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Sala Constitucional
  • Fecha: 03 de junio del 2002





CUENTA

 

 

CUENTA

104

 

 

Se celebraron las siguientes Audiencias Constitucionales

 

1.- AA50-T-2000-001030-20002182

 

Julia Eladisla Pinedo, interpone Acción de amparo contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas. Magistrado Ponente Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Acta de audiencia constitucional

 

Se abrió la sesión presidida por el Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, con la asistencia de los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz. El Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, no asistió por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo, intentada por los abogados Susana Olivo de Santos, José Manuel Santos Araujo y Carlos Alberto García Guevara, apoderados judiciales de la ciudadana Julia Eladisla Pinedo, contra la decisión dictada el 18 de enero de 2000, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la comparecencia del abogado Carlos Alberto García Guevara, apoderado judicial de la ciudadana Julia Eladisla Pinedo, accionante en amparo; de la no comparecencia del Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, accionado. Igualmente, se deja constancia de la no comparecencia de los representantes judiciales de la empresa Servicio Panamericano de Protección C.A., tercero interviniente. Finalmente se deja constancia de la presencia de la Doctora Luisa Virginia González, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Carlos Alberto García Guevara, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Finalmente se le concedió el derecho de la palabra a la representante del Ministerio Público. Al finalizar ésta consignó escrito contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. El Magistrado doctor Pedro Rafael Rondón Haaz, realizó pregunta a la representación tanto del accionante, como del Ministerio Público, las cuales fueron debidamente respondidas. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente; de la exposición de la representación judicial del accionante y de la representante del Ministerio Público, la Sala observa:

 

Que el amparo no es un sustituto ante la ausencia de recursos no previstos en las leyes, y que en consecuencia, él sólo opera cuando existe una real violación constitucional que lesiona una situación jurídica del reclamante. No observa esta Sala que en la interpretación que hizo la sentencia impugnada exista violación constitucional, alguna ya que la misma contiene el criterio de interpretación de la Juez sobre la forma de interrumpir la prescripción laboral contemplado en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Trabajo, y su relación con las formas de citación establecidas en el artículo 52 eiusdem.

 

Se trata del criterio del juzgador, fundado en una interpretación de las normas, y ha sido criterio de esta Sala que los errores que pueden existir en los razonamientos judiciales, en cuanto a la interpretación de las normas no es motivo de amparo, a menos que se trate de una disparatada interpretación que conculque los derechos constitucionales, lo cual no es el caso de autos. Así se declara.

 

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Susana Olivo de Santos, José Manuel Santos Araujo y Carlos Alberto García Guevara, apoderados judiciales de la ciudadana Julia Eladisla Pinedo, contra la decisión dictada el 18 de enero de 2000, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

2.- AA50-T-2001-001113

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 30 de mayo de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Luis Argenis García Ruiz, asistido de abogado, contra el Juez Suplente del Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central con sede en Maracay. Estado Aragua. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA

 

Acta de audiencia constitucional

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por los abogados Santiago Alfredo Restrepo Pérez y Nelson Natera González, en representación del ciudadano Luis Argenis García Ruiz, contra el auto del 22 de mayo de 2001, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado Nelson Natera González, así como de su representado ciudadano Luis Argenis Garcia Ruiz, accionante en amparo; de la comparecencia del ciudadano Vicente Amengual, Juez que firmó la sentencia accionada del Juzgado Superior en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de la abogada América Rendón Mata, así como de su representada ciudadana Nelly Marina Padrón, tercero coadyuvante. Finalmente se deja constancia de la presencia de la doctora Luisa Elena Monsalve, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Nelson Natera González, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Posteriormente se le concede el derecho de palabra al ciudadano Vicente Amengual, Juez que firmó la sentencia accionada, quien expuso sus alegatos. Asimismo, hizo uso del derecho de palabra la abogada América Rendón Mata, en representación del tercero coadyuvante, con relación a la acción de amparo interpuesta. Finalmente se le concedió el derecho de la palabra a la representante del Ministerio Público. Las partes presentes consignaron escrito contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. Los Magistrados doctores Iván Rincón Urdaneta, Pedro Rafael Rondón Haaz y Jesús Eduardo Cabrera, realizaron preguntas a la representación de la parte accionante, al Dr. Vicente Amengual, así como a la representación del tercero coadyuvante, las cuales fueron debidamente respondidas. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: oídas como han sido las exposiciones del accionante, del juez que firmó la sentencia accionada, del tercero coadyuvante y de la representación del Ministerio Público y vistas y analizadas como han sido las actas que integran el expediente relativo al caso de autos, esta Sala pasa a decidir y para ello observa:

 

El objeto de la acción de amparo es la sentencia dictada el 22 de mayo de 2001 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central que, al conocer del recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en el juicio de partición de bienes de comunidad concubinaria seguido por la ciudadana Nelly Marina Padrón contra el accionante, homologó el “convenimiento” celebrado en la sede de la Notaría Pública Primera del Estado Aragua por el abogado Freddy Manuel Martínez, a quien el accionante había conferido poder apud acta, con facultad expresa para convenir.

 

El accionante señaló que el Juzgado Superior incurrió en abuso de autoridad y violó sus derechos a la defensa y al debido proceso al homologar el mencionado “convenimiento”, porque el referido poder fue revocado  mediante diligencia consignada en el expediente en forma previa a la consignación del documento contentivo del “convenimiento”, lo cual puede constatarse del orden cronológico establecido en el libro de solicitudes de expedientes llevado por el tribunal.

 

Observa la Sala, que tanto el “convenimiento” realizado en la sede de la Notaría Pública Primera del Estado Aragua como la revocatoria del aludido poder, mediante diligencia consignada en el expediente, se efectuaron el 1 de noviembre de 1999; sin embargo, de acuerdo con lo señalado por el Juez Superior en la sentencia accionada, la diligencia mediante la cual se efectuó dicha revocatoria se encontraba en el expediente para el momento en que la demandante en el juicio de partición consignó el escrito que contiene el cuestionado “convenimiento”.

 

Igualmente se observa que en la primera oportunidad en que compareció el accionante al Tribunal, después de la revocatoria del poder y de la consignación del “convenimiento”, esto es, el 9 de noviembre de 1999, impugnó el “convenimiento” e hizo valer la referida revocatoria, lo que demuestra que no admitió como buena ni legítima la representación que invocó su supuesto apoderado judicial.

 

Por su parte el Juez Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Central homologó el “convenimiento” el 22 de mayo de 2001.

 

De lo anterior se desprende que para el momento en que el mencionado Juez Superior homologó el “convenimiento” -22 de mayo de 2001- cursaba en el expediente la revocatoria del poder conferido al abogado Freddy Manuel Martínez.

 

Ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, cuando el demandado conviene en la demanda corresponde al juez dar por consumado el acto y una vez que ello ocurre se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

 

En este sentido,  la homologación judicial del convenimiento es un requisito sine qua non para que pueda considerarse terminada la causa y  encuentra su justificación en la necesidad de que el juez determine que no se ha dispuesto de derechos indisponibles, o contravenido el orden público, en el convenimiento cuya homologación se solicita. Debe entonces el juez verificar que quien desiste tiene capacidad para hacerlo y si es un apoderado, que está facultado para ello.

Siendo así, estima la Sala que en el caso examinado, el Juez Superior no actuó conforme a estos preceptos al homologar el referido convenimiento, puesto que pudo verificar que el abogado Freddy Manuel Martínez, quien suscribió ese convenimiento en representación del demandado, ahora accionante, no era su apoderado judicial cuando el mencionado órgano jurisdiccional impartió la homologación ni cuando se consignó en el expediente el convenimiento y se pretendió que produjera los efectos legales correspondientes, debido a que para esos momentos ya se había producido la revocatoria expresa del poder apud acta que había sido otorgado al mencionado abogado.

 

La referida homologación puso fin al juicio de partición de bienes incoado en contra del accionante y le impidió obtener un pronunciamiento respecto al recurso de apelación que interpuso contra la sentencia dictada en primera instancia que le fue adversa; en consecuencia, considera la Sala que la violación de las normas adjetivas relativas a la homologación que debe ser impartida por el juez frente a los actos de autocomposición procesal, produjo en este caso la violación de los derechos constitucionales a la defensa y al debido proceso del accionante, consagrados en el artículo 49 de la Constitución, razón por la cual resulta procedente declarar con lugar la presente acción de amparo. Así se declara.

 

Igualmente constata la Sala que al haber la decisión impugnada homologado el convenimiento, violó los artículos 264 del Código de Procedimiento Civil y 1169 del Código Civil, ya que no tenían los apoderados capacidad para disponer  de uno de los objetos sobre los cuales versan el convenimiento que es un bien inmueble y que para celebrar tal acto de disposición había que cumplir con lo dispuesto en el 1169 del Código Civil que reza: “El poder para celebrar en nombre de otro un acto para el cual exija la Ley instrumentos otorgados ante un Registrador Subalterno, debe ser hecho en esta misma forma. Si el poder se refiere a actos para los cuales es necesaria y suficiente la escritura privada, puede ser hecho en esta misma forma, aunque el acto se otorgue ante un Registrador.”

 

Con base en los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional en nombre de la República por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por LUIS ARGENIS GARCÍA RUIZ, contra la decisión dictada el 22 de mayo de 2001 por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central.

 

En consecuencia, se anula la referida decisión y para restablecer la situación jurídica infringida se ordena al mencionado Juzgado Superior que continúe conociendo la apelación ejercida por el accionante contra la sentencia dictada el 4 de octubre de 1999 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en el juicio de partición de bienes de comunidad concubinaria incoado por la ciudadana Nelly Marina Padrón.

 

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

1. -AA50-T-2002-001326

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, contentiva de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano TEOFILO PIRELA PALMAR, asistido por el abogado ARÍSTIDES IRIARTE PIÑEIRO, contra decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, y Mercantil, del Estado Zulia. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Recepción del escrito de amparo

 

2- AA50-T-2002-001327

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ DE AMORÍM FERNANDES LAJOSO, asistido por el abogado CARLOS GUILLERMO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, contra decisiones dictadas por el Juzgado Superior Segundo de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda de fecha 14/04/97, Juzgado Superior Primero en lo Penal del Estado Miranda (hoy extinto), de fecha 12/05/97 y Sala de Casación Penal de éste Máximo Tribunal de fecha 29/06/98. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Recepción del Escrito de revisión

 

3.- AA50-T-2002-001328

 

Oficio N° 470,  de fecha 27 de mayo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remite expediente N° 2643-02, contentiva de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado JUAN FRANCISCO MERCHÁN MÚJICA, actuando con carácter de Defensor de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HACÓN y JHONATAN FELIPE CARRASQUEL PÉREZ, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de fecha  21 de mayo de 2002. Ponente:  Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

4.- AA50-T-2002-001329

 

Oficio N° 469, de fecha 27 de mayo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remite expediente N° 2658-02, contentiva de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada  MIREYA LOZADA OSORIO, actuando con carácter de Defensora Pública  del ciudadano JUAN CARLOS ROMERO, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, de fecha  21 de mayo de 2002. Ponente:  Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

5.- AA50-T-2002-001330

 

Oficio N° 511-02, de fecha 17 de mayo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones Sala N° 1, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 00810, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOSÉ NAVARRO ADEYÁN, defensor de los ciudadanos JAVIER EUSEVIO SOJO BELISARIO, LEONEL OSWALDO PARRA NIETO, JOSÉ ALEXANDER MENDOZA SÁNCHEZ y otros, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones Sala N° 1 del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 13/05/02. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

6.- AA50-T-2002-001331

 

Oficio Nº 1088-2002 de fecha 03 de junio de 2002, mediante el cual el SISTEMA AUTÓNOMO DE LA DEFENSA PÚBLICA, remite escrito contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada ELSA MARGARITA LOBO NÚÑEZ, actuando con carácter de defensora del ciudadano JORGE ANDRÉS RODRÍGUEZ ESCALONA, contra decisión dictada por la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia. Ponente: Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Recepción del escrito de amparo

 

7.- AA50-T-2002-001332

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MIGUEL JACIR H. y BERNARDO WALLIS HILLER, en nuestro carácter de apoderados judiciales del ciudadano MARIO ALDREY, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 17/04/02. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Recepción del escrito de amparo

 

 

 

 

8.- AA50-T-2002-001333

 

Oficio Nº 372-02 de fecha 03 de junio de 2002, mediante el cual  la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal  del Estado Zulia, remite expediente Nº 2Aa-1414-02, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada PETRA MARGARITA AULAR, actuando con carácter de defensora del ciudadano  JOSÉ GREGORIO HERRERA RODRÍGUEZ, contra decisión del 20 de abril de 2002,  dictada por la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal  del Estado Zulia. Ponente: Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente de amparo en apelación

 

9.- AA50-T-2002-001334

 

Oficio N° 520-02, de fecha 24 de mayo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Mérida, remite expediente N° AC-2473-02, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GABRIELA ELENA FLORES ELÍAS, en su carácter de representante del ciudadano ELVIS ALFONZO PARRA, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de fecha 8/05/02. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en apelación

 

10.- AA50-T-2002-001335

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Edwar Ramón Colina Carrasquero, actuando con carácter de apoderado de la ciudadana Nadezca Tamara Torrealba Silva, contra decisión de la Comisión De Funcionamiento Y Reestructuración Del Sistema Judicial, adscrita a la Dirección Ejecutiva De La Magistratura (DEM). Ponente:  Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del escrito de amparo

 

11.- AA50-T-2002-001336

 

Oficio N° 3805-02, de fecha 30  de mayo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente N° 1895, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado José A. Monteiro Da Rocha, en su carácter de apoderado de la Firma Mercantil Consultores Técnicos Integrales, C.A. (C.T.I., C.A.), contra decisión de fecha 23 de mayo de 2002, dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Recepción del expediente de amparo en apelación

 

12.- AA50-T-2002-001337

 

Oficio N° 02-0639, de fecha 28 de mayo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Capital, remite expediente N° 03473, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano ALEX F. MUÑOZ GARCÍA, en mi carácter de apoderado especial de la ciudadana JUANA LUCY ROSTAING RIVERA, contra decisión dictada por  el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Región Capital, de fecha 28/05/02. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Recepción del expediente relativo al conflicto de competencia

 

13.- AA50-T-2002-001338

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano JORGE ANYELO ARMAS, en su carácter de apoderado judicial  de la DISTRIBUIDORA COLIMODIO S.A., contra decisión dictada por la Sala de Casación Civil de éste Máximo Tribunal de fecha 20/12/01. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del escrito de revisión

 

14.- AA50-T-2002-001339

 

Oficio Nº 02-0292 de fecha 30 de mayo de 2002, mediante el cual la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente Nº 025/0913, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abogado JOSÉ GREGORIO AMUNDARAÍN VELÁSQUEZ, en su carácter de Apoderado del ciudadano DOMINGO DA COSTA DIOGO; INVERSIONES DAIANNA, C.A.; y, PANADERÍA M & M, S.R.L., contra decisión del 20 de mayo de 2002, dictada por la  Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente de amparo en apelación

 

 

 

 

15.- AA50-T-2002-001340

 

Oficio N° 02-0530, de fecha 28 de mayo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, remite expediente N° 3546, contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano FELICE ANTONIO NOZZI, asistido por el abogado JAIME ALBERTO CORONADO, contra actuaciones del ciudadano ANTONIO D’ANTONIO DE VITO accionista en la sociedad PASTELERIA EMBASSY ROSTICERÍA  C.A y Funcionarios de la Policía de Municipio Sucre del Estado Miranda Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del expediente relativo al conflicto de competencia.

 

Escritos presentados

 

1.- AA50-T-2001-001391

 

Oficio N° 1322 de fecha 18 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, remite expediente N° 97-19655, contentivo del Recurso de Colisión de Leyes Planteado por el ciudadano Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en relación al Artículo 680 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente y Resolución N° 159 Publicada en Gaceta Oficial N° 36931 de fecha 12/4/00, dictada por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala, el 03 de junio de 2002, mediante el cual el Abogado ALEXIS BRAVO LEÓN, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP. 01-1391.

 

2.- AA50-T-2001-001838

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de agosto de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con Recurso de Revisión interpuesto por los Apoderados Judiciales de la Sociedad de Comercio TENERÍA SAN MIGUEL, C.A., contra la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal en fecha 27 de abril de 2001. Ponente: Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante el cual la abogada MARIAUXILIADORA RIERA BRICEÑO apoderada judicial de TENERIA SAN MIGUEL C.A formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP. 01-1838.

3.- AA50-T-2001-002449

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 29 de octubre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Representantes Legales de la ciudadana LADIMIRA JIMÉNEZ, contra la sentencia emitida por el Juzgado Superior del Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 07 de junio de 2001. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala, el 03 de junio de 2002, mediante el cual el Abogado ALEXIS BRAVO LEÓN  representante de la ciudadana LADIMIRA JIMÉNEZ, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. EXP. 01-2449 

 

4.- AA50-T-2002-000616

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Interpretación interpuesto por el ciudadano CARLOS AGUILERA BORJAS, asistido por el Abogado JUAN OSWALDO ANGULO, en relación al Artículo 49 de la Constitución de la  República Bolivariana de Venezuela. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante el cual el abogado NAUL AREVALO CAMPOS, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 02-0616

 

5.- AA50-T-2002-000696

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 25 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos José Erasmo Gómez, Marisol Ferrer, Richard Rodríguez Y Marco Tulio Figueredo, procediendo en su carácter de Miembros de la Junta Directiva Del Sindicato Unión Nacional De Empleados Públicos Del Consejo De La Judicatura (SUNEP-JUDICATURA), asistidos por el abogados JAIME VARGAS, contra actuación de la Dirección Ejecutiva De La Magistratura (DEM). Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante el cual el abogado JAIME VARGAS apoderado judicial del Sindicato Único Nacional de Empleados Públicos del Consejo de la Judicatura, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 02-0696

 

 

6.- AA50-T-2002-001270

 

Oficio N° 2002-144, de fecha 14 de mayo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 4338, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ ABREU, asistido por el Abogado ANÍBAL JOSÉ LAIRET VIDAL, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 08/05/02. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala, el 03 de junio del 2002, mediante el cual el ciudadano MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. Exp N° 02-1270. 

 

7.- AA50-T-2002-001275

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 27 de mayo de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por los Abogados FREDDY GUTIÉRREZ TREJO y MARÍA MERCEDES LEDEZMA, en su carácter de Apoderados del INSTITUTO DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, contra decisión dictada el 30 de abril de 2002, por la Sala de Casación Penal de este Alto Tribunal. Ponente:  Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante el cual el abogado JOSÉ SAÚL LÓPEZ PERICANA apoderado judicial de los ciudadanos ROBERT ALEXANDER y FERMÍN EDUARDO COCCHIONI CASTILLO, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 02-1275

 

Diligencias presentadas

 

1.- AA50-T-2000-002064-20003208

 

Acción de Amparo constitucional ejercida por el apoderado judicial de la ciudadana Nora Eduvigis Graterol de Payares y de la sociedad mercantil Técnica Domigra, C.A., contra decisión de fecha 5 de mayo de 2000 dictada por el Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Magistrado Ponente Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala, el  03 de junio de 2002 mediante la cual el Abogado HOMER ALEXANDER RODRÍGUEZ solicita se corrija falla de foliación en el presente expediente. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. EXP. 00-3208-00-3209

 

2.- AA50-T-2001-001023

 

Oficio N° 164 de fecha 17 de mayo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 4137,  contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Apoderado Judicial del ciudadano BERNARDINO CARLONE NATALE y la Sociedad Mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL ESTAVECA S.A., contra el Auto dictado por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 13/2/01. Ponente Magistrado Dr ANTONIO GARCIA GARCIA

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual el abogado JULIO GUERRERO, apoderado judicial de la empresa DEPOSITARIA JUDICIAL ESTAVECA S.A., solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-1023

 

3.- AA50-T-2001-001492

 

Oficio N° 215200300-358 de fecha 28 de junio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda remite expediente N° 01-4388, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Apoderada Judicial de la ciudadana MARÍA DEL PILAR NOVO INSUA, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito con sede en los Teques. Ponente Magistrado Dr. IVAN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual la abogada MARIA HERNÁNDEZ, formula alegatos y efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-1492

 

4.- AA50-T-2002-000624

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 15 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por los ciudadanos ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR, JOSÉ PEDRO BARNOLA QUINTERO y CECILIA ACOSTA MAYORAL, Apoderados Judiciales de MICROSOFT CORPORATION Sociedad Mercantil, contra decisión dictada por la Sala de Casación Civil de éste Máximo Tribunal, de fecha 16/11/01. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual el abogado JOSÉ LUIS FERNÁNDEZ SALCEDO, apoderado judicial de la sociedad mercantil MICROSOFT CORPORATION, solicita se decrete la medida cautelar. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0624

 

5.- AA50-T-2002-000668

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 21 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Nulidad Por Inconstitucionalidad E Ilegalidad ejercido conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional, de la ORDENANZA DE PATENTE DE INDUSTRIA Y COMERCIO, Artículos 47, Numeral 5; y, 60, Parágrafos Primero y Segundo, vigente en el Municipio Bolívar del Estado Táchira, ejercido por las Abogadas GISELA A. MENDOZA GALLEGOS y MARÍA DEL AMPARO PAREJO DE HIBIRMA, en su carácter de Apoderadas Judiciales de las Sociedades Mercantiles "CLOVER INTERNATIONAL, C.A." y "CORPORACIÓN RINCÓN, C.A.". Ponente Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual la abogada GISELA MENDOZA, formula alegatos y efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0668

 

6.- AA50-T-2002-000851

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala de fecha 16 de abril de 2002, contentivo del Recurso de Nulidad por Inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional por las Abogadas GISELA A. MENDOZA GALLEGOS y MARÍA DEL AMPARO PAREJO DE HIBIRMA, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la Sociedad Mercantil "ROZO & ASOCIADOS COMPAÑÍA ANÓNIMA", contra Ordenanza de Patente de Industria y Comercio, Vigente en el Municipio Bolívar del Estado Táchira. Ponente Magistrado DR. PEDRO RONDON HAAZ

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual la abogada GISELA MENDOZA GALLEGOS, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP. 02-0851

 

7.- AA50-T-2002-001284

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 27 de mayo de 2002, contentivo de la Acción Amparo Constitucional interpuesta por las Abogadas LUISA TERESA FLORES DE REYES e WINDY SATTLERKER, en su carácter de Apoderadas Judiciales del ciudadano ANTONIO RAMÓN  MÁRQUEZ SÁNCHEZ, contra actuación del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 03 de junio de 2002, mediante la cual la abogada LUISA TERSA FLORES, consigna anexos. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 02-1284

 

Auto de corrección

 

1.- AA50-T-2002-000035

 

Oficio N° 444/01 de fecha 18 de diciembre de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia remite expediente N° 3Aa.1398.01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Defensora Pública Tercera de la Unidad de Defensoría Pública Penal del Estado Zulia, ELSA LOBO MUÑOZ, en su carácter de defensora del ciudadano NELSON ENRIQUE RODRÍGUEZ, contra el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial  Penal del Estado Zulia. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Auto de fecha 03 de Junio de 2002, visto que el presente escrito fue agregado por error material al expediente N° 02-0035 cuando es una nueva causa, de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil se subsana dicho error y se ordena formar un nuevo expediente. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 02-0035

 

 

Presidente,

 

 

IVÁN RINCÓN URDANETA

 

Secretario.

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA C.

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