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Juzgado de Sustaciación Sala Constitucional
  • Fecha: 16 al 18 de noviembre del 2008





MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2010

 

 

MARTES 16 DE NOVIEMBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Alfredo Zuloaga, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de solicitar se fije la fecha para el acto público, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los ciudadanos Francisco Javier Suárez Schanely, Ricardo Ludwig Estévez Mazza y Edgar José Saldivia, actuando en nombre propio y en representación de la Asociación Civil Súmate, contra el artículo 294 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. EXP. N° 09-768.-

 

2.-) Diligencia presentada por  el abogado Daniel Buvat de la Rosa, en su carácter de apoderado judicial de la empresa  Bedouine Akl de Mezerhane, a los fines de solicitar de fije la fecha para la celebración de la audiencia oral y pública, en relación a la Omisión Legislativa, contra el Concejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda. EXP. N° 09-980.-

 

3.-) Diligencia presentada por el abogado Reinaldo Fuentes, en su carácter de parte actora, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad, contra la Resolución de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional de fecha 07 de abril de 2003, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.668  y,  del recurso de nulidad absoluta del Acto Administrativo N° DAL-0001, (denominado punto de cuenta presentado por el Presidente de la Asamblea Nacional; caso: Remoción y Retiro de Asistentes Parlamentarios de fecha 5 de enero de 2006.  EXP. N° 06-502.-

 

4.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto el 29 de julio de 2010, fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.991 Extraordinario la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual, en su Título XI, Capítulo II denominado “de los procesos ante la Sala Constitucional”, artículo 132 establece que “…la Sala decidirá acerca de la admisión de la demanda…”, este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir la presente causa a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por los ciudadanos Ovidio de Jesús Poggioli y Rafael Contreras Millán, “(…) en contra de la denominación de Fuerza Armada Nacional Bolivariana y en contra de los artículos 5°, 6°, 14, 15, 29, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 114 y 125 del acto general Nº 6.239 de fecha 22 de julio de 2008, que contiene el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (…),  por ser violatorio de los artículos 21, 57, 227, 236, 253, 273, 287, 288, 291, 328 y 329 de la Constitución, y por haber sido dictados en fraude al propio Texto Fundamental (…)”.  EXP. N° 08-1172.-

 

5.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la solicitud de ampliación de sentencia formulada por el abogado Daniel Buvat de La Rosa, en su carácter de apoderado judicial de Proveedores de Licores Prolicor, C.A., respecto a la decisión N° 1110, dictada por la Sala Constitucional el 4 de noviembre de 2010; este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir a la Sala Constitucional, las actuaciones referentes al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra el Código de Actividades Económicas Grupo XXVII, “Actividades de industria y de venta de tabacos, cigarrillos y otros derivados del tabaco y la venta al mayor o al detal de bebidas alcohólicas”, anexo a la Ordenanza de la Reforma Parcial a la Ordenanza sobre Actividades Económicas del Municipio Chacao del Estado Miranda, publicada en Gaceta Municipal N° 6008, de fecha 15 de diciembre de 2005.  EXP. N° 10-303.-

 

6.-) Se dictó auto mediante el cual, se da cumplimiento a la decisión N° 1025 del 26 de octubre de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los abogados Asdrúbal Leonardo Blanco Méndez y Christian Michel Colson, actuando en su sustitución, contra el artículo 99, numerales 3 y 5 de la Constitución del Estado Táchira, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del Estado Táchira N° 778 del 9 de febrero de 2001, y el acto administrativo contenido en el Decreto N° 199 del 17 de abril de 2009, dictado por el Gobernador del Estado Táchira.  EXP. N° 09-1367.-

 

7.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-178, a la Ciudadana Procuradora General de la República, a los fines de remitirle copia certificada de la decisión N° 1025 del 26 de octubre de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los abogados Asdrúbal Leonardo Blanco Méndez y Christian Michel Colson, actuando en su sustitución, contra el artículo 99, numerales 3 y 5 de la Constitución del Estado Táchira, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria del Estado Táchira N° 778 del 9 de febrero de 2001, y el acto administrativo contenido en el Decreto N° 199 del 17 de abril de 2009, dictado por el Gobernador del Estado Táchira.  EXP. N° 09-1367.-

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

MIERCOLES 17 DE NOVIEMBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada Ana Josefina Ferrer Quintero, en su condición de sustituta del ciudadano Procurador del Estado Zulia, a los fines de darse por notificada de  la sentencia N° 557 de fecha 08 de junio de 2010, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Asdrúbal José Quintero en su carácter de Procurador General del Estado Zulia, en Representación de la Entidad Federal Zulia, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, Publicada en Gaceta Oficial  de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140 de fecha 17 de marzo de 2009. EXP. N° 09-482.-

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       

2.-) Escrito presentado por el abogado Eduardo García, actuando en nombre propio, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.163, de fecha 22 de abril de 2009.  EXP. N° 09-1200.-

 

3.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto el 29 de julio de 2010, fue publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.991 Extraordinario  la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual, en su Título XI, Capítulo II denominado “de los procesos ante la Sala Constitucional”, artículo 132 establece que “…la Sala decidirá acerca de la admisión de la demanda…”, este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir la presente causa a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por los ciudadanos Gabriela Del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, Larry Devoe Márquez, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos y las abogadas Eneida Fernández da Silva y Zulay Arcia, adscritas a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, contra “…el ARTÍCULO 46 DEL CÓDIGO CIVIL, publicado en Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinario del 26 de julio de 1982”. EXP. N° 10-161.-

 

4.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto fue dictada una nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual, en su Título XI, Capítulo II denominado “de los procesos ante la Sala Constitucional”, artículo 132 establece que “…la Sala decidirá acerca de la admisión de la demanda…”, este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir la presente causa a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por los ciudadanos Gustavo Hernández, Nemesio Bechara y Frailán Peraza, actuando con su carácter de vecinos y miembros de los Consejos Comunales del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, contra la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda para el Ejercicio Económico Financiero del año 2010.  EXP. N° 10-204.-

 

5.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones contenidas en el expediente Nº 03-2437, contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo constitucional, ejercido por la abogada Edith Margarita Morillo Mendoza, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano José Vicente Sandoval, contra la Resolución Nº 2003-0004 de fecha 19 de marzo de 2003, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto se observa la inactividad procesal en la causa, se acuerda remitirla a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 03-2437.-

 

6.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el  recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano Pablo Carruido Ortega, Alcalde del Municipio San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua, contra la Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Gastos para el ejercicio económico financiero del año 2009, aprobada por el Concejo Municipal del Municipio San Sebastián de los Reyes del Estado Aragua, en sesión ordinaria del 19 de noviembre de 2008, publicada en la Gaceta Municipal Nº 171 del 20 de noviembre de 2008, que  deben comparecer por ante este Supremo Tribunal a darse por citados en el presente juicio, dentro de los (10) diez días de despacho siguientes, a que conste en autos su publicación. La parte demandante tendrá un lapso de (10) diez días de despacho, contados a partir del momento en que se haya librado el cartel, para retirar, publicar y consignar en autos un ejemplar de periódico donde hubiese sido publicado. Si la parte demandante incumpliere con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente, salvo que existan razones de orden público que justifiquen la continuación de la causa. Todo ello en cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.  EXP. N° 09-212.-

 

7.-) Se dictó auto mediante el cual, se da cumplimiento a la decisión N° 954 del 21 de septiembre de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por la abogada Anmy Toledo de Coletta, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Cámara Licorera y Afines del Estado Zulia, contra la “…Ordenanza de Reforma Total de la Ordenanza que Crea y Regula el impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal de fecha 11 de diciembre de 2009, N° 258, Año XIV Extraordinaria en sus artículos 6 cardinal 5, 9 cardinal 4, 68, 113 y los Códigos con sus respectivas alícuotas Nos 15, 93 y 115 del Clasificador de Actividades Económicas, Anexo ‘A’ de la referida Ordenanza, y de los artículos 171 y 172 de la Ordenanza sobre Administración Tributaria Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia, del 11 de diciembre de 2.009, publicada en Gaceta Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia Extraordinaria N° 259 Año XIV”.  EXP. N° 10-657.-

 

8.-) Se libró Despacho N° TS-SC-10-179, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, boleta y oficios Nros. TS-SC-10-180, y TS-SC-10-181, TS-SC-10-182, TS-SC-10-183, TS-SC-10-184, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Presidente del Consejo Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia, Síndico Procurador del Municipio San Francisco del Estado Zulia, Defensora del Pueblo,  y Fiscal General de la República, respectivamente, a los fines de remitirles copias certificada de la decisión N° 954 del 21 de septiembre de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por la abogada Anmy Toledo de Coletta, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Cámara Licorera y Afines del Estado Zulia, contra la “…Ordenanza de Reforma Total de la Ordenanza que Crea y Regula el impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal de fecha 11 de diciembre de 2009, N° 258, Año XIV Extraordinaria en sus artículos 6 cardinal 5, 9 cardinal 4, 68, 113 y los Códigos con sus respectivas alícuotas Nos 15, 93 y 115 del Clasificador de Actividades Económicas, Anexo ‘A’ de la referida Ordenanza, y de los artículos 171 y 172 de la Ordenanza sobre Administración Tributaria Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia, del 11 de diciembre de 2.009, publicada en Gaceta Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia Extraordinaria N° 259 Año XIV”.  EXP. N° 10-657.-

 

9.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por la abogada Anmy Toledo de Coletta, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Cámara Licorera y Afines del Estado Zulia, contra la “…Ordenanza de Reforma Total de la Ordenanza que Crea y Regula el impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal de fecha 11 de diciembre de 2009, N° 258, Año XIV Extraordinaria en sus artículos 6 cardinal 5, 9 cardinal 4, 68, 113 y los Códigos con sus respectivas alícuotas Nos 15, 93 y 115 del Clasificador de Actividades Económicas, Anexo ‘A’ de la referida Ordenanza, y de los artículos 171 y 172 de la Ordenanza sobre Administración Tributaria Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia, del 11 de diciembre de 2.009, publicada en Gaceta Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia Extraordinaria N° 259 Año XIV”.  EXP. N° 10-657.-

 

10.-) Se dictó auto mediante el cual, se da cumplimiento a la decisión N° 1066 del 31 de octubre de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982.  EXP. N° 10-238.-

 

11.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-185, a la ciudadana Defensora del Pueblo, a los fines de remitirle copias certificada de la decisión N° 1066 del 31 de octubre de 2010, dictada por la Sala Constitucional, en relación al recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982.  EXP. N° 10-238.-

 

12.-) Se dictó auto mediante el cual, se da cumplimiento a la decisión N° 232 del 13 de abril de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los ciudadanos Henrique Capriles Radonski y Rafael David Guzmán Reverón, actuando ambos en su propio nombre y, también, en su condición de Gobernador del Estado Bolivariano de Miranda y Procurador del Estado Bolivariano de Miranda, asistido el primero de los nombrados por el abogado Ángel Luis Centeno Pérez, contra la Disposición Transitoria Primera y el cardinal 3 del artículo 11 de la Ley Especial del Régimen Municipal a Dos Niveles del Área Metropolitana de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.276 del 1 de octubre de 2009.  EXP. N° 09-1157.-

 

13.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-186, al ciudadano Henrique Capriles Radonski, en su condición de Gobernador del Estado Bolivariano de Miranda, a los fines de remitirles copia certificada de la decisión N° 232 del 13 de abril de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por los ciudadanos Henrique Capriles Radonski y Rafael David Guzmán Reverón, actuando ambos en su propio nombre y, también, en su condición de Gobernador del Estado Bolivariano de Miranda y Procurador del Estado Bolivariano de Miranda, asistido el primero de los nombrados por el abogado Ángel Luis Centeno Pérez, contra la Disposición Transitoria Primera y el cardinal 3 del artículo 11 de la Ley Especial del Régimen Municipal a Dos Niveles del Área Metropolitana de Caracas, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.276 del 1 de octubre de 2009.  EXP. N° 09-1157.-

 

14.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en autos, del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra la Ordenanza Anual de Ingresos y Gastos del Ejercicio Económico Financiero enero 2009 a diciembre 2009, publicada en Gaceta Municipal N° 028 por el Concejo del Municipio Colina del Estado Falcón, en virtud del nuevo procedimiento establecido en el Capitulo II de las Disposiciones Transitorias de la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado acuerda, librar nuevamente la notificación del abogado Jesús Montes De Oca Escalona, con el carácter de apoderado judicial del Municipio Colina del Estado Falcón, a los fines de la continuación del procedimiento.  EXP. N° 09-864.-

 

15.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-187, al ciudadano Jesús Montes De Oca Escalona, con el carácter de apoderado judicial del Municipio Colina del Estado Falcón, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto contra la Ordenanza Anual de Ingresos y Gastos del Ejercicio Económico Financiero enero 2009 a diciembre 2009, publicada en Gaceta Municipal N° 028 por el Concejo del Municipio Colina del Estado Falcón. EXP. N° 09-864.-

 

16.-) Se libró oficio N° TS-SC-10-188, a la ciudadana Procuradora General de la República, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 6 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, a los fines de su notificación, en la oportunidad de remitirle anexo, copia certificada del escrito del recurso de nulidad por inconstitucionalidad incoado por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo, contra el artículo 50 de la Ley Orgánica de la Justicia de Paz, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Extraordinario Nº 4.817 del 21 de diciembre de 1994.  EXP. N° 10-04.-

 

17.-) Se dictó auto mediante el cual, visto que en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos José Ramón Fermín, Luis Arévalo, Jacqueline Moreau Aymard y Rosa Mejuto de Gordon, actuando en su propio nombre y con el carácter de miembros de la Junta Directiva del Colegio Venezolano de Agentes de la Propiedad Industrial (COVAPI), contra los artículos 9, 15 numeral primero, 27, 31, literal b del artículo 36, 61, 63, 75, 77 y 78 de la Ley de Propiedad Industrial publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 25.227, el 10 de diciembre de 1956, se encuentra pendiente la fijación del acto oral y público establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...".  Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, acuerda notificar a los ciudadanos José Ramón Fermín, Luis Arévalo, Jacqueline Moreau Aymard y Rosa Mejuto de Gordon, actuando en su propio nombre y con el carácter de miembros de la Junta Directiva del Colegio Venezolano de Agentes de la Propiedad Industrial (COVAPI), parte actora, y a las ciudadanas Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y Defensora del Pueblo, respectivamente, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, presenten escrito de defensa o promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas.  EXP. N° 09-680.-

 

18.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-10-192, TS-SC-10-193, TS-SC-10-194, TS-SC-10-195, y TS-SC-10-196, a los ciudadanos José Ramón Fermín, Luis Arévalo, Jacqueline Moreau Aymard y Rosa Mejuto de Gordon, actuando en su propio nombre y con el carácter de miembros de la Junta Directiva del Colegio Venezolano de Agentes de la Propiedad Industrial (COVAPI), Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y Defensora del Pueblo, respectivamente, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, presenten escrito de defensa o promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas.   EXP. N° 09-680.-

 

19.-) Se dictó auto mediante el cual, se da cumplimiento a la decisión N° 571 del 10 de junio de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido contra el artículo 8 de la Ley sobre Minerales No Metálicos del Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Portuguesa, Extraordinario N° 62 del 30 de septiembre de 2009, intentado por el ciudadano Héctor Daniel Lameda Rodríguez, asistido por el abogado Rafael Contreras Millán. EXP. N° 10-65.-

 

20.-) Se libró Despacho N° TS-SC-10-200, al ciudadano Juez Primero del Municipio Guanare de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, boleta y oficios Nros. TS-SC-10-197, y TS-SC-10-198, TS-SC-10-199, TS-SC-10-201, TS-SC-10-202, al ciudadano Juez Primero del Municipio Guanare de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo, Procuradora General de la República, y Presidenta del Concejo Legislativo del Estado Portuguesa, respectivamente, a los fines de remitirles copia certificada de la decisión N° 571 del 10 de junio de 2010, dictada por la Sala Constitucional,  en relación al recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido contra el artículo 8 de la Ley sobre Minerales No Metálicos del Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Portuguesa, Extraordinario N° 62 del 30 de septiembre de 2009, intentado por el ciudadano Héctor Daniel Lameda Rodríguez, asistido por el abogado Rafael Contreras Millán. EXP. N° 10-65.-

 

21.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido contra el artículo 8 de la Ley sobre Minerales No Metálicos del Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Portuguesa, Extraordinario N° 62 del 30 de septiembre de 2009, intentado por el ciudadano Héctor Daniel Lameda Rodríguez, asistido por el abogado Rafael Contreras Millán. EXP. N° 10-65.-

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

JUEVES 18 DE NOVIEMBRE DE 2010

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada María del Pilar Polo, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por el ciudadano Leonel Pérez Méndez,  en su condición de Procurador del Estado Carabobo, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley General de Puertos, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140 del 17 de marzo de 2009. EXP. N° 09-737.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Maria del Pilar Polo, en su carácter de apoderada judicial del Estado Carabobo, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Leonel Pérez Méndez, en su carácter de Procurador del Estado Carabobo, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela  Nº 39.140, de fecha 17/03/09. EXP. N° 09-508.-

 

3.-) Escrito presentado por el abogado Rómulo Antonio Herrera, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesta por el ciudadano Natale Bonura Scovazzo, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y contra decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Inquilinato y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 02 de diciembre de 2008.  EXP. N° 09-561.-

 

4.-) Escrito de adhesión presentado por el abogado Rómulo Antonio Herrera, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesta por el ciudadano Natale Bonura Scovazzo, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y contra decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Inquilinato y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 02 de diciembre de 2008.  EXP. N° 09-561.-

 

5.-) Diligencia presentada  por el abogado Rómulo Antonio Herrera, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesta por el ciudadano Natale Bonura Scovazzo, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y contra decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Inquilinato y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 02 de diciembre de 2008.  EXP. N° 09-561.-

 

6.-) Diligencia presentada por el abogado Oscar Borges Prim, en su carácter que lo acredita, a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad incoado por Oscar Borges Prim, contra la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela Nro. 38.081, de fecha 7 de diciembre de 2004. EXP. N° 06-72.-

 

7.-) Oficio N° 918-10, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, a los fines de enviar resultas de la comisión N° TS-SC-10-152, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesta por el ciudadano Natale Bonura Scovazzo, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios y contra decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Inquilinato y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 02 de diciembre de 2008.  EXP. N° 09-561.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

 

 

 

 

 

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