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Juzgado de Sustaciación Sala Constitucional
  • Fecha: 18 al 27 de enero del 2011





MARTES 18 DE ENERO DE 2011

 

 MARTES 18  DE ENERO DE 2011

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó la siguiente actuación.

 

1.-) Diligencia presentada por  el abogado Daniel Buvat de la Rosa, en su carácter de apoderado judicial de la empresa  Bedouine Akl de Mezerhane, a los fines de solicitar de fije la fecha para la celebración de la audiencia oral y pública, en relación a la Omisión Legislativa, contra el Concejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda. EXP. N° 09-980.-

 

 

La Presidenta,

 

 

 

El Secretario.

MIERCOLES 19 DE ENERO DE 2011

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por los abogados Maria Estela Zannella y Alejandro González, actuando en sus propios nombres, a los fines de formular alegatos, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013 (a las que se aludirá, también, como LGPDESN), aprobadas por la Asamblea Nacional, en fecha 13/12/2007.  EXP. N° 09-1171.-

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Ornella Bernabei, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación Civil de Trabajadores de la Pesca y Afines del Estado Falcón, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad "contra los artículos 23 y 30 del Decreto N° 5.930 con rango, Valor y Fuerza de la Ley de Pesca y Acuicultura, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.877 Extraordinario del 14 de marzo de 2008".  EXP. N° 09-353.-

 

 

La Presidenta,

 

El Secretario.

 

JUEVES 20 DE ENERO DE 2011

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

 

MARTES 25 DE ENERO DE 2011

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Escrito de oposición a las pruebas presentado por la abogada Yuny Dajmar Cazadilla Francis, en su Carácter de apoderada judicial del Municipio Baruta del Estado Miranda, a los fines de formular alegatos, en la demanda de nulidad, contra el artículo 46 de la Ordenanza Sobre Terrenos Municipales del Municipio Baruta, de fecha 13 de mayo de 2003, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente N° 066-05/2003, de fecha 15 de mayo de 2003 y asimismo, del acuerdo N° 061 de 26 de agosto de 2003, publicada en la Gaceta Municipal del referido Municipio N° 131-08/2003 de 27 de agosto de 2003.  EXP. N° 08-692.-

 

2.-) Se recibió oficio N° IIF/06.06.01, emanado de la Facultad de Farmacia de la Universidad Central de Venezuela, a los fines de remitir resultas del oficio N° TS-SC-10-105, en relación a la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano José Manuel Carrascosa de Mena, en su carácter de representante del ciudadano Alfredo Manuel Furnaguera Cachutt, contra el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Dirección General de Salud Ambiental y la Contraloría Sanitaria, Dirección de Higiene de los Alimentos. EXP. N° 06-1006.-

 

3.-) Diligencia presentada por el abogado Juan Carlos Senior P, en su carácter de apoderada judicial de la Asociación de Industriales de Medios Exteriores (AIMEX), a los fines de formular alegatos en el recurso de nulidad contra el artículo 92 de la Ley de Transporte Terrestre publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.895, del 1° de agosto de 2008.  EXP. N° 09-987.-

 

4.-) Diligencia presentada por la abogada Catherina Gallardo, en su carácter de apoderada judicial del Complejo Industrial Licorero del Centro, a los fines de solicitar continuación del procedimiento, en relación al recurso de nulidad, contra los códigos contenidos en los clasificadores de actividades económicas anexos de las ordenanzas Municipales, Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta el 30 de octubre de 1996 y publicada en la misma fecha en la Gaceta Municipal Nº 044/96; II), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Libertador del Distrito Capital el 4 de octubre de 2001, publicada en la Gaceta Municipal Nº 2172-A del 4 de octubre de 2001; III), Ordenanza sobre Patente de Industria y Comercio, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 3 del 8 de enero de 2002 y, Ordenanza sobre Licencia e Impuesto a las Actividades Económicas Comerciales, Industriales, de Servicio e Indole Similar, sancionada el 15 de diciembre de 2003, por el Concejo Municipal del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 72 del 2 de enero de 2004. EXP. N° 06-1537.-

 

5.-) Diligencia presentada por el abogado Morris Sierralta Peraza, actuando en nombre propio, a los fines de formular alegatos, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra los Artículos 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 437, 438, 439, 440, 441, 442, 443, 444, 445, 446, 447, 448 y 449, del Decreto Número 1526 con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras.  EXP. N° 07-1183.-

 

6.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto fue promulgada la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la cual, en su Título XI, Capítulo II denominado “de los procesos ante la Sala Constitucional”, artículo 132 establece que “…la Sala decidirá acerca de la admisión de la demanda…”, este Juzgado de Sustanciación acuerda remitir la presente causa a la Sala Constitucional a los fines del pronunciamiento sobre la admisibilidad de la acción de nulidad por inconstitucionalidad ejercida por la Federación de Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción de Venezuela (FEDECÁMARAS), representada por el ciudadano José Manuel González; la Confederación Venezolana de Industrias (CONINDUSTRIAS), representada por el ciudadano Eduardo Gómez Sigala; y el Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (CONSECOMERCIO), representada por el ciudadano Nelson Maldonado, contra el Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica de Seguridad Agroalimentaria, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.889 extraordinario del 31 de julio de 2008. EXP. N° 08-1569.-

 

7.-) Se dictó auto mediante el cual, por cuanto este Juzgado de Sustanciación, realizó el cómputo del lapso de diez (10) días de despacho correspondiente al retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento, en el expediente N° 2010-0065, contentivo del recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por el ciudadano Héctor Daniel Lameda Rodríguez, asistido por el abogado Rafael Contreras Millán, contra el artículo 8 de la Ley sobre Minerales No Metálicos del Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Portuguesa, Extraordinario N° 62 del 30 de septiembre de 2009, y dado que el referido lapso transcurrió sin que las partes mencionadas retiraran el cartel de emplazamiento, se acuerda remitir las actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines de la decisión correspondiente. EXP. N° 10-65.-

 

8.-) Se dictó auto mediante el cual, en fecha 16 de diciembre de 2010, el abogado Eduardo García presentó un escrito ante la Secretaría de la Sala Constitucional, mediante el cual anexaba copias certificadas de los poderes que le fueron conferidos para actuar en la causa. Ahora bien,  por un error material del referido abogado, éste identificó la causa como la N° AA50-T-2009-000897, la cual corresponde a la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa de la Asamblea Nacional “(…) al haberse abstenido de dictar la normativa necesaria para dar cumplimiento de la Disposición Transitoria 6° que estableció la obligación de la Asamblea Nacional de legislar (…) en un lapso no mayor de dos años (…) la salud como un derecho humano (…)”, siendo lo correcto haber agregado el referido escrito al expediente N° AA50-T-2010-000682, contentivo de la Solicitud de Revisión formulada por el mencionado abogado, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ramón Arnaldo Caballero Luna, Mireya del Carmen Rondón, Neris Carolina Rivas y otros, contra la decisión dictada por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal, de fecha 31 de agosto de 2004. Por cuanto el escrito fue recibido y diarizado por el Juzgado de Sustanciación, conforme al artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, se ordena remitirlo a la Sala Constitucional y agregarlo al expediente N° AA50-T-2010-000682. EXP. N° 09-897.-

 

9.-) Se dictó auto mediante el cual, mediante decisión N° 1291 del 9 de diciembre de 2010, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad conjuntamente con medida cautelar innominada, ejercido por el ciudadano Omar Patiño Rodríguez, en su condición de Alcalde del Municipio Atures del Estado Amazonas, contra el artículo 3 de la Ordenanza de Funcionamiento Administrativo del Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, dictada por el Concejo Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 02 del 30 de diciembre de 2005. Así mismo, negó la medida cautelar solicitada. Por cuanto fue promulgada una nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se establecen normas procedimentales en su Capítulo II denominado “De los Procesos ante la Sala Constitucional”, y dado que se ha verificado la estadía a derecho de la parte demandante, este Juzgado de Sustanciación conforme a lo establecido en el artículo 136 de la referida Ley Orgánica, acuerda librar la citación del Presidente de la Cámara Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, la cual se efectuará mediante comisión de despacho; las notificaciones de la Procuradora General de la República, de la Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo; así como el cartel de emplazamiento. Todo ello, para que en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos la última de las notificaciones, las partes presenten escritos para la defensa de sus intereses y promuevan pruebas si lo estiman pertinente, a lo fines de que este Juzgado providencie los escritos de pruebas, se fije la audiencia pública y se remita el expediente a Sala. En el caso de que no se promuevan pruebas, salvo las documentales, la causa entrará en Estado de sentencia y se remitirá el expediente a la sala Constitucional para que ésta decida en un plazo de veinte (20) días de despacho, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

 

10.-) Se libro despacho N° TS-SC-11-008, al ciudadano Juez Primero de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, asimismo se libraron boleta y oficio Nros. TS-SC-11-009, TS-SC-11-010, TS-SC-11-011, TS-SC-11-012, y TS-SC-11-013, a los ciudadanos Presidente de la Cámara Municipal del Municipio Atures del Estado Amazonas, Procuradora General de la República, Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo, en relación al recurso del nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los abogados Abimelech Méndez Rodríguez y Lester Alexis Mirabal, apoderados judiciales del ciudadano Omar Patiño Rodríguez, contra el artículo 3 de la Ordenanza de Funcionamiento Administrativo del Concejo Municipal del Municipio Artures del Estado Amazonas, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 02 de fecha 30 de diciembre de 2005. EXP. N° 10-824.-

 

 

 

 

11.-) Se libró cartel de emplazamiento, a los interesados en el recurso del nulidad por inconstitucionalidad, intentado por los abogados Abimelech Méndez Rodríguez y Lester Alexis Mirabal, apoderados judiciales del ciudadano Omar Patiño Rodríguez, contra el artículo 3 de la Ordenanza de Funcionamiento Administrativo del Concejo Municipal del Municipio Artures del Estado Amazonas, publicada en Gaceta Municipal Extraordinaria N° 02 de fecha 30 de diciembre de 2005. EXP. N° 10-824.-

 

12.-) Se dictó auto mediante el cual, mediante decisión N° 1292 del 9 de diciembre de 2010, la Sala Constitucional admitió el recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Agustín José Díaz Márquez, actuando en nombre propio y como Presidente de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores de la Universidad de Oriente (CAUDO), asistido por el abogado Marcos Solís Saldivia, contra el artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. Por cuanto fue promulgada una nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se establecen normas procedimentales en su Capítulo II denominado “De los Procesos ante la Sala Constitucional”, este Juzgado de Sustanciación conforme a lo establecido los artículos 135, segundo aparte y 136 de la referida Ley Orgánica, acuerda notificar a la parte demandante, mediante comisión de despacho. Todo ello, para dar cumplimiento al procedimiento establecido en los artículos 139 y siguientes de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. EXP. N° 10-1093.-

 

13.-) Se libro despacho N° TS-SC-11-016,  al ciudadano Juez Primero de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, asimismo se libraron boleta y oficio Nros. TS-SC-11-014, TS-SC-11-015, Agustín José Díaz Márquez, y Juez Primero de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, recurso de nulidad ejercido por el ciudadano Agustín José Díaz Márquez, actuando en nombre propio y como Presidente de la Caja de Ahorros y Previsión Social de los Trabajadores de la Universidad de Oriente (CAUDO), asistido por el abogado Marcos Solís Saldivia, contra el artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares. Por cuanto fue promulgada una nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se establecen normas procedimentales en su Capítulo II denominado “De los Procesos ante la Sala Constitucional”. EXP. N° 10-1093.-

 

14.-) Escrito de pruebas presentado por el abogado Henry Escalona Meléndez, en su carácter de apoderado especial de la Sociedad Mercantil Juan Francisco Cabrera  e Hijo Sucesor, C.A , a los fines de formular alegatos, en relación a los recursos de nulidad, ejercidos conjuntamente con amparo cautelar, por los apoderados judiciales de las empresas FABRICA DE TABACOS BERMÚDEZ Y JUAN FRANCISCO CABRERA E HIJO SUCESOR C.A., contra el artículo 2º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de Impuesto sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.852 Extraordinario, el 5 de octubre de 2007. EXPS. NROS. 07-1304 /08-1251.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

 

El Secretario.

 

 

 

 

 

MIERCOLES 26 DE ENERO DE 2011

 

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

 

 

JUEVES 27 DE ENERO DE 2011

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones.

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Edgar Parra Moreno, actuando en su propio nombre, a los fines solicitar celeridad procesal en el  recurso de nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con amparo, contra la Ley Especial Sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital, publicada en Gaceta Oficial de la República  Bolivariana de Venezuela Nº 39.156, de fecha 13 de abril de 2009.  EXP. N° 09-595.-

 

2.-) Escrito presentado por el abogado Manuel Enrique Reyes Peña, en representación propia, a los fines de solicitar se continue con el procedimiento, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, contra el artículo 21 de la Ley de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas Nacionales, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 35.752 de fecha 13 de julio 1995. EXP. N° 10-129.-

 

3.-) Diligencia presentada por la abogada Maria del Pilar Polo Torre, a los fines de darse por notificada de la decisión N° 1256 de esta Sala Constitucional, en relación al recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por el abogado Leonel Pérez Méndez, en su carácter de Procurador del Estado Carabobo, contra la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Aeronáutica Civil, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39140, de fecha 17/03/09. EXP. N° 09-741.-

 

4.-) Escrito presentado por el abogado Henry Escalona Meléndez, en su carácter de apoderado especial, a los fines de formular alegatos, en los recursos de nulidad acumulados ejercidos conjuntamente con amparo cautelar, por los apoderados judiciales de las empresas Fabrica de Tabacos Bermúdez y Juan Francisco Cabrera e Hijo Sucesor C.A., contra el artículo 2º del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de Impuesto Sobre Cigarrillos y Manufacturas del Tabaco, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.852 extraordinario, el 5 de octubre de 2007.  Exp. N° 07-1304 / 08-1251.-

 

 

 

La Presidenta,

 

 

El Secretario.

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