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Juzgado de Sustaciación Sala Constitucional
  • Fecha: 05 al 28 de octubre del 2008





MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2010

 

 

MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practico la siguiente actuación.

 

1.-) Diligencia presentada por el ciudadano Onesimo Duarte, asistido por el abogado Jesús Aldemaro Useche, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad, contra la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos Municipales para el Ejercicio Económico Fiscal 2009, del Municipio Independencia de Capacho Nuevo del Estado Táchira.  EXP. N° 09-865.-

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 6 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

JUEVES 7 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada Alba Marina Medina Roa y Rafael Sarmiento Sosa, a los fines de consignar poder otorgado por el Alcalde Metropolitano del Área Metropolitana de Caracas, con la finalidad de que conste el carácter de apoderados judiciales, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los ciudadanos Antonio Ledezma Díaz y Rubén Ortiz Córdova, actuando en su condición de Alcalde Metropolitano de Caracas y Procurador Metropolitano del Distrito Metropolitano de Caracas respectivamente, contra la Ley Especial Sobre Organización y Régimen del Distrito Capital, publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.156 de fecha 13 de abril 2009. EXP. N° 09-464.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Marianella Villegas Salazar, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación de Parceleros de Lagunitas Country Club, a los fines de formular alegatos, en relación a los intereses colectivos interpuesta por los abogados Rafael Chavero Gazdik y Víctor Robayo de la Rosa, representantes de la Asociación de Parceleros de Lagunita Country Club. (ASOPAR). EXP. N° 05-2135.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

MARTES 12 DE OCTUBRE DE 2010

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicó actuación.

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Escrito presentado por la abogada Anmy Toledo de Coletta, en su carácter de apoderada judicial especial de la Sociedad Civil "Cámara Licorera y  afines del Estado Zulia", a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra la Ordenanza que Crea y Regula el Impuesto Sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Zulia, de fecha 11 de diciembre de 2009. EXP. N° 10-657.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Anmy Toledo de Coletta, en su carácter de apoderada judicial especial de la Sociedad Civil " Cámara Licorera y  afines del Estado Zulia", a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad, por inconstitucionalidad, contra la Ordenanza que Crea y Regula el Impuesto Sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Zulia, de fecha 11 de diciembre de 2009. EXP. N° 10-657.-

 

3.-) Diligencia presentada por el Doctor en Ciencias Gerenciales, en su carácter de Rector de la Universidad del Zulia, Dra. Diana Romero la Roche, en su carácter de Decana de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad del Zulia, asistidos por la abogada Alix Aguirre Andrade, a los fines de darse por notificado de la decisión de esta Sala de fecha 12 de enero de 2010, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los ciudadanos Cecilia García Arocha, Rectora de la Universidad Central de Venezuela, Mario Bonucci Rossini, Rector de la Universidad de los Andes, Jorge Palencia Piña, Rector de la Universidad del Zulia y otros, asistidos por los abogados Manuel Rachadell, José Peña Solís, Enrique Sánchez, Tulio Alberto Álvarez, Gerardo Fernández y Juan Carlos Apitz, contra la Ley Orgánica de Educación, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.929 de fecha 15 de agosto de 2009. EXP. N° 09-1170.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

 

 

JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Escrito presentado por el abogado Alfredo Lafee Pérez, en su carácter de apoderado judicial de Complejo Industrial Licorero del Centro, Compañía Anónima, a los fines de sustituir poder apud acta, en relación al recurso de nulidad, contra los códigos contenidos en los clasificadores de actividades económicas anexos de las Ordenanzas Municipales, Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta el 30 de octubre de 1996 y publicada en la misma fecha en la Gaceta Municipal Nº 044/96; II), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital el 4 de octubre de 2001, publicada en la Gaceta Municipal Nº 2172-A del 4 de octubre de 2001; III), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 3 del 8 de enero de 2002 y, Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas Comerciales, Industriales, de Servicio e Indole Similar, sancionada el 15 de diciembre de 2003, por el Concejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 72 del 2 de enero de 2004. EXP. N° 06-1537.-

 

2.-) Escrito de Pruebas presentado por el abogado Antonio Puppio, en su carácter de apoderado judicial de (PROVEA), a los fines de solicitar que dicho escrito sea valorado conforme a derecho, en relación a la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en sancionar la Ley Orgánica de Salud ordenada por el Constituyente en la Disposición Transitoria Sexta de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejercida por el Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la Organización D enominada Convite, C.A., y las Asociaciones Civiles Fundación Reflejos de Venezuela, Acción Ciudadana Contra el Sida, y Acción Solidaria. EXP. N° 09-897.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

MARTES 19 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada Arelis Farias Guillen, en su carácter de apoderada judicial de la Universidad de Carabobo, mediante la cual se dar por notificada para todas y cada una de las fases del presente recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los ciudadanos Cecilia García Arocha, Rectora de la Universidad Central de Venezuela, Mario Bonucci Rossini, Rector de la Universidad de los Andes, Jorge Palencia Piña, Rector de la Universidad del Zulia y otros, asistidos por los abogados Manuel Rachadell, José Peña Solís, Enrique Sánchez, Tulio Alberto Álvarez, Gerardo Fernández y Juan Carlos Apitz, contra la Ley Orgánica de Educación, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.929 de fecha 15 de agosto de 2009. EXP. N° 09-1170.-

 

2.-) Escrito presentado por el abogado Rafael Sarmiento, en su carácter de apoderado judicial de la Alcaldía Metropolitana del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de ratificar en todas y en cada una de sus partes las diligencias y escritos presentados en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los ciudadanos Antonio Ledezma Díaz y Rubén Ortiz Córdova, actuando en su condición de Alcalde Metropolitano de Caracas y Procurador Metropolitano del Distrito Metropolitano de Caracas respectivamente, contra la Ley Especial Sobre Organización y Régimen del Distrito Capital, publicada en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 39.156 de fecha 13 de abril 2009. EXP. N° 09-464.-

 

3.-) Diligencia presentada por la abogada Catherina Gallardo, en su carácter de apoderada judicial del Complejo Industrial Licorero del Centro, a los fines de solicitar continuación del procedimiento, en relación al recurso de nulidad, contra los códigos contenidos en los clasificadores de actividades económicas anexos de las ordenanzas Municipales, Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta el 30 de octubre de 1996 y publicada en la misma fecha en la Gaceta Municipal Nº 044/96; II), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital el 4 de octubre de 2001, publicada en la Gaceta Municipal Nº 2172-A del 4 de octubre de 2001; III), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 3 del 8 de enero de 2002 y, Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas Comerciales, Industriales, de Servicio e Indole Similar, sancionada el 15 de diciembre de 2003, por el Concejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 72 del 2 de enero de 2004. EXP. N° 06-1537.-

 

4.-) Diligencia presentada por el abogado Juan Carlos Senior P, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores (AIMEX), a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad contra el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.895, del 1° de agosto de 2008.  EXP. N° 09-987.-

 

5.-) Diligencia presentada por la abogada Catherina Gallardo, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores (AIMEX), a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad contra el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.895, del 1° de agosto de 2008.  EXP. N° 09-987.-

 

6.-) Diligencia presentada por el abogado Henry Escalona, en su carácter de apoderado judicial, Juan Antonio Cabrera e Hijo Sucesor C.A, a los fines de solicitar se fije la fecha para la audiencia oral y publica en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra Decreto Nº 561903 de octubre 2007, publicado en Gaceta Oficial Nº 5852 Extraordinario del 5/10/07, que reforma la Ley de Impuesto al Cigarrillo y Manufacturas de Tabaco en su Artículo Nº 2.  EXPS. Acumulados 08-1251 / 07-1304.-

 

7.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2010-93, contentivas del recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad en contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.504 Extraordinario, de fecha 13 de agosto de 2002, intentado por el ciudadano Henry Pereira Gorrín, este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes.  EXP. N° 10-93.-

 

8.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2010-465, del recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.963 Extraordinario del 22 de febrero de 2010, intentado por los ciudadanos Atilio Agelviz Alarcón y Juan José Molina, este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes.  EXP. N° 10-465.-

 

9.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2009-67, que contienen la solicitud de inconstitucionalidad por omisión legislativa de de la Asamblea Nacional "...al haber tipificado el artículo 471 A del código penal venezolano de forma incompleta...", intentado por el abogado Gilberto Rua, este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes.  EXP. N° 09-67.-

 

10.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2009-732, del recurso de nulidad contra la decisión del 16 de diciembre de 2008, dictada por el ciudadano Presidente del Consejo Moral Republicano, intentado por la abogada Jackeline Sandoval, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil FUNDACIÓN PARA EL DEBIDO PROCESO (Fundepro), este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes. Exp. N° 09-732.-

 

11.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2010-197, del recurso de nulidad contra la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.963 del 22 de febrero de 2010, intentado por el ciudadano Alejandro Silva Rodríguez, asistido de abogado, este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes. EXP. N° 10-197.-

 

12.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2009-1431, del recurso de nulidad contra la Ley Orgánica de Educación, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.929 Extraordinario del 15 de agosto de 2009, intentado por los ciudadanos Atilio Agelviz Alarcón y Aquiles Enrique Ravelo, este Juzgado, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 132 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, acuerda remitir el expediente a la Sala a los fines legales consiguientes. EXP. N° 09-1431.-

 

13.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-145, a la ciudadana Gabriela del mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo, a los fines de remitirles copias certificadas de la sentencia de esta Sala Constitucional N° 889 de fecha 11 de agosto de 2010, en relación al recurso de nulidad, contra los artículos 44, 45, 46, 47, 53, 54, 57, 60, 62 y 64 de la Ley del Ejercicio de la Odontología, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 29.288 del 10 de agosto de 1970. EXP. N° 10-426.-

 

14.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en autos, del recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por los ciudadanos Edwin Luzardo, Rosaura Sanz, Yonis Rivas y Pedro Segundo Blanco, actuando en su condición de Secretario General, Tercera Vicepresidenta, Secretario de Asuntos Legislativos y Secretario Político del Partido Político Alianza Bravo Pueblo, respectivamente, asistidos por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.015, contra los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 23 de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.963 Extraordinario del 22 de febrero de 2010, se verifica la estadía a derecho de la parte demandante y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capitulo II de las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, este Juzgado acuerda, librar los oficios de citación a la ciudadana Presidenta de la Asamblea Nacional, y de notificaciones a las ciudadanas Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y Defensora del Pueblo. Asimismo se ordena, librar cartel de emplazamiento a los interesados el cual deberá ser publicado por la parte demandante.  EXP. N° 10-233.-

 

15.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-10-146, TS-SC-10-147, TS-SC-10-148, y TS-SC-10-149, a las ciudadanas Fiscal General de la República, Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República, y Defensora del Pueblo, a los fines de remitirles copias certificadas del escrito del recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por los ciudadanos Edwin Luzardo, Rosaura Sanz, Yonis Rivas y Pedro Segundo Blanco, actuando en su condición de Secretario General, Tercera Vicepresidenta, Secretario de Asuntos Legislativos y Secretario Político del Partido Político Alianza Bravo Pueblo, respectivamente, asistidos por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.015, contra los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 23 de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.963 Extraordinario del 22 de febrero de 2010, se verifica la estadía a derecho de la parte demandante y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capitulo II de las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010. EXP. N° 10-233.-

 

16.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por los ciudadanos Edwin Luzardo, Rosaura Sanz, Yonis Rivas y Pedro Segundo Blanco, actuando en su condición de Secretario General, Tercera Vicepresidenta, Secretario de Asuntos Legislativos y Secretario Político del Partido Político Alianza Bravo Pueblo, respectivamente, asistidos por el abogado Ángel Mendoza Figueroa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 37.015, contra los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 23 de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.963 Extraordinario del 22 de febrero de 2010, se verifica la estadía a derecho de la parte demandante y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capitulo II de las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010. EXP. N° 10-233.-

 

17.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en el expediente Nº 2009-561, contentivas del recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por la ciudadana Natale Bonura Scovazzo, debidamente asistida por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999, este Juzgado ordena: Comisionar al Juzgado Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Calabozo, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para que practique las citación de la ciudadana Natale Bonura Scovazzo, Centro Comercial Colonial, Oficina Nº B- 7, Carrera 1 con calle 5, casco central de Calabozo, Estado Guárico, para lo cual se le conceden cinco (5) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boleta y oficio. Exp. N° 09-561.-

 

           

 

 

18.-) Se libró Despacho N° TS-SC-10-152, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Calabozo, oficio y boleta Nros. TS-SC-10-150, y TS-SC-10-151, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Calabozo, y a la ciudadana Natale Bonura Scovazzo, parte actora en el presente juicio, mediante los cuales se les remitió copias certificadas de los autos del Juzgado de Sustanciación de fechas 22 de junio y 19 de octubre ambos el 2010, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999.  EXP. N° 09-561.-

 

19.-) Se dictó auto mediante el cual, visto que en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo, contra el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario Nº 4.817 del 21 de diciembre de 1994, se verifica la estadía a derecho de la parte demandante, de conformidad con el procedimiento establecido en el Capitulo II de las Disposiciones Transitorias de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.991 Extraordinario, de fecha 29 de julio de 2010 y reimpresa por error material en la Gaceta Oficial Nº 39.483, de fecha 9 de agosto de 2010, este Juzgado acuerda, librar los oficios de citación a la ciudadana Presidenta de la Asamblea Nacional, y de notificación a la ciudadana Fiscal General de la República, respectivamente. Asimismo se ordena, librar cartel de emplazamiento a los interesados el cual deberá ser publicado por la parte demandante.  EXP. N° 10-04.-

 

20.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-10-153, y TS-SC-10-154, a las ciudadanas Fiscal General de la República, y Presidenta de la Asamblea Nacional, a los fines de remitirles copias certificadas del escrito del recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario N° 4.817 del fecha 21 de diciembre de 1994. EXP. N° 10-04.-

 

21.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario N° 4.817 del fecha 21 de diciembre de 1994. EXP. N° 10-04.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Roque Ramón Mora Gil, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Silvia Huerta Guzmán, Isabel Huerta Guzmán, Jesús Huerta Guzmán, Leida Guzmán y Miriam Guzmán, a los fines de solicitar se fije la fecha para la celebración de la audiencia oral y pública, en la demanda de nulidad, contra el artículo 46 de la Ordenanza Sobre Terrenos Municipales del Municipio Baruta, de fecha 13 de mayo de 2003, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente N° 066-05/2003, de fecha 15 de mayo de 2003 y asimismo, del acuerdo N° 061 de 26 de agosto de 2003, publicada en la Gaceta Municipal del referido Municipio N° 131-08/2003 de 27 de agosto de 2003.  EXP. N° 08-692.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Ana Josefina Ferrer Quintero, en su condición de sustituta del ciudadano Procurador del Estado Zulia, a los fines de solicitar se de cumplimiento a la sentencia N° 557 de fecha 08 de junio de 2010, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Asdrúbal José Quintero en su carácter de Procurador General del Estado Zulia, en Representación de la Entidad Federal Zulia, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, Publicada en Gaceta Oficial  de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140 de fecha 17 de marzo de 2009. EXP. N° 09-482.-

 

3.-) Diligencia presentada por el ciudadano Policarpio Pacheco Sánchez, en su carácter de Concejal y Presidente del Concejo Municipal Bolivariano del Municipio Independencia del Estado Táchira, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad, contra la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos Públicos Municipales para el ejercicio económico fiscal 2009 del Municipio Independencia de Capacho Nuevo del Estado Táchira.  EXP. N° 09-865.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada Nelly Herrera Bond, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de consignar poder apud acta, en relación al recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra los artículos 1, numerales 1 y 2 del primer aparte; 3 numeral 3; 5 numeral 2; 6; 7; 10 numerales 1 y 2 y apartes segundo y tercero; 14 en su encabezamiento; primer, quinto y último aparte; 15; 25; 28 numerales 2 literales c y d, 3 literales a y 4 literal b y cuarto aparte; 29; 33; 34 último aparte y 35 primer aparte de la Ley de Reforma Ley  de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.333 de fecha 12 de diciembre de 2005, intentado por los apoderados judiciales de CORPOMEDIOS GV INVERSIONES C.A. EXPS. Nros. 06-401 acumulado al 05-1852.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Nelly Herrera Bond, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de consignar poder apud acta, en relación al recurso de nulidad parcial por razones de inconstitucionalidad ejercido conjuntamente con medida cautelar contra el artículo 175 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicado en la Gaceta Oficial N° 38.204 del 8 de junio de 2005, intentado por los apoderados judiciales de SEGECOM EL HATILLO C.A.,  SEGECOM C.A. Y SEGECOM CARONI C.A. EX. N° 05-2100.-

 

3.-) Diligencia presentada por la abogada Nelly Herrera Bond, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de consignar poder apud acta, en relación al recurso de nulidad interpuesto por los representantes judiciales de las sociedades mercantiles Flota Pesquera Mújica Ruiz, C.A. (FLOMURCA) y Productora Pesquera, C.A. (PRODUPESCA),  contra los "(...) artículos 23, 46, 47  y 102 del Decreto N° 5.930 con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Pesca y Acuicultura, (...)  publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008. EXPS. Nros. 09-211 acumulado al 09-353.-

 

4.-) Diligencia presentada por el abogado Álvaro Guerrero Hardy, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Radio Caracas Televisión Rctv, C.A.,  a los fines de formular alegatos en relación a la acción de nulidad ejercida contra los artículos 211 (ordinal 3°) 225 (ordinales 3°, 4° y 5°) y 290 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal , y subsidiariamente contra los artículos 147, 148, 151 y 152 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, intentada por los apoderados judiciales  de Globovisión Tele, C.A. EXP. N° 07-1533.-

 

5.-) Diligencia presentada por  el abogado José Antonio Olivo Duran, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de solicitar se fije la fecha para la celebración de la audiencia oral y publica, en la “…acción de inconstitucionalidad ‘por omisión’, a la luz de lo previsto en el numeral 7mo. del (sic) artículo 336 de la constitución de la república bolivariana de Venezuela, en concordancia con los numerales 12 y 13 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en contra de la ineficacia parcial de la norma contendida (sic) en el primer párrafo y los ocho (8) numerales del artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.985, de fecha 01 de agosto de 2008, por franca contradicción con el derecho constitucional a la defensa y al debido proceso (artículo 49 de la Constitución), derecho a la igualdad y la no discriminación (artículo 21 de la Constitución) y derecho a la seguridad jurídica (artículo 299)…”, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada y declaratoria de mero derecho., intentado por los abogados Enrique Guillén Niño y José Olivo Durán,  respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil BLUE NOTE PUBLICIDAD, C.A.  EXP. N° 08-1616.-

 

6.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto el 29 de julio de 2010, fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.991 Extraordinario, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual, en su Título XI, Capítulo II denominado “de los procesos ante la Sala Constitucional”, artículo 132 establece que “…la Sala decidirá acerca de la admisión de la demanda…”, este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir la presente causa a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por los ciudadanos José Cipriano Soltero y Jorge Alí Zoppi Parés, contra la Ley Especial de Régimen Municipal a Dos Niveles del Área Metropolitana de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.276 del 1 de octubre de 2009. EXP. N° 10-304.-

 

7.-) Se dictó auto mediante el cual, visto el escrito presentado por los abogados Gustavo Reyna, José Valentín González y Álvaro Guerrero Hardy, apoderados judiciales de RCTV INTERNACIONAL CORP, el 14 de julio de 2010, mediante el cual reformaron el recurso de nulidad interpuesto contra (i) la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, publicada en la Gaceta Oficial N° 343.273 del 12 de diciembre de 2005; (ii) la Norma Técnica sobre Servicios de Producción Nacional Audiovisual, publicada en la Gaceta Oficial  N° 39.333 del 22 de diciembre de 2009; y (iii) la Providencia Administrativa N° PADSR-1.555 del 15 de enero de 2010; este Juzgado, acuerda remitir las actuaciones a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la reforma del recurso de nulidad, realizado por la parte recurrente. Exp. N° 10-96.-

 

8.-) Se dictó auto mediante el cual, vistos los recursos de nulidad acumulados contra disposiciones contenidas en la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza de Policía Metropolitana de Caracas del Distrito Metropolitano de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 0057 del Distrito Metropolitano de Caracas, el 29 de diciembre de 2006, incoado por el abogado Luis  Enrique Romero, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Edwin Rojas Barceló, José León Pérez y otros, cursante en el expediente Nº 2008-177 el primero y el segundo, por los apoderados judiciales de los ciudadanos Luis José Rattia, Alberto José Ratia, Nirso Antonio Bruces, Elba Aponte de Hernández, Pedro Herrera González, Jesús Rojas Perfecto y Bruno Jerez Chacón, cursante en el expediente Nº 2008-94, se encuentran pendiente la fijación del acto oral y público establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...". Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, acuerda notificar a los ciudadanos Luis Enrique Romero, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Edwin Rojas Barceló, José León Pérez y otros, a los ciudadanos José Antonio Solis y Luis José Rattia, con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos Alberto José Ratia, Nirso Antonio Bruces y otros, a los ciudadanos Presidente del Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas, Procurador Metropolitano de Caracas e igualmente, a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, respectivamente, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas.  EXPS. NROS. 08-177 / 08-94.-

 

9.-) Se libraron  los oficios Nros. TS-SC-10-155, TS-SC-10-156, TS-SC-10-157, TS-SC-10-158, TS-SC-10-159, y  TS-SC-10-160,  a los ciudadanos Luis Enrique Romero, José Antonio Solis y Luis Rattia, en su carácter de apoderados judiciales, Fiscal General de la República, Procurador Metropolitano de caracas, Presidente del cabildo del Distrito Metropolitano de caracas, y Procuradora General de la República, respectivamente, en la oportunidad de notificarles que debe comparecer por ante ésta Sala, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, promueva pruebas si lo estima pertinente, en los recursos de nulidad acumulados contra disposiciones contenidas en la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza de Policía Metropolitana de Caracas del Distrito Metropolitano de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial Nº 0057 del Distrito Metropolitano de Caracas, el 29 de diciembre de 2006, incoado por el abogado Luis  Enrique Romero, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Edwin Rojas Barceló, José León Pérez y otros, cursante en el expediente Nº 2008-177 el primero y el segundo, por los apoderados judiciales de los ciudadanos Alberto José Ratia, Nirso Antonio Bruces y otros, contenido en el expediente Nº 2008-94. EXPS. NROS. 08-177 / 08-94.-

 

10.-) Se dictó auto mediante el cual, vistos los recursos de nulidad por inconstitucionalidad  acumulados ejercidos conjuntamente con amparo cautelar, contra el artículo 2º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.852 Extraordinario, el 5 de octubre de 2007, cursantes en el expediente Nº 2007-1304, interpuesto por el apoderado judicial  de la FABRICA DE TABACOS BERMUDEZ C.A., el primero, y por la empresa JUAN FRANCISCO CABRERA E HIJO SUCESOR, C.A., contenido en el expediente Nº 2008-1251, el segundo, se encuentran pendientes en ambos la fijación del acto oral y público, establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...".  Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, acuerda notificar a el abogado Yael Bello Toro, en su carácter de apoderado judicial de FABRICA DE TABACOS BERMÚDEZ C.A.; a el abogado Henry Escalona Meléndez, en su carácter de apoderado judicial de la empresa JUAN FRANCISCO CABRERA E HIJO SUCESOR, C.A.; al ciudadano Presidente de la República y a las ciudadanas Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y Presidenta de la Asamblea Nacional, respectivamente, para que conforme con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas. EXPS. NROS. 07-1304 / 08-1251.-

 

11.-) Se libraron  los oficios Nros. TS-SC-10-161, TS-SC-10-162, TS-SC-10-163, TS-SC-10-164, TS-SC-10-165, y  TS-SC-10-166,  a los ciudadanos Henry Escalona Meléndez y Yael Bello Toro, en su carácter de apoderados judiciales, Fiscal General de la República, Procurador Procuradora General de la República,  Presidenta de la Asamblea Nacional, y Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, respectivamente, en la oportunidad de notificarle que debe comparecer por ante ésta Sala, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, promueva pruebas si lo estima pertinente, en los recursos de nulidad acumulados ejercidos conjuntamente con acción de amparo cautelar contra el artículo 2º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.852 Extraordinario, el 5 de octubre de 2007, cursantes en los expedientes Nº 2007-1304, interpuesto por el apoderado judicial  de la FABRICA DE TABACOS BERMUDEZ C.A., el primero, y por la empresa JUAN FRANCISCO CABRERA E HIJO SUCESOR, C.A., el segundo, contenido en el expediente Nº 2008-1251.  EXPS. NROS. 07-1304 / 08-1251.-

 

12.-) Se dictó auto mediante el cual,  visto que en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los abogados Tomás Arias Castillo, Andrea Rondón García y Juan Carlos Oliveira Bonomi, con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores “AIMEX”, contra el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.895, del 1° de agosto de 2008, se encuentra pendiente la fijación del acto oral y público establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...".  Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, acuerda notificar a los abogados Tomás Arias Castillo, Andrea Rondón García y Juan Carlos Oliveira Bonomi, apoderados judiciales de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores “AIMEX”, parte actora, y a las ciudadanas Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Fiscal General de la República, respectivamente, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas. EXP. N° 09-987.-

 

13.-) Se libraron  los oficios Nros. TS-SC-10-167, TS-SC-10-168, TS-SC-10-169, y  TS-SC-10-170,  a los ciudadanos Tomas Arias Castillo, Andrea Rondón García y Juan Oliveira Bonomi, en su carácter de apoderados judiciales, Fiscal General de la República, Procurador Procuradora General de la República,  Presidenta de la Asamblea Nacional, respectivamente, en la oportunidad de notificarle que debe comparecer por ante ésta Sala, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, promueva pruebas si lo estima pertinente, en el recurso de nulidad contra el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.895, del 1° de agosto de 2008, intentado por los abogados Tomás Arias Castillo, Andrea Rondón García y Juan Carlos Oliveira Bonomi, con el carácter de apoderados judiciales de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores “AIMEX”. EXP. N° 09-987.-

 

14.-) Se dictó auto mediante el cual,  visto que en el recurso de nulidad incoado por el abogado Roque Mora Gil, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Silvia Huerta Guzmán, Isabel Huerta Guzmán, Jesús Huerta Guzmán, Leida Guzmán y Miriam Guzmán, contra el artículo 46 de la Ordenanza sobre Terrenos Municipales del Municipio Baruta, de fecha 13 de mayo de 2003, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente Nº 066-05/2003, de fecha 15 de mayo de 2003 y del acuerdo Nº 061 de 26 de agosto de 2003, publicado en la Gaceta Municipal del referido Municipio Nº 131-08/2003 de 27 de agosto de 2003, se encuentra pendiente la fijación del acto oral y público establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...".  Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, acuerda notificar al ciudadano Roque Mora Gil, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, a los ciudadanos Alcalde y Síndico Procurador del Municipio Baruta del Estado Miranda, respectivamente, y a la ciudadana Fiscal General de la República, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas. EXP. 08-692.-

 

15.-) Se libraron  los oficios Nros. TS-SC-10-171, TS-SC-10-172, TS-SC-10-173, y  TS-SC-10-174,  a el ciudadano Roque Mora Gil, en su carácter de apoderado judicial, Fiscal General de la República, Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, Síndico Procurador Municipal del Municipio Baruta del Estado Miranda, respectivamente, en la oportunidad de notificarle que debe comparecer por ante ésta Sala, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, promueva pruebas si lo estima pertinente, en el recurso de nulidad contra el artículo 46 de la Ordenanza sobre Terrenos Municipales del Municipio Baruta, de fecha 13 de mayo de 2003, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente Nº 066-05/2003, de fecha 15 de mayo de 2003 y del acuerdo Nº 061 de 26 de agosto de 2003, publicado en la Gaceta Municipal del referido Municipio Nº 131-08/2003 de 27 de agosto de 2003, intentado por el apoderado judicial de los ciudadanos Silvia Huerta Guzmán, Isabel Huerta Guzmán, Jesús Huerta Guzmán, Leida Guzmán y Miriam Guzmán.  EXP. 08-692.-

 

16.-) Se dictó auto mediante el cual,  revisadas las precedentes actuaciones, este Juzgado, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar al ciudadano Asdrúbal Quintero, en su carácter de Procurador General del Estado Zulia,  que esta Sala en sentencia N° 557 de fecha 8 de junio de 2010, admitió el recurso de nulidad contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140, del 17 de marzo de 2009, declaró improcedente la medida cautelar innominada solicitada y acumuló la causa a la contenida en el expediente Nº 2009-378. A tal fin se acuerda comisionar al Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique de Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Maracaibo, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia para que practique las citación del ciudadano Asdrúbal José Quintero, Procurador General del Estado Zulia, en la Procuraduría General del Estado Zulia, Edificio Don Diego, piso 3 y 4 Obispo Lago, Maracaibo, Estado Zulia, para lo cual se le conceden ocho (8) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boleta y oficio.  EXP. N° 09-482.-

 

17.-) Se libró Despacho N° TS-SC-10-175, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Maracaibo, oficio y boleta Nros. TS-SC-10-176, y TS-SC-10-177, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Maracaibo, y al ciudadano Asdrúbal José Quintero, en su carácter de Procurador General del estado Zulia, respectivamente, mediante los cuales se les remitió copias certificadas de la sentencia de esta Sala Constitucional N° 557, y del auto del Juzgado de Sustanciación de fechas de fecha 8 de junio  y 26 de octubre ambos del 2010, en relación al el recurso de nulidad contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140, del 17 de marzo de 2009. EXP. N° 09-482.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 09-1367, contentivo del  recurso de nulidad por inconstitucionalidad con solicitud de medida cautelar, intentado por los abogados Asdrúbal Leonardo Blanco Méndez y Christian Michel Colson, sustituto de la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y apoderado judicial de la Procuraduría General de la República respectivamente, contra  los Numerales 3 y 5 del artículo 99 de la Constitución del Estado Táchira, publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria del Estado Táchira N° 778, de fecha 09 de febrero de 2001 y contra el Decreto N° 199 de fecha 17 de abril de 2009 dictado por el Gobernador del Estado Táchira y publicado en Gaceta Oficial del Estado Táchira N° 199 de fecha 17 de abril de 2009.  EXP. N° 09-1367.-

 

2.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 10-305, contentivo del  recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado José Alberto Ibarra Vargas, contra la Ley para la prohibición de Video Juegos Bélicos y Juguetes Bélicos, sancionada por la Asamblea Nacional, en fecha 29/10/09. EXP. N° 10-305.-

 

3.-) Escrito presentado por el abogado Eduardo García, actuando en nombre propio, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.163, de fecha 22 de abril de 2009.  EXP. N° 09-1200.-

 

4.-) Diligencia presentada por el abogado Martín Alonso Guerrero, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de formular  alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad contra el precepto  que se recoge en los artículos 1 y 167 y en el N° 50006 del clasificador de actividades de la ordenanza de impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicio o de indole similar del municipio autónomo José Antonio Páez del Estado Miranda, que se publicó en la Gaceta Municipal de ese Municipio N° 08-07 extraordinaria, de 12 de febrero de 2007, intentada por los abogados Luis A. Hinestrosa  Pocaterra, Enrique J. Sánchez Falcón, Alfredo de Jesús Salvatori, Ulises Sánchez Valenzuela y Martín Alonso Guerrero, apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Construcoes e Comercio Camargo Correa. EXP. N° 08-611.-

 

5.-) Escrito presentado por el ciudadano Héctor Daniel Lameda,  a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por el ciudadano Héctor Daniel lameda Rodríguez, asistido por el abogado Rafael Contreras Millán, contra el artículo 8 de la Ley sobre Minerales No Metálicos del Estado Portuguesa, publicada en Gaceta Oficial del Estado Portuguesa año C, Nº 62 extraordinaria, de fecha 30/09/09.  EXP. N° 10-65.-

 

6.-) Diligencia presentada por el abogado Javier Antonio López Cerrada, en su carácter de Defensor III, adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria del Pueblo, mediante la cual deja constancia de haber recibido el cartel de emplazamiento,  para su publicación, en relación al  recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, contra el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, extraordinario N° 4.817 del fecha 21 de diciembre de 1994. EXP. N° 10-04.-

 

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

JUEVES 28 DE OCTUBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Roque Ramón Mora Gil, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Silvia Huerta Guzmán, Isabel Huerta Guzmán, Jesús Huerta Guzmán, Leida Guzmán y Miriam Guzmán, a los fines de  dejar constancia de haber recibido el oficio N° TS-SC-10-171, mediante la cual se da por notificado, en relación al recurso de nulidad, contra el artículo 46 de la Ordenanza Sobre Terrenos Municipales del Municipio Baruta, de fecha 13 de mayo de 2003, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente Nº 066-05/2003, de fecha 15 de mayo de 2003 y del acuerdo Nº 061 de 26 de agosto de 2003, publicado en la Gaceta Municipal del referido Municipio Nº 131-08/2003 de 27 de agosto de 2003. EXP. N° 08-692.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Yael de Jesús Bello Toro, en su carácter de apoderada judicial de la Fabrica de Tabacos Bermúdez, C.A., a los fines de solicitar se fije la fecha para la celebración de la audiencia oral y publica, en relación a los recursos de nulidad, ejercidos conjuntamente con amparo cautelar, por los apoderados judiciales de las empresas Fabrica de Tabacos Bermúdez y Juan Francisco Cabrera E Hijo Sucesor C.A., contra el artículo 2º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.852 Extraordinario, el 5 de octubre de 2007. EXPS. ACUMULADOS NROS. 07-1304  / 08-1251.-

 

3.-) Diligencia presentada por el abogado Alfredo Orlando, en su carácter de apoderado judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de darse por notificado, asimismo para solicitar se continue con el procedimiento en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por la ciudadana Ana Leonor Acosta Mérida, actuando en nombre propio y en su condición de Sindica Procuradora Municipal del Municipio Chacao y María Meide Rodríguez Da Silva, Zulmaire González, Carmen Giménez y otros, en su carácter de apoderadas judiciales del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, Publicado en Gaceta Oficial Nº 5890, extraordinario,  de fecha 31/07/08. EXP. N° 09-593.-

 

4.-) Diligencia presentada por el abogado Alfredo Orlando, en su carácter de apoderado judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, a los fines de solicitar se fije la fecha para la celebración de la audiencia  oral y publica, en relación al  recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, Publicado en Gaceta Oficial N° 5.890, extraordinario de fecha 31/07/2008. EXP. N° 09-456.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

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