del 25 de mayo de 1999, mediante la que se declaró con lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales y otros conceptos incoada por el ciudadano Héctor Díaz Morales contra la Alcaldía del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, y remitido el expediente al Juzgado de Primera Instancia a los fines de ejecutar la decisión, se dio cumplimiento al procedimiento especial de ejecución voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, y una vez agotado, la parte demandante en el referido juicio,  hoy tercero coadyuvante, solicitó la ejecución forzosa de la sentencia, en virtud de lo cual el referido Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de Circunscripción Judicial del Estado Guárico,  acordó oficiar a la Alcaldía del Municipio para que se incluyese la cantidad adeudada al demandante en el presupuesto del referido ente municipal, correspondiente al año 2001.

Al efecto, observa esta Sala que, de conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 104 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, cuando las partes no logran llegar a un acuerdo en relación a la forma de ejecución voluntaria de la sentencia condenatoria para un Municipio,  le corresponde al Tribunal competente determinar la forma y la oportunidad de dar cumplimiento a lo ordenado en dicha decisión judicial, en atención a los procedimientos establecidos en el mismo artículo. Ello así, establece dicho dispositivo normativo que cuando se pretenda ejecutar una decisión que verse sobre cantidades de dinero, como en el caso bajo examen, el Tribunal “..ordenará que se incluya el monto a pagar en la partida respectiva en el próximo o próximos presupuestos, a cuyo efecto enviará al Alcalde copia certificada de lo actuado.” 

Ahora bien, se observa que este procedimiento regulado en la Ley Orgánica de Régimen Municipal ha sido aplicado analógicamente por vía jurisprudencial en ejecución de las sentencias que operan contra los entes públicos, pues la jurisprudencia de la Sala Político Administrativa y de la Sala de Casación Civil de la extinta Corte Suprema de Justicia, acogida por esta Sala en fallos anteriores, ha entendido que siempre que este atribuida por ley a dichas personas jurídicas las mismas perrogativas y privilegios del Fisco Nacional no puede operar la ejecución forzosa conforme a lo previsto en el Código de Procedimiento Civil. Así, en sentencia del 12 de agosto de 1999 dictada por la Sala de Casación Civil de la extinta Corte Suprema de Justicia, citando una sentencia de la Sala Político Administrativa estableció que: “ estos privilegios se evidencian en los artículos 16 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional y 46 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, los cuales establecen de manera general el principio de la inembargabilidad y la imposibilidad, entre otras cosas, de que los jueces dicten en su contra embargos ejecutivos..”.

En ese sentido, se observa que por tratarse el caso de autos del supuesto especial que regula dicha normativa, es decir  la ejecución forzosa de una sentencia condenatoria contra un ente municipal, al cual la misma ley le atribuye las perrogativas y privilegios que goza el Fisco Nacional, considera esta Sala,  que el Juzgado Superior, al decidir la apelación interpuesta por el demandante en el juicio principal, incurrió efectivamente en la violación del derecho constitucional al debido proceso y a la cosa juzgada, toda vez, que tramitó y  se pronunció sobre un recurso ordinario de apelación que no estaba previsto en dicho procedimiento especial, pretendiendo con ello  ceñirse a lo previsto en el Código de Procedimiento Civil, y no a lo contemplado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, el cual, como se mencionó anteriormente, debía cumplirse a cabalidad por tratarse de una ejecución de sentencia contra un ente público.

En ese sentido, considera la Sala que el artículo 104 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal a la que se ha hecho referencia a lo largo de esta fallo en contraposición a lo señalado por el Juzgado Superior, garantiza la ejecución del fallo condenatorio determinando la forma y oportunidad de dar cumplimiento forzoso a lo ordenado en la sentencia, a través de la determinación de unos procedimientos especiales que responden a los privilegios que se le otorga por ley a este tipo de entes públicos.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional  interpuesta por  el abogado Héctor Díaz Morales, actuando con el carácter de Sindico Procurador del Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, en representación de la Alcaldía  de ese Municipio contra  la sentencia del 14 de agosto de 2000 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, del Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico - San Juan de los Morros, y en consecuencia se deja sin efecto dicha decisión.

 

Exp.: N° 2001-0590

 

           

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

 

1  AA50-T-2001-001568

Oficio N° 603 de fecha 10 de julio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda remite expediente N° 2094-2001, contentivo de la Acción de Amparo constitucional interpuesta por el defensor del ciudadano GERARDO GOUVEIA DA SILVA, contra decisión dictada por la Juez Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en los Teques. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

   

2  AA50-T-2001-001569

Oficio Nº 246 de fecha 3 de julio de 2001, mediante el cual la Sala Nº 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, remite expediente Nº 3RA-398-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por la Defensora del ciudadano Leonardo Rafael Fernández Quevedo contra Juzgado de Control Nº 3 de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO J. GARCIA GARCIA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

   

3  AA50-T-2001-001570

Oficio Nº 214 de fecha 2 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, remite expediente Nº 006981, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por los Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil "Inversiones Madeira's, C.A" contra sentencia de fecha 21/12/00 dictada por el Juzgado Provisorio Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDON HAAZ.

 

Recepción del amparo en apelación

   

4  AA50-T-2001-001571

Oficio N° 0840-684 de fecha 11 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas remite expediente N° 0840-629, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ROSARIO CAMPOS DE LÓPEZ, contra Jorge Antonio Villegas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO LUIS BRACHO.

 

Recepción del escrito de recurso

   

5  AA50-T-2001-001572

Oficio N° 452 de fecha 9 de Julio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira remite expediente N° 1Aa-688-2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el defensor de la  ciudadana LUZ AMPARO SALAZAR DE MORENO, contra decisión dictada por   el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 1, Extensión San Antonio del Táchira. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Recepción del amparo en apelación

   

6  AA50-T-2001-001573

Oficio Nº 71-01 de fecha 28 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, remite expediente Nº 291, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por los Apoderados Judiciales del ciudadano Hugo Roldan Martínez Páez contra el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ponente Magistrado Dr. JOSE DELGADO OCANDO.

 

Recepción del amparo en apelación

   

7  AA50-T-2001-001574

Oficio N° 294-2001 (S-6) de fecha 4 de Julio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 835-2001(Ac)S-6, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los defensores de los ciudadanos RODRIGO ANTONIO ELIZONDO JIMENEZ y JEAN CARLOS IRIARTE AVILA, contra el Juzgado Décimo Sexto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

   

8  AA50-T-2001-001575

Oficio N° 767-2001 de fecha 3 de julio de 2001, mediante el cual el Tribunal Décimo Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 732-01, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus intentada por los Defensor del ciudadano RAFAEL ALCANTARA, contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del escrito de recurso

   

9  AA50-T-2001-001576

Escrito recibido vía correo electrónico de la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por Omaira de León Osorio, en su carácter de Contralora del Estado Táchira, contra el Juzgado Superior en lo Contencioso-Administrativo de la Región de Los Andes. Ponente Magistrado Dr. PEDRO LUIS BRACHO.

Recepción del escrito de amparo

   

10          AA50-T-2001-001577

Oficio N° 215200300-378, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en los Teques, remite expediente N° 01-4264, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana BEATRIZ ELENA LÓPEZ PINEDA, asistida de abogado contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito con sede en los Teques. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Recepción del amparo en apelación

   

11          AA50-T-2001-001578

Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano José Manuel Díaz, contra la Dirección de Apoyo Docente del Consejo Nacional de la Cultura (Conac). Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del escrito de amparo

   

12          AA50-T-2001-001579

Oficio N° 1A-213-01 de fecha 9 de julio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones Sala N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia remite expediente N° 1Aa-995-01, contentivo de la solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus interpuesta por el representante del ciudadano JOEL ANTONIO JIMENEZ, contra el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

   

13          AA50-T-2001-001580

Oficio Nº 200-961 de fecha 4 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, remite expediente Nº 7925, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por la Apoderada Judicial de la sociedad mercantil Agencia Ferrer Palacios, C.A contra Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO LUIS BRACHO.

 

Recepción del amparo en apelación

   

14          AA50-T-2001-001581

Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Dejavi Corporación C.A., contra la Comisión de Licitaciones del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Ingreso del expediente

   

15          AA50-T-2001-001582

Mantenimiento de Habeas Corpus a favor del ciudadano Eleida Del Carmen Villareal Picón. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO

 

Ingreso del expediente

   

16          AA50-T-2001-001583

Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales del Consejo Legislativo del Estado Amazonas, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones en lo Penal, civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del escrito de amparo

   

17          AA50-T-2001-001584

Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el apoderado judicial del

ciudadano Edgar Galeno Sardi, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones en fecha 05-06-01. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDON HAAZ.

 

Ingreso del expediente

   

18          AA50-T-2001-001585

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por los ciudadanos Rafael Hidrogo, Rena Hidrogo, Rina Hidrogo, Ronnys Hidrogo, Alida Villegas y otros, asistidos de abogado, contra Presidente de La República Bolivariana de Venezuela Hugo Chávez Frías. Ponente Magistrado Dr. PEDRO LUIS BRACHO.

Recepción del escrito de amparo

   

19          AA50-T-2001-001586

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el por los Representantes de la empresa TIENDAS KARAMBA V, C.A., contra decisión dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Recepción del escrito de amparo

 

   

Escritos presentados

 

 

1  AA50-T-2000-000303                   20000796

Amparo Constitucional propuesto por Monagas Plaza, C.A. contra decisión tomada por el Juzgado 3º de  Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante el cual el apoderado judicial de INVERSORA INKOBE, C.A., formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDON HAAZ. Exp. 00-0796

   

2  AA50-T-2001-000598

Oficio Nº 220 de fecha 21 de marzo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, remite expediente Nº 11479, contentivo de la   Acción de Amparo Constitucional intentada por el Apoderado Judicial de la sociedad mercantil Inversora Incobe, C.A, contra decisión dictada por  el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ponente Magistrado Doctor JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante el cual el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSORA INKOBE, C.A., formula alegatos y solicita pronunciamiento. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 01-0598

   

3  AA50-T-2001-001402                   20011402

Oficio N° 2001-149 de fecha 30 de mayo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 92-77, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana SEGUNDA AMAYA SEPÚLVEDA, asistida de Abogado , contra Inversiones Bushels C.A. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante el cual la ciudadana SEGUNDA ANAYA SEPULVEDA, fundamenta el recurso de revisión ejercido. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDON HAAZ. Exp. 01-1402

   

4  AA50-T-2001-001448

Oficio N° 721 de fecha 27 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, remite expediente N° 13985, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los  Apoderados Judiciales del ciudadano FRANCISCO ANTONIO GARCIA RIVERO, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil, de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Ponente Magistrado Dr. Antonio García García

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante el cual la apoderado judicial de la sociedad mercantil DESARROLLO URBANISTICO EL COROZAL, C.A., fundamenta la apelación ejercida. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-1448

   

5  AA50-T-2001-001473

Oficio N° 181 de fecha 22 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico remite expediente N° 4473-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MANUEL MARTÍN MARTÍN, contra decisión dictada por el Tribunal Accidental de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante el cual el presidente de la empresa COMPLEJO AGROINDUSTRIAL DEL GUARICO C.A. (CAIGUA, C.A.), formula alegatos, efectúa pedimentos y consigna anexo. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 01-1473

 

   

Diligencias presentadas

 

 

1  AA50-T-2000-001226                   20002481

Inmobiliaria Esyojosa interpone acción de amparo contra decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el abogado JESUS PETIT DA COSTA, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-2481

   

2  AA50-T-2000-001389                   20002587

Sociedad Mercantil Servicios y Transportes Marítimos Maca C.A, interpone acción de amparo ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el apoderado judicial de la sociedad mercantil SERVICIOS Y TRANSPORTE MARINOS MACA, C.A., formula alegatos, consigna anexo y solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2587

   

3  AA50-T-2000-001871                   20003134

Pedro Alid Zoppi y Jorge Ali Zoppi, en su carácter  de  Apoderados  Judiciales  de la   sociedad    mercantil       Inversiones Chamatan,  intentan  Acción de Amparo Constitucional  contra  decisión  dictada el 23/10/00,   por  el  Juzgado  Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y  del Tránsito  de  la  Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el ciudadano CARMINE ANTONIO PENTA SPIOTTA, DESISTE de la acción de amparo ejercida. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 00-3134

   

4  AA50-T-2000-001946                   20002479

Wilfredo Martínez Domínguez interpone acción de amparo contra conducta de los jueces que conforman el Circuito Judicial Penal del Estado Guárico.

 

Anexo recibido vía fax el 16 de julio de 2001. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2479

   

5  AA50-T-2000-002637                   20002882

Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los apoderados judiciales de las Sociedades Civiles Sucesoras de la Comunidad del Sitio de Suárez y Comunero y Adjudicatores del Lote CC-1 del Sitio de Suárez, contra el Juez Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del Estado Nueva Esparta

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el abogado JESUS PETIT DA COSTA, formula alegatos y efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2882

   

6  AA50-T-2001-000812                   20010812

Escrito  presentado  ante  la  Secretaría de   la   Sala   el   24   de   abril   de 2001, contentivo   de   la    Acción  de Amparo Constitucional        intentada     por  el Apoderado  Judicial  de  las ciudadanas Marianela Fernández Alvarado y María Teresa  Baralt,    contra    sentencia   de la  Corte    Primera   de   lo  Contencioso Administrativo. Ponente Magistrado Doctor  JESÚS    EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el apoderado judicial de la sociedad mercantil VIDEOS & JUEGOS COSTA VERDE, C.A., consigna instrumento poder. Magistrado Ponente DR. JESUS EDUARDO CABRERA. Exp. 01-0812

   

7  AA50-T-2001-000992

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 17 de mayo de 2001 contentivo del Recurso de Revisión intentado por los Apoderados Judiciales del ciudadano Vicente Fuentes Zapata, contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 19/12/00. Ponente Magistrado Doctor IVAN RINCON URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la abogado ELENA FLORES DE BRETO, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 01-0992

   

8  AA50-T-2001-001018

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 21 de mayo de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Representantes Judiciales de las Sociedades Civiles SUCESORA DE LA COMUNIDAD DEL SITIO DE SUAREZ y COMUNEROS y ADJUDICATARIOS DEL LOTE C-C1 DEL SITIO DE SUAREZ, contra el Juez Superior en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Trabajo y de Menores del Estado Nueva Esparta. Ponente Magistrado Dra. CARMEN ZULETA DE MERCHAN.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual el abogado JESUS PETIT DA COSTA, solicita pronunciamiento sobre la acumulación solicitada. Magistrado Ponente DR. CARMEN ZULETA DE MERCHAN. Exp. 01-1018

   

9  AA50-T-2001-001490

Oficio N°  215200300-3576 de fecha 28 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda remite expediente N° 01-4363, contentivo de la  Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Apoderada Judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR NOVO INSUA, contra el ciudadano JOSÉ REY RIOS. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos y solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-1490

   

10          AA50-T-2001-001491

Oficio N° 215200300-357, de fecha 28 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda remite expediente N° 01-4364, contentivo de la  Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARÍA JOSEFINA HERNÁNDEZ MARSAN, contra HILDA ANDREA DE RIMER. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos y efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDON HAAZ. Exp. 01-1491

   

11          AA50-T-2001-001492

Oficio N° 215200300-358 de fecha 28 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda remite expediente N° 01-4388, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Apoderada Judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR NOVO INSUA, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito con sede en los Teques. Ponente Magistrado Dr. IVAN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos, efectúa pedimentos, consigna anexo y solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 01-1492

   

12          AA50-T-2001-001497

Oficio N° 8411 de fecha 26 de Junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 8565, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARÍA JOSEFINA HERNÁNDEZ MARSAN, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. IVAN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la abogado MARIA JOSEFINA HERNANDEZ MARSAN, formula alegatos, efectúa pedimentos y consigna anexo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCON URDANETA. Exp. 01-1497

 

   

Oficios presentados

 

 

1  AA50-T-2001-000312

Acción de Amparo Constitucional ejercida a favor del ciudadano Juan Carlos Ramírez García, asistido de abogado, contra la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Doctor Antonio Garcia Garcia.

 

Oficio N° 666-2001 de fecha 13 de julio de 2001, mediante el cual la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, remite información requerida. Se acordó agregar el oficio y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-0312

   

2  AA50-T-2001-000689       .           :

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 5 de abril de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales de la ciudadana MARIA ELENA COLMENAREZ PEREIRA, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Oficio N° 7650 de fecha 16 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, remite información requerida. Se acordó agregar el oficio al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-0689

   

3  AA50-T-2001-001437

Oficio Nº 227 de fecha 22 de junio de 2001, mediante el cual la Sala Nº 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, remite expediente Nº 3RA-396-01, contentivo del Mandamiento de Habeas Corpus intentado por el Defensor del ciudadano Oscar Guadalupe Rodríguez Heredia contra decisión dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Ponente Magistrado Dr. Antonio J. García García.

 

Oficio N° 253 de fecha 10 de julio de 2001, mediante el cual la Sala N° 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite escrito de apelación en la acción de amparo interpuesta por la defensora del ciudadano OSCAR GUADALUPE RODRIGUEZ HEREDIA. Se acordó agregar el oficio y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-1437

 

   

Solicitud de Copias Certificadas

 

 

1  AA50-T-2001-001005

Oficio  N° 01-0277  de fecha 17 de mayo de 2001,   mediante   el   cual   la   Corte Superior    Tribunal   de   Protección  del Niño    y     del      Adolescente     de la Circunscripción      Judicial     del     Área Metropolitana       de    y     Nacional    de Adopción          Internacional        remite Expediente           C010429     (14682), contentivo     de   la  Acción  de Amparo Constitucional      interpuesta     por    el ciudadano PLANCHART TOVAR ARGELIS RAMÓN,   asistido   de  abogado  contra decisión    dictada   por   el  Tribunal  de Protección  del  Niño  y del Adolescente Sala de Juicio N° 1 de la Circunscripción Judicial   del   Área    Metropolitana   de Caracas.      Ponente     Magistrado    Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 16 de julio de 2001, mediante la cual la ciudadana AMERICA ORAA, solicita copia certificada de diversas actuaciones. Exp. 01-1005

       

 

Inhibición recibida

 

 

Se recibió diligencia suscrita por el Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA, mediante la cual se inhibe de conocer del expediente 2001-1532, por estar incurso en la causal establecida en el ordinal 12° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.

 

 

 

El Vice-Presidente encargado de la Presidencia,

 

 

 

              JESÚS EDUARDO CABRERA

 

                                                                                            El Secretario.

 

                                                                                       

 

                                                                             JOSÉ LEONARDO REQUENA C.

 

 

 

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