Principal Contáctenos
Juzgado de Sustaciación Sala Constitucional
  • Fecha: 3 de Abril del 2017





 

 

LUNES 3 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

MARTES 4 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

MIÉRCOLES 5 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No Se practicaron actuaciones.

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

 

JUEVES 6 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones:

 

1.-) Diligencia presentada por el abogado Eduardo Meier, con el carácter de parte actora, en el recurso de de nulidad contra los artículos 173 y 195 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de La Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicada en la Gaceta Oficial N° 6.152, Extraordinario, del 18 de noviembre de 2014 (actualmente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.210, Extraordinario, del 30 de diciembre de 2015). EXP. N° 2015-724.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

VIERNES 7 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones:

 

1.-) Se dictó auto mediante el cual se ordena la notificación de la parte actora, en el recurso de nulidad ejercido por los apoderados judiciales de las sociedades de comercio Central de Licores Unidos Centroccidente, C.A. (CELICENTRO); Central de Licores Unidos del Centro, C.A.; Tamayo & Cia.,S.A.; Complejo Industrial Licorero del Centro, C.A.; Distribuidora Glasgow C.A., Alcoholes y Añejos, C.A.; Destilería Veroes, C.A.; Diageo Venezuela, C.A.; Pedalco, C.A.; Central de Licores Unidos de Venezuela, C.A.; Industrias Bravo & Cia, S.A.; Casa Oliveira, C.A.; Importaciones Producciones Enológicas. C.A. (I.P.E.C.A.); Licorería La Florida, C.A., (Lifloreca), Rones del Caribe C.A.; Destilerías Unidas, S.A.; Lander & Vera, S.A.; Distribuidora Hormann Durr, C.A.; Francisco Dorta A. Sucrs, C.A.; Distribuidora Marfran, C.A.; Licorería Namur, C.A.; Comercializadora El Lago, C.A.; Orient Import, C.A. y Alnova, C.A., contra los artículos 18 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.151, Extraordinario, de fecha 18 de noviembre de 2014, y la Providencia Administrativa distinguida SNAT/2015/0017, dictada por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). EXP. N° 2016-426.

 

2.-) Se libró oficio de notificación a la parte actora Nro. TS-SC-17-46, en el recurso de nulidad ejercido por los apoderados judiciales de las sociedades de comercio Central de Licores Unidos Centroccidente, C.A. (CELICENTRO); Central de Licores Unidos del Centro, C.A.; Tamayo & Cia.,S.A.; Complejo Industrial Licorero del Centro, C.A.; Distribuidora Glasgow C.A., Alcoholes y Añejos, C.A.; Destilería Veroes, C.A.; Diageo Venezuela, C.A.; Pedalco, C.A.; Central de Licores Unidos de Venezuela, C.A.; Industrias Bravo & Cia, S.A.; Casa Oliveira, C.A.; Importaciones Producciones Enológicas. C.A. (I.P.E.C.A.); Licorería La Florida, C.A., (Lifloreca), Rones del Caribe C.A.; Destilerías Unidas, S.A.; Lander & Vera, S.A.; Distribuidora Hormann Durr, C.A.; Francisco Dorta A. Sucrs, C.A.; Distribuidora Marfran, C.A.; Licorería Namur, C.A.; Comercializadora El Lago, C.A.; Orient Import, C.A. y Alnova, C.A., contra los artículos 18 y 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, publicado en la Gaceta Oficial N° 6.151, Extraordinario, de fecha 18 de noviembre de 2014, y la Providencia Administrativa distinguida SNAT/2015/0017, dictada por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). EXP. N° 2016-426.

 

3.-) Se dicto auto y practicó cómputo, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos Pedro Antonio Puertas Castro, Geraldina De Sousa Couto, Janeth Teresa Rodríguez Moreno, Luis Ramón Irausquín Delpino, Carol Celeste Freites Ochoa, Francisco Antonio Carrillo Pino, Yurby Gisela Brito, Jesús Rafael Dalis Salazar, Hansily Alberto Farfán Oliveira, Miriam Isabel Landaeta Mujica, Aylicec Noirett Zerpa Sandoval, Jheniel Antonio López Jaén, Mario Antonio Bermúdez, Gustavo David González Orta, Lilian Margarita Álvarez Loreto, Zobeida del Carmen Espinoza de Torres, Jolly Artigas Pantoja y Yolimer Barbieri, actuando el primero de ellos en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del Municipio Chacao (SINTRAENSEÑANZA- CHACAO) y los demás con el carácter de trabajadores del Municipio Chacao del Estado Miranda, asistidos de abogado, contra la Disposición Transitoria Octava de la Ley de la Actividad Aseguradora, publicada en Gaceta Oficial N° 5.590 Extraordinario, del 29 de julio de 2010, (hoy Disposición Transitoria Séptima del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora publicada en Gaceta Oficial N° 6.211, del 30 de diciembre de 2015). EXP. N° 2015-1238.

 

4.-) Se dicto auto mediante el cual se remite el expediente a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto por los ciudadanos Pedro Antonio Puertas Castro, Geraldina De Sousa Couto, Janeth Teresa Rodríguez Moreno, Luis Ramón Irausquín Delpino, Carol Celeste Freites Ochoa, Francisco Antonio Carrillo Pino, Yurby Gisela Brito, Jesús Rafael Dalis Salazar, Hansily Alberto Farfán Oliveira, Miriam Isabel Landaeta Mujica, Aylicec Noirett Zerpa Sandoval, Jheniel Antonio López Jaén, Mario Antonio Bermúdez, Gustavo David González Orta, Lilian Margarita Álvarez Loreto, Zobeida del Carmen Espinoza de Torres, Jolly Artigas Pantoja y Yolimer Barbieri, actuando el primero de ellos en su condición de Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza del Municipio Chacao (SINTRAENSEÑANZA- CHACAO) y los demás con el carácter de trabajadores del Municipio Chacao del Estado Miranda, asistidos de abogado, contra la Disposición Transitoria Octava de la Ley de la Actividad Aseguradora, publicada en Gaceta Oficial N° 5.590 Extraordinario, del 29 de julio de 2010, (hoy Disposición Transitoria Séptima del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de la Actividad Aseguradora publicada en Gaceta Oficial N° 6.211, del 30 de diciembre de 2015). EXP. N° 2015-1238.

 

5.-) Se dictó auto mediante el cual se tiene como interviniente al ciudadano Willians Esber Santeliz, en el recurso de nulidad parcial por inconstitucionalidad, ejercido conjuntamente con medida cautelar, contra los artículos 13, 14, 25, 26, 27, 30, 37, 43, 46, 49, 65, 66, 70 y 71 de la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza sobre Ejidos y demás Terrenos Municipales, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Araure de Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Municipal N° 43, del 15 de septiembre de 2008. EXP. N° 2016-702.

 

6.-) Se dictó auto y practicó cómputo, en el recurso de nulidad con medida cautelar innominada, interpuesto por el ciudadano Pablo Aure Sánchez, asistido de abogado, contra el Anexo A y las Tablas que establecen los Valores Fiscales de la Ordenanza de Reforma de la Ordenanza de Impuestos sobre Inmuebles Urbanos del Municipio Valencia del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente N° 15/4603, Extraordinario, del 30 de diciembre de 2015. EXP.N° 2016-333.

 

7.-) Se dictó auto mediante el cual se remite el expediente a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente, en el recurso de nulidad con medida cautelar innominada, interpuesto por el ciudadano Pablo Aure Sánchez, asistido de abogado, contra el Anexo A y las Tablas que establecen los Valores Fiscales de la Ordenanza de Reforma de la Ordenanza de Impuestos sobre Inmuebles Urbanos del Municipio Valencia del Estado Carabobo, publicada en la Gaceta Municipal correspondiente N° 15/4603, Extraordinario, del 30 de diciembre de 2015. EXP.N° 2016-333.

 

8.-) Se dictó auto y practicó cómputo, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, por el abogado Víctor Clark Boscán, asistido por el abogado Miguel Bermúdez, “contra el acto parlamentario aprobado por la Asamblea Nacional en fecha 13 de diciembre de 2016, mediante el cual pretende declarar la responsabilidad política en contra del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, bajo los argumento[s] de la supuesta ‘ruptura del orden constitucional y democrático, la violación de derechos humanos y la devastación de las bases económicas y sociales de la nación' " . Expediente N° 2016-1237 acumulado al expediente N° 2016-1085.

 

9.-) Se dictó auto mediante el cual se remite el expediente a la Sala Constitucional, a los fines del pronunciamiento correspondiente, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto conjuntamente con medida cautelar innominada de suspensión de efectos, por el abogado Víctor Clark Boscán, asistido por el abogado Miguel Bermúdez, “contra el acto parlamentario aprobado por la Asamblea Nacional en fecha 13 de diciembre de 2016, mediante el cual pretende declarar la responsabilidad política en contra del Presidente de la República Nicolás Maduro Moros, bajo los argumento[s] de la supuesta ‘ruptura del orden constitucional y democrático, la violación de derechos humanos y la devastación de las bases económicas y sociales de la nación' ". Expediente N° 2016-1237 acumulado al expediente N° 2016-1085.

 

10.-) Se dictó auto mediante el cual se ordenan las notificaciones a los ciudadanos Presidente del Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, Síndico Procurador Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua y Alcalde del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa, contra el Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, interpuesta por el abogado Glenin Enrique Chourio Valbuena, actuando en representación del Poder Ejecutivo Municipal del Municipio Bolivariano Santiago Mariño del Estado Aragua, “debido a que dicho órgano omitió la aprobación del Proyecto de Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Santiago Mariño ejercicio fiscal 2017, que procura la optimización de los recursos financieros necesarios para la construcción y profundización de estructuras orgánicas que beneficien a las comunidades”. EXP N° 2017-007. 

 

11.-) Se libraron los oficios, despacho y boletas Nros. TS-SC-17-47, TS-SC-17-48,  TS-SC-17-49, TS-SC-17-50 y TS-SC-17-51, al  Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, al Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, al ciudadano Presidente del Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, al ciudadano Síndico Procurador Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua y al ciudadano Alcalde del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, en la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa, contra el Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, interpuesta por el abogado Glenin Enrique Chourio Valbuena, actuando en representación del Poder Ejecutivo Municipal del Municipio Bolivariano Santiago Mariño del Estado Aragua, debido a que dicho órgano omitió la aprobación del Proyecto de Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Municipio Santiago Mariño ejercicio fiscal 2017, “que procura la optimización de los recursos financieros necesarios para la construcción y profundización de estructuras orgánicas que beneficien a las comunidades”. EXP N° 2017-007. 

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

LUNES 10 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

MARTES 11 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

MIÉRCOLES 12 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

JUEVES 13 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

VIERNES 14 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

LUNES 17 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

MARTES 18 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó la siguiente actuación:

1.-) Escrito de pruebas presentado por los abogados Rodolfo Plaz Abreu y Valmy Díaz Ibarra, actuando en su carácter de apoderados judiciales de Cervecería Polar, C.A., relacionado con el recurso de nulidad contra la Ley de Reforma de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Aragua, publicada en la Gaceta Oficial del Estado Aragua N° 1983, de fecha 17 de agosto de 2012. EXP. N° 2012-1035.

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

MIÉRCOLES 19 DE ABRIL DE 2017

No Hubo Despacho ni Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

 

 

JUEVES 20 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones:

 

1.-) Diligencia presentada por el ciudadano Edgar Nicolás Pineda González, en su condición de alguacil de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual consigna aviso de recibo de Ipostel, del Oficio N° TS- SC-17-02 de fecha 24 de enero de 2017, dirigido al Juez Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Alberto Blanco-Uribe y Carlos La Marca, con el carácter de apoderados judiciales de MAPFRE LA SEGURIDAD, C.A. DE SEGUROS, contra los artículos 116, 117 y 119 de la Reforma de Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o de Índole Similar del Municipio Maturín del Estado Monagas y publicada en la Gaceta Municipal correspondiente N° 0086 del 21 de diciembre de 2012. EXP. N° 2016-116.

 

2.-) Diligencia presentada por la abogada Roxana Orihuela, Fiscal del Ministerio Público ante el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, Constitucional, Político Administrativa y Electoral, en el recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad, interpuesto por las ciudadanas DAICIS DEL CARMEN LÓPEZ SALAS y NELLY NOHEMÍ YELA GONZÁLEZ, contra el “acto de escogencia de los miembros de la junta directiva del Consejo Legislativo del Estado Falcón para el período 2016-2017”. EXP. N° 2016-322.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

 

VIERNES 21 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

LUNES 24 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones:

 

1.-) Escrito presentado por el ciudadano Jean Carlos Garces, en la acción de inconstitucionalidad por omisión legislativa contra el Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, interpuesta por el abogado Glenin Enrique Chourio Valbuena, actuando en representación de Poder Ejecutivo Municipal del Municipio Bolivariano Santiago Mariño del Estado Aragua, otorgado por el ciudadano Alberto Omar Mora, quien actúa en su condición de Alcalde del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, al publicar en Gaceta Municipal N° 071, Extraordinaria, del 13 de octubre de 2016, la "Ordenanza sobre el Régimen para la Comparecencia de los Funcionarios y Funcionarias Públicas y los o las Particulares ante el Concejo Municipal del Municipio Santiago Mariño del estado Aragua" sin que el Alcalde del referido Municipio refrendara y promulgara la misma. EXP. N° 2016-1030.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

MARTES 25 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicó las siguiente actuación:

 

1.-) Se recibió de la Sala Constitucional el expediente N° 2017-272, contentivo del recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano CARLOS BRENDER “…a fin de demandar la nulidad por INCONSTITUCIONALIDAD de lo previsto en la parte ´in fine´ del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, por colidir con lo previsto en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a lo previsto en el ordinal 1° del artículo 336 de la Constitución y lo previsto en el ordinal 1° del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (…)”. EXP. 2016-1071.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

 

 

MIÉRCOLES 26 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

JUEVES 27 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. Se practicaron las siguientes actuaciones:

1.-) Diligencia presentada por el abogado Carlos Calanche Bogado, mediante la cual solicita la continuación del procedimiento, en el recurso de nulidad interpuesto por Raimundo Orta Poleo, Roberto Orta Martínez y otros, contra el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.668, de fecha 6 de mayo de 2011. EXP. N° 2011-990.

2.-) Diligencia presentada por Carlos Calanche Bogado, mediante la cual solicita la continuación del procedimiento, en el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, interpuesto por los abogados ROBERTO ORTA MARTÍNEZ e INDIRA RESTREPO, contra la Ley para la Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6053 Extraordinario, de fecha 12 de noviembre de 2011. EXP. N° 2012-872.

 

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

 

 

 

 

 

VIERNES 28 DE ABRIL DE 2017

Hubo Despacho y Secretaría. No se practicaron actuaciones.

 

 

El Presidente,

 

La Secretaria,

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados