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Sala Constitucional
  • Fecha: 19 de MARZO del 2002





CUENTA

 

 

CUENTA

53

 

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Presidente Magistrado Doctor IVÁN RINCÓN URDANETA, con la asistencia del Vicepresidente, JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO y los Magistrados Doctores, PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, JOSÉ DELGADO OCANDO y ANTONIO J. GARCÍA GARCÍA.

 

Se publicaron las siguientes sentencias

 

1.- AA50-T-2000-002228-20003314

 

Acción de Amparo Constitucional intentada por Belquis Camacho de Rincón, en su condición de Fiscal Septuagésima (76°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, contra actuaciones del Juzgado Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado DR. PEDRO RONDON HAAZ

 

Sentencia Nro. 517 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual se declara que el tribunal Competente para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional interpuesta por Belquis Camacho de Rincón, es la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Exp. 00-3314.

 

2.- AA50-T-2000-002347-20000725

 

Luis Alberto Peña interpone Recurso de Nulidad Parcial del Artículo 32 de la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Nacionales publicada en Gaceta Oficial Nro. 35752 de fecha 13-07-1995. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA

 

Sentencia Nro. 513 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, mediante la cual se declara SIN LUGAR el recurso de nulidad parcial por razones de inconstitucionalidad interpuesto por el ciudadano Luis Alberto Peña. Exp. 00-0725.

 

 

 

3.- AA50-T-2001-000589

 

Oficio Nº S2-062 de fecha 09 de marzo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, remite expediente Nº 2001-9854, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Apoderado Judicial de la sociedad mercantil Transportes Marinos de Occidente, C.A contra decisión del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ponente Magistrado Doctor JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 509 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara: 1.- CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado de la sociedad mercantil La Confederación del Canadá Venezolana, C.A. 2.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por el representante judicial de la sociedad mercantil Transporte de Marinos de Occidente C.A. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el accionante el 16 de mayo de 2000. Exp. 01-0589.

 

4.- AA50-T-2001-000594

 

Oficio Nº 0058 de fecha 20 de marzo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Séptimo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, remite Expediente Nº 0335, contentivo de la Acción de Amparo Sobrevenido intentado por el Apoderado Judicial de la empresa "Inversiones C y C, C.A" contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Trabajo, del Tránsito, Agrario y de Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Ponente Magistrado Doctor JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 506 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la empresa Inversiones C y C, C.A. y Confirma la decisión que declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, Agrario y Estabilidad Laboral de la misma circunscripción judicial. Exp. 01-0594.

 

5.- AA50-T-2001-000745

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de abril de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por la Apoderada General de la ciudadana MARÍA AMPARO ANDION DE TROVISCO, contra decisión dictada por la Sala de Casación Social de éste Máximo Tribunal en fecha 9/11/00. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 510 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara NO HA LUGAR a la solicitud de revisión presentada por la apoderada judicial de la ciudadana María Amparo Andión de Trovisco. Exp. 01-0745.

 

6.- AA50-T-2001-000797

 

Oficio N° 0409 de fecha  9/4/01, mediante el cual la Sala Político de éste Máximo Tribunal remite expediente N° 2001-0121, contentivo de la  Acción de Amparo Constitucional interpuesto por las Sociedades Mercantiles ESTACIONAMIENTO LOS LEONES, S.R.L y AERO CARS SERVICE, C.A., contra el Instituto de Aeropuertos del Estado Lara (I.A.D.A.L). Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 518 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual declara: 1.- Que NO TIENE COMPETENCIA para el conocimiento de la demanda de amparo constitucional que ejerció el apoderado judicial de Los Leones S.R.L. y el representante de Aero Cars Service C.A. 2.- Que corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental el conocimiento de la demanda de amparo sub-examen. Exp. 01-0797.

 

7.- AA50-T-2001-000872

 

Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Apoderado Judicial de la ciudadana SULY LECHTIG LECHITG, contra la sentencia dictada por la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, con fecha 2/11/00. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 520 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual ADMITE la demanda de amparo que incoó la ciudadana Suly Lechtig Lechtig. ORDENA: 1.- Notificar de esta decisión al Juez Presidente de la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. 2.- Notificar al Ministerio público de la apertura del presente procedimiento. 3.- Que la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional notifique a la ciudadana Carol Bruce Rodríguez. 4.- fijar Audiencia Constitucional dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a la práctica de la última de las notificaciones. NIEGA la medida cautelar. Exp. 01-0872.

 

 

 

8.- AA50-T-2001-000914

 

Oficio Nº 0193 de fecha 30 de abril de 2001, mediante el cual la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, remite expediente Nº 1-As-329-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por los Defensores del ciudadano Gerardo Páez García contra Tribunal de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. ponente Magistrado Doctor JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 508 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se CONFIRMA la decisión dictada por la sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante la cual se declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano Gerardo Páez García. Exp. 01-0914.

 

9.- AA50-T-2001-000994

 

Oficio N° 11456 de fecha 9 de mayo de 2001, mediante el cual Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 8193 contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos ROSARIO FERNÁNDEZ DE PORRAS y LUIS GERARDO CAPRI ROSAS, contra el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 512 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual: 1.- REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos Rosario Fernández de porras y Luis Gerardo Capri Rosas. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo propuesta por los identificados accionantes. Exp. 01-0994.

 

10.- AA50-T-2001-001012

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 21 de mayo de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Apoderada Judicial del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA C.A. y de la ciudadana LIBIA MARÍA CONTRERAS, contra decisiones dictadas  en fechas 27/3/01 y 7/5/01 por el Juzgado Superior Primero, Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 511 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nro. 92 dictada por esta Sala el 29 de enero de 2002, efectuada por la apoderada judicial de los accionantes sociedad mercantil Banco Industrial de Venezuela y por la ciudadana Libia María Contreras. Exp. 01-1012.

 

11.- AA50-T-2001-001403

 

Oficio Nº 2001-147 de fecha 30 de mayo de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente Nº 9326, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el Apoderado Judicial del ciudadano Salvador Rodríguez Fernández contra el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 501 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara: 1.- SIN LUGAR la apelación ejercida por la representación del ciudadano Salvador Rodríguez Fernández. 2.- CONFIRMA la decisión del Juzgado Superior Sexto en lo civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Improcedente la acción de amparo constitucional. Exp. 01-1403.

 

12.- AA50-T-2001-001466

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 3 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Apoderado Judicial del Fondo Mercantil CARNES TORO NEGRO JOSÉ MAERTINHO AGRELA PESTANA, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 502 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara: 1.- TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la acción de amparo interpuesta por el apoderado judicial de la firma mercantil Carnes Toro Negro José Maertinho Pestaña. 2.- NO HA LUGAR al recurso de revisión ejercido. Exp. 01-1466.

 

13.- AA50-T-2001-001519

 

Escrito presentado ante la secretaría de la Sala el 10 de julio de 2001 contentivo del Recurso de Revisión intentado por las ciudadanas Rosa Eugenia Moreno de Martínez y Rosa Elena Martínez Moreno, asistidas de abogado, contra el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 505 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara INADMISIBLE la solicitud de aclaratoria formulada por la ciudadana Rosa Elena Martínez de Pernalete, respecto de la sentencia Nro. 2438 dictada por esta Sala Constitucional. Exp. 01-1519.

 

14.- AA50-T-2001-001560

 

Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala el 13 de Julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el defensor del ciudadano MARTÍNEZ GUDIÑO JARRY ALONSO, contra decisiones dictadas por la Corte Superior del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas de fechas 23/4/01 y 28/5/01. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 516 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual se ADMITE la demanda de amparo constitucional interpuesta por el abogado Yulman Antonio Zambrano, y Ordena: 1.- Notificar de esta decisión al Juez Presidente de la Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, acompañando al oficio correspondiente copia de la decisión y del escrito de amparo, y haciéndole saber que podrá hacerse presente en la audiencia constitucional. 2.- Fijar la audiencia constitucional dentro de las noventa y seis 896) horas siguientes a la práctica de la notificación ordenada. 3.- NIEGA la medida cautelar solicitada. Exp 01-1560.

 

15.- AA50-T-2001-001600

 

Oficio Nº 203-01 de fecha 12 de julio de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, remite expediente Nº 15-93, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Deldin Graffe Carvallo, asistido de abogados, contra Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 500 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes que declaró la Perención de la Instancia en la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Delfín Graffe Carvallo. Exp. 01-1600.

 

16.- AA50-T-2001-001716

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala de fecha 31 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Apoderado Judicial de la ciudadana ADELIA ÁLVAREZ DE MAESTRE, contra decisión dictada por la Sala Político-Administrativa de éste Máximo Tribunal de fecha 13/02/01. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 498 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara INADMISIBLE el recurso se hecho ejercido por el abogado de la ciudadana Adelia Álvarez de Maestre. Exp. 01-1716.

 

17.- AA50-T-2001-001762

 

Oficio Nº 340 de fecha 03 de agosto de 2001, mediante el cual la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia remite Expediente Nº 1599, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus intentada por el Defensor Público de la ciudadana LORINC KAROLY, contra el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 519 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual MODIFICA la sentencia que fue apelada y que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, y declara INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional que interpuso el ciudadano Lornic Karoly o Karolay. En consecuencia, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que incoó contra la precipitada sentencia. Exp. 01-1762.

 

18.- AA50-T-2001-002154

 

Oficio N° 501-01 de fecha 19 de septiembre de 2001, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas remite expediente N° 1477-01, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus interpuesto por la Defensora del ciudadano JUAN CARLOS CORREIA FERREIRA, contra decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 515 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual se CONFIRMA la sentencia dictada por la Sala Nro. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, y declara IMPROCEDENTE la demanda de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Juan Carlos Correia Ferreira. Exp. 01-2154.

 

19.- AA50-T-2001-002328

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 16 de octubre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la Apoderada Judicial de los ciudadanos TERESA MARÍA FERREIRA DE GOMES, FRANCISCO RUFINO GOMES FERREIRA, VÍCTOR JESÚS GOMES FERREIRA y DAVIDE CLEMENTE GOMES FERREIRA, contra decisión dictada por el antiguo Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en fecha 08 de marzo de 2001,  hoy Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques. Ponente: Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 507 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la acción de amparo constitucional interpuesta por la apoderada judicial de los ciudadanos Teresa María Ferreira de Gomes, Francisco Rufino Gomes Ferreira, víctor Jesús Gomes Ferreira y Davide Clemente Gomes Ferreira. Exp. 1-2328.

 

20.- AA50-T-2001-002340

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 17 de octubre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil AGUAS INDUSTRIALES DE JOSÉ, C.A., contra la conducta omisiva del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 503 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara: 1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los representantes judiciales de Aguas Industriales de José, C.A. 2.- ORDENA al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores del a Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui emitir el pronunciamiento correspondiente a la oposición que le fuere planteada dentro de un lapso no mayor de 10 días (10) continuos, para lo cual, si fuere pertinente deberá tomar en consideración la doctrina vinculante de esta Sala, originada en su sentencia del 06 de junio de 2001 y lo dispuesto en el artículo 701 del Código de Procedimiento Civil. 3.- Se mantiene la medida cautelar dictada por esta Sala el 18 de diciembre de 2001. Exp. 01-2340.

 

21.- AA50-T-2001-002765

 

Oficio Nº 613 de fecha 28 de noviembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, remite Expediente Nº 8875, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos ALÍ ALBERTO GAMBOA GARCÍA y FRANKLIN EDUARDO CORDERO GONZÁLEZ, contra la decisión del 05 de agosto de 2001, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 499 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara: 1.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por los sucesores del ciudadano Francesco Musso Cemonaro. CONFIRMA la decisión objeto de la presente apelación, la cual declaró Con lugar la acción de amparo interpuesta por los representantes de la Procuraduría General de la República contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la circunscripción judicial del Estado Carabobo. Exp. 01-2765.

 

22.- AA50-T-2001-002905

 

Oficio Nº 1138 de fecha 28 de noviembre de 2001, mediante el cual la Sala Especial Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, remite Expediente Nº 2469-2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano ÁNGEL ALBERTO LANDAETA GARCÍA, actuando en nombre propio, contra decisión del Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 497 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se ORDENA al Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del a Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, que remita a esta Sala Constitucional, en las cuarenta y ocho (489 horas siguientes a su notificación, copia certificada de las actuaciones contenidas en el expediente asignado con el 2C-9737/01, y en cualquiera otro que verse sobre causa o causas que se le sigan al ciudadano Ángel Alberto Landaeta. Exp. 01-2905.

 

23.- AA50-T-2002-000068

 

Oficio Nº 338-01 de fecha 26 de diciembre de 2001, mediante el cual la Corte Marcial remite expediente Nº 152-01, contentivo de la Solicitud de Mandamiento de Habeas Corpus interpuesto por los ciudadanos ISIDRO ANTONIO NATERA y DIMARY MARTÍNEZ, Defensores del ciudadano Capitán (GN) HUMBERTO ROJAS MARÍN, contra decisión dictada por el Juez Militar de Primera Instancia Permanente de Barcelona, Estado Anzoátegui. Ponente: Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Sentencia Nro. 514 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ, mediante la cual se CONFIRMA la sentencia que dictó la Corte Marcial, por la que declaró Inadmisible la acción de amparo constitucional ejercido por el ciudadano Humberto Rojas Marín. Exp. 02-0068.

 

24.- AA50-T-2002-000093

 

Oficio Nº 02-04 de fecha 15 de enero de 2002, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite Expediente Nº 0-26426, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada ROXANA ORIHUELA GONZATTI, en representación del Ministerio Público, contra actuación del COLEGIO DE MÉDICOS DEL DISTRITO FEDERAL. Ponente: Magistrado DR. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO.

 

Sentencia Nro. 504 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el magistrado Dr. JOSÉ MANUEL DELGADO OCANDO, mediante la cual se declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria efectuada por los ciudadanos Juan Carlos Velásquez Abreu, Oscar Guilarte Hernández y Carlos Adolfo Prada Gómez. Exp. 02-0093.

 

25.- AA50-T-2002-000268

 

Oficio N° 02-181, de fecha 18 de enero de 2002, mediante el cual la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, remite expediente N° 01/25920, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana MARIANNA HARI ALMEIDA, Apoderada Judicial de la sociedad Mercantil MINERAS LAS CRISTINAS C.A., contra decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de fecha 8/11/01. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 495 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la apoderada judicial de Minera Las Cristinas, C.A., dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional intentada por la referida empresa, y en consecuencia se CONFIRMA la decisión apelada. Exp. 02-0268.

 

26.- AA50-T-2002-000449

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala en fecha 22 de enero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano AMADO NELL ESPINA PORTILLO, Asistido por el Abogado DUNCAN ESPINA PARRA, contra el ciudadano PEDRO GUEVARAEN su carácter de Decano de la Facultada de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Sentencia Nro. 496 de fecha 19 de marzo de 2002, presentada por el Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA, mediante la cual se declara: 1.- que NO TIENE COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional ejercida, por el ciudadano Amado Nell Espina Portillo. 2.- Que corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo conocer de la presente acción de amparo. Exp. 02-0449.

 

Se celebraron las siguientes Audiencias Constitucionales

 

1.- AA50-T-2001-001508

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 9 de julio de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional y subsidiariamente, Recurso de Revisión Constitucional Extraordinario interpuesto por los ciudadanos José Mélich Orsini y Juan Correa de León, en su carácter de Apoderados de la Sociedad Mercantil, CONSORCIO C.V.A. C.A, contra sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de fecha 20/7/01. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Acta de audiencia constitucional

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores José Manuel Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz.

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional con motivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados José Melich Orsini y Juan Correa De León, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Consorcio C.V.A, C.A., contra la sentencia dictada el 20 de junio de 2001, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la presencia los abogados Alexandre Ferrao Rodríguez, José Melich Orsini y Juan Correa De León, en su carácter de representantes legales de la parte demandante; de la no presencia del ciudadano Presidente de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, demandado; de la presencia de los abogados Armando Rodríguez García y Jorge Pabón, representantes legales de la Gobernación del Estado Nueva Esparta; tercero coadyuvante y por último, se dejó constancia de la presencia de la abogada Alicia Monagas, representante del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra al abogado José Melich Orsini, en representación de la parte demandante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta, al abogado Armando Rodríguez García, representante legal de la Gobernación del Estado Nueva Esparta, tercero coadyuvante. Finalmente, se le concedió el derecho de palabra a la abogada Alicia Monagas, representante del Ministerio Público. Las partes asistentes consignaron escritos contentivo de sus alegatos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. Las partes ejercieron el derecho de réplica y contra réplica. Los Magistrados no formularon preguntas a las partes asistentes. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el ciudadano Magistrado que presidió la sesión, leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente, de las exposiciones del demandante, tercero coadyuvante y del Ministerio Público, la Sala observa que: La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en sentencia de 20 de junio de 2001 declaró con lugar la apelación interpuesta por la Gobernación del Estado Nueva Esparta contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor- Oriental de fecha 4 de mayo de 2000.

 

El motivo de tal declaratoria con lugar fue que las cláusulas contractuales relativas al arbitraje en el contrato de concesión suscrito entre las partes, no obstaba para que la administración de dicho Estado realizará las investigaciones pertinentes para verificar el cumplimiento de lo acordado en el contrato de concesión, el cual se llevaría adelante mediante un procedimiento administrativo, lo que no implica que las posibles discrepancias no vayan a ser resueltas por la vía alternativa del arbitramiento.

 

Al dictar dicho fallo, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, no consideró que existía violación constitucional alguna, lo que era parte de su competencia, y en consecuencia al obrar dentro de su competencia y además haber juzgado una denuncia sobre infracciones constitucionales, por medio de la apelación y haberla resuelto, dicha Corte emitió una sentencia totalmente ajustada a derecho y que no contiene violaciones constitucionales. Así se declara.

 

Contra dicho fallo ha incoado el accionante la presente acción de amparo aduciendo como nuevo agravio constitucional, que se le negaba el derecho a ser juzgado por sus jueces naturales, los cuales en este caso eran lo tribunales arbitrales.

 

Considera esta Sala que la sentencia impugnada en absoluto viola el numeral 4° del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 257 y 258 de la misma, ya que dicha sentencia no niega en ningún momento que sean unos árbitros quienes resuelvan, conforme al contrato de concesión, las controversias entre las partes, y se limita a señalar que la administración podía realizar investigaciones mediante un proceso a ese efecto, lo que ni siquiera puede considerarse como una controversia entre las partes, máxime si la concesionaria se cita en dicho proceso.

 

El que posteriormente surja una rescisión del contrato, bien en base a incumplimientos o al poder de rescisión unilateral que le otorga la concesión a la administración, es algo ajeno al fallo impugnado, vendría a ser una actitud imputable al Estado Nueva esparta, lo cual no se juzga en este amparo y que en consecuencia nada tiene que ver con el tema a decidirse en el mismo. Ello podría ser motivo de otros juicios a ventilarse por un procedimiento ordinario contencioso o de justicia alternativa, el cual dentro del contencioso administrativo y a decir del tercero coadyuvante -lo que no fue discutido- se está llevando a cabo.

 

Por todo lo expuesto, no encuentra esta Sala violación constitucional alguna que constituya un nuevo agravio no juzgado, en el fallo de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de fecha 20 de junio de 2001 y por lo tanto declara improcedente la presente acción.

Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional intentada por los abogados José Melich Orsini y Juan Correa De León, en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Consorcio C.V.A, C.A., contra la sentencia dictada el 20 de junio de 2001, por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Conforme al artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, no procede la condenatoria en costas al accionante.

 

2.- AA50-T-2002-000313

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JUDITH VALENTINA NÚÑEZ MERCHÁN, LUZ PATRICIA MEJÍA GUERRERO, SACHA FERNÁNDEZ CABRERA, ALBERTO ROSSI PALENCIA, REINALDO CABRERA y RODRIGO SILVA MEDINA, en representación del ciudadano GERMÁN JOSÉ MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su condición de Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), la Alcaldía Metropolitana de Caracas, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Acta de audiencia constitucional

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado Doctor Iván Rincón Urdaneta, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrera Romero y los Magistrados Doctores José M. Delgado Ocando, Antonio José García García y Pedro Rafael Rondón Haaz.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias, a las once y treinta de la mañana (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia constitucional en la acción de amparo intentada por los abogados Judith Valentina Núñez Merchán, Luz Patricia Mejía Guerrero, Sacha Fernández Cabrera, Alberto Rossi Palencia, Reinaldo Cabrera y Rodrígo Silva Medina, actuando por delegación del ciudadano Germán José Mundaraín Hernández, Defensor del Pueblo, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano de Caracas) y la Alcaldía Metropolitana de Caracas. Se dio apertura al acto y se dejó constancia de la comparecencia de los doctores Luz Patricia Mejía Guerrero y Sacha Fernández Cabrera, en representación del accionante en amparo; de la comparecencia del doctor Fernando Bianco, Presidente del Colegio Médico del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano de Caracas), asistido por el abogado Luis Escobar y de la comparecencia de los doctores Andrés Linares y Albert Brewers, en su carácter de apoderados judiciales de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, accionados; de la comparecencia de los abogados Ingrid Castro, Roger Natera y Arsenio Sequera, apoderados judiciales del Ministerio de Finanzas; de la comparecencia de los ciudadanos Katty Chesneau, Luisa González, Trino Guilarte y Jacobo Mora en representación del Ministerio de Salud y Desarrollo Social; de la comparecencia del abogado José Luis Urbáez Navarro, consultor jurídico del Ministerio del Trabajo, tercero interviniente. Finalmente se dejó constancia de la presencia de la doctora Alicia Monagas Borges en representación del Ministerio Público. Se le concedió el derecho de palabra a la doctora Luz Patricia Mejía Guerrero, en representación del accionante, quien expuso sus alegatos con relación a la acción de amparo interpuesta. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra al ciudadano Luis Escobar, abogado asistente del Presidente del Colegio Médico del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano de Caracas) y al abogado Andrés Linares, apoderado judicial de la Alcaldía Metropolitana de Caracas, accionados. Asimismo, se le concedió el derecho de palabra a los respectivos representantes legales del Ministerio de Finanzas, Ministerio de Salud y Desarrollo Social y Ministerio del Trabajo, ciudadanos Ingrid Castro, Katy Chesneau D´ Anato, Jacobo Mora y José Luis Urbáez Navarro, terceros intervinientes. Finalmente, se le concedió el derecho de palabra a la doctora Alicia Monagas Borges, representante del Ministerio Público. Las representaciones del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, Alcaldía Metropolitana de Caracas, Ministerio de Finanzas y Ministerio Público, consignaron escritos, los cuales fueron ordenados agregar al expediente. Las respectivas representaciones de la Defensoría del Pueblo, Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, Alcaldía Metropolitana de Caracas, Ministerio de Finanzas, Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Procuraduría Metropolitana y del Ministerio Público ejercieron el derecho de réplica y contra réplica. El Magistrado Doctor Jesús Eduardo Cabrero Romero realizó pregunta a la representación del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, interviniendo también la Defensoría del Pueblo y el Dr. Fernando Bianco por el Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, las cuales fueron debidamente respondidas. En este estado la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: de las actas del expediente; de las exposiciones de la representación judicial del accionante, accionados, terceros intervinientes y del Ministerio Público, la Sala observa: con relación a los alegatos del Cabildo Metropolitano que de hecho constituyen una cuestión previa de carácter procedimental, opuesta en este proceso, la Sala señala que no existe la aducida falta de jurisdicción ante la Administración Pública Nacional en la solución de la presente causa, ya que la Sala no va a señalar condiciones mínimas de prestación de servicios en los hospitales.

 

Con relación a otros alegatos esgrimidos por el Procurador Metropolitano ligados al amparo constitucional y a la falta de cualidad que tanto la Alcaldía como el Distrito Metropolitano, la Sala señala que se está en presencia de una acción de derechos o intereses difusos, donde se denuncia la violación de normas tanto constitucionales como legales, y que conforme jurisprudencia de esta Sala ella es competente para conocer las acciones por intereses difusos y colectivos cuando no estén atribuidos por la ley a un determinado tribunal. En el presente caso el objeto de la pretensión no esta atribuido por la ley a ningún otro tribunal, y está dirigida contra la Alcaldía Metropolitana, por lo que la Sala reitera su competencia y así se declara.

 

En el transcurso de la Audiencia, los representantes del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, imputaron a la Alcaldía Metropolitana una serie de hechos, los cuales tildaron de violación constitucional por parte del ente metropolitano y de la Alcaldía. Dichos hechos constituyen la pretensión de un Amparo Constitucional incoado durante la Audiencia.

A tal amparo no se le da curso en este acto, ya que como lo ha establecido la Sala en anteriores oportunidades, en los procesos de amparo no procede la reconvención, ya que ello atentaría, no sólo contra el ordenamiento del acto, sino contra el derecho de defensa del reconvenido, de los terceros con interés en la causa que pudieron ser llamados, y con las funciones del Ministerio Público quien se vería sorprendido al tener que enfrentarse a un nuevo amparo.

 

Por lo tanto la Sala rechaza la pretensión de amparo interpuesta en la Audiencia por el Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, sin perjuicio de que la acción de amparo pueda ser incoada independientemente. Así se declara.

 

Resueltas las cuestiones anteriores pasa la Sala a resolver el fondo.

 

1.      En virtud de que en el petitum formulado en este amparo, figura la solicitud de que se aclare lo relativo a las respectivas obligaciones de la Alcaldía Metropolitana de Caracas y el Ministerio de Finanzas, surgidas a raíz de la desaparición de la Gobernación del Distrito Federal, la Sala trae a colación lo decidido por ella el 05.02.02 (sent. N° 164) a propósito de la acción de amparo constitucional propuesta por un grupo de jubilados de la Gobernación del Distrito Federal contra la aplicación, por el Ministerio de Finanzas y la Alcaldía Metropolitana de Caracas, del artículo 9.2 de la Ley de Transición del Distrito Federal al Distrito Metropolitano de Caracas.

         En esa ocasión, y con el fin de conjurar la alegada amenaza, la Sala determinó lo siguiente:

a)      Que los pasivos laborales causados con anterioridad al 31 de diciembre de 2000 (oportunidad en la cual, de acuerdo con la mencionada Ley de Transición del Distrito Federal al Distrito Metropolitano de Caracas, culminaba la referida transición) y los que se hubiesen generado por efecto de dicho proceso, corresponde honrarlos al Ministerio de Finanzas (arts. 2 y 8.4);

b)      Que los pasivos generados con posterioridad al 31 de diciembre de 2000 deben ser asumidos por el Distrito Metropolitano de Caracas;

c)      Que los funcionarios jubilados o incapacitados de la Gobernación del Distrito Federal debían considerarse adscritos al Distrito Metropolitano de Caracas, y, en tal virtud, presentar ante este órgano sus reivindicaciones y reclamaciones. En consecuencia, es de dicho ente del cual dependerán sus reivindicaciones, su seguridad social, así como cualquier otra cuestión derivada de tal condición, de acuerdo con la política que en tal materia despliegue dicho órgano en relación con su personal, a cuyo cargo correrán los incrementos que ésos generen.

Lo decidido en esa ocasión, debe ratificarse en este caso, con las debidas adaptaciones a la situación de personal activo que ostentan los funcionarios presuntamente involucrados en el conflicto denunciado por la Defensoría del Pueblo.

d)      Respecto de la obligación del pago del bono previsto en la cláusula 2ª de la contratación colectiva del 22 de junio de 2001, la Sala considera, 1°. Que tal obligación fue contraída después del 31 de diciembre de 2000; 2°. Que la Alcaldía no estaba obligada a tal concesión, pues según el artículo 524 de la Ley Orgánica del Trabajo, vencido el período de la convención colectiva, las estipulaciones económicas, sociales y sindicales que beneficien a los trabajadores continuaran vigentes hasta tanto se celebre otra que la sustituya, por lo que el bono acordado no puede atribuirse a obligaciones vinculadas con la contratación anterior. En consecuencia, es a la Alcaldía Metropolitana a quien corresponde el pago de dicho bono, y así se declara.

 

En cuanto a los señalamientos hechos en la audiencia sobre el posible conflicto del derecho a huelga con el derecho a la salud y a la vida la Sala observa que tal materia escapa a la competencia objeto del presente amparo. No obstante en cumplimiento de la facultad conferida por el artículo 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela debe la Sala señalar lo siguiente:

 

La huelga es un derecho establecido en nuestra constitución como un derecho relativo, cuyo ejercicio se supedita al cumplimiento de requisitos legales y en el caso de que tal ejercicio se verifique en servicios públicos, los trabajadores, en este caso los funcionarios públicos, están obligados personalmente a garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos, estableciendo las condiciones el Ministerio del Trabajo, organismo este encargado de instar acuerdo entre las partes en tal sentido.

 

En ausencia de este acuerdo debe hacerlo el órgano administrativo del trabajo en tiempo oportuno, es decir, agotado el lapso conciliatorio, a mayor abundamiento, vencidas las 120 horas establecidas por la ley para la conciliación.

 

Si ésta previsión legal se cumple no existirá conflicto alguno entre los mencionados derechos.

 

En tal sentido estima la Sala, que la determinación hecha en este acto sobre el cumplimiento de las obligaciones alegadas por parte del Colegio de Médicos del Distrito Metropolitano de Caracas, zanja las diferencias existentes, pero en cualquier caso de reanudarse el conflicto por circunstancias diferentes a lo planteado en el presente caso, el Ministerio del Trabajo deberá establecer, en un lapso perentorio, las condiciones mínimas que se han de garantizar, y las partes involucradas dar cumplimiento estricto a las condiciones establecidas en la ley.

Esta determinación se hace en razón de la especial naturaleza de la tutela constitucional invocada referida a los derechos o intereses difusos o colectivos.

 

Por los razonamientos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Judith Valentina Núñez Merchán, Luz Patricia Mejía Guerrero, Sacha Fernández Cabrera, Alberto Rossi Palencia, Reinaldo Cabrera y Rodrígo Silva Medina, actuando por delegación del ciudadano Germán José Mundaraín Hernández, Defensor del Pueblo, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano de Caracas) y la Alcaldía Metropolitana de Caracas.

 

Nuevos asuntos ingresados por la Secretaría de la Sala

 

1.- AA50-T-2002-000646

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Amparo ejercido por el abogado JOSÉ RAMÓN RODRÍGUEZ GARCÍA, actuando en nombre propio, contra la decisión del 17 de octubre de 2001, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques. Ponente Magistrado DR. ANTONIO GARCIA GARCIA.

 

Recepción de escrito de Amparo

 

2.- AA50-T-2002-000647

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Nulidad ejercido conjuntamente con Acción de Amparo Constitucional por los abogados JOSÉ MUCI-ABRAHAM, JOSÉ ANTONIO MUCI BORJAS, VERÓNICA PACHECO SANFUENTES y ALFREDO PARÉS SALAS, contra la Ley que establece el IMPUESTO AL DÉBITO BANCARIO, publicada en la Gaceta Oficial de la República Nº 37.401, de fecha 11 de marzo de 2002. Se acordó pasar las actuaciones al Juzgado de Sustanciación.

 

Recepción de escrito de nulidad conjuntamente con amparo cautelar

 

3.- AA50-T-2002-000648

 

Oficio Nº 258-02 de fecha 15 de marzo de 2002, mediante el cual la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, remite Expediente Nº 1-1584-01, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la abogada DORIS C. GONZÁLEZ ARAUJO, en su carácter de Defensora del ciudadano CLEYBER ALBERTO OLIVARES ARRÁIZ, contra decisión del 31 de enero de 2002, dictada por la  Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Recepción del expediente relativo al amparo en consulta

 

4.- AA50-T-2002-000649

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala 19 de marzo de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por el abogado BERNARDO DÍAZ GRAU, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos VICENZO MARTINO y ENNIO MONTECALVO, contra la sentencia del 08 de febrero de 2002, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Recepción del escrito de Revisión

 

Escritos presentados

 

 

1.- AA50-T-2001-002106

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 18 de septiembre de 2001, contentivo del Recurso de Nulidad interpuesta por el ciudadano Jesús Armando Colmenares Jiménez, En su carácter de Co-apoderado Judicial de la sociedad mercantil GARZÓN HIPERMERCADO, contra la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado JAVIER ALEXIS MARTÍNEZ SOTO, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 01-2106

 

2.- AA50-T-2001-002218

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 02 de octubre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por la ciudadana IBETH CECILIA CHÁVEZ, contra decisión dictada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual la ciudadana IBETH CECILIA CHÁVEZ, solicita aclaratoria. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-2218

 

3.- AA50-T-2001-002422

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 25 de octubre de 2001, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por los Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil TECNOCONSULT SERVICIOS PROFESIONALES, S.A. (anteriormente TECNOFLUOR, C.A.), contra sentencia dictada por la Sala Político-Administrativa de esta Alto Tribunal, en fecha 02 de agosto de 2001. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual la abogada LIZBETH SUBERO RUIZ, apoderada judicial de TECNOCONSULT SERVICIOS PROFESIONALES C.A, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2422

 

4.- AA50-T-2001-002686

 

Oficio Nº 375 de fecha 20 de noviembre de 2001, mediante el cual el Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con sede en Carúpano, remite Expediente Nº 5117, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MATHEUS ORLANDO DE CASTRO REIS, en su condición de Presidente de la Empresa HOTEL, FUENTE DE SODA Y RESTAURANT EL YUNQUE, S.R.L., asistido de abogado, contra decisiones dictadas por el Juez del Municipio Bermúdez y la Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado BERNARDO DÍAZ GRAU, apoderado judicial de INVERSIONES INDRIAGO C.A, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.  EXP 01-2686

 

5.- AA50-T-2001-002864

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de diciembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por Abogado GUILLERMO R. MAURERA, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos JOSÉ MODESTO ÁVILA SALAZAR, JOSÉ MERCEDES ÁVILA SALAZAR, MARISELA DEL VALLE ÁVILA SALAZAR, CARLOTA MERCEDES ÁVILA SALAZAR, ROLDÁN JOSÉ ÁVILA SALAZAR, HÉCTOR LUIS ÁVILA SALAZAR y otros, contra el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Ponente: Magistrado DR. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 9 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado GUILLERMO MAURERA, apoderado judicial de los ciudadanos JOSÉ MODESTO ÁVILA, JOSÉ MERCEDES ÁVILA y OTROS, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-2864

 

6.- AA50-T-2002-000176

 

Oficio Nº 215200300-47 de fecha 22 de enero de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y  Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remite Expediente Nº 02-4570, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado JOSÉ ALEXIS ROJAS MÁRQUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos DOMINGO DA SILVA GOMES ROSALEIRO y HENRIQUE GÓMEZ DA SILVA, contra la decisión del 14 de enero de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado JOSÉ ALEXIS ROJAS MÁRQUEZ, apoderado judicial de los ciudadanos DOMINGO DA SILVA GOMES y HENRIQUE GOMES DA SILVA, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 02-0176

 

7.- AA50-T-2002-000197

 

Oficio N° 7821 de fecha 22 de enero de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remite expediente N° 4542, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano VÍCTOR DURÁN NEGRETE y JUDITH OCHOA SEGUIAS, Apoderados Judiciales de la sociedad mercantil, RENA WARE DISTRIBUTORS, C.A., contra decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ apoderado judicial del ELÍAS ANTONIO MORA, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y su anexo al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-197

 

 

 

 

8.- AA50-T-2002-000278

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 31 de enero de 2002, contentivo del Recurso de Revisión interpuesto por los ciudadanos BRAULIO JATAR y MIGUEL TORO, Apoderados Judiciales del ciudadano RAFAEL SALAZAR SERRANO, en su carácter del Alcalde Electo del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, contra decisión dictada por la Sala Político Administrativo de éste Máximo Tribunal, de fecha 22/01/02. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado HÉCTOR FLORES HENSEN apoderado judicial del ciudadano RAFAEL SALAZAR, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0278

 

9.- AA50-T-2002-000313

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JUDITH VALENTINA NÚÑEZ MERCHÁN, LUZ PATRICIA MEJÍA GUERRERO, SACHA FERNÁNDEZ CABRERA, ALBERTO ROSSI PALENCIA, REINALDO CABRERA y RODRIGO SILVA MEDINA, en representación del ciudadano GERMÁN JOSÉ MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su condición de Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), la Alcaldía Metropolitana de Caracas, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado JOSÉ LUIS URBAEZ, consultor jurídico del Ministerio del Trabajo, consigna informe. Se acordó agregar el presente escrito  al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0313

 

10.- AA50-T-2002-000313

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JUDITH VALENTINA NÚÑEZ MERCHÁN, LUZ PATRICIA MEJÍA GUERRERO, SACHA FERNÁNDEZ CABRERA, ALBERTO ROSSI PALENCIA, REINALDO CABRERA y RODRIGO SILVA MEDINA, en representación del ciudadano GERMÁN JOSÉ MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su condición de Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), la Alcaldía Metropolitana de Caracas, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual el abogado JUAN CARLOS VELÁSQUEZ, Procurador del Distrito Metropolitano de Caracas, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito y sus anexos  al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0313

 

Diligencias presentadas

 

1.- AA50-T-2000-002621-20001789

 

Carlos Brender, interpone Recurso de Nulidad, contra disposiciones contenidas en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado CARLOS BRENDER, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 00-1789

 

2.- AA50-T-2000-002779-20001235

 

Carlos Brender interpone Recurso de Colisión de Leyes entre diversos artículos de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario y Artículos del Código de procedimiento Civil y de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado CARLOS BRENDER, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 00-1235

 

3.- AA50-T-2001-000288

 

Recurso de Colisión de Leyes, mediante el cual los Apoderados Judiciales del Sur, Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A., respecto de las normas contenidas en los artículos 516 y 521 del Código de Comercio y los artículos 1877, 1879 7,  1896 del Código Civil.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado ALFREDO DE JESÚS apoderado judicial de DEL SUR ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO, consigna copias simples de la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 01-0288

 

4.- AA50-T-2001-000550

 

Pedro Grau Méndez en su carácter de Representante del ciudadano MIGUEL ÁNGEL RANGEL SIRA, interpone Acción de Amparo Constitucional contra las sentencias dictadas por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 17/11/00, y por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 12/01/01. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado PEDRO GRAU MÉNDEZ, consigna pago de multa ordenada por esta Sala. Magistrado Ponente DR. ANTONI GARCÍA GARCÍA. EXP 01-0550

 

5.- AA50-T-2001-001535

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 11 de julio de 2001, contentivo del Recurso de Colisión de Leyes intentado por el ciudadano BERNARDO VELUTINI OCTAVIO, en su carácter de Presidente de "Bolívar Banco Universal , C.A.", asistido de Abogado, en relación al Decreto 363 de fecha 5/10/99 Publicado en Gaceta Oficial N° 5416 extraordinario de fecha 22/12/99, Ordenanza de Timbre Fiscal del Distrito Metropolitano de Caracas Publicada en Gaceta Oficial N° 5493 Extraordinario de fecha 19/10/00 y Ley de Timbre Fiscal del Estado Miranda Publicada en Gaceta Oficial del Estado en fecha 26/10/00.. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado ALFREDO PARÉS SALAS, mandatario judicial de bolívar BANCO UNIVERSAL, C.A, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 01-1535

 

6.- AA50-T-2001-002306

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 10 de octubre de 2001, contentivo del Recurso de Interpretación interpuesto por el ciudadano FRANKLIN DUNO PETIT, en su carácter de Alcalde del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistido de Abogada  en relación a los Artículos N° 16, 164, N° 2 Disposición Transitoria Cuarta, N° 7, 304 y 180 primer párrafo de la Constitución vigente, con base a lo establecido en el Artículo 335 de la Constitución de la República. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual la abogado ADRIANA VIGILANZA GARCÍA, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 01-2306

 

7.- AA50-T-2001-002443

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 29 de octubre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos BRIGITTE ESTHER BERNARD DEL PICCHIA DE THOMAS y CARLOS LUIS PORTILLO PIRELA, asistidos de abogados, contra actuación de la Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Ponente: Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual la abogada MARIELBA BARBOZA, efectúa pedimentos. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2443

 

8.- AA50-T-2001-002600

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 15 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesto por el Apoderado Judicial del ciudadano GUSTAVO ADOLFO MOGOLLÓN GONZÁLEZ, contra el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito Trabajo, Estabilidad Laboral y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado JAVIER MARTÍNEZ, solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 01-2600

 

9.- AA50-T-2001-002603

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 15 de noviembre de 2001, contentivo de la Recurso de Revisión interpuesto por el Apoderado Judicial de los ciudadanos JORGE ENRIQUE MONTIEL BOSCÁN, JOSÉ GERARDO PÉREZ CONTRERAS, KELVIN JESÚS ZAMBRANO y PARMENIDES JOSÉ SANABRIA GARCÍA, contra decisión dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Estabilidad Laboral y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 25/9/01. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado JESÚS COLMENARES solicita pronunciamiento. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 01-2603

 

10.- AA50-T-2002-000176

 

Oficio Nº 215200300-47 de fecha 22 de enero de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y  Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, remite Expediente Nº 02-4570, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado JOSÉ ALEXIS ROJAS MÁRQUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos DOMINGO DA SILVA GOMES ROSALEIRO y HENRIQUE GÓMEZ DA SILVA, contra la decisión del 14 de enero de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado ALEXIS ROJAS apoderado judicial de la parte accionante, consigna anexos. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 02-0176

 

11.- AA50-T-2002-000462

 

Escrito presentado por ante la Secretaría de la Sala el 25 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitución interpuesta por los ciudadanos FREDDY AVILEZ DÍAZ, IVÁN JOSÉ MORALES GÓMEZ, MOISÉS RIVERO PÉREZ, NORMAN EDWIN TAPIA IRIARTE y otros, respectivamente, Secretario General; Secretario de Organización; Secretario de reclamos, Contratación y Conflictos, respectivamente, del SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS DEL INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (SUNEP-AEROPUERTO), asistidos por los Abogados María Mercedes (Mayra) Vernet Antonetti, Freddy Fuentes Torrealba y Sulima Aranguren, contra el Consejo Nacional Electoral. Ponente Magistrado Dr. ANTONIO GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el ciudadano TOMAS ANTONIO SOTO, solicita sea declarado con lugar la presente acción de amparo. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 02-462

 

12.- AA50-T-2002-000473

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 26 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano MARIO VÍVOLO NICASTRO, en su carácter de Director Gerente de la Firma Mercantil EL ARTE FRANCÉS, asistido por el abogado CARLOS GONZALO SÁNCHEZ, contra decisión del Juzgado Superior del Tránsito, Trabajo y Estabilidad Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 31 de julio de 2001. Ponente: Magistrado DR. PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala 19 de marzo de 2002, mediante la cual la abogada XIOMARA DE MARTÍNEZ, consigna escrito. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDÓN HAAZ. EXP 02-0473

 

13.- AA50-T-2002-000615

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 14 de marzo de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano TANNOUS FOUAD GERGES, en su carácter de Presidente del Diario de Circulación Nacional "REPORTE DIARIO DE LA ECONOMÍA REDEN, S.A.", asistido por el abogado NEIL FLORES MATOS, contra actuación del FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE). Ponente: Magistrado D. ANTONIO JOSÉ GARCÍA GARCÍA.

 

Diligencia presentada por ante la Secretaría de la sala en fecha 19 de Marzo de 202, mediante la cual el abogado NEIL E. FLORES  consigna poder y anexos. Magistrado Ponente DR. ANTONIO GARCÍA GARCÍA. EXP 02-615.

 

14.- AA50-T-2002-000619

 

Oficio Nº 0410-009 de fecha 12 de marzo de 2002, mediante el cual el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, remite Expediente Nº 105770-22, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano WILLIAM JOSÉ SALAZAR VÁSQUEZ, asistido por los abogados GUSTAVO RÍOS GONZÁLEZ y MARIANA FLORES CORADO, contra la decisión del 04 de marzo de 2002, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Ponente: Magistrado DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada por ante la Secretaría de la Sala en fecha 19 de Marzo de 2002, mediante el cual el abogado NELSON MOGNA solicita la acumulación de la causa con el expediente 02-542. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA. EXP. 02-619.

 

Oficios presentados

 

1.- AA50-T-2001-002481

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 1 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Defensor del ciudadano JOSÉ JAVIER REVEROL, contra decisión dictada por la Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 6/07/01. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Oficio N° 171-02 de fecha 07 de marzo de 2002, mediante el cual el Juzgado de primera Instancia en funciones de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, solicita información. se acordó agregar el presente oficio al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-2481

 

2.- AA50-T-2001-002633

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de noviembre de 2001, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el defensor del ciudadano RAFAEL ALBERTO GONCALVEZ COLINA, contra Omisión de los Jueces del Tribunal Accidental de Primera Instancia en Funciones de Reenvío para el Régimen Procesal Transitorio de la Corte de Apelaciones del Área Metropolitana de Caracas. Ponente Magistrado Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA.

 

Oficio N° 0165-02 de fecha 18 de marzo de 2002, mediante la cual la Sala Accidental Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remite información. Se acordó agregar el presente oficio al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. Exp 01-2633

 

3.- AA50-T-2002-000313

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 06 de febrero de 2002, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos JUDITH VALENTINA NÚÑEZ MERCHÁN, LUZ PATRICIA MEJÍA GUERRERO, SACHA FERNÁNDEZ CABRERA, ALBERTO ROSSI PALENCIA, REINALDO CABRERA y RODRIGO SILVA MEDINA, en representación del ciudadano GERMÁN JOSÉ MUNDARAÍN HERNÁNDEZ, en su condición de Defensor del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el Colegio de Médicos del Distrito Federal (hoy Distrito Metropolitano), la Alcaldía Metropolitana de Caracas, el Ministerio de Finanzas y el Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Ponente Magistrado Dr. JOSÉ DELGADO OCANDO.

 

Oficio N° 1096 de fecha 19 de marzo de 2002, mediante el cual el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, remite información. Se acordó agregar el presente oficio al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. JOSÉ DELGADO OCANDO. EXP 02-0313

 

Expediente remitido del Juzgado de Sustanciación

 

1.- AA50-T-2001-000074

 

Miguel Soto Montiel y Berta Soto de Soto, en representación de los Municipios San Cristóbal y Cárdenas del Estado Táchira, interponen Recurso de Nulidad por Inconstitucionalidad contra el Artículo 156 de la Ley de Telecomunicaciones. Ponente Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA

 

Expediente N° 01-0074 remitido a la Sala el 19 de marzo de 2002, a los fines de la decisión que corresponda. Se designó Ponente al Magistrado DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-0074

 

 

 

 

 

 

Solicitud de Copias Certificadas

 

1.- AA50-T-2000-002064-20003208

 

Acción de Amparo constitucional ejercida por el apoderado judicial de la ciudadana Nora Eduvigis Graterol de Payares y de la sociedad mercantil Técnica Domigra, C.A., contra decisión de fecha 5 de mayo de 2000 dictada por el Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Magistrado Ponente Dr. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el abogado HOMER ALEXANDER RODRÍGUEZ, solicita copias certificadas. Magistrado Ponente DR. JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO. EXP 00-208

 

Inhibición

 

1-AA50-T-2000-002152

 

Magaly Cannizzaro de Capriles y Miguel Ángel Capriles Cannizzaro interpone acción de amparo contra la comisión Nacional de valores. Ponente Magistrado DR. PEDRO RONDON HAAZ.

 

Diligencia presentada ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante la cual el Magistrado DR. JESUS EDUARDO CABRERA ROMERO, se inhibe en el presente caso por estar incurso en el ordinal 9° del articulo 82 del Código de procedimiento Civil. Magistrado Ponente DR. PEDRO RONDON HAAZ. EXP 00-2152

 

Escrito Presentado ante la Secretaría de la Sala

 

1.- AA50-T-2001-001532

 

SALA ACCIDENTAL

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 11 de julio de 2001, contentivo del  Recurso de Revisión intentado por los ciudadanos GLADYS JOSEFINA JORGE SAAD (vda.) DE CARMONA y RAMÓN OSCAR CARMONA JORGE, asistidos de Abogados contra sentencia dictada por la Sala Político Administrativa de éste Máximo Tribunal. Ponente Magistrado Dr. IVÁN RINCÓN URDANETA.

 

Escrito presentado ante la Secretaría de la Sala el 19 de marzo de 2002, mediante el cual los abogados GLADYS JORGE SAAD viuda DE CARMONA y RAMÓN CARMONA JORGE, formula alegatos y efectúa pedimentos. Se acordó agregar el presente escrito  al expediente respectivo. Magistrado Ponente DR. IVÁN RINCÓN URDANETA. EXP 01-1532

 

Presidente,

 

 

IVÁN RINCÓN URDANETA

 

Secretario.Accidental

 

 

 

TITO DE LA HOZ.

 

Presidente,

 

 

IVÁN RINCÓN URDANETA

 

 

                                                                                  Secretario

 

 

JOSE LEONARDO REQUENA C

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