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Juzgado de Sustaciación Sala Constitucional
  • Fecha: 09 al 31 de agosto del 2011





MARTES 9 DE AGOSTO DE 2011

 

 

 

MARTES 9 DE AGOSTO DE   2011.

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

 

1.-) Diligencia presentada por la abogada Gioconda de Jesús Correa Tejera, actuando en su propio nombre, a los fines de solicitar se libren los oficios, así como el cartel de emplazamiento, correspondiente al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por la abogada Gioconda de Jesús Correa Tejera, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilados de Altos Funcionarios y altas Funcionarias del Poder Público, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39592, de fecha 12 de enero de 2011.  EXP. N° 11-189.-

 

 

2.-) Diligencia presentada por el abogado Javier Antonio Lípez Cerada,  en su carácter de Defensor III adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, a los fines de manifestar aún su interés procesal en el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su condición de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela y los abogados Larry Devoe Márquez, Eneida Fernandes Da Silva y Zulay Arcia, en su condición de Director General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, el primero de ellos, y las demás en su carácter de abogados de la referida Dirección General de Servicios Jurídicos, contra el artículo 57 del Código Civil, publicado en la Gaceta Oficial N° 2.990 Extraordinaria del 26 de julio de 1982.  EXP. N° 10-238.-

 

3.-) Diligencia presentada por el abogado Javier Antonio López Cerada,  en su carácter de Defensor III adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoría del Pueblo, a los fines de manifestar aún su interés procesal en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por Gabriela Del Mar Ramírez Pérez , en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, Larry Devoe Márquez Director General de Servicios Jurídicos, Jesús Mendoza Mendoza, Director de Recursos Judiciales de la Defensoría del Pueblo, y los abogados Javier López Cerrada Bonalde Colmenares, Lucelia Castellanos Pérez, Lilian Quevedo Ruiz,  contra los artículos 502, 503, 504, 538y del Código Penal. EXP. N° 11-069.-

 

 

4.-) Oficio N° 83-11, de fecha 4 de agosto de 2011, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la circunscripción judicial del Estado Aragua, a los fines de remitir resultas de la comisión N° TS-SC-11-091, en relación al recurso de nulidad intentado conjuntamente  con solicitud de medida cautelar, por la ciudadana Conny García, apoderada judicial de la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela (ASUELECTRIC de Venezuela), contra la Ordenanza Sobre el Servicio de Aseo Urbano Domiciliario del Municipio San Diego del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal  de esa entidad N° 582 del 21 de diciembre de 2005. EXP. N° 08-104.-

 

 

5.-) Diligencia presentada por la abogada María del Pilar Polo, mediante la cual formula alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por el abogado Leonel Pérez Méndez, en su carácter de Procurador del Estado Carabobo, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Aeronáutica Civil, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39140, de fecha 17/03/09. EXP. N° 09-741.-

 

 

6.-) Diligencia presentada por el ciudadano León Jurado, en su carácter de Síndico Procurador del Estado  Carabobo, a los fines de darse por notificado, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público. EXP. N° 11-121.-

 

 

7.-) Diligencia presentada por el ciudadano León Jurado, en su carácter de Síndico Procurador del Estado  Carabobo, a los fines de darse por notificado, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra los Artículos 27, Numeral Tercero del Artículo 28 y Artículo 32 Numeral Primero de la Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela N° 5940, de fecha 07 de diciembre de 2009 y contra la resolución n° 508 emanada del Ministerio del poder Popular para Relaciones Interiores y de Justicia. EXP. N° 10-1052.-

 

 

8.-) Diligencia presentada por el ciudadano Cesar Dario Azocar, asistido por el abogado Gabriel José Aguilar, a los fines de darse por notificado del recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra la Disposición Transitoria Segunda de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, únicamente en lo atinente al lapso o periodo de entrada en vigencia de la Ley, publicada en la Gaceta Oficial Nº Extraordinario 6.015, de fecha 28/12/10.   EXP. N° 11-154.-

 

 

9.-) Oficio N° 1567-11, de fecha 28 de julio de 2011, remitido por el Juzgado Superior  en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a los fines de remitir resultas de la comisión Nro. TS-SC-11-081,correspondiente al recurso de nulidad ejercido conjuntamente con medida cautelar innominada, por los ciudadanos Egda Vílchez, Henry Ramírez Y Nelson Canquiz, actuando en su condición de Concejales principales, los dos primeros, y el último, en su condición de Concejal Suplente del Concejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistidos por la abogada Rebeca del Gallego de Machado, contra la Ordenanza de supresión y liquidación del Instituto Autónomo Municipal del Ambiente del Municipio Maracaibo del Estado Zulia (IMA) de fecha 09 de Febrero de 2.011, publicada en Gaceta Municipal N° 003-2011 del 14 de febrero de 2011. EXP. N° 11-367.-

 

 

10.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nro. 375 del 24 de marzo de 2011, que admitió el recurso de nulidad intentado contra la disposición transitoria segunda de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 Extraordinaria del 28 de diciembre de 2010, por los ciudadanos Judith Raga Contreras, Vicente Bermúdez Olivares y otros, y que además acumuló la causa a la contenida en el expediente Nº 2011-120, este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte actora, en la tercera transversal de Prado de María Nº 28-16 entre calle Santa Ana y Santa Isabel, Parroquia Santa Rosalia, Caracas. Líbrese oficio. EXP. N° 11-154.-

 

 

11.-) Se libró Oficio N° TS-SC-11-144, a los Ciudadanos  Judith Raga Contreras, Vicente Bermúdez Olivares y otros, en relación al  recurso de nulidad, contra la disposición transitoria segunda de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 Extraordinaria del 28 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-154.-

 

 

12.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nro. 252 del 10 de marzo de 2011, que admitió el recurso de nulidad intentado contra los artículos 35, 36, 110, 111 y la disposición transitoria segunda de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 Extraordinaria del 28 de diciembre de 2010, por los ciudadanos José Muños Castañeda, Kyra Tortello Bonsanto, Martín Recinos y José Noria Sanoja, y que además acumuló la causa a la contenida en el expediente Nº 2011-120, este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte actora, en la Urbanización La Boyera, calle 13, Quinta Cajuanacamilo, Municipio El Hatillo Estado Miranda. Líbrese oficio. EXP. N° 11-162.-

 

 

13.-) Se libró Oficio N° TS-SC-11-145, a los ciudadanos José Muños Castañeda, Kyra Tortello Bonsanto, Martín Recinos y José Noria Sanoja, en relación al recurso de nulidad intentado contra los artículos 35, 36, 110, 111 y la disposición transitoria segunda de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6.015 Extraordinaria del 28 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-162.-

 

 

14.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nro. 789 del 24 de mayo de 2011, mediante se admitió el recurso de nulidad en contra del cardinal 4 del artículo 250 del Código Orgánico Tributario y de la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA-2009-003188 del 27 de noviembre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, intentado por el abogado Fidel Montañez Pastor, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "REPUESTOS PRUDENCIO, C.A.", este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte demandante, a los fines de la continuación del procedimiento.   EXP. N° 10-158.-

 

 

15.-) Se libró Oficio N° TS-SC-11-146, al ciudadano Idel Montañez pastor, en su carácter de apoderado judicial, en relación  recurso de nulidad en contra del cardinal 4 del artículo 250 del Código Orgánico Tributario y de la Resolución SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA-2009-003188 del 27 de noviembre de 2009, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, intentado por el abogado Fidel Montañez Pastor, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "REPUESTOS PRUDENCIO, C.A.", este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte demandante, a los fines de la continuación del procedimiento.   EXP. N° 10-158.-

 

 

16.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 624 de fecha 3 de mayo de 2011, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo del recurso de nulidad contra los artículos 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y la Disposición Final Primera de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.592 del 12 de enero de 2011,  interpuesto conjuntamente con amparo constitucional y solicitud de medida cautelar innominada, intentado por el ciudadano León Alejandro Jurado Laurentín, actuando en su carácter de Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo; vista igualmente, la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1099 de fecha 13 de julio de 2011, mediante la cual admiten recurso de nulidad intentado contra los artículos 13, 17 y 18 y la Disposición Final Segunda de la citada Ley, por el ciudadano Angel Ricardo Olivo, en su carácter de Presidente del Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado y que además ordena la acumulación de la causa con la contenida en el expediente Nº 2011-121; asimismo, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1246 de fecha 26 de julio de 2011, mediante la cual admiten recurso de nulidad intentado contra el artículo 5 de la Ley  misma Ley, por la ciudadana Gioconda de Jesús Correa Tejera, y acumulan la causa con la contenida en el expediente Nº 2011-121; este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. EXP. N° 11-121.-

 

 

17.-) Se libraron Despachos Nros TS-SC-11- 147 y TS-SC-11- 150, boletas Nros. TS-SC-11- 148 y TS-SC-11- 158, y oficios Nros TS-SC-11- 149 y TS-SC-11- 151, al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para que practique la notificación del ciudadano León Jurado Laurentín, Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, al Juzgado Primero de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, para que practique la notificación del ciudadano Angel Ricardo Olivo, Presidente del Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, y a la ciudadana Gioconda de Jesús Correa Tejera, en relación al  recurso de nulidad contra los artículos 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y la Disposición Final Primera de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.592 del 12 de enero de 2011,  interpuesto conjuntamente con amparo constitucional y solicitud de medida cautelar innominada, intentado por el ciudadano León Alejandro Jurado Laurentín, actuando en su carácter de Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo; vista igualmente, la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1099 de fecha 13 de julio de 2011, mediante la cual admiten recurso de nulidad intentado contra los artículos 13, 17 y 18 y la Disposición Final Segunda de la citada Ley, por el ciudadano Angel Ricardo Olivo, en su carácter de Presidente del Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado y que además ordena la acumulación de la causa con la contenida en el expediente Nº 2011-121; asimismo, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 1246 de fecha 26 de julio de 2011, mediante la cual admiten recurso de nulidad intentado contra el artículo 5 de la Ley  misma Ley, por la ciudadana Gioconda de Jesús Correa Tejera, y acumulan la causa con la contenida en el expediente Nº 2011-121; este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. EXP. N° 11-121.-

 

 

18.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nro. 916 del 8 de junio de 2011, que admitió el recurso de nulidad intentado contra los artículos 27, 28.3 y 32.1 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.940 Extraordinario del 7 de diciembre de 2009, y de la Resolución Nº 510 del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.070 del 1 de diciembre de 2008, por el abogado León Alejandro Jurado Laurentín, en su carácter de Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, y que además acumuló la causa a las contenidas en los expedientes acumulados Nº 2008-654/2008-521, este Juzgado, conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda comisionar al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, para que practique la notificación del ciudadano León Alejandro Jurado Laurentín, Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, en la Avenida Don Julio Centeno, Centro Comercial San Diego (fin de siglo) entre las urbanizaciones El Morro II y La Esmeralda, local Z-1, San Diego, para lo cual se le concede dos (2) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boleta y oficio notificar a las partes demandantes, a los fines de la continuación del procedimiento.  EXP. N° 10-1052.-

 

 

19.-) Se libró Despacho N° TS-SC-11-154, al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se libró boleta N° TS-SC-11-155, al ciudadano León Alejandro Jurado Laurentín, Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo y oficio N° TS-SC-11-156,  al Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en relación al recurso de nulidad intentado contra los artículos 27, 28.3 y 32.1 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.940 Extraordinario del 7 de diciembre de 2009, y de la Resolución Nº 510 del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Nº 39.070 del 1 de diciembre de 2008, por el abogado León Alejandro Jurado Laurentín, en su carácter de Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, y que además acumuló la causa a las contenidas en los expedientes acumulados Nº 2008-654/2008-521 EXP. N° 10-1052.-

 

20.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 178 de fecha 1° de marzo de 2011, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo del recurso de nulidad incoado por el abogado Henry Pereira Gorrín, contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado ordena: Por cuanto consta en autos la estadía a derecho de la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda citar al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional, y notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo y Procuradora General de la República. La citación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto  con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual será publicado por la parte demandante en un diario de circulación nacional o regional. Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho. EXP. N° 10-93.-

 

21.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-157, TS-SC-11-158, TS-SC-11- 159, y  TS-SC-11-160, al Presidente de la Asamblea Nacional, y notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo y Procuradora General de la República. La citación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto  con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual será publicado por la parte demandante en un diario de circulación nacional o regional. Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la Ley del Tribunal Supremo de Justicia, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho. EXP. N° 10-93.-

 

 

22.-) Se libró cartel de emplazamiento, a los interesados en el recurso de nulidad incoado por el abogado Henry Pereira Gorrín, contra el artículo 177 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. EXP. N° 10-93.-

 

 

23.-) Se dictó auto mediante el cual, se dio cumplimiento a la decisión N° 685 del 12 de mayo de 2011, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, ejercido por el ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.009, Extraordinario, del 17 de diciembre de 2010. Asimismo, acumuló la causa a la contenida en el expediente Nº 2011-143. Por cuanto se ha verificado la estadía a derecho de la parte demandante, este Juzgado de Sustanciación conforme a lo establecido en el artículo 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda librar la citación del Presidente de la Asamblea Nacional, las notificaciones de la Procuradora General de la República, de la Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo, así como el cartel de emplazamiento. Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la referida Ley, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.  EXP. N° 11-63 acumulado al 11-143.-

 

24.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-161, TS-SC-11-162, TS-SC-11- 163, y  TS-SC-11-164, acuerda librar la citación del Presidente de la Asamblea Nacional, las notificaciones de la Procuradora General de la República, de la Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo, así como el cartel de emplazamiento. Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la referida Ley, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.  EXP. N° 11-63 acumulado al 11-143.-

 

 

25.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, ejercido por el ciudadano Richard Miguel Mardo Mardo, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se delegan, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.009, Extraordinario, del 17 de diciembre de 2010. EXP. N° 11-63 acumulado al 11-143.-

 

 

26.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 234 de fecha 4 de marzo de 2011, mediante la cual en ejercicio de la competencia contenida en los artículos 336, cardinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 25, cardinal 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y artículo 34 eisudem, se conozca de oficio la nulidad del artículo 46 del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial Nº 37.305 del 17 de octubre de 2001, este Juzgado ordena: Citar al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional y notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo y Procuradora General de la República, respectivamente. La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto  con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual será publicado en un diario de circulación nacional o regional, para que concurran dentro de un lapso de diez días de despacho siguientes a que conste en autos su publicación. EXP. N° 11-410.-

 

 

27.-) Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-165, TS-SC-11-166, TS-SC-11- 167, y  TS-SC-11-168, a los fines de citar al ciudadano Presidente de la Asamblea Nacional y notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo y Procuradora General de la República, respectivamente. La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto  con Rango y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual será publicado en un diario de circulación nacional o regional, para que concurran dentro de un lapso de diez días de despacho siguientes a que conste en autos su publicación. EXP. N° 11-410.-

 

 

28.-) Se libró cartel de emplazamiento a los interesados en el recurso de nulidad  del artículo 46 del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.305, de fecha 17 de octubre de 2001, que deben comparecer por ante este Supremo Tribunal a darse por citados en el presente juicio, dentro de los (10) diez días de despacho siguientes, a que conste en autos su publicación. Todo ello en cumplimiento en lo ordenado en la decisión de esta Sala Constitucional N° 234 de fecha 4 de marzo de 2011. EXP. N° 11-410.-

 

 

29.-)  Se dictó auto mediante el cual, se dio cumplimiento a la decisión N° 623 del 3 de mayo de 2011, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. Así mismo, negó la medida cautelar solicitada; y ordenó requerir un informe al Banco Central de Venezuela, y al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas, respecto al impacto económico que supondría la aplicación de la ley impugnada. Este Juzgado de Sustanciación conforme a lo establecido los artículos 135, segundo aparte y 136 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda notificar a la parte demandante, y una vez verificada su estadía a derecho, se librarán la citación del Presidente de la Asamblea Nacional,  las notificaciones de la Procuradora General de la República, de la Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo, así como el cartel de emplazamiento y requerir los referidos informes al Banco Central de Venezuela, y al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.  La citación de la ciudadana Procuradora General de la República,  se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley  de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Todo ello, para que una vez transcurridos los lapsos previstos en los artículos 137 y siguientes de la Ley que rige este Supremo Tribunal, en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en estado de sentencia y se remitirá el expediente a la Sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.  EXP. N° 11-150.-

 

 

30.-)  Se libraron los oficios Nros. TS-SC-11-169, TS-SC-11-170, y  TS-SC-11-171, al Banco Central de Venezuela, y al Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas. Asimismo al ciudadano Rafael N. Sáez, en su condición de Contralor Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, en relación al recurso de nulidad, contra la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Funcionarias del Poder Público, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.592 del 12 de enero de 2011. EXP. N° 11-150.-

 

 

31.-) Se dictó auto mediante el cual, vista la decisión de esta Sala Constitucional Nº 783 de fecha 24 de mayo de 2011, mediante la cual remiten a este Juzgado de Sustanciación, el expediente contentivo del recurso de nulidad contra el artículo 44 de la Ordenanza de Impuesto sobre Vehículos del Municipio Barinas del Estado Barinas, publicada en la Gaceta Municipal del referido Municipio Nº Extraordinario 88-06 del 22 de noviembre de 2006, intentado por los apoderados judiciales de la Cámara de Aseguradores de Venezuela y MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. DE SEGUROS, este Juzgado ordena: Por cuanto consta en autos la estadía a derecho de la parte demandante, se acuerda comisionar al Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, para que practique las citaciones del ciudadano Presidente del Concejo Municipal y Síndico Procurador del Municipio Barinas del Estado Barinas, respectivamente, para lo cual se le concede seis (6) días para ida y vuelta como término de distancia. Líbrense despacho, boletas y oficio. Asímismo se ordena notificar a las ciudadanas Fiscal General de la República, Defensora del Pueblo y Procuradora General de la República. Librar cartel de emplazamiento a los interesados, el cual será publicado por la parte demandante en un diario de circulación nacional o regional. EXP. N° 09-1029.-

 

32.-) Se libró Despacho N° TS-SC-11-172, al Juzgado Primero del  Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, se libraron boletas Nros. TS-SC-11-173 y TS-SC-11-174, a los ciudadanos Presidente  del Concejo Municipal de Barinas del Estado Barinas, y Síndico Procurador del Municipio Barinas del Estado Barinas, y oficio N° TS-SC-11-175 al ciudadano Juez Primero del  Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas,  en relación al recurso de nulidad contra el artículo 44 de la Ordenanza de Impuesto sobre Vehículos del Municipio Barinas del Estado Barinas, publicada en la Gaceta Municipal del referido Municipio Nº Extraordinario 88-06 del 22 de noviembre de 2006, intentado por los apoderados judiciales de la Cámara de Aseguradores de Venezuela y MAPFRE LA SEGURIDAD C.A. DE SEGUROS. EXP. N° 09-1029.-

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MIERCOLES 10 DE AGOSTO DE   2011.

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Henry Pereira Gorrin, a los fines de formular  alegatos, en el  recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las materias que se le delegan dictada por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en fecha 17 de diciembre de 2010 y promulgada y publicada en la Gaceta Oficial de la misma República, Nº 6009 Extraordinario también de fecha 17 de diciembre de 2010, denominada "Ley Habilitante 2010".  EXP. N° 11-143.-

 

 

2.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 10-789, contentivo del recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por el abogado Ildelfonso Ifill Pino, contra Resolución dictada por la Sala Plena de este Máximo Tribunal distinguida con el Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela distinguida con el Nº 39152, de fecha 02/04/09. EXP. N° 10-789.-

 

 

3.-) Diligencia presentada por el ciudadano Gabriel González Espinoza, en su carácter de Alguacil de la Sala Constitucional, a los fines de consignar aviso de recibo, correspondiente al oficio N° TS-SC-11-089, en relación al recurso de nulidad intentada conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Ordenanza Sobre el Servicio  de Aseo Urbano Domiciliario del Municipio San Diego del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal N° 582, de fecha 21 de Diciembre de 2005, intentada por la ciudadana CONNY GARCIA, apoderada judicial de la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela (ASUELECTRIC DE VENEZUELA). EXP. N° 08-104.-

 

 

4.-) Diligencia presentada por el ciudadano Gabriel González Espinoza, en su carácter de Alguacil de la Sala Constitucional, a los fines de consignar aviso de recibo, correspondiente al oficio N° TS-SC-11-096, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, intentado por el abogado León Alejandro Jurado Laurentín, actuando en su condición de Sindico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, actuando en nombre del Municipio San Diego del Estado Carabobo, contra el artículo 4 de la Ley sobre Régimen para la comparecencia de funcionarios públicos y los particulares ante el Consejo Legislativo Bolivariano del Estado Carabobo y sus Comisiones, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria del Estado Carabobo N° 3075, de fecha 28 de septiembre de 2010. EXP. N° 10-1061.-

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

 

 

 

 

 

JUEVES 11 DE AGOSTO DE   2011.

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-)  Escrito presentado por el abogado León Jurado Laurentín, en su carácter de Síndico Procurador del Municipio San Diego del Estado Carabobo, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad intentada conjuntamente con solicitud de medida cautelar contra la Ordenanza Sobre el Servicio  de Aseo Urbano Domiciliario del Municipio San Diego del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal N° 582, de fecha 21 de Diciembre de 2005, intentada por la ciudadana CONNY GARCIA, apoderada judicial de la Asociación de Usuarios de Servicios Eléctricos de Venezuela (ASUELECTRIC DE VENEZUELA). EXP. N° 08-104.-

 

2.-) Diligencia presentada por el abogado Edgar Parra Moreno, actuando en su propio nombre, a los fines solicitar celeridad procesal en el  recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo, contra la Ley Especial Sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital, publicada en Gaceta Oficial de la República  Bolivariana de Venezuela Nº 39.156, de fecha 13 de abril de 2009.  EXP. N° 09-595.-

 

3.-) Diligencia presentada por el abogado Javier Antonio López Cerrada, en su carácter de Defensor III, adscrito a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Defensoria del Pueblo, mediante la cual formula alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos Gabriela del Mar Ramírez Pérez, en su carácter de Defensora del Pueblo de la República Bolivariana de Venezuela, Larry Devoe Márquez y los profesionales del derecho Eneida Fernándes Da Silva, Zulay Arcía, Alejandra Bonalde Colmenares y otros, contra los artículos 44, 45, 46, 47, 53, 54, 57, 60, 62, y 64 de la Ley del Ejercicio de la Odontología, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 29.288 de fecha 10/08/70.  EXP. N° 10-426.-

 

4.-) Diligencia presentada por la abogada Elisa Ramos Almeida, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de solicitar pronunciamiento sobre las admisión de las pruebas promovidas, en relación al recurso de nulidad y declara procedente la medida cautelar solicita, contra el artículo 175 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial N° 38.204, de 8 de junio de 2005, ejercido por SEGECOM EL HATILLO, C.A., SEGECOM C.A., Y OTRA. EXP. N° 05-2100.-

 

5.-) Diligencia presentada por la abogada Elisa Ramos Almeida, en su carácter de apoderada judicial, a los fines de solicitar pronunciamiento sobre las admisión de las pruebas promovidas, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los representantes judiciales de las sociedades mercantiles  FLOTA PESQUERA MUJICA RUÍZ, C.A. (FLOMURCA) y PRODUCTORA PESQUERA, C.A. (PRODUPESCA), contra los “(…) artículos 23, 46, 47 y 102 [del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura] (…) publicad[o] en la Gaceta Oficial Nº 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008”.  EXP. N° 09-211 acumulado al 09-353.-

 

6.-) Diligencia presentada por el abogado Gabriel José Aguilar Pereira, debidamente identificado en autos, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos Oswaldo Otaiza, Gustavo Nevado, Leovardo Salas, Omaira Clemente y otros asistidos por los abogados Gabriel José Aguilar y Humberto Montiel Toro, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº Extraordinario 6.015, de fecha 28/12/10. EXP. N° 11-147.-

 

7.-) Se recibió de la Sala Constitucional, el expediente N° 10-789, contentivo del recurso de nulidad, por inconstitucionalidad, intentado por la abogada Anne Marie Carmona, apoderada judicial de la sociedad mercantil PROVEEDORES DE LICORES PROLICOR C.A., contra el Artículo 17 de la Ordenanza sobre Expendio de Bebidas Alcohólicas del Municipio Chacao.  EXP. N° 10-1303.-

 

8.-) Diligencia presentada por el ciudadano Gabriel González Espinoza, en su carácter de Alguacil de la Sala Constitucional, a los fines de consignar aviso de recibo, correspondiente al oficio N° TS-SC-11-069, en relación al recurso de nulidad y acuerda la medida cautelar innominada solicitada, por los apoderados judiciales de la Asociación Civil Consejo Empresarial Venezolano de Auditoria (CEVA) contra el articulo 30 y el grupo 8322 del Clasificador de Actividades Económicas de la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas del Municipio Valencia del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal Nº 582 Extraordinario, del 31 de diciembre de 2005. EXP. N° 06-348.-

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

MARTES 16 DE AGOSTO DE   2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

MIERCOLES 17 DE AGOSTO DE 2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

JUEVES 18 DE AGOSTO DE 2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

MARTES 23 DE AGOSTO DE 2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 24 DE AGOSTO DE 2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

JUEVES 25 DE AGOSTODE  2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

MARTES 30 DE AGOSTO DE   2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

MIERCOLES 31 DE AGOSTO DE 2011.

No hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

 

 

 

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