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CUENTA
N° 65
Se abrió la sesión presidida por el Presidente Magistrado Doctor IVÁN RINCÓN URDANETA, con la asistencia del Vicepresidente, JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO y los Magistrados Doctores, PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, JOSÉ DELGADO OCANDO y ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.
Se publicaron las siguientes
sentencias
1.- AA50-T-2000-000205-20000611
Accionante Petroleum Metallurgic Corporation C.A. (PEMECO) contra Juzgado Quinto de Municipio ejecutor de medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas , en fecha 29-9-99 y 3-11-99. Ponente Magistrado DR. PEDRO RONDON HAAZ.
Sentencia N° 745 de fecha 08 de abril del 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RONDÓN HAAZ, mediante la cual REVOCÓ la sentencia consultada que dictó el Juzgado Superior Primero Civil del Área Metropolitana de Caracas. Y declara INADMISIBLE la demanda de amparo interpuesto PETROLEUM METALLURGIC CORPORATION. Exp N° 00-0611..
2.- AA50-T-2000-002066-20003210
Recurso de Interpretación interpuesto por el abogado Herman Eduardo Escarrá Malavé, en relación a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las modificaciones no constituyentes efectuadas Ponente Magistrado DR. PEDRO RONDON HAAZ
Sentencia N° 747 de fecha 08 de abril del 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RONDÓN HAAZ, mediante la cual declaró EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el recurso de interpretación constitucional que interpuso el ciudadano Hermann Escarrá Malavé. Exp N° 00-3210.
3.- AA50-T-2001-001502
Oficio N° 2001-336 de fecha 27 de junio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones Sala N° 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 2001-955, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los defensores del ciudadano LUIS VALLENILLA MENESES, contra decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Sentencia N° 746 de fecha 08 de abril del 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RONDÓN HAAZ, mediante la cual declaró SIN LUGAR la demanda de amparo que interpuso el ciudadano Luis Vallenilla Meneses. Exp N° 01-1502.
4.- AA50-T-2001-001670
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Representante del FONDO DE FINANCIAMIENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO BARINAS (FONFIAGRO), contra auto dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 25/01/01. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Sentencia N° 744 de fecha 08 de abril del 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RONDÓN HAAZ, mediante la cual declaró INADMISIBLE la demanda de amparo que intentó Fondo de Financiamiento Agropecuario del Estado Barinas. Exp N° 01-1670.
5-AA50-T-2002-0789
Escrito presentado ante la
Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, contentivo de la DEMANDA POR
INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS, interpuesto por el ciudadanos GERMÁN JOSÉ
MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su carácter de DEFENSOR DEL PUEBLO; JUDITH VALENTINA
NÚÑEZ MERCHÁN, Directora de Servicios Jurídicos de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO, y
otros, contra el conflicto petrolero liderado por un grupo de Ejecutivos y
miembros de Nómina Mayor de PETRÓLEOS DE VENEZUELA (PDVSA). Ponente: Magistrado
DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.
Sentencia N° 748 de fecha 08 de
abril del 2002, presentada por el Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO,
mediante la cual ORDENA comunicar el presente auto a los
accionantes, para que en el lapso de tres (03) días procedan a efectuar aclaratoria solicitada Exp N° 02-0789.
Se celebraron las siguientes
Audiencias Constitucionales
1.- AA50-T-2001-001220
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de junio de 2001, contentivo de la Acción Autónoma de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales del ciudadano OSCAR A. ECHEVARRÍA, contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área e Caracas Sala Octava, de fecha 8/12/00. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Acta de audiencia constitucional
Se abrió la sesión bajo la presidencia del
Magistrado Dr. Iván Rincón Urdaneta y con la asistencia del Vicepresidente,
Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero, y los Magistrados Doctores José
M. Delgado Ocando y Pedro Rafael Rondón Haaz. El Magistrado Antonio García
García no asistió por motivos justificados.
Se constituyó la Sala en el Salón de Audiencias, a
las de diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), para que tuviese lugar
la audiencia pública oral en la demanda de amparo que incoó el ciudadano Oscar
Echevarría, titular de la cédula de identidad nº e-81.240.794, mediante la
representación de los abogados Jesús R. Quintero P., Tamara Bechar y Fernando
Quintero C., inscritos en el Inpreabogado bajo los nos 5.508, 26.366 y 58.858, respectivamente, contra la sentencia
que dictó la Sala Octava de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se dio
apertura al acto y se dejó constancia de la presencia de los abogados Tamara
Bechar y Fernando Quintero C., apoderados judiciales de la parte actora; del
representante del Ministerio Público y de la no comparecencia
del presunto
agraviante. Se le concedió el derecho
de palabra a la representación judicial de la parte actora, quien expuso sus
alegatos en relación con la
demanda. Luego, y por último, expresó
su opinión el Ministerio Público, quien consignó escrito contentivo de la
misma. Las partes no ejercieron el derecho a réplica. Los ciudadanos Magistrados
no formularon preguntas a los comparecientes. En este estado la Sala se retiró
a deliberar. Luego de la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la
decisión, la cual es del siguiente tenor:
De las actas del expediente, de la exposición de la parte actora y del Ministerio Público la Sala estima:
1. Que, en esencia, la
presente causa tuvo como origen la desestimación, por parte de la Sala Octava
de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana
de Caracas, de la solicitud, que presentó el actual demandante, de que fueran
declarados extensivos hasta él, conforme al artículo 430 (ahora, 438) del
Código Orgánico Procesal Penal, los efectos favorables del fallo firme que
declaró con lugar el recurso de apelación que fue interpuesto contra el auto de
detención que se dictó, entre otros, contra el accionante de autos y el cual,
en consecuencia, quedó revocado respecto de los recurrentes; declaratoria esta
que pronunció el extinto Tribunal Superior de Salvaguarda del Patrimonio Público,
porque estimó que no estaban satisfechos los requisitos concurrentes del
artículo 182 del derogado Código de
Enjuiciamiento Criminal; desestimación que fue
fundada –según lo que pudo deducir la Sala, de la defectuosa redacción del
fallo impugnado- en la circunstancia de que el quejoso aún no se había puesto a
derecho en el referido juicio penal al cual, como integrante de un consorcio
pasivo, se encontraba sometido y, por tanto, la referida defensa que él alegó,
a través de apoderados, era contraria a lo que dispone el artículo 49,
cardinales 1 y 3, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
2. Que ya esta Sala, con
anterioridad, ha establecido que la prohibición de lo que se conoce como juicio
en ausencia es una garantía que se estableció en favor del acusado o imputado,
de su derecho al debido proceso, in genere, y de la manifestación específica de
éste: el derecho a la defensa, de manera tal de evitar que se juzgue a un ciudadano a espaldas del
mismo, por lo que dicha prohibición no puede configurarse como un mecanismo que
vaya en detrimento del imputado o limite su derecho a que sea juzgado en
libertad y a la oposición de todos los medios de defensa, directamente o
mediante representantes, que le reconoce la ley;
3.-Que, adicionalmente a lo expresado en el
anterior aparte, el artículo 25 de la Constitución establece la garantía de un
proceso sin formalidades inútiles; que, en el caso bajo análisis, nada obsta,
por tanto, a que, aun en ausencia del procesado, el Tribunal aplique, hasta de
oficio, el efecto extensivo que, de lo decidido en alzada, se encuentra
establecido, con carácter imperativo, en el artículo 430 (hoy, 438) del Código
Orgánico Procesal Penal, en favor de quienes, a pesar de que no ejercieron
dicho recurso, se encontraren, sin embargo, en la misma situación que el
recurrente y les sean aplicables idénticos motivos;
4.-Que
resulta inicuo, y contrario a la tutela constitucional que debe ejercer el
juez, que el legitimado pasivo exigiera que fuera ejecutada la referida medida
cautelar privativa de libertad del encausado, como requisito previo para
pronunciarse sobre la aplicabilidad, en favor de éste, de lo que dispone el
artículo 430 (ahora, 438) del Código Orgánico Procesal Penal; sobre todo,
habida cuenta de la vigencia del principio del juicio en libertad que
caracteriza a nuestro proceso penal, según los artículos 44.1, de la
Constitución, y 9 y 252 (hoy, sin modificación sustancial, 243) del Código
Orgánico Procesal Penal, y de que, en el caso presente, en el cual existe una
seria y fundada expectativa de que, por razón de la concurrencia de las
identidades previstas en el señalado artículo 430 del antiguo Código Orgánico Procesal Penal, deban ser extendidos
al demandante en esta causa los efectos de la apelación que fue decidida a
favor de sus precitados co-procesados
5. Con
base en las antecedentes consideraciones, se concluye: que es procedente la
acción de amparo constitucional de la cual conoce esta Sala en la presente
causa; que, en consecuencia, sea revocada la decisión del legitimado pasivo,
que desestimó la solicitud que presentó el demandante de autos, para que fuera
aplicado, en su favor, el efecto extensivo que dispone el artículo 430 (ahora,
438) del Código Orgánico Procesal Penal y que, en definitiva, se ordene a la
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de
Caracas que, en Sala distinta, se pronuncie, sin más dilación y con observancia
de lo que establece el presente fallo, sobre la referida solicitud que presentó
el demandante de autos, en relación con la aplicabilidad del efecto extensivo
que preceptúa el artículo 430 (actual 438) del Código Orgánico Procesal Penal.
Así se declara.
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal
Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre
de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de
amparo constitucional que interpuso el ciudadano Oscar Echevarría, mediante la
representación de abogados, contra la sentencia que dictó la Sala Octava de la
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a la
cual, en consecuencia, se le ordena la emisión de nuevo pronunciamiento, en los
términos que contiene la motivación del presente fallo, sobre la solicitud que
presentó el demandante de autos en relación con la aplicabilidad, en su favor y
dentro de la referida causa penal que se le sigue, del contenido del artículo
430 (ahora, 438) del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- AA50-T-2001-002721
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 28 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano HERMINIO RAMÓN FUENMAYOR PEREIRA, asistido de abogados, contra la sentencia del 17 de julio de 2001, dictada por la Corte Marcial. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.
Acta de audiencia constitucional
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta,
con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera
Romero y los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, y Pedro Rafael Rondón
Haaz. El Magistrado Doctor Antonio José García García, no asistió por motivos
justificados.
Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la
mañana (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia
constitucional en la acción de amparo intentada por el ciudadano Herminio Ramón
Fuenmayor Pereira, asistido por los abogados Agustín Andrade Cordero, Esther Bigott
de Loaiza y Carmen Isabel Vargas Pérez, contra la sentencia del 17 de julio de
2001, emanada de la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela. Se
dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del ciudadano
Herminio Ramón Fuenmayor Pereira, asistido por los abogados Agustín Andrade
Cordero y Esther Bigott de Loaiza, accionante en amparo; de la no comparecencia
del Presidente de la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela,
accionado. Finalmente se deja constancia de la presencia de la doctora Luisa
Elena Monsalve, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho
de palabra al abogado Agustín Andrade Cordero, en representación del
accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta,
quien al finalizar consigno escrito contentivo de su exposición, el cual fue
ordenado agregar al expediente. Finalmente se le concedió el derecho de palabra
a la representante del Ministerio Público. Al finalizar ésta consignó escrito
contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente.
El Magistrado doctor Iván Rincón Urdaneta realizó pregunta al ciudadano
Fuenmayor Pereira, accionante, la cual fue debidamente respondida. En este
estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado
Presidente leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del
expediente; de la exposición de la representación del accionante y de la
representante del Ministerio Público, la Sala observa: consta en decisión del 12 de agosto de 1999
que la Sala de Casación Penal de la extinta Corte Suprema de Justicia, al casar
el fallo dictado en contra del hoy accionante, emitido por la jurisdicción
militar; ordena, a la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas
sentenciar en reenvío la causa objeto de la casación, con lo que la Sala Penal
se adecuó al Régimen Procesal Transitorio del Código Orgánico Procesal Penal en
materia de reenvío. Ahora bien, considera la Sala que lo ordenado por la
Casación, en cuanto al juez competente para seguir conociendo de la causa, y
que por lo tanto era el juez natural del hoy accionante, fue desacatado por la
Corte de Apelaciones, y al hacerlo así, infringieron, tanto la Corte de
Apelaciones, como la Corte Marcial, el artículo 49 Constitucional, ya que para
la fecha el fallo impugnado del -17 de junio de 2001- la Corte Marcial no era
competente, ya que nunca lo había sido desde el momento en que la Sala de
Casación Penal de la extinta Corte Suprema de Justicia señaló como competente a
la jurisdicción ordinaria.
Quiere resaltar la Sala, que no es un hecho controvertido que el accionante
dejó de ser militar en servicio activo a partir del 3 de julio de 1991, fecha
anterior a las decisiones del año 1997 emanada de la jurisdicción militar, que
lo juzgaron por violaciones al Código de Justicia Militar (hoy Código Orgánico
de Justicia Militar).
Para esta Sala, la justicia militar sólo se aplica a delitos de naturaleza
militar, perpetrados por militares en servicio activo, tanto para la
oportunidad en que se cometan, como para la fecha de su juzgamiento.
En consecuencia, se declara con lugar la presente acción de amparo, se
anula la sentencia de la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela
del 17 de julio de 2001, y se ordena a la misma, el envío del expediente a la
Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que
ateniéndose al mandato de la Sala de Casación Penal del 12 de agosto de 1999,
proceda a sentenciar dicha causa.
Quedan vigentes las medidas cautelares otorgadas, sin perjuicio del
criterio que pudiera sostener la Corte de Apelaciones que conozca del caso.
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por
autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo
constitucional interpuesta por el ciudadano Herminio Ramón Fuenmayor Pereira,
asistido por los abogados Agustín Andrade Cordero, Esther Bigott de Loaiza y
Carmen Isabel Vargas Pérez. Anula la sentencia del 17 de julio de 2001, emanada
de la Corte Marcial de la República Bolivariana de Venezuela y se ordena a la
misma el envío del expediente a la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana
de Caracas, a los fines de que ateniéndose al mandato de la Sala de Casación
Penal del 12 de agosto de 1999, proceda a sentenciar dicha causa.
Nuevos asuntos ingresados por
la Secretaría de la Sala
1.- AA50-T-2002-000787
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el abogado WILLIAMS ERNESTO VÁSQUEZ RONDÓN, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA COSAPI, C.A., contra la sentencia del 10 de diciembre de 2001, dictada por la Corte de Apelaciones con Competencia Plena en lo Civil, Mercantil, Penal, Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.
Recepción del escrito de Revisión
2.- AA50-T-2002-000788
Oficio Nº 301-02
de fecha 03 de abril de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones
Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, remite Expediente Nº
1-1165-2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por
la abogada NANCY SUÁREZ MONTILLA, en su carácter de Defensora Pública Séptima
Penal del ciudadano CÉSAR ISRAEL BOLÍVAR ESPINOZA, contra la decisión del 25 de
marzo de 2002, dictada por la Corte de Apelaciones Accidental del Circuito
Judicial Penal del Estado Vargas. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO
CABRERA ROMERO.
Recepción del expediente relativo al amparo en consulta
3.- AA50-T-2002-000789
Escrito
presentado ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, contentivo de
la DEMANDA POR INTERESES COLECTIVOS Y DIFUSOS, interpuesto por el ciudadanos
GERMÁN JOSÉ MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su carácter de DEFENSOR DEL PUEBLO; JUDITH
VALENTINA NÚÑEZ MERCHÁN, Directora de Servicios Jurídicos de la DEFENSORÍA DEL
PUEBLO, y otros, contra el conflicto petrolero liderado por un grupo de
Ejecutivos y miembros de Nómina Mayor de PETRÓLEOS DE VENEZUELA (PDVSA). Ponente:
Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.
Recepción del escrito de la demanda por Intereses Colectivo y Difusos
4.- AA50-T-2002-000790
Escrito
presentado ante la Secretaría de la Sala (Vía Correo Electrónico) el 08 de
abril de 2002, contentivo de la acción de amparo Constitucional interpuesta por
el ciudadano TEÓFILO PIRELA PALMAR, asistido por el abogado ARÍSTIDES IRIARTE
PIÑEIRO, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia
en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ponente:
Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.
Recepción del escrito de amparo
5.- AA50-T-2002-000791
Escrito presentado
ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, contentivo de la Acción
de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado IVÁN JOSÉ IBARRA RODRÍGUEZ,
en su carácter de defensor privado del ciudadano ELEONER DE JESÚS RODRÍGUEZ
RODRÍGUEZ, contra la decisión del 20 de marzo de 2002, dictada por la Corte de
Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui. Ponente:
Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.
Recepción del escrito de amparo
6.- AA50-T-2002-000792
Oficio Nº 300-02
de fecha 02 de abril de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, remite Expediente Nº 1-1595-2001,
contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada
PATRICIA SALAZAR LOAIZA, en su carácter de representante legal de los
ciudadanos ÁNGEL RAMÓN MORALES FERRER y VÍCTOR JAVIER OLIVERO MATOS, contra la
decisión del 22 de marzo de 2002, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado
Vargas. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Recepción del expediente relativo al amparo en consulta
7.- AA50-T-2002-000793
Oficio Nº
2002-038 de fecha 03 de abril de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior
Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 6686, contentivo de la
Acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado LUCIO MUÑOZ
MONTILLA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos SOFÍA LADINO,
JORGE CÁCERES y ERICK CÁCERES, contra la decisión del 16 de noviembre de 2001,
dictada por el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente:
Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.
Recepción del expediente relativo al amparo en consulta
8.- AA50-T-2002-000794
Oficio Nº
2002/36 de fecha 1º de abril de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior
Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 6773, contentivo de la
Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RODRIGO GÓMEZ GIL,
asistido por el abogado FAIEZ ABDUL HADI B., contra la decisión del 22 de marzo
de 2002, dictada por el Juzgado Superior
Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO
OCANDO.
Recepción del expediente de amparo en apelación
9.- AA50-T-2002-000795
Oficio Nº
2002-193 de fecha 08 de abril de 2002, mediante el cual la Sala Nº 2 de la
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de
Caracas, remite Expediente Nº 2002-1160, contentivo de la Acción de Amparo
Constitucional interpuesta por el ciudadano EUMIR ANTONIO FUENTES TORO,
asistido por los abogados BELINDA LLANOS TORRES y JOSÉ ANTONIO BÁEZ FIGUEROA,
contra la decisión del 02 de abril de 2002, dictada por la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente:
Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.
Recepción del expediente de amparo en apelación
10.- AA50-T-2002-000796
Oficio Nº 112 de
fecha 26 de marzo de 2002, mediante el
cual la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal
del Estado Carabobo, remite Expediente Nº 2Ra-514-02, contentivo de la acción
de amparo Constitucional interpuesta por el abogado LUIS AMAYA, en su carácter
de defensor de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO VÁSQUEZ RODRÍGUEZ y JOSÉ GREGORIO
ROJAS VALDEZ, contra la decisión del 11 de marzo de 2002, dictada por la Corte
de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Ponente:
Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Recepción del expediente relativo al amparo en consulta
Escritos presentados
1.- AA50-T-2001-002915
Oficio N° 215200300-674, de fecha 19 de diciembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda remite expediente N° 01-4200, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JOSEFA EMILIA CHAYA y DÁMASO CABRERA, Apoderados Judiciales del ciudadano NELLO JOSÉ CASADIEGO VIVAS, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.
Escrito
presentado ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, mediante el
cual el abogado ALBERTO RIVAS ACUÑA, apoderado judicial del INSTITUTO MEDICO
QUIRÚRGICO RIBAS C.A, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar
el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado
Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2915
Diligencias presentadas
1.- AA50-T-2000-001746-20002622
Leslis Moronta López en representación de su menor hija Analy del Valle González Moronta. Magistrado Ponente Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.
Diligencia
presentada ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, mediante la
cual el abogado CARLOS JAVIER CHACÍN BARBOZA apoderado judicial de la ciudadana
LESLI MORONTA LÓPEZ, consigna publicación de edicto. Magistrado Ponente DR.
JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 00-2622
2.- AA50-T-2001-002147
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 21 de septiembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana Lolimar del Carmen Tovar González, en su Carácter de Representante de la menor ANYOLI NAZARETH TALY TOVAR, asistida de abogados contra la Corte Superior de los Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitano de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.
Diligencia
presentada ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, mediante la
cual la abogada LEUDYS MAITA, solicita aclaratoria de la sentencia dictada por
esta Sala el fecha 05 de abril de 2002. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO
OCANDO. EXP 01-2147
Oficios presentados
1.- AA50-T-2001-0001625
Oficio N° 2001/103 de fecha 9 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 6607, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el por la Apoderada Judicial de la ciudadana ELENNISA DEL CARMEN TERAN, contra el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. IVAN RINCÓN URDANETA.
Oficio N° 191 de
fecha 05 de abril de 2002, mediante el cual la Rectora Civil de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite información.
Se acordó agregar el presente oficio y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado
Ponente DR.IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-1625.
2.- AA50-T-2000-002057-20001362
Julia M. Mariño de Ospina, Adriana M. Montoya de Gil y otros interponen Acción de Amparo contra el M.A.R.N.R. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ.
Oficio N° 165 de
fecha 03 de abril de 2002, mediante el cual el Gobierno del Estado Aragua,
Despacho del Gobernador, remite información solicitada por esta Sala. Se acordó
agregar el presente oficio y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado
Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 00-1362
3.- AA50-T-2001-000612
Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala el 27/3/00, contentivo del Recurso de Revisión Interpuesto por los Apoderados Judiciales de los ciudadanos YAJAIRA DESIREE ALCOCER ALCOBERRO y PEDRO ANDRÉS ALCOCER ALCOBERRO, contra decisión dictada por el Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 16/9/99. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.
Oficio N° 2836
de fecha 03 de abril de 2002, mediante el cual el Juzgado Sexto de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil del Área Metropolitana de Caracas, remite
comisión conferida por esta Sala. Se acordó agregar el presente oficio y sus
anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO
CABRERA ROMERO. EXP
01-0612
4.- AA50-T-2001-002651
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 21 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Defensores de los ciudadanos JOSÉ LUIS BARRIOS RIVERA y EDWIN MANUEL PRIETO PÉREZ, contra decisión del 08 de noviembre de 2001, dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Oficio N° 298/02
de fecha 03 de abril de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del
Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, remite boletas de notificación. Se
acordó agregar el presente oficio y sus anexos. Magistrado Ponente DR. PEDRO
RONDÓN HAAZ. EXP 01-2651
5.- AA50-T-2001-002721
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 28 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano HERMINIO RAMÓN FUENMAYOR PEREIRA, asistido de abogados, contra la sentencia del 17 de julio de 2001, dictada por la Corte Marcial. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.
Oficio N°
CM-SJ-N° 020-02 de fecha 08 de abril de 2002, mediante el cual el Presidente de
la Corte Marcial General JUAN ANDRÉS ROA GÓMEZ, presenta informe relacionado
con el presente expediente. Se acordó agregar el presente oficio y sus anexos
al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA
ROMERO. EXP 01-2721
Reasignación De Ponente
1.- AA50-T-2001-001556
Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana María Josefina Hernández Marsan contra el Juzgado Séptimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.
Se deja constancia en el día de hoy 08 de abril de 2002, que la ponencia del presente expediente corresponde al Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-1556
Solicitud de Copias
Certificadas
1.- AA50-T-2001-002633
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el defensor del ciudadano RAFAEL ALBERTO GONCALVEZ COLINA, contra Omisión de los Jueces del Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.
Diligencia
presentada ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, mediante la
cual el abogado LUIS CAMACHO, representante del ciudadano RAFAEL ALBERTO
GONCALVEZ COLINA, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. JESÚS
EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-2633
2.- AA50-T-2001-002748
Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 04 de diciembre de 2001, contentivo del Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano HANS GOTTERIED EBERT DREGER, actuando en su propio nombre y en Representación de la Sociedad Mercantil INTANA, C.A., contra sentencia del 22 de junio de 2001, dictada por la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.
Diligencia
presentada ante la Secretaría de la Sala el 08 de abril de 2002, mediante la
cual el abogado HANS GOTTERRIED EBER DREGER, solicita copias certificadas. Magistrado
Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 01-2748
Presidente,
IVÁN RINCÓN URDANETA
Secretario.
JOSÉ LEONARDO REQUENA C.
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