Cuenta del 11 al 18 de febrero 2010
JUEVES 11 DE FEBRERO DE 2010
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por el abogado Argenis José González Salas, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de solicitar la continuación del procedimiento, en el recurso de nulidad, intentado por el abogado Argenis González Salas, en su carácter de apoderado judicial del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, contra los artículos 17 y 55.8 del Reglamento Interior y de Debates dictado por el Concejo del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, publicado en la Gaceta Oficial de esa entidad el 13 de diciembre de 2005, EXP. N° 06-25.-
2.-) Diligencia presentada por el ciudadano Francisco Javier Suárez Schanely, asistido por el abogado Alfredo Zuloaga, a los fines de solicitar el cartel de emplazamiento, para su publicación, en relación al recurso de nulidad contra el artículo 294 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.163 del 22 de abril de 2009. EXP. N° 09-768.-
3.-) Diligencia presentada por la abogada Matilde Martínez, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Franklin Arrieche Gutiérrez , mediante la cual formulan alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra actuaciones o Vías de Hecho Proferidas por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. EXP. N° 04-1893.-
4.-) Diligencia presentada por la abogada Matilde Martínez, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Franklin Arrieche Gutiérrez, mediante la cual formulan alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo cautelar y solicitud de medida cautelar innominada, contra el acuerdo de fecha 15 de junio de 2004, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.961, dictado por la Asamblea Nacional. EXP. N° 04-1894.-
5.-) Diligencia presentada por la abogada María del Pilar Polo Torres, en su carácter de apoderada judicial del Procurador del Estado Carabobo, a los fines de consignar poder, en relación al recurso de nulidad contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140, de fecha 17/03/09. EXP. N° 09-508.-
6.-) Diligencia presentada por la abogada María del Pilar Polo Torres, en su carácter de apoderada judicial del Procurador del Estado Carabobo, a los fines de consignar la publicación del cartel de emplazamiento, en relación al recurso de nulidad en contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Puertos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140 del 17 de marzo de 2009. EXP. N° 09-737.-
El Secretario.
No Hubo Despacho Ni Secretaría. No Se practicaron actuaciones.
El Secretario.
MIERCOLES 17 DE FEBRERO DE 2010
Hubo Despacho y Secretaría. No Se practicaron actuaciones.
El Secretario.
JUEVES 18 DE FEBRERO DE 2010
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por la abogada Mariela Pernia Soto, en su carácter de apoderada judicial del Municipio Chacao, a los fines de solicitar se fije la fecha para la audiencia oral y pública, en relación al recurso contra la Ordenanza sobre los Principios, Parámetros y Limitaciones del Ejercicio de la Potestad Fiscal de los Municipios que integran el Distrito Metropolitano de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial de dicha entidad N° 00101 de fecha 1° de marzo de 2006, intentado por los abogados José Antonio Maes Aponte, Alejandro Enrique Otero Méndez y Juan Pablo Torres Delgado, en su condición de Sindico Procurador del Municipio Baruta, Sindico Procurador del Municipio Chacao y Sindico Procurador del Municipio Bolivariano Libertador. Exp. N° 06-1652.-
2.-) Diligencia presentada por la ciudadana Fanny Mavo, asistida por la abogada mercedes Caycedo, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad contra los artículos 23 y 30 del Decreto N° 5.930 con rango, Valor y Fuerza de la Ley de Pesca y Acuicultura, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008. EXP. N° 09-353.-
3.-) Escrito presentado por los representantes legales de la Asamblea Nacional, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad, intentado por los ciudadanos Jesús Bautista Rodríguez y Alcira Noriega Gómez, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa Compuisis Consulting, C.A, contra el artículo 175 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.204 de fecha 8 de junio de 2005. EXP. N° 06-489.-
4.-) Escrito presentado por la abogada Eira María Torres Castro, en su carácter de fiscal provisorio de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad, intentado por los ciudadanos Jesús Bautista Rodríguez y Alcira Noriega Gómez, en su carácter de apoderados judiciales de la empresa Compuisis Consulting, C.A, contra el artículo 175 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.204 de fecha 8 de junio de 2005. EXP. N° 06-489.-
5.-) Diligencia presentada por el abogado Edgar Parra Moreno, actuando en su propio nombre, a los fines solicitar celeridad procesal en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo, contra la ley especial sobre la organización y régimen del distrito capital, publicada en gaceta oficial nº 39156, de fecha 13/04/09. EXP. N° 09-595.-
6.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en los recursos de nulidad por inconstitucionalidad ejercidos conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada, por las abogadas Rosángela Cordero Hernández, Wendy Azuaje y Nahomi Amaro Pérez, respectivamente, actuando en su carácter de- la primera- Procuradora General del Estado Lara y las otras como Abogadas Auxiliares de la Procuraduría General del Estado Lara y por el ciudadano Freddy Alberto Pérez, actuando en su condición de legislador al Consejo Legislativo del Estado Lara, asistido por el abogado Iván José Cubillán Baptista, contra la Ley de Previsión y Protección Social de los Diputados del Consejo Legislativo del Estado Lara, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Lara N° 3.473 Ordinario el 18 de agosto de 2004. EXPS. NROS. 05-214 / 05-736.-
7.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actas del expediente contentivo del recurso de nulidad contra los artículos 11, 12, 14, 18, 19, 20, 21, 24, 25, 26, 28, 30, 32, 33, 34, 38, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47,48, 49, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64 y 65 del Código de Policía del Estado Cojedes, intentada por la Defensoría del Pueblo, este juzgado acuerda, a los fines de la continuación del procedimiento, notificar a la parte actora de conformidad con lo establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1238 del 21 de junio de 2006 y, una vez conste en autos, emplazar a los interesados mediante cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los diarios de mayor circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes a su publicación. Vencido el lapso de comparecencia se remitirán las actuaciones a la Sala, de conformidad a lo establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. EXP. N° 04-142.-
8.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas como han sido, las actas del expediente Nº 2008-817, (nomenclatura de ésta Sala Constitucional), que contienen el recurso de nulidad contra la Ley de Contribución Especial sobre Precios Extraordinarios del Mercado Internacional de Hidrocarburos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.910 de fecha 15 de abril de 2008, intentado por el ciudadano Hidalgo Valero y otros, actuando en representación de la Asociación Civil Defensores Populares de la Nueva República (D.P.R.), este Juzgado observa, que a pesar de haber señalado el recurrente su domicilio procesal a los fines de efectuar su citación, ésta no se pudo verificar, y a su vez, éste no ha realizado actuación procesal alguna hasta la fecha, por lo que se acuerda remitir las actuaciones la Sala Constitucional, para el pronunciamiento correspondiente, todo ello de conformidad con lo establecido en la sentencia de la Sala Constitucional Nº 1238 de fecha 21 de junio de 2006. EXP. N° 08-817.-
El Secretario.