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MARTES 8 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Escrito presentado por los abogados Alejandro González Valenzuela y María Estela Zannella Torres, actuando en nombre propio, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los abogados Alejandro González Valenzuela y María Estela Zannella Torres, en relación a las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013, aprobadas por la Asamblea Nacional, en fecha 13 de diciembre de 2007. EXP. N° 09-1171.-
2.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 11-970, de acuerdo a sentencia N° 1074 de fecha 01 de julio de 2011, mediante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Ordena conocer de Oficio la Nulidad del Artículo 228 del Código Civil. EXP. N° 11-970.-
3.-) Diligencia presentada por los abogados Walter Lechin Allup y Gleliesid Mijares González, a los fines de darse por notificado, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, signado con el Nº 8.190, dictado por el ciudadano Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, en Consejo de Ministros, publicado en la Gaceta Oficial Nº 39668, de fecha 06/05/11. EXP. N° 11-961.-
4.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en los expedientes acumulados Nros. 2011-120, 2011-162, 2011-147, 2011-154 y 2011-159, de los recursos de nulidad admitidos, intentados contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6.015 (Extraordinaria), del 28 de diciembre de 2010, y verificadas las estadías a derecho de las partes actoras, este Juzgado de Sustanciación, conforme a lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda: Citar al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional, y notificar al ciudadano Procurador General de la República y a las ciudadanas Fiscal General de la República y Defensora del Pueblo. La citación del ciudadano Procurador General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, en los expedientes acumulados Nros. 2011-120, 2011-162, 2011-147 y 2011-154, el cual será publicado por las partes demandantes en un diario de circulación nacional. Exp. Nros: 2011-120, 2011-162, 2011-147, 2011-154 y 2011-159.
5.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-181, TS-SC-11-182, TS-SC-11-183, y TS-SC-11-184, a los ciudadanos Presidente de la Asamblea, Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo, y Procurador a General de la República, a los fines de remitirles copias certificadas de las decisiones Nros. 249 de fecha 9 de marzo de 2011, 252 de fecha 10 de marzo de 2011, 375 y 376 ambas de fecha 24 de marzo de 2011 y 631 de fecha 11 de mayo de 2011, de los libelos correspondientes y del auto de esta misma fecha, de este Juzgado de Sustanciación, mediante las cuales se admiten y acumulan las demandas de nulidad incoadas por Myriam Do` Nascimento Guevara, cursante en el expediente Nº 2011-120; José Luis Muños y otros, cursante en el expediente Nº 2011-162; Judith Raga Contreras y otros, cursante en el expediente Nº 2011-154; Oswaldo Otaiza y otros, cursante en el expediente Nº 2011-147 y José Alberto Urquía, cursante en el expediente Nº 2011-159, respectivamente, para que consigne escrito para la defensa de sus intereses y promueva pruebas, si lo estima pertinente, conforme al procedimiento establecido en los artículos 139 y siguientes de la referida Ley. Exp. Nros: 2011-120, 2011-162, 2011-147, 2011-154 y 2011-159.
6.-) Se libro cartel de emplazamiento a los interesados en los recursos de nulidad, contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.015 (extraordinaria); del 28 de diciembre de 2010, incoados por Myriam Do´Nascimento Guevara, cursante en el expediente N° 2011-120; José Luis Muños y otros, cursante en el expediente N° 2011-162; Judith Raga Contreras y otros, cursante en el expediente N° 2011-154; y Oswaldo Otaiza y otros, cursante en el expediente N° 2011-147. Exp. Nros: 2011-120, 2011-162, 2011-147, 2011-154 y 2011-159.
7.-) Se dictó auto mediante el cual, revisadas las actuaciones cursantes en los recursos de nulidad acumulados, contra disposiciones de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.880, Extraordinario del 9 de abril de 2008; de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, publicada en la Gaceta Oficial Nº 5.940 Extraordinario del 7 de diciembre de 2009 y de la Resolución Nº 510 del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia Nros. 2008- 654, 2008- 521 y 2010- 1052, este Juzgado, a los fines de la continuación del procedimiento, conforme a lo ordenado en las sentencias Nros. 1298 de fecha 13 de agosto de 2008, 797 de fecha 17 de junio de 2009 y 916 de fecha 8 de junio de 2011. Exp. Acumulados Nº 2008-654, 2008-521, 2010-1052.-
8.-) Se dictó auto mediante el cual, se hace saber, al ciudadano Juan José Molina, en su carácter de parte actora, conforme a lo establecido en el artículo 135 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, que esta Sala Constitucional en decisión Nº 1298 de fecha 13 de agosto de 2008, admitió el recurso de nulidad contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, notificación que se hace en cumplimiento de lo ordenado en el auto del Juzgado de Sustanciación de esta misma fecha, a los fines de la continuación del procedimiento. Se entenderá notificado vencido el término de diez días de despacho siguientes a que conste en autos la fijación de este cartel, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 93 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal. Exp. Acumulados Nº 2008-654, 2008-521, 2010-1052.-
9.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto se constata la inactividad de la parte actora en la presente causa, desde el 4 de agosto de 2010, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 08-1120.-
10.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto se constata la inactividad de la parte actora en la presente causa, desde el 22 de julio de 2010, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 09-1364.-
11.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto se constata la inactividad de la parte actora en la presente causa, desde el 20 de julio de 2010, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 07-1676.-
12.-) Se dicto auto mediante el cual, visto que el 6 de octubre de 2011 se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se constata que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. 09-741.-
13.-) Se dicto auto mediante el cual, visto que el 6 de octubre de 2011 se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se constata que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 11-175.-
14.-) Se dicto auto mediante el cual, visto que el 6 de octubre de 2011 se
cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran
sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el
artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la
revisión del expediente se constata que no fue promovida prueba alguna, en
consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 08-1616.-
15.-) Se dicto auto mediante el cual, visto que el 18 de mayo de 2011 se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se constata que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. 05-2131 / 06-814.-
16.-) Se dicto auto mediante el cual, visto que el 6 de octubre de 2011 se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se constata que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente. EXP. N° 10-1295.-
17.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la diligencia presentada el 19 de julio de 2011, por el ciudadano Agustín José Díaz Márquez, asistido de abogado, quien en su carácter de parte actora, en el recurso de nulidad contra el artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, expone: "...DESISTO formalmente en este acto de la acción que ha sido ejercida por mi; misma que dio origen a la presente causa. Como consecuencia de este desistimiento, solicito que se declare terminado el presente procedimiento y que se ordene el archivo del expediente...", este Juzgado ordena, remitir las precedentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines legales consiguientes. EXP. N° 10-1093.-
18.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la diligencia del 19 de julio de 2011, presentada por el abogado Rubén Romero Lozano, mediante la cual solicita le sea expedida copia certificada de los folios uno (1) al ciento treinta y tres (133) del expediente 09-0897, se acuerda dicha solicitud. EXP. N° 09-897.-
19.-) se dictó auto mediante el cual, vistas las actas del expediente N° 2009-0561, contentivo del recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Natale Bonura Scovazzo, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999; se observa que en fecha 1° de marzo de 2011, se libró cartel de emplazamiento a los interesados, por lo tanto, este Juzgado acuerda, practicar por Secretaría el cómputo de los diez (10) días de despacho siguientes, a la fecha en que se libró el referido cartel, lapso dentro del cual la parte recurrente debió retirar, publicar y consignar al expediente, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Se ordena practicar cómputo por Secretaría. EXP. N° 09-561.-
20.-) Se dictó auto mediante el cual, Visto lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el cual prevé: "El cartel de emplazamiento será publicado por la parte demandante en un diario de circulación nacional o regional según sea el caso, para que los interesados o interesadas concurran dentro del lapso de diez días de despacho siguientes a que conste en autos su publicación. La parte demandante tendrá un lapso de diez días de despacho, contados a partir del momento en que se haya librado el cartel, para retirarlo y publicarlo y consignar en autos un ejemplar del periódico donde hubiese sido publicado. Si la parte demandante incumpliere con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente, salvo que existan razones de orden público que justifiquen la continuación de la causa, en cuyo caso, el cartel deberá ser publicado por el Juzgado de Sustanciación.”. Este Juzgado, observa: Efectivamente, desde el 1° de marzo de 2011, exclusive, fecha en que se libró el cartel de emplazamiento a los interesados, hasta el 31 de marzo de 2011, fecha en la cual la parte demandante consignó la publicación del cartel, habían transcurrido los diez (10) días de despacho para efectuar el acto pertinente de publicación y consignación del cartel ordenado y librado, por lo que se produjo la perención breve de la instancia. Por todo lo anteriormente expuesto y, visto el cómputo practicado por Secretaría, este Juzgado de Sustanciación infiere que los diez (10) días de despacho, contados a partir del 1° de marzo de 2010, exclusive, para que el recurrente, publique y consigne el ejemplar del periódico donde conste la publicación el cartel de emplazamiento a los interesados, establecidos en el referido artículo 137, discurrieron hasta el día 24 de marzo de 2011, inclusive, sin que la parte recurrente cumpliera con su obligación, por ello, ante tal incumplimiento, declara la perención de la instancia de conformidad con el artículo 267 ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el archivo del Expediente N° 2009-561, contentivo del recurso de nulidad ejercido por el ciudadano NATALE BONURA SCOVAZZO, asistido por el abogado Rómulo Antonio Herrera, contra los artículos 38 y 41 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, publicado en la Gaceta Oficial Nº 36.845 del 7 de diciembre de 1999. EXP. N° 09-561.-
21.-) Se dictó auto mediante el cual se dio cumplimiento a la decisión N° 1066 del 3 de noviembre de 2010, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982. EXP. N° 10-238.-
22.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-201, TS-SC-11-202, y TS-SC-11-203, a los ciudadanos Presidente de la Asamblea, Fiscal General de la República, y el Procurador general de la República, a los fines de remitir anexo, copia certificada de la decisión N° 1066 del 3 de noviembre de 2010, contentiva del recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982. EXP. N° 10-238.-
23.-) Se libro cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982. EXP. N° 10-238.-
24.-) Se dictó auto mediante el cual se dio cumplimiento a la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1105, de fecha 4 de agosto de 2009, se admitió recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por los abogados Lucia Casañas, Joel Albornoz, Jorge Kiriakidis y Juan Livinalli, actuando con el carácter apoderados judiciales del Consorcio Guaritico-Guaritico III, contra los Códigos 077-01, 077-02 y 077-03 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza sobre Actividades Económicas de la Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar, dictada por el Concejo Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 03-2007, del 25 de enero de 2007. EXP. N° 08-1527.-
25.-) Se libró despacho N° TS-SC-11-185, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Marino, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de l Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, asimismo se libraron las boletas y oficios Nros. TS-SC-11-186, TS-SC-11-187, TS-SC-11-188, TS-SC-11-189, TS-SC-11-190 y TS-SC-11-191, a los ciudadanos Juez Primero de los Municipios Marino, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Sindico Procurador Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, Presidente del Concejo Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, Fiscal General de la República, Procuradora General de la República y Defensora del Pueblo, respectivamente, a los fines de remitirles copia certificada de la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1105 de fecha 4 de agosto de 2009, del libelo y del auto del Juzgado de Sustanciación de esta misma fecha. EXP. N° 08-1527.-
26.-) Se dictó auto mediante el cual se dio cumplimiento a la decisión N° 1487 del 11 de octubre de 2011, donde la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad ejercido por la abogada Susana Coromoto Acosta, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, contra los artículos 94 y 95 de la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas, de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, publicada en la Gaceta municipal N° 3316, el 28 de septiembre de 2010. Así mismo, acordó la medida cautelar solicitada y en consecuencia suspendió la aplicación de los artículos recurridos. EXP. N° 11-741.-
27.-) Se libro oficio N° TS-SC-11-196, al ciudadano Procurador General de la República, a los fines de remitirle copia certificada de la decisión N° 1487 del 11 de octubre de 2011, de esta Sala Constitucional, en relación al recurso de nulidad ejercido por la abogada Susana Coromoto Acosta, actuando con el carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, contra los artículos 94 y 95 de la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas, de Industria, Comercio, Servicios o de Índole Similar del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, publicada en la Gaceta municipal N° 3316, el 28 de septiembre de 2010. Así mismo, acordó la medida cautelar solicitada y en consecuencia suspendió la aplicación de los artículos recurridos. EXP. N° 11-741.-
28.-) Se dictó auto mediante el cual, visto que en el recurso de nulidad incoado por el abogado Eduardo García, contra el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.163, de fecha 22 de abril de 2009, se encuentra pendiente la fijación del acto oral y público establecido en la sentencia de esta Sala Constitucional Nº 1645 de fecha 19 de agosto de 2004. Visto que en la novísima Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se establecen nuevas normas procedimentales, en su Capítulo II, "De los procesos ante la Sala Constitucional", de inmediata aplicación, incluso para las causas que se encuentran en trámite. Visto que en dicho procedimiento el ofrecimiento de pruebas determina la fijación del acto oral y público, según lo señalado en el artículo 140 de la aludida Ley, en el que se especifica: "...En caso de que ninguno de los intervinientes promueva pruebas distintas a las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y el Juzgado de Sustanciación remitirá el expediente a la Sala, para que decida en un plazo de veinte días de despacho...". Este Juzgado, previa revisión de las actuaciones contenidas en la presente causa, y vista la estadía a derecho de la parte demandante, acuerda notificar al Presidente de la Asamblea Nacional, al Procurador General de la República, a la Fiscal General de la República y a la Defensora del Pueblo, para que de conformidad con lo establecido en el artículo 139 de la Ley que rige las funciones de este Supremo Tribunal, presenten escrito de defensas o promuevan pruebas, si lo estiman pertinente, en un lapso de diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última de la notificaciones ordenadas. EXP. N° 09-1200.-
29.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-192, TS-SC-11-193, TS-SC-11-194, y TS-SC-11-195, a los ciudadanos, Presidente de la Asamblea Nacional, Procurador General de la República, Defensora del Pueblo, y Fiscal General de la República, a los fines de remitirle copia certificada de la decisión N° 231 del 13 de abril de 2010, de esta Sala Constitucional, del escrito contentivo del recurso de nulidad incoado por el abogado Eduardo García, contra el artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.163, de fecha 22 de abril de 2009. EXP. N° 09-1200.-
30.-) Se dictó auto mediante el cual se dio cumplimiento a la decisión N° 1084 de fecha 13 de julio de 2011, de esta Sala Constitucional, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo de la acción de declaratoria de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en legislar, "...en materia de seguridad social, específicamente en cuanto al régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas y el Régimen Prestacional de Salud...", intentado por el ciudadano José Rafael García García. EXP. N° 11-455.-
31.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-197, TS-SC-11-198, TS-SC-11-199, y TS-SC-11-200, a los ciudadanos Procurador General de la República, Fiscal de la República, Defensora del Pueblo, y Presidente de de la Asamblea Nacional, a los fines de remitirles copias certificadas de la decisión N° 1084 de fecha 13 de julio de 2011, de esta Sala Constitucional, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo de la acción de declaratoria de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en legislar, "...en materia de seguridad social, específicamente en cuanto al régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas y el Régimen Prestacional de Salud...", intentado por el ciudadano José Rafael García García. EXP. N° 11-455.-
32.-) Se libró cartel de emplazamiento, a los interesados en la acción de declaratoria de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en legislar, "...en materia de seguridad social, específicamente en cuanto al régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas y el Régimen Prestacional de Salud...", intentado por el ciudadano José Rafael García García. EXP. N° 11-455.-
33.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-204, TS-SC-11-205, TS-SC-11-206, y TS-SC-11-2007, a los ciudadanos Procurador General de la República, Fiscal de la República, Defensora del Pueblo, y Presidente de de la Asamblea Nacional, a los fines de remitirles copias certificadas de la decisión N° 623 del 3 de mayo de 2011, contentiva del recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. EXP. N° 11-150.-
34.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. EXP. N° 11-150.-
El Secretario.
MIERCOLES 9 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Escrito presentado por el abogado Manuel Enrique Reyes Peña, en representación propia, a los fines de solicitar se continue con el procedimiento, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el artículo 21 de la Ley de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas Nacionales, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 35.752 de fecha 13 de julio 1995. EXP. N° 10-129.-
2.-) Diligencia presentada por el ciudadano Angel Ricardo Olivo, en su carácter de Presidente del Concejo Municipal Autónomo Atures del Estado Amazonas, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el ciudadano Ángel Ricardo Olivo en su carácter de Presidente del Concejo Municipal de Atures, del Estado Amazonas asistido por el abogado Guillermo J. Marciales Rodríguez contra los artículos 13, 17, 18, y la parte in fine de las disposiciones finales segunda de Decreto la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, Publicada en Gaceta Oficial Nº 39592, de fecha 12/01/11. EXP. N° 11-146.-
3.-) Diligencia presentada por el abogado Carlos La Marca Erazo, en su carácter de apoderado, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo constitucional, interpuesto por los abogados Alberto Blanco-Uribe Quintero y Carlos La Marca Erazo, apoderados judiciales de la Asociación Civil Cámara de Aseguradores de Venezuela, contra la norma contenida en el artículo 44 de la Ordenanza de Impuesto sobre Vehículos del Municipio Barinas del Estado Barinas. EXP. N° 09-1029.-
4.-) Diligencia presentada por los abogados Jorge Blanco y Gabriel Aguilar, en su carácter de apoderados judiciales, a los fines de retirar el cartel de emplazamiento, para su respectiva publicación, correspondiente a los recursos de nulidad, contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.015 (extraordinaria); del 28 de diciembre de 2010, incoados por Myriam Do´Nascimento Guevara, cursante en el expediente N° 2011-120; José Luis Muños y otros, cursante en el expediente N° 2011-162; Judith Raga Contreras y otros, cursante en el expediente N° 2011-154; y Oswaldo Otaiza y otros, cursante en el expediente N° 2011-147. Expedientes acumulados Nros. 2011-120, 2011-162, 2011-154, 2011-147.-
El Secretario.
JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó la siguiente actuación.
1.-) Diligencia presentada por el abogado Edgar Parra Moreno, actuando en su propio nombre, a los fines solicitar celeridad procesal en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo, contra la Ley Especial Sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.156, de fecha 13 de abril de 2009. EXP. N° 09-595.-
El Secretario.
MARTES 15 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Escrito presentado por el abogado Henry Antonio Toledo Blanco; en su carácter de sustituto del Síndico Procurador Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra la norma contenida en el artículo 49, Clasificador de Actividades Económicas, numeral 26, código 300.004 y el anexo contentivo del referido código 300.004, página 86, de la Ordenanza Modificatoria, de la Ordenanza de Impuestos Sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Indole Similar, publicado en Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, Nº 3017-1, de fecha 26/05/08. EXP. N° 09-556.-
2.-) Escrito presentado por los abogados Felipe Segundo Hinojosa; Cruz Esteban Febres D; José Jesús Calzadilla Rodríguez, Carlos martín Ramírez y Johel Seijas, en su carácter de Representante Legales de la Asamblea Nacional, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por el abogado Henry Pereira Gorrín, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se le delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6009, Extraordinario, de fecha 17 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-143.-
3.-) Escrito presentado por el abogado José Angel Mogollón N, en su carácter de sustituto del Procurador General de la República, a los fines de formulara alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por el abogado Henry Pereira Gorrín, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se le delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6009, Extraordinario, de fecha 17 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-143.-
4.-) Diligencia presentada por el abogado Morris Sierralta Peraza, actuando en nombre propio, a los fines de solicitar copias certificadas de las notificaciones que, conforma al auto de fecha 1° de marzo de 2011, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra los Artículos 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 437, 438, 439, 440, 441, 442, 443, 444, 445, 446, 447, 448 y 449, del Decreto Número 1526 con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras. EXP. N° 07-1183.-
5.-) Diligencia presentada por la abogada Lucelia Castellanos Pérez, en su carácter de Defensora II, adscrita a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria General de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de retirar el cartel de emplazamiento, para su respectiva publicación, correspondiente al recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982. EXP. N° 10-238.-
6.-) Diligencia presentada por la abogada Lucelia Castellanos Pérez, en su carácter de Defensora II, adscrita a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria General de la Republica Bolivariana de Venezuela, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad ejercido por la abogada Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo. EXP. N° 10-1105.-
El Secretario.
MIERCOLES 16 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por los abogados Jorge Blanco y Gabriel Aguilar, en su carácter de apoderados judiciales, a los fines de consignar la publicación del cartel de emplazamiento, correspondiente a los recursos de nulidad, contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica del Poder Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.015 (extraordinaria); del 28 de diciembre de 2010, incoados por Myriam Do´Nascimento Guevara, cursante en el expediente N° 2011-120; José Luis Muños y otros, cursante en el expediente N° 2011-162; Judith Raga Contreras y otros, cursante en el expediente N° 2011-154; y Oswaldo Otaiza y otros, cursante en el expediente N° 2011-147. Expedientes acumulados Nros. 2011-120, 2011-162, 2011-154, 2011-147.-
2.-) Diligencia presentada por el abogado Alejandro Silva, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad contra los artículos 1, numerales 1 y 2 del primer aparte; 3 numeral 3; 5 numeral 2; 6; 7; 10 numerales 1 y 2 y apartes segundo y tercero; 14 en su encabezamiento; primer, quinto y último aparte; 15; 25; 28 numerales 2 literales c y d, 3 literales a y 4 literal b y cuarto aparte; 29; 33; 34 último aparte y 35 primer aparte de la Ley de Reforma Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.333 de fecha 12 de diciembre de 2005, intentado por los apoderados judiciales de Corpomedios Gv Inversiones C.A. EXP. N° 05-1852.-
3.-) Diligencia presentada por el abogado Alejandro Silva, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Marcel Granier H., Y Oswaldo Quintana C., asistidos por los abogados Gustavo J. Reyna, José Valentín González P. y José Humberto Frías, contra el Artículo 192 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOTEL), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.970, del 12 de junio de 2000. EXP. N° 06-300.-
4.-) Diligencia presentada por el abogado Alejandro Silva, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de formular alegatos, en relación a la acción de nulidad ejercida contra los artículos 211 (ordinal 3°) 225 (ordinales 3°, 4° y 5°) y 290 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y subsidiariamente contra los artículos 147, 148, 151 y 152 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, intentada por los apoderados judiciales de Globovisión Tele, C.A. EXP. N° 07-1533.-
5.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 11-1021, contentivo del recurso de nulidad, interpuesto por los ciudadanos Gerardo Blyde Pérez, Ery Marcano, David Guevara, Paula Zambrano Y Chritian del Giudice en su carácter de Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, Sindica Procuradora Municipal del Municipio Baruta respectivamente contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, publicada en Gaceta Oficial Nº 6017 Extraordinaria del 30 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-1021.-
6.-) Diligencia presentada por la abogada Elisa Ramos Almeida, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de solicitar pronunciamiento sobre las admisión de las pruebas promovidas, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los representantes judiciales de las sociedades mercantiles FLOTA PESQUERA MUJICA RUÍZ, C.A. (FLOMURCA) y PRODUCTORA PESQUERA, C.A. (PRODUPESCA), contra los “(…) artículos 23, 46, 47 y 102 [del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura] (…) publicad[o] en la Gaceta Oficial Nº 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008”. EXP. N° 09-211 acumulado al 09-353.-
El Secretario.
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por la abogada Ana Josefina Ferrer Quintero, en su condición de sustituta del ciudadano Procurador del Estado Zulia, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Asdrúbal José Quintero en su carácter de Procurador General del Estado Zulia, en representación de la Entidad Federal Zulia, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público, Publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.140 de fecha 17/03/09. EXP. N° 09-482.-
2.-) Diligencia presentada por la abogada Lucía Casañas, con el carácter de apoderada judicial del Consorcio Guaritico-Guaritico III, mediante la cual se da por notificada, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra los Códigos 077-01, 077-02 y 077-03 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza Sobre Actividades Económicas de la Industria, Comercio, Servicio de Índole Similar, dictada por el Concejo Municipal del Municipio Tubores del Estado Nueva Esparta, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 03-2007, del 25 de enero de 2007. EXP. N° 08-1527.-
3.-) Diligencia presentada por el abogado Carlos Briceño, mediante la cual se da por notificado de la sentencia N° 1534 del 13 de octubre de 2011, en relación al expediente contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Carlos Briceño Moreno apoderado judicial de los ciudadanos Marisol Aguilera, Carente Ludeña y otros, contra la Ley de Reforma de la Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología e Innovación publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39575 de fecha 16 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-1032.-
4.-) Diligencia presentada por el abogado José M. Martínez, mediante la cual retira el cartel de emplazamiento, a los fines de su publicación, en relación al recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. EXP. N° 11-150.-
El Secretario.
MARTES 22 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Se recibió de la sala Constitucional el expediente N° 06-732, de acuerdo a la sentencia N° 234, de fecha 04 de marzo de 2011, contentivo de la Desaplicación de Norma por Control Difuso del Artículo 46 del Código Orgánico Tributario, en la apelación intentada por el abogado Antonio Bermúdez, representante de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. EXP. N° 06-732.-
2.-) Se recibió de la Sala Constitucional el expediente N° 11-801, mediante sentencia N° 1766, contentivo del recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por los abogados Leonel Pérez Méndez, en su carácter de Procurador del Estado Carabobo, Alejandro Otero Méndez, en su carácter de Procurador del Estado Miranda, Asdrúbal José Quintero, en su carácter de Procurador General del Estado Zulia y otros, contra Decreto Nº 8.163, de fecha 18/04/11, con Rango, Valor y Fuerza de Ley que crea Contribución Especial por Precios Extraordinarios y Precios Exorbitantes en el Mercado Internacional de Hidrocarburos, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.022 extraordinario de fecha 18/04/11. EXP. N° 11-801.-
3.-) Se recibió de la Sala Constitucional el expediente N° 11-1000, mediante sentencia N° 1763, contentivo del recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por los abogados Gerardo Alberto Blyde Pérez, Ery Marcano Valero, David Guevara Domar y otros, procediendo en este acto el primero en su carácter de Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, la segunda en su condición de Síndico Procurador Municipal del Municipio Baruta del Estado Miranda, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en Gaceta Oficial número 6.015 extraordinaria de fecha 28/12/10. EXP. N° 11-1000.-
4.-) Se recibió de la Sala Constitucional el expediente N° 11-1043, mediante sentencia N° 1765, contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por los ciudadanos Isadora Suárez y Manuel Avendaño asistidos por el abogado Rafael Antonio Veloz García, contra el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. EXP. N° 11-1043.-
5.-) Diligencia presentada por el ciudadano José Rafael García García, asistido de abogado, a los fines de retirar l cartel de emplazamiento, para su respectiva publicación, en relación a la Omisión Legislativa, interpuesta por el ciudadano José Rafael García García, asistido por el abogado Humberto Decarli R, contra la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, por no haber legislado en materia de Seguridad Social específicamente en cuanto al Régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas y el Régimen Prestacional de Salud. EXP. N° 11-455.-
6.-) Diligencia presentada por el abogado Henry Pereira Gorrin, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad intentado por el abogado Henry Pereira Gorrín, actuando en nombre propio, contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, publicada Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37504, de fecha 13 de agosto de 2002. EXP. N° 10-93.-
7.-) Diligencia presentada por el abogado José M. Martínez, mediante la cual consignó la publicación del cartel de emplazamiento, con relación al recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. EXP. N° 11-150.-
El Secretario.
MIERCOLES 23 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó la siguiente actuación.
1.-) Diligencia presentada por el ciudadano David José Guevara Domar, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de darse por notificado, asimismo solicitar se continúe con el procedimiento, en el recurso de nulidad, interpuesto por los ciudadanos Gerardo Blyde Pérez, Ery Marcano, David Guevara, Paula Zambrano Y Chritian del Giudice en su carácter de Alcalde del Municipio Baruta del Estado Miranda, Sindica Procuradora Municipal del Municipio Baruta respectivamente contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, publicada en Gaceta Oficial Nº 6017 Extraordinaria del 30 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-1021.-
El Secretario.
JUEVES 24 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por el abogado Javier López, en su carácter de defensor III, adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria General de la Republica, a los fines de formular alegato, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los representantes judiciales de las sociedades mercantiles Flota Pesquera Mújica Ruiz, C.A. (FLOMURCA) y Productora Pesquera, C.A. (PRODUPESCA), contra los “(…) artículos 23, 46, 47 y 102 [del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura] (…) publicad[o] en la Gaceta Oficial Nº 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008”. EXP. N° 09-211 acumulado al 09-353.-
2.-) Diligencia presentada por el abogado Javier López, en su carácter de defensor III, adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria General de la Republica, a los fines de consignar la publicación del cartel de emplazamiento, en relación al recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982. EXP. N° 10-238.-
3.-) Diligencia presentada por el abogado Jesús Daniel Pérez Martínez, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de solicitar adherirse al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra la norma contenida en el artículo 49, Clasificador de Actividades Económicas, numeral 26, código 300.004 y el anexo contentivo del referido código 300.004, página 86, de la Ordenanza Modificatoria, de la Ordenanza de Impuestos Sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de Indole Similar, publicado en Gaceta Municipal del Municipio Bolivariano Libertador, Nº 3017-1, de fecha 26/05/08. EXP. N° 09-556.-
4.-) Diligencia presentada por el abogado Antonio Puppio, en su carácter de apoderado judicial, a los fines de dejar constancia de haber recibido copias certificadas de toso el expediente, en relación a la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional en sancionar la Ley Orgánica de Salud ordenada por el Constituyente en la Disposición Transitoria Sexta de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejercida por el Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la organización denominada CONVITE, C.A., y las asociaciones civiles Fundación Reflejos de Venezuela, acción ciudadana contra el sida, y acción solidaria. EXP. N° 09-897.-
El Secretario.
MARTES 29 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.
1.-) Diligencia presentada por la ciudadana Ysela Ayala, en su carácter de representante de la Procuraduría General de la Republica, a los fines de consignar oficio poder, contentivo de la Desaplicación de Norma por Control Difuso del Artículo 46 del Código Orgánico Tributario, en la apelación intentada por el abogado Antonio Bermúdez, representante de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. EXP. N° 06-732.-
2.-) Diligencia presentada por el ciudadano José Rafael García García, asistido de abogado, a los fines de consignar la publicación del cartel de emplazamiento, , en relación a la Omisión Legislativa, interpuesta por el ciudadano José Rafael García García, asistido por el abogado Humberto Decarli R, contra la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, por no haber legislado en materia de Seguridad Social específicamente en cuanto al Régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas y el Régimen Prestacional de Salud. EXP. N° 11-455.-
3.-) Diligencia presentada por la abogada Anmy Toledo, mediante la cual solicita el pase del expediente a la Sala, en relación al recurso de nulidad, por inconstitucionalidad intentado por la abogada Anmy Toledo de Coletta, apoderada judicial de la Sociedad Civil "CÁMARA LICORERA Y AFINES DEL ESTADO ZULIA", contra la "...Ordenanza de Reforma Total de la Ordenanza que Crea y Regula el Impuesto Sobre Actividades Económicas del Municipio San Francisco del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal de fecha 11 de diciembre de 2009, N° 258, Año XIV Extraordinaria en sus artículos 6 cardinal 5, 9 cardinal 4, 68, 113 y los Códigos con sus respectivas alícuotas Nos 15, 93 y 115 del Clasificador de Actividades Económicas, Anexo 'A' de la referida Ordenanza, y de los artículos 171 y 172 de la Ordenanza sobre Administración Tributaria Municipal del Municipio San Francisco del Estado Zulia Extraordinaria N° 259 Año XIV". EXP. N° 10-657.-
4.-) Diligencia presentada por la abogada Melba Ferrer de Ramos, mediante el cual consigna poder, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad ejercido por el abogado José Alberto Ibarra Vargas, contra la Ley para la prohibición de Videojuegos Bélicos y Juguetes Bélicos, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.320 del 3 de diciembre de 2009. EXP. N° 10-305.-
El Secretario.
MIERCOLES 30 DE NOVIEMBRE DE 2011
Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó la siguiente actuación.
1.-) Diligencia presentada por el abogado Manuel Avendaño, mediante la cual formula alegatos, en el recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar, interpuesto por los ciudadanos Isadora Suárez y Manuel Avendaño asistidos por el abogado Rafael Antonio Veloz García, contra el artículo 124 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. EXP. N° 11-1043.-
El Secretario.
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