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Sala Constitucional
  • Fecha: 26 de enero del 2001





CUENTA PARA LA SALA CONSTITUCIONAL

 

 

CUENTA

 

20

 

Se abrió la sesión presidida por el Presidente Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta,  con la asistencia del Vicepresidente, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores, José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz.

 

 

            Se publicaron las siguientes sentencias:

 

1.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se declara Sin Lugar la acción de amparo intentada por la Corporación Metalmen C.A. Estampados Carabobo, C.A. y otro.

Exp. 00-0532.

 

            2.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se declara Inadmisible la acción de amparo intentada por Belkis Astrid González y otros.

            Exp. 00- 1011-1012.

 

3.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se Ordena a la empresa accionante BAR RESTAURANT EL QUE BIEN informe a este Máximo Tribunal, en el estado en que se encuentra el juicio.

            Exp. 00- 2071.

 

4.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se declara Inadmisible la acción de amparo intentada por el ciudadano Coronel (GN) JUAN UBALDO JIMÉNEZ SILVA.

            Exp. 00-2287.

 

5.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se Ordena a la Secretaría de esta Sala Constitucional, notifique  mediante oficio a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, para que informe sobre el estado de en que se encuentra la acción de amparo constitucional intentada contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal de esa Circunscripción Judicial.

            Exp. 00- 2578.

 

6.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se declara Terminado el procedimiento de amparo constitucional intentado por las ciudadanas NELIDA OROPEZA DE ROMERO y otras

            Exp. 00- 1748.

 

7.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano JOSE IGNACIO FELICE A.

            Exp. 00-1377.

 

8.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara Inadmisible la acción de amparo intentada por los ciudadanos CARLOS MONTAÑÉS DE LA HERAS y otro. .

            Exp. 00-1531.

 

9.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que Confirma la sentencia dictada el 15 de agosto de 1997 por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. .

            Exp. 00-1623.

 

10.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara Improcedente la acción de amparo ejercida por los abogados GUSTAVO BRICEÑO VIVAS y JOSE ALEJANDRO SILVA FEBRES en su carácter de Apoderados judiciales de las empresas REPUESTO EL JUNQUITO C.A., y otras.

            Exp. 00-1825.

 

11.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se Revoca la decisión de la Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 5 de junio de 2000, donde se declaró competente para conocer de la presente solicitud de mandamiento de habeas corpus, solicitada por el abogado defensor del ciudadano PAUL MURILLO MURILLO.

Exp. 00-1885.

 

12.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los apoderados de la Sociedad de Comercio “Tenería San Miguel Compañía Anónima”, en contra de la sentencia de fecha 14 de febrero de 2000 dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores  de la  Circunscripción Judicial del Estado Lara.

Exp. 00-1905.

 

13.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara IMPROCEDENTE la acción de amparo interpuesta por Marleny Josefina Pérez Sánchez asistida por el abogado Fabio Ochoa Arroyave contra la decisión dictada el 2 de mayo de 2000, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira mediante la cual dicho Juzgado Superior confirmó la decisión dictada el 10 de diciembre de 1999 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en el recurso de nulidad interpuesto por la accionante contra Providencia Administrativa Nº 25 dictada en su contra por la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira el 20 de abril de 1999, en el procedimiento de calificación de despido iniciado por el Banco Venezolano de Crédito S.A.C.A.

            Exp. 00-1919.

 

14.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana OLIVIA LUCIA OJEDA GONZALEZ contra la sentencia dictada en fecha 31 de julio de 1996, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró no tener materia sobre la cual pronunciarse en la acción de amparo incoada contra la amenaza de violación de derechos constitucionales por parte de la UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENZUELA, FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACION, Escuela de Comunicación Social y en consecuencia se REVOCA el fallo apelado. En consecuencia se ordena remitir el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para que de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, proceda a pronunciarse sobre el fondo del amparo solicitado.

 Exp. 00-1987.

 

15.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara IMPROCEDENTE el amparo constitucional solicitado por el ciudadano ELISAÚL MANRIQUE TORRES, actuando en representación de la sociedad mercantil “CASA DE REPOSO LA BEGONIA, C.A.”, asistido por los abogados CRISTÓBAL RAMÍREZ y LUIS GUILLERMO LA RIVA, contra la decisión de la Sala No. 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 16 de mayo de 2000.

 Exp. 00-2041.

 

16.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se Admite la acción de amparo constitucional incoada por los abogados JOSE GREGORIO SILVA y ROMMEL MOSCOTE, actuando en su carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO POLICÍA MUNICIPAL DE CHACAO.

 Exp. 00-2106.

17.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se Admite la presente acción de amparo constitucional intentada por los abogados RICARDO ENRIQUEZ LA ROCHE y otros actuando en cu carácter de apoderados judiciales de las sociedades mercantiles MOLINOS SAGRA C.A. e INVERSORA CONTIVAL S.A.

 Exp. 00-2111.

18.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara  SIN LUGAR la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil MADISON LEARNING CENTER, C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 1º de agosto de 2000, y en consecuencia se CONFIRMA dicha decisión.

 Exp. 00-2432.

19.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que se emplaza al abogado impugnante de autos, para que consigne el documento que acredita la representación con la que actúa, en el lapso de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación. Si no lo hiciere, la acción de amparo será declarada inadmisible.

  Exp. 00-2761.

 

20.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que CONFIRMA la decisión dictada en fecha 18 de septiembre de 2000, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Rafael Enrique Yánez Mora, asistido por profesional del derecho, contra el entonces Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ante la negativa de dicho órgano jurisdiccional en otorgar un permiso para ausentarse del país.

  Exp. 00-2765.

 

21.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LEVI PAZ, mediante su apoderado judicial, abogado Luis Ángel Andara, contra la sentencia dictada en fecha 31 de julio de 1997 por la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, publicada posteriormente en fecha 14 de agosto de 1997.

   Exp. 00-2774.

 

22.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que se Admite la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos EDUARDO GALLARDO y otros

   Exp. 00-2796.

 

23.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que se  ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta el abogado ARTURO CONTRERAS SUÁREZ, en su carácter de defensor definitivo del ciudadano SAMUEL DARÍO VILLAMIZAR.

   Exp. 00-2803.

 

24.- La presentada por el DR. JOSE DELGADO OCANDO, en la que se  declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ROSALBA GARCIA QUINTERO contra la sentencia dictada en fecha 11 de junio de 1999, por el Juzgado Superior Primero Accidental en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

Exp. 00-2888. 

 

25.- La presentada por el DR. PEDRO RÓNDON HAAZ, en la que se  declara INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional ejercida por el Sargento Técnico de Segunda (Ej), Ramón Rosario Carmona García y los Sargentos Segundo de Tropa (Ej), Carin José González y Juan Carlos Paredes Rodríguez, representados por el abogado Jesús Millán Figuera, contra la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Exp. 00-3155. 

 

26.- La presentada por el DR. IVAN RINCON URDANETA, en la que se  declara INCOMPETENTE para conocer la incidencia surgida en el caso de autos con ocasión de la inhibición de los Magistrados integrantes de la Sala Político Administrativa, y Ordena remitir las actuaciones al Presidente de este Máximo Tribunal.

   Exp. 00-2390.

 

27.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se  estima procedente revocar por contrario imperio dicho auto así como la decisión contenida en el acta levantada el 8 de mayo de 2000, por medio de la cual se declaró terminado el presente procedimiento, y en consecuencia, ordena a la Secretaria de esta Sala fijar una nueva oportunidad para que tenga lugar la audiencia constitucional, y notificar de la misma a la parte accionante así como al Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, para que éste proceda a notificar a la empresa VULCANIZADORA ARELLANO S.R.L., de la continuación del presente procedimiento.

   Exp. 00-0090.

 

28.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se CONFIRMA, la sentencia de fecha 10 de agosto de 1999, emanada del Juzgado Superior  Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira que declaró improcedente la acción de amparo incoada por la Asociación Civil en Pro de la Vivienda Propia del Estado Táchira (ASOCIPROVIT) y la empresa  PERIAGRO C.A., en contra de la decisión de fecha 16 de octubre de 1.998. emanada del Juzgado  Primero de Primera Instancia  en lo Civil y Mercantil de la misma circunscripción judicial.

    Exp. 00-0098.

 

29.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que se declara IMPROCEDENTE  la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Diego Antonio Araujo, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Romel Ángel Canadell Inciarte y Luisa Margarita Reyes. 

     Exp. 00-0441.

 

31.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que  se declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia dictada por esta Sala en fecha 8 de diciembre de 2000, formulada por el abogado ENRIQUE TROCONIS SOSA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa TRANSPORTE SICALPAR C.A.

      Exp. 00-1339.

 

32.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que  se Admite la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano Francisco Segundo Cabrera Bastardo

       Exp. 00-2009.

 

33.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que  se ADMITE la acción de amparo constitucional incoada por el abogado Rafael Enrique Montserrat Prato actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Civil ESCRITORIO JURÍDICO MONSERRAT PRATO & ASOCIADOS contra la sentencia dictada el 22 de junio de 2000, por la Corte Décima de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas.

Exp. 00-2288.

 

34.- La presentada por el DR. JESUS EDUARDO CABRERA, en la que  se declara INADMISIBLE el amparo constitucional solicitado por los ciudadanos IVAN PACHECO ESCRIBA y WILLIAM IVAN PACHECO GARCIA, contra la decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida de fecha 9 de agosto de 2000.

Exp. 00-2806.

 

35.- La presentada por el DR. PEDRO RÓNDON HAAZ, en la que  HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, instado por la abogada Marbelia Carrasquel en representación del ciudadano NELSON JOSÉ LEÓN ROJAS contra la sentencia dictada en fecha 7 de abril de 1999, por el Juzgado Superior Tercero de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, DECLARA extinguida la instancia a su respecto.

 Exp. 00-0393.

 

36.- La presentada por el DR. PEDRO RÓNDON HAAZ, en la que se declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional ejercida por la sociedad mercantil INVERSIONES 1779, C.A., contra la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital  del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT); CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de mayo de 1998 y declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por INVERSIONES 17.79, C.A, en fecha 19 de junio de 1998 contra la citada sentencia.

Exp. 00-1054.

 

37.- La presentada por el DR. PEDRO RÓNDON HAAZ, en la que que no consta en autos que la acción de amparo que fuere interpuesta por vía telegráfica haya sido ratificada en la forma prevista en la norma supra transcrita, ni tempestivamente ni fuera del lapso prescrito al efecto, la precitada solicitud debe tenerse por no interpuesta

Exp. 00-1887.

 

38.- La presentada por el DR. PEDRO RÓNDON HAAZ, en la que se declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado FERNANDO JOSE ROA , y Revoca la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil del Tránsito del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.

Exp. 01-0004.

           

 

 

Se dio cuenta en Sala

 

 

            Nuevos asuntos ingresado por la Secretaría de la Sala

 

 

1.- Oficio N° 01/297 de fecha 24 de enero de 2001, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite copia del expediente N° 00/23625, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por el ciudadano FRANCISCO JAVIER CARREÑO MONTAÑO, debidamente asistido por el abogado CESAR TOVAR CORDERO, contra autoridades de la Escuela de Ingeniería Agronómica de la Universidad de Oriente. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la apelación ejercida contra la sentencia dictada por la Corte remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0146.

 

2.- Oficio N° 01/310 de fecha 24 de enero de 2001, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite copia del expediente N° 00/24153, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por los apoderados judiciales de AGROSUR 2010, C.A., contra el Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria (S.A.S.A.). Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por la Corte remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0147.

 

3.- Oficio N° 01/248 de fecha 19 de enero de 2001, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite el expediente N° 00-24084, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la apoderada del ciudadano OSMAR BUITRAGO RODRIGUEZ, contra el Ministro de Educación, Cultura y Deportes. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la declinatoria de competencia planteada. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0148.

 

4.- Oficio N° 58 de fecha 19 de enero de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, remite el expediente N° 1445-90, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la ciudadana LIGIA CASANOVA MARTIN, contra el Instituto Nacional de Cooperación Educativa INCE. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0149.

 

5.- Oficio N° 020-2001 de fecha 22 de enero de 2001, mediante el cual la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, remite el expediente N° 2Ra-282-2001, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por la defensora del ciudadano MANUEL ANTONIO TABARES SEQUERA, contra decisión del Juzgado Segundo de Primera Instancia para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por la Sala remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0150.

 

6.- Oficio N° 0430-450 de fecha 18 de septiembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, remite el expediente N° 13657, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por el ciudadano ANTONIO JOSE FERNANDEZ, contra decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esa misma Circunscripción Judicial. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0151.

 

7.- Oficio N° 010 de fecha 15 de enero de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite el expediente N° 8956, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por los abogados HERMOGENES LEGON MORENO y HUMBERTO JOSE FERRER, actuando en nombre y representación de los ciudadanos CUPERTINO RAVELO HIDALGO y OSWALDA ARANA PEREZ, contra acto de suspensión de la medida de ejecución dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0152.

 

8.- Oficio N° 2001-660 de fecha 23 de enero de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, remite copia del expediente N° 7865, contentivo de la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL ejercida por los ciudadanos GERMAN SALTRON NEGRETTI, HUGO ANDRADE FERMIN, RAFAEL ZAPATA y MARISELA PEREZ DE ZAPATA, contra auto dictado por el Juzgado Decimoctavo de Municipio de esa misma Circunscripción Judicial. Remitido a la Sala a los fines del pronunciamiento sobre la consulta de ley respecto de la sentencia dictada por el Juzgado remitente. Se designó Ponente al Magistrado DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. Exp. 01-0153.

 

 

Escritos presentados:

 

 

1.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual la apoderada judicial del ciudadano BORIS JOSE HERNÁNDEZ BOLAÑO, formula alegatos y solicita pronunciamiento. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCÓN URDANETA. Exp. 00-2811.

 

2.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual el abogado LEOPOLDO SARRIÁ PEREZ,  consigna anexo. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVAN RINCÓN URDANETA. Exp. 00-3217.

 

3.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual los abogados SERGIO RAMON ARANGUREN, HECTOR ANTONIO ARANGUREN y JOSE GREGORIO CORDOVES,  formulan alegatos y pedimentos. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-0514.

 

4.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual los representantes del MUNICIPIO SAN CRISTÓBAL DEL ESTADO TACHIRA,  formulan alegatos, hacen oposición al amparo cautelar acordado y solicitan la convocatoria de la audiencia constitucional. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 00-1204.

 

5.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual la ciudadana MARIA DEL CARMEN TORRES HERRERO, se da por notificada de la decisión dictada por esta Sala, el 18 de diciembre de 2000. Se acordó agregar el escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. Exp. 00-2358.

 

6.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual los apoderados judiciales de DISTRIBUIDORA SAMTRONIC DE VENEZUELA, C.A., señalan que “al haberse homologado el desistimiento de la acción de amparo propuesta por Samsung Electronics Latinoamérica (zona libre), en la que surgieron las incidencias y recursos objeto de la acumulación precitada, esta Sala Constitucional no tiene materia sobre la cual decidir en relación a las causas acumuladas”. Asimismo, solicitaron al Magistrado Ponente, se avoque al conocimiento de la acción ejercida. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO. Exp. 00-2980.

 

7.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual los apoderados judiciales de DISTRIBUIDORA SAMTRONIC DE VENEZUELA, C.A., señalan que “al haberse homologado el desistimiento de la acción de amparo propuesta por Samsung Electronics Latinoamérica (zona libre), en la que surgieron las incidencias y recursos objeto de la acumulación precitada, esta Sala Constitucional no tiene materia sobre la cual decidir en relación a las causas acumuladas”. En consecuencia, solicitaron el archivo del expediente 00-2980. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-0006.

 

8.- Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante el cual el Vicepresidente de VIGILANTES DEL SUR, C.A., consigna anexo. Se acordó agregar el escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCIA GARCIA. Exp. 01-0092.

 

           

            Copias solicitadas:

 

 

            1.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante la cual la abogado MARIA GUADALUPE RIVERA, solicita copia certificada de la sentencia N° 33 de fecha 25 de enero de 2000. Exp. 00-1712.

 

            2.- Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 26 de enero de 2001, mediante la cual los abogados ALEXIS JOSE BALZA, MARIA ELENA BALZA y ELIZABETH BRAVO, solicitan copia certificada del acta de la audiencia constitucional que se llevó a cabo el 25 de enero de 2001, con motivo de la acción de amparo ejercida contra sentencia dictada por la Corte Marcial. Exp. 00-2167.

 

 

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