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Sala Constitucional
  • Fecha: 18 de marzo del 2002





CUENTA

 

 

CUENTA

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Se abrió la sesión presidida por el Presidente Magistrado Doctor IVÁN RINCÓN URDANETA, con la asistencia del Vicepresidente, JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO y los Magistrados Doctores, PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, JOSÉ DELGADO OCANDO y ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.

 

Se publicaron las siguientes sentencias

 

1.- AA50-T-2001-000076

 

Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Binet Simón Cárdenas Angarita contra el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA

 

Sentencia Nro- 469 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Binet Simón Cárdenas Angarita, y en consecuencia, CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Exp. 01-0076.

 

2.- AA50-T-2001-000091

 

Acción de Amparo Constitucional intentada por los Apoderados Judiciales de los Ciudadanos Ricardo Guia Senior, Vilmary Quevedo, y otros contra acto Administrativo emanado del Consejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Sentencia Nro. 467 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara COMPETENTE a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer, en consulta, de la acción de amparo constitucional ejercida por los apoderados judiciales de los ciudadanos Ricardo Guía Senio, Vilmary Quevedo, Felicia Medina y Otros. Exp. 01-0091.

3.- AA50-T-2001-000295

 

Acción de Amparo Constitucional ejercida por los Apoderados Judiciales del ciudadano Luis Guillermo Márquez Abreu, contra decisión del Tribunal Disciplinario del Sunep-Hacienda, remitido. Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 475 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara que el tribunal competente para conocer de la acción de amparo interpuesta por los apoderados judiciales del ciudadano Luis Guillermo Márquez Abreu, es el Juzgado Tercero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Exp. 01-0295.

 

4.- AA50-T-2001-000369

 

Acción de Amparo Constitucional intentada por el Apoderado Judicial de la empresa Constructora Global, C.A contra actuaciones del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Sentencia Nro. 465 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Tránsito, del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró Inadmisible la acción de amparo interpuesta por el abogado de la empresaConstructora Global C.A. Exp. 01-0369.

 

5.- AA50-T-2001-000752

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 17 de abril de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Defensor de los ciudadanos Lucio Antonio Calmon Semprun y Marianela Calmon Semprun contra decisión dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 5/03/01. Ponente Magistrado Doctor ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 471 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por el defensor privado de los ciudadanos Lucio Antonio Calmon Semprún y Manianela Calmon Semprún. Exp. 01-0752.

 

6.- AA50-T-2001-000860

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 30 de abril de 2001, contentivo del Recurso de Revisión intentado por los Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil "Administradora Centauro, C.A" contra la Sala Accidental de Casación Social de este Máximo Tribunal. Ponente Magistrado Doctor ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 490 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declaró  NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Social (Accidental) del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por los apoderados judiciales de Administradora Centauro C.A. Exp. 01-0860.

 

7.- AA50-T-2001-000926

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 10 de mayo de 2001, contentivo del Recurso de Interpretación  intentado por el Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO y GAS, S.A., en relación al Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente del 30/1/00, Publicado en Gaceta Oficial N° 36904, del 2/3/00 y su incidencia en el Decreto del Ejecutivo  Nacional N° 892 de fecha 3/7/00, publicada en Gaceta Oficial N° 36988, de fecha 07/07/00. Ponente Magistrado Doctor ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 464 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual decide el presente recurso de interpretación en los términos expresados en la parte motiva del presente fallo. Exp. 01-0926.

 

8.- AA50-T-2001-001070

 

Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano EFRAÍN PÉREZ ÁLVAREZ, contra el ciudadano LIBORIO GUARULLA, Gobernador del Estado Amazonas.

 

Sentencia Nro. 488 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declaró INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1070.

 

9.- AA50-T-2001-001071

 

Oficio N° 162 de fecha 16 de mayo de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, remite expediente N° 000132, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana INDIRA ESCORCHE, Asistida de Abogado contra el ciudadano LIBORIO GUARULLA, Gobernador del Estado Amazonas. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Sentencia Nro. 473 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declaró  INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1071.

 

10.- AA50-T-2001-001072

 

Oficio N° 163 de fecha 16 de mayo de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones en lo Penal Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas remite expediente N° 000133, contentivo de la  Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana BELKIS ANABEL CORREA LUNA, asistida de Abogado, contra el ciudadano Liborio Guarulla Gobernador del Estado Amazonas. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Sentencia Nro. 472 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1072.

 

11.- AA50-T-2001-001073

 

Oficio N° 160 de fecha 16 de mayo de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas , remite expediente N° 000130, contentivo de la  Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MILAGROS ARENA, asistida de Abogado,  contra el ciudadano Liborio Guarulla, Gobernador del Estado Amazonas. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Sentencia Nro. 476 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1073.

 

12.- AA50-T-2001-001074

 

Oficio N° 161 de fecha 16 de mayo de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, remite expediente N° 000131, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ROSALBA ACOSTA CEDEÑO, contra el ciudadano Liborio Guarulla, Gobernador del Estado Amazonas. Ponente Magistrado Dr ANTONIO GARCIA GARCIA .

 

Sentencia Nro. 482 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1074.

 

13.- AA50-T-2001-001075

 

Oficio Nº 158 de fecha 16 de mayo de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Menores y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, remite expediente Nº 000128, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana Elvianis Berenice Escobar, asistida de abogado, contra Gobernador del Estado Amazonas. Ponente Magistrado  DR. ANTONIO GARCIA GARCIA

 

Sentencia Nro. 483 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INCOMPETENTE para conocer la consulta de autos, y DECLINA la competencia para conocer de la misma en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Exp. 01-1075.

 

14.- AA50-T-2001-001741

 

Oficio Nª 647 de fecha 30 de julio de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas remite expediente Nº 01-757, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por JOSÉ MANUEL CRISTÓBAL DANIEL, contra decisión judicial dictada el 20 de abril de 2001 por el Juzgado Décimo Quinto en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro- 466 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se REVOCA la decisión dictada por la Sala Nro. 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Sin Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por la defensora privada del ciudadano José Manuel Cristóbal Daniel y en su lugar la declara Inadmisible. Exp. 01-1741.

 

15.- AA50-T-2001-001826

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de agosto de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Gerente General de la Sociedad Mercantil NAKUCARGA, S.A., asistido de abogados, contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones, Sala Dos, del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de febrero de 2001. Ponente: Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 478 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo interpuesta por los abogados del ciudadano Eduardo Alberto Steigerwald Da Rosa. Exp. 01-1826.

 

16.- AA50-T-2001-001922

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 24 de agosto de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana ELIZABETH TOVAR, Coordinadora General de la CONFEDERACIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (C.G.T.), contra la sentencia del Consejo Nacional Electoral (CNE). Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 470 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la Confederación General de Trabajadores, del Sindicato Único de los Trabajadores del a Alcaldía, Consejo Municipal y Servicios Autónomos de la Alcaldía de Baruta y del Sindicato Nacional Autónomo de Empleados del Instituto de Previsión Social y Asistencia Social para el Personal del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. Exp. 01-1922.

 

17.- AA50-T-2001-002218

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 02 de octubre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por la ciudadana IBETH CECILIA CHÁVEZ, contra decisión dictada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 474 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR en derecho a la revisión de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, solicitada por la ciudadana Ibeth Cecilia Chávez. Exp. 01-2218.

 

18.- AA50-T-2001-002353

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de octubre de 2001, contentivo del Recurso de Interpretación interpuesto por el Apoderado Judicial del CONSEJO LEGISLATIVO REGIONAL DEL ESTADO BARINAS, en relación al Artículo 164 Ordinal 1º, de la Disposición Derogatoria Única de la Constitución Nacional, en cuanto a los Artículos 132, 133, 134, 135 y 136 de la Constitución del Estado Barinas. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 477 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INADMISIBLE el recurso de interpretación interpuesto por el apoderado judicial del Consejo Legislativo del Estado Barinas. Exp. 01-2353.

 

19.- AA50-T-2001-002453

 

Oficio N° 562-01 de fecha 26 de octubre de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Distrito Metropolitano de Caracas remite expediente N°  1506-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Abogado del ciudadano RAIMUNDO ALI BAD CARPIO, contra el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas y la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 468 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se REVOCA la decisión dictada por la Sala Nro. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Raimundo Alí Abad Carpio, y en su lugar, ORDENA la remisión del expediente al Presidente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas para que distribuya la causa a una Sala de la Corte de Apelaciones de ese circuito, para que se pronuncie sobre la admisibilidad o no de la acción, prescindiendo de los motivos que se tomaron en cuenta en la decisión revocada. Exp. 01-2453.

 

20.- AA50-T-2001-002601

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 15 de noviembre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el Apoderado Judicial de la ciudadana AMELIA ROZOS ÁLVAREZ, contra sentencia dictada por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 16/7/01. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 493 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana Amelia Rozos Álvarez. Exp. 01-2601.

 

21.- AA50-T-2001-002625

 

Oficio Nº 679 de fecha 12 de noviembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, remite Expediente Nº 7446-94, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el Apoderado Judicial de la ciudadana ALBA MAGALY MARTÍNEZ DE RUIZ, contra sentencia dictada por la Sala de Casación Social de este Alto Tribunal, en fecha 28 de noviembre de 2000. Ponente: Magistrado ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 480 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Social (Accidental) de esta Máximo Tribunal, interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana Alba Magali Martínez de Ruiz. Exp. 01-2625.

 

22.- AA50-T-2001-002666

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 22 de noviembre de 2001, contentivo de la Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano JOSEFA BARBOZA RAYDAN, asistida de abogado, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de fecha 25/10/01. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 481 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y  Mercantil de la circunscripción judicial del Estado Zulia, interpuesta por la ciudadana Josefa Barboza Raidan. Exp. 01-2666.

 

23.- AA50-T-2001-002769

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de diciembre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano AXEL SALVADOR CABALLERO, asistido de la  abogado MARIELBA BARBOZA, contra la sentencia dictada el 19 de julio de 2001, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 492 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el  Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, interpuesta por el ciudadano Axcel Salvador Caballero. Exp. 01-2769.

 

24.- AA50-T-2001-002791

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 12 de diciembre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano EUGENIO ACOSTA URDANETA, en su carácter de Sindico del Procedimiento de atraso de la empresa Sudema, contra decisión dictada por la Sala Constitucional de éste Máximo Tribunal. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 491 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala Constitucional del tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el apoderado judicial de Suministros de Materiales C.A. (SUDEMA) Exp. 01-2791

 

25.- AA50-T-2001-002828

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de diciembre de 2001, contentivo del Recurso de Interpretación interpuesto por el Abogado ANÍBAL JOSÉ LAIRET VIDAL, en relación a la aplicación de los Decretos con Rango y Fuerza de la Ley producto de la Ley Habilitante. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 485 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INADMISIBLE la solicitud de interpretación del artículo 24 de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela formulada por el abogado Aníbal José Lairet Vidal. Exp. 01-2828.

 

26.- AA50-T-2001-002883

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 20 de diciembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos STANISLAW GREGORIO SEBEDYN MATERANO, MARÍA LUCILA MATERAN y YADIRA DEL CARMEN GODOY SANTOS, actuando en nombre propio y actuando en defensa de un grupo de Trabajadores afectados, Miembros del Plan Bolívar 2000 CORPOZULIA, contra decisión dictada por la ciudadana Blanca Nieve Portocarrero en su condición de Ministro del Trabajo, de fecha 26/11/01. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 479 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Stanislaw Gregorio Sebedyn Materano, María Lucila Materano y Yadira del Carmen Godoy Santos. Exp. 01-2883.

 

27.- AA50-T-2001-002885

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 20 de diciembre de 2001, contentivo del Recurso de Interpretación interpuesto por los ciudadanos MIGUEL DAO, MARCOS JOSÉ CHÁVEZ, FRANKLIN DELANO RODRÍGUEZ y otros en su carácter de Miembros de la Comisión de Organización del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, asistidos por el Abogado DANIEL S. BUVAT DE VINGINI DE LA ROSA, en relación sobre el alcance e inteligencia que debe atribuirse al régimen transitorio previsto tanto en el artículo 332, ordinal 2° del texto Fundamental desarrollado en el precitado Decreto con Rango y Fuerza de Ley. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia N° 494 de fecha 18 de Marzo del 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE la solicitud de interpretación constitucional formulada por el ciudadano Miguel Dao y otros. Exp N° 01-2885.

 

28.- AA50-T-2002-000130

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de enero de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el abogado JESÚS GARCÍA PANTOJA, en su carácter de Representante Legal del ciudadano ÁNGEL HERNÁNDEZ, contra la sentencia del 29 de febrero de 2000, dictada por la Sala de Casación Penal de este Máximo Tribunal. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 487 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el abogado Jesús García Pantoja. Exp. 02-0130.

 

29.- AA50-T-2002-000135

 

Oficio N° 012 de fecha 10 de enero de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, remite Expediente N° 1414-01, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Hábeas interpuesta por el abogado ALEXIS RENÉ PERDOMO, en su carácter de Defensor del ciudadano TOMÁS GRACIAN, contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 489 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, por el ciudadano Tomás Gracián. Exp. 02-0135.

 

30.- AA50-T-2002-000244

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 29 de enero de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el abogado HALIM MOUCHARFIECH, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ROBER CAMERON REAGOR, contra la sentencia del 19 de septiembre de 2001, dictada por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 486 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano Rober Cameron Reagor. Exp. 02-0244.

 

31.- AA50-T-2002-000360

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 13 de febrero de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el ciudadano VÍCTOR M. CONTRERAS, Apoderado Judicial del ciudadano ALFONSO ANTONIO MORA CARDOZO, contra decisión dictada por la Sala de Casación Social de éste Máximo Tribunal, en fecha 5/2/02. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Sentencia Nro. 484 de fecha 18 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión constitucional de la sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesto por el apoderado judicial del ciudadano Alfonso Antonio Mora Cardozo. Exp. 02-0360.

 

Se celebraron las siguientes Audiencias Constitucionales

 

1.- AA50-T-2001-001287

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 13 de junio de 2001, contentivo de la Acción de amparo Constitucional interpuesto por el Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil, INVERSIONES BEALSA C.A, contra el Juez del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Acta de audiencia constitucional

 

Se abrió la sesión presidida por el Vicepresidente de la Sala, Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera, con la asistencia de los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz. El ciudadano Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, no asistió a la sesión por motivos justificados.

Constituida la Sala Constitucional en el Salón de Audiencias, a las diez horas treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), para que tenga lugar la audiencia constitucional en la demanda de amparo que intentó Inversiones Beaisa, C.A., representada por el abogado Rafael Ángel Briceño, contra la conducta omisiva de la parte del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Área Metropolitana de Caracas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la comparecencia del abogado Rafael Ángel Briceño, apoderado judicial de Inversiones Beaisa, C.A., demandante. Igualmente, se dejó constancia de la comparecencia del ciudadano Juez Provisorio del Tribunal Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Herminio Cordido, parte supuestamente agraviante; así como de la no comparecencia del representante legal del ciudadano Manuel Crisman Gómez, tercero interviniente. Por último, se dejó constancia de la comparecencia de la representación del Ministerio Público, la Dra. Luisa Elena Monsalve. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Rafael Ángel Briceño, apoderado judicial de Inversiones Beaisa, C.A., demandante. Después, se le concedió el derecho de palabra al ciudadano Herminio Cordido, Juez Provisorio del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, demandado. Luego, se le concedió el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público.  Las partes comparecientes, al finalizar sus respectivas exposiciones, consignaron documentos, los cuales se ordenaron agregar al expediente. Posteriormente, los mismos ejercieron el derecho a réplica y contra réplica. El ciudadano Magistrado Pedro Rondón Haaz, formuló una pregunta al ciudadano Juez Provisorio demandado, la cual fue debidamente respondida por la representación del Ministerio Público. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado que presidió la sesión leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente, de las respectivas exposiciones de la parte demandante, supuestamente agraviante y del Ministerio Público, la Sala observa, que la demandante de amparo interpuso, contra el ciudadano Manuel Crisma Gómez, demanda por daños y perjuicios ante el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual, el 21 de enero de 1999, declaró con lugar la demanda y sin lugar la reconvención y ordenó, además del pago de los daños y perjuicios, la restitución del local comercial que la demandante de amparo dio en arrendamiento al demandado en ese juicio. Este último apeló del referido fallo, apelación que conoce, en alzada, el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas (presunto agraviante).

Ahora bien, ciertamente, la hoy quejosa, en varias oportunidades, solicitó del presunto agraviante pronunciamiento sobre la medida de secuestro que requirió sobre el referido local comercial, de lo cual no ha obtenido respuesta de parte del Juzgado ad quem, quien, hasta la presente fecha, tampoco ha decidido la apelación que, contra la decisión definitiva, interpuso el demandando por daños y perjuicios. Desde junio de 1999, oportunidad cuando subieron las actuaciones a esa alzada, hasta el 7 de junio de 2001, oportunidad cuando la demandante de amparo hizo al presunto agraviante la última solicitud para que se pronunciara con respecto a la medida solicitada, transcurrieron aproximadamente dos años, sin tomar en consideración el tiempo que ha transcurrido hasta la presente fecha; no obstante el tiempo transcurrido no opera en el presente caso el consentimiento expreso establecido en el cardinal 4 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, toda vez que constan en autos las repetidas actuaciones, de la hoy quejosa, en solicitud de pronunciamiento del presunto agraviante, lo cual manifiesta un interés contrario a la aceptación del agravio constitucional. Ello aunado, a que el caso sub examine se trata de una omisión de pronunciamiento y no de un hecho positivo generador de un acto a partir del cual se tenga la certeza del momento, con precisión y exactitud, cuando se produjo la actividad configuradora de la lesión constitucional, a partir de cuando se pueda contar el lapso de caducidad de seis meses que establece la Ley de Amparo, ya que, como la omisión judicial opera como vía de hecho, la violación de derechos o garantías constitucionales se hace indefinida en el tiempo hasta tanto no se produzca el acto que se solicitó. Sobre la omisiones judiciales ha dicho la Sala:

“...Las omisiones judiciales lesivas a derechos o garantías constitucionales, que vienen a actuar como una vía de hecho, y que pertenecen al ámbito del artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, como ya lo ha asentado esta Sala a pesar del silencio de la norma sobre ellas, son objeto inmediato de la acción de amparo, ya que la situación jurídica se convierte en sujeto de una lesión indefinida, mientras no se cumple la actuación.

Todo retardo injustificado de un acto procesal que ha debido tener lugar, que lesiona a una parte en su situación jurídica, amenazando la irreparabilidad de la misma, es atacable por la vía de amparo; pero hay conductas activas de los jueces que retardan injustificadamente la declaración o actuación de los derechos de una de las partes, interfiriendo con la garantía judicial que consagra el artículo 49 de la Constitución  vigente, tal como ocurre cuando un juez oye una apelación en ambos efectos, cuando ha debido oírla en uno solo, retardando así un acto que ha debido llevarse a cabo...” (s.S.C. n° 848 del 28-07-00, exp. 00-0529).

Es por ello que, evidentemente, se vulneraron los derechos al debido proceso, a una tutela judicial efectiva y a la obtención de una respuesta oportuna.

Por otro lado, con respecto a la petición de la demandante de amparo, referente a que sea esta Sala quien le acuerde la medida cautelar de secuestro que solicitó, debe aclararse que tal solicitud es, a todas luces, improcedente, por cuanto esta Sala no puede hacer pronunciamiento alguno sobre la procedencia o no de dicha medida sin la usurpación de la competencia del tribunal de instancia ante el cual se hizo el requerimiento, el cual es el único que puede, en cumplimiento a los parámetros legales, decretar o no la medida que se pidió y pronunciarse sobre el fondo de la causa.

Es por todo ello, que esta Sala debe, forzosamente, declarar parcialmente con lugar la demanda de amparo que se examina.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de amparo constitucional que interpuso “INVERSIONES BEAISA C.A.” contra la conducta omisiva del Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

Como en la audiencia pública oral que tuvo lugar, la Sala llegó al conocimiento de: a) que el presunto agraviante se inhibió el 11 de enero de 2002, inhibición que fue declarada sin lugar el 6 de febrero de 2002; y b) que el presunto agraviante fue recusado por el demandante de amparo el 20 de febrero de 2002 y que dicha incidencia se haya pendiente de decisión, con el propósito de evitar la prolongación temporal del  agravio infligido al accionante, esta Sala dispone:

 

1)   que si la recusación propuesta es declarada sin lugar, se constituya un Tribunal Accidental que conozca todo lo pendiente y decida con estricto apego y respeto a los lapsos legales; y

2)   que si la recusación propuesta es declarada con lugar, el Juez que llegue a conocer la causa, deberá sentenciar con estricto apego y respeto a los lapsos que rigen tal actividad.

Lo que dispone este fallo deberá ser acatado por todas las autoridades de la República, especialmente por las jurisdiccionales, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad, tal como lo preceptúa el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Remítase copia de esta sentencia a la Inspectoría General de Tribunales, con el fin de que se inicien las averiguaciones correspondientes a una posible responsabilidad disciplinaria del Juez agraviante.

 

2.- AA50-T-2001-002347

 

Oficio N° 806 de fecha 17 de octubre de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 01-826, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Defensor del ciudadano RANDY JOSÉ QUINTERO REYES, contra decisión dictada por la Sala N° 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en fecha 08/10/01. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Acta de audiencia constitucional

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia oral en la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Frank Alexis Torres Arocha, en su carácter de defensor del ciudadano Randy José Quintero Reyes, contra la sentencia dictada el 08 de octubre de 2001, Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia del abogado Frank Alexis Torres Arocha, representante judicial del accionante en amparo; de la no comparecencia del Presidente de la Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, accionado. Igualmente se deja constancia de la presencia del abogado Luis Gerdel Seíjas, representante de las ciudadanas María Josefina Angulo, Josmar Gomez Naranjo y Mariela Naranjo Sánchez, terceros coadyuvantes. Finalmente se deja constancia de la presencia de la doctora Rosemary España, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado Frank Alexis Torres Arocha, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra al abogado Luis Gerdel Seíjas, en representación de las terceros coadyuvantes. Finalmente se le concedió el derecho de la palabra a la representante del Ministerio Público. Al finalizar ésta, consignó escrito contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. La representación de la parte accionante ejerció el derecho de réplica. Los Magistrados no realizaron preguntas a las partes presentes. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente; de la exposición de la representación judicial del accionante, del tercero coadyuvante y de la representante del Ministerio Público, la Sala observa:

Visto que la acción de amparo fue interpuesta contra la decisión dictada por la Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas el  8 de octubre de 2001, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto en el juicio que se le sigue al prenombrado ciudadano por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva, tipificado en el artículo 408 del Código Penal en concordancia con el artículo 426 eiusdem.

Visto asimismo que, mediante la referida decisión interlocutoria, se desestimó la apelación propuesta por la defensa del imputado Randy José Quintero Reyes, al considerar que la medida dictada por un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, donde se acuerde la privación preventiva de libertad, es una decisión ‘revisable’ por el mismo Tribunal que la pronunció, toda vez que el Código Orgánico Procesal Penal estableció un recurso propio, inmediato, idóneo y eficaz para obtener el resultado que se pretende a través del recurso de apelación; de conformidad con el artículo 273 del Código Orgánico Procesal Penal, si bien es cierto que el artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, en su ordinal 4º establece que son recurribles las decisiones que declaren la procedencia de una medida cautelar privativa de libertad, no es menos cierto que de acuerdo con lo establecido con el artículo 273 eiusdem, dichas decisiones son revisables por el Tribunal que la dictó, en consecuencia, el imputado puede solicitar su revisión las veces que lo considere pertinente antes de apelar ante la Corte de Apelaciones.

Visto además que, el actor le imputa a la decisión dictada por la Sala Nº 5 de la supra citada Corte de Apelaciones, la violación de sus derechos a la libertad individual y al debido proceso, consagrados en los artículos 44.1 y 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como el artículo 259, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, antes de su reforma.

Esta Sala juzga que la Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, dictó, en este caso, una decisión contraria a su actuar como tribunal de segunda instancia. En uso de su potestad jurisdiccional de juzgar ha debido proveer la apelación, previo análisis de cada uno de los alegatos explanados en el escrito del recurso de apelación, toda vez que la decisión del Juzgado Décimo Noveno de Control del mismo Circuito Judicial que decretó la privación judicial preventiva de libertad al ciudadano Randy José Quintero Reyes, deviene revisable en segundo grado de jurisdicción ante la Corte de Apelaciones, según las previsiones del artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, a modo de preservar el principio de la doble instancia.

Asimismo, la Corte de Apelaciones en su decisión afirmó que “[...] la medida que dicte un Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, donde acuerde la privación preventiva de libertad, es una decisión ‘revisable’ por el mismo Tribunal que la pronunció, toda vez que el Código Orgánico Procesal Penal estableció un recurso propio, inmediato, idóneo y eficaz para obtener el resultado que se pretende a través del recurso de apelación; de conformidad con el artículo 273 del Código Orgánico Procesal Penal [...]”. Tal aserto, en concepto de esta Sala, constituye una desviación del cauce procesal consagrado por el legislador a fin de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y la premisa sobre la cual descansa el proceso penal, cual es, la presunción de inocencia, toda vez que la revisión de la medida privativa de libertad procede en todo tiempo por parte del imputado o su defensor, sólo cuando ésta ha adquirido firmeza, es decir, una vez que ha sido revisada por el Tribunal ad quem de aquél que la dictó, lo contrario implica sustituir el recurso de apelación por la revisión de la medida privativa de libertad.

Las disposiciones procesales contenidas en los artículos 264 y 447. 4 del Código Orgánico Procesal Penal, que originaron la pretensión de tutela constitucional que ahora ocupa a la Sala, son del tenor que sigue:

 

Artículo 264. Examen y revisión. El imputado podrá solicitar la revisión o sustitución de la medida judicial de privación preventiva de libertad las veces que lo considere pertinente. En todo caso el Juez deberá examinar la necesidad del mantenimiento de las medidas cautelares cada tres meses, y cuando lo estime prudente las sustituirá por otras menos gravosas. La negativa del tribunal a revocar o sustituir la medida no tendrá apelación”.

 

Por su parte, el artículo 447.4, prescribe:

 

“Artículo 447. Decisiones recurribles. Son recurribles ante la Corte de Apelaciones las siguientes decisiones:

 

[omissis]

 

4. Las que declaren la procedencia de una medida cautelar privativa de libertad o sustitutiva;”.

 

De las normas adjetivas supra transcritas, se observa que el medio recursivo por excelencia lo constituye el recurso de apelación, en este caso, de autos y que no existe prohibición alguna para el juzgador de la segunda instancia en proveer dicho recurso cuando se ejerce contra el auto recurrible -en este caso, la privación judicial preventiva de libertad-, tal y como se desprende de las alegaciones vertidas por los accionantes en su escrito libelar; de otro modo se subvertiría el orden procesal establecido por el legislador. En consecuencia, ciertamente el derecho a la defensa del accionante así como el debido proceso y el principio constitucional de la doble instancia judicial fueron vulnerados con el proferimiento de la Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el 8 de octubre de 2001, mediante una decisión no fundada en derecho, ello en el juicio que se le sigue por la presunta comisión del delito de homicidio calificado en grado de complicidad correspectiva, tipificado en el artículo 408 del Código Penal en concordancia con el artículo 426 eiusdem.

Ello motiva a la Sala a declarar con lugar la acción de amparo incoada, al presentar el fallo cuestionado, en la forma indicada, vicios que reflejan una lesión constitucional, habiendo sido dictada por la Sala nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, el 8 de octubre de 2001, en contravención con las disposiciones que regulan la fase de control de la investigación en el proceso penal, regido fundamentalmente por el sistema acusatorio. Así se declara.

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Frank Alexis Torres Arocha, en su carácter de defensor del ciudadano RANDY JOSÉ QUINTERO REYES contra la decisión dictada el 8 de octubre del año 2001 por la Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Área Metropolitana de Caracas, y en consecuencia, anula la señalada sentencia interlocutoria y repone el proceso al estado en que la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en cualquiera de sus Salas, provea lo conducente respecto del recurso de apelación propuesto por la defensa del imputado Randy José Quintero Reyes, con apoyo en el artículo 439, ordinales 4º y 5º, aplicable ratione temporis.

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

1.- AA50-T-2002-000635

 

Oficio Nº 125-02 de fecha 14 de marzo de 2002, mediante el cual la Sala Nº 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 775, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados JESÚS MARÍA MANZANEDA, AMIR NASSAR TAYUPE y JOSÉ CIARROCHI, en su carácter de Defensores del ciudadano FRANKLIN MEDERICO MAITA, contra decisión del 08 de marzo de 2002, dictada por la Sala Nº 4 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

2.- AA50-T-2002-000636

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GLORIA STIFANO, Apoderada Judicial del ciudadano VÍCTOR DÁVILA, contra decisión dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Monágas, de fecha 18/09/01. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del escrito de amparo

 

 

 

3.- AA50-T-2002-000637

 

Oficio Nº 02-980 de fecha 07 de marzo de 2002, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo remite Expediente Nº 01-26357, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado DANIEL BUVAT DE VIRGINI DE LA ROSA, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano CORNELIO POPESCO, contra decisión del 20 de diciembre de 2001, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del  expediente de amparo en apelación

 

4.- AA50-T-2002-000638

 

Oficio 02/1030, de fecha 12 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano OVER ARNESTO CIPRIANI GONZÁLEZ, Apoderado Judicial del ciudadano WOGLER IBRAIM CANICHE FIGUEREDO, contra decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, de fecha 20/12/01. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

5.- AA50-T-2002-000639

 

Oficio Nº 02-1056 de fecha 11 de marzo de 2002, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite Expediente Nº 01-25740, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado RICARDO GUERRERO MACHADO, en su carácter de Representante Legal del ciudadano CAPITÁN CARLOS AGUILERA BORJAS, en su condición de DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN (DISIP), contra decisión del 05 de diciembre de 2001, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Ponente: Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.

 

Recepción del  expediente de amparo en apelación

 

6.- AA50-T-2002-000640

 

Oficio N° 164 de fecha 11 de marzo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Estabilidad Laboral y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, remite expediente N° 02-1690, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos MAURO ORLANDO VILORIA GONZÁLEZ y ADELA DE MARTÍNEZ C., Apoderados Judiciales de los ciudadanos ISMAEL ÁNGEL RAMÍREZ ÁLVAREZ Y REINA AURORA CANCHICA DE RAMÍREZ, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Trabajo, de Estabilidad Laboral y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 01/03/02. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

7.- AA50-T-2002-000641

 

Oficio Nº 130 de fecha 06 de marzo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite Expediente Nº 9561, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado JOSÉ ROMANO ROSELLI, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil EXTRUDED FOOD DE VENEZUELA, EXTRUVEN, C.A., contra decisión del 06 de febrero de 2002, dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

8.- AA50-T-2002-000642

 

Oficio Nº 3705-02 de fecha 14 de marzo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 1833, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos FIDEL BERNAL C. y MARCOS EVANGELISTA OROPEZA, asistidos por las abogadas CORNELIA B. RUIZ y MARIALBERTH PÉREZ SUÁREZ, contra decisión del 08 de febrero de 2002, dictada por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

9.- AA50-T-2002-000643

 

Oficio Nº 124-02 de fecha 18 de marzo de 2002, mediante el cual la Sala Nº 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 10-Aa-818-02, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados ALEJANDRO GARCÍA, JOSÉ JESÚS JIMÉNEZ LOYO y TIBISAY AGUILAR, en su carácter de Defensores de la ciudadana MARÍA I. DE QUINTANA, contra la decisión del 12 de marzo de 2002, dictada por la Sala Nº 10 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Recepción del  expediente de amparo en consulta

10.- AA50-T-2002-000644

 

Oficio N° 85 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, remite expediente 989, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RAÚL BENIGNO MARÍN DELGADO, asistido por el Abogado HÉCTOR JOSÉ PICÓN ROSALES, contra decisión dictada por la corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, de fecha 28/02/02. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

11.- AA50-T-2002-000645

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados FAIEZ ABDUL HADI B. y JOSÉ VICENTE MARCANO URRIOLA, en su carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos BELKIS XIOMARA RONDÓN ESPINEL, GLORIA MARÍA RONDÓN ESPINEL, GLADYS URQUIZO DE RETES, JULIÁN UZCÁTEGUI TELLERÍA y otros, contra sentencia del 31 de julio de 2001, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Recepción del escrito de amparo

 

Escritos presentados

 

1.- AA50-T-2001-000679

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 4 de abril de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por los Apoderados Judiciales del ciudadano Luis Guillermo Conde González contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Ponente Magistrado Doctor IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual la ciudadana ZULAY GONZÁLEZ DE CONDE, consigna planilla de pago a favor de la tesorería nacional. Se acordó agregar el presente escrito y su anexos. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-0679

 

2.- AA50-T-2001-001818

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala en fecha 13 de agosto de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional conjuntamente con Recurso de Revisión interpuesto por los ciudadanos RAMÓN TORO LEÓN y CRUZ DE LOS SANTOS LARES, asistidos de abogado, contra la sentencia Nº 313 dictada por la Sala de Casación Civil de este Tribunal. Ponente: Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado ALBERTO MILIANI BALZA apoderado judicial de los ciudadanos RAMÓN TORO LEÓN y CRUZ DE LOS SANTOS LARES, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-1818

 

3.- AA50-T-2001-002845

 

Oficio Nº 466-2001 de fecha 13 de diciembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite Expediente Nº 11854, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ORLANDO ANSELMO ALVARADO, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia dictada el 07 de noviembre de 2001, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual el cual el abogado ANSELMO ORLANDO ALVARADO BAJARES, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2845

 

4.- AA50-T-2000-000276

 

Accionante Sociedad Mercantil Inversiones Turistica Happy Tour C.A. contra Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario del Transito, del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Ponente Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO.

 

Escrito presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado LUIS GERARDO ASCANIO ESTÉVEZ, apoderado judicial de JESÚS ERNESTO ORTIZ, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSE DELGADO OCANDO.

 

5.- AA50-T-2002-000586

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 11 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano HELIOS DE LAMO CHACÓN, en su carácter de Presidente de la empresa "UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DEL CARIBE C.A", asistido por el Abogado LUIS GERARDO ASCANIO ESTÉVEZ, contra el Juez Superior en lo Civil, Mercantil, y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado LUIS GERARDO ASCANIO apoderado judicial de la UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DEL CARIBE, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 02-0586

 

Diligencias presentadas

 

1.- AA50-T-2001-001002

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de mayo de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Apoderado Especial de la ciudadana NOHELIA DEL VALLE VILLARROEL, contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13/12/00. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado HUMBERTO LUGO, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-1002

 

2.- AA50-T-2001-001254

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 11 de junio de 2001 contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por la Apoderada Judicial de la ciudadana María Apolonia Álvarez de Castillo contra sentencia de fecha 12/12/00 dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Ponente magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual la abogado FRANCYS ZAPATA, se da por notificada de la decisión dictada por esta Sala. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-1254

 

3.- AA50-T-2001-001683

 

Oficio N° 325 de fecha 20 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito del Trabajo  y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira remite expediente N° 01-1508 contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LARRY PAÚL RUBIO ROSALES, asistido de Abogado contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado HELMISAM BEIRUTI, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 01-1683

 

4.- AA50-T-2001-002060

 

Acción de Constitucional (Amparo Sobrevenido) ejercida por el Apoderado Judicial  de la Compañia EMPLAST C.A., contra sentencia dictada de fecha 21 de Mayo del 2001 por el Juzgado Superior Sexto del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada por ante la Secretaría de la Sala en fecha 18 de Marzo de 2001, mediante la cual el ABOGADO BERNARDO DÍAZ GRAU  solicita celeridad procesal. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. EXP 01-2060.

 

5.- AA50-T-2001-002150

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 24 de septiembre de 2001, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus intentada por los Defensores del ciudadano PEDRO GONZÁLEZ ANTELIZ, contra sentencia dictada por el Concejo de Guerra Permanente de Caracas de fecha 3/8/99. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado ALONSO MEDINA ROA, solicita se fije la audiencia oral. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2150

 

6.- AA50-T-2001-002557

 

Oficio Nº 1469 de fecha 06 de noviembre de 2001, mediante el cual la Sala de Casación Social de este Alto Tribunal, remite Expediente Nº AA60-S-2001-000282, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales de los ciudadanos MARÍA E. MARTÍNEZ S., YANETT FARÍAS DE BRICEÑO, MARÍA DE LOS ÁNGELES RAMOS y otros, contra la Dirección de Educación y Deportes, de la Gobernación del Estado Trujillo. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado ANTONIO MIGUEL CABALAR, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-2557

 

7.- AA50-T-2001-002686

 

Oficio Nº 375 de fecha 20 de noviembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, remite Expediente Nº 5117, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MATHEUS ORLANDO DE CASTRO REIS, en su condición de Presidente de la Empresa HOTEL, FUENTE DE SODA Y RESTAURANT EL YUNQUE, S.R.L., asistido de abogado, contra decisiones dictadas por el Juez del Municipio Bermúdez y la Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada por ante la Secretaría de la sala en fecha 18 de Marzo de 2002, mediante la cual el abogado BERNARDO DÍAZ GRAU, solicita celeridad procesal y que se oficie al tribunal agraviante. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-2686.

 

8.- AA50-T-2001-002863

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de diciembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RICARDO ANTONIO SUÁREZ CRESPO, asistido del abogado CRUZ EMILIO SALAZAR R., contra la sentencia del 04 de diciembre de 2001, dictada por la Sala de Casación Civil Accidental de este Máximo Tribunal. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el ciudadano RICHARD ANTONIO SUÁREZ CRESPO, consigno anexos. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-2863

 

9.- AA50-T-2002-000081

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de enero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano GERMÁN ANTONIO MORANTES RAMÍREZ, asistido por la abogada LUZ DE ÁLVAREZ, contra decisión del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el ciudadano GERMÁN MORANTES, formula alegatos y consigna anexos. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0081

 

10.- AA50-T-2002-000570

 

Oficio N° 2002-50, de fecha 25 de febrero de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 9419, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana GLORIA MORA MORALES, Apoderada Judicial del ciudadano JUAN JOSÉ CAMACARO PÉREZ, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18/02/02. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado JESÚS PERERA apoderado judicial del ciudadano JUAN JOSÉ CAMACARO, formula alegatos y efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 02-0570

 

Oficios presentados

 

1.- AA50-T-2001-002904

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de diciembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por la ciudadana SHEILA DEL R. ALTUVE P., en su carácter de  Defensora Pública Suplente N° 2, a favor del ciudadano JOSÉ AGRIPINO VALERO CORONADO, contra decisión dictada por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Oficio N° TPI 02-051 de fecha 14 de marzo de 2002, mediante el cual la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, remite oficio remitido a esta Sala. Se acordó agregar el presente oficio y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 01-2904

 

Solicitud de Copias Certificadas

 

1.- AA50-T-2000-001671-20002948

 

Acción de amparo constitucional ejercida por Mazen Moh'd Al Shayed contra el fiscal 3° del ministerio público abogada Mercedes Liliana Rivera Rojas

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado el abogado HELMISAN BEIRUTI, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 00-2948

 

2.- AA50-T-2001-000725

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de abril de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional, intentada por la ciudadana Haydee Margarita Parra Araujo, asistida de abogado, contra Decreto Nº 304 de fecha 11/09/99, publicado en la Gaceta Oficial de la República Nº 36786, así como contra el acto administrativo dictado en ejecución de dicho Decreto por el Ministerio de Interior y Justicia. Ponente Magistrado Doctor JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado VICENTE ALEMÁN VALENTINO, solicita copias certificadas. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-0725

 

3.- AA50-T-2001-000752

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 17 de abril de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Defensor de los ciudadanos Lucio Antonio Calmon Semprun y Marianela Calmon Semprun contra decisión dictada por la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 5/03/01. Ponente Magistrado Doctor ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el ciudadano LUCIO CALMÓN, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-0752

 

4.- AA50-T-2001-002835

 

Oficio N° 670 de fecha 13 de diciembre de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Sala N° 3, remite expediente N° 1553-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MARIO GIL LAREZ, Representante de la Sociedad Mercantil MARKETING HOUSEHOLD S.R.L., contra la Juez Trigésimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado MARIO GIL LARES, parte recurrente, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2835

 

5.- AA50-T-2002-000296

 

Oficio N° 037-2002, de fecha 28 de enero de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 11897, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano VÍCTOR BERVOETS BURELLI, Apoderado Judicial de la sociedad mercantil CLÍNICA LAS CIENCIAS, C.A., contra decisión dictada por el Juzgado Superior Cuarto Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 21/01/02. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 18 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado VÍCTOR BERVOETS, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 02-0296

 

Sala Accidental

 

1-AA50-T-2001-2479

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 31 de octubre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil C.A. DIARIO PANORAMA, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, del Tránsito del Trabajo, de Estabilidad Laboral y Amparo Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida de fecha 29/10/01. Ponente Magistrado Dr. JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

En el día de hoy 18 de marzo de 2002, por inhibición del Magistrado DR. JOSE DELGADO OCANDO, se constituye la Sala Accidental aceptando la convocatoria el cuarto Suplente DR. ARGENIS JOSÉ RIERA ENCINOZA. Se designó Ponente al Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-2479

 

Presidente,

 

 

IVÁN RINCÓN URDANETA

Secretario.

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA C.

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