REPÚBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
CUENTA
DIARIA
DEL
01 DE AGOSTO DE 2002
Hubo Audiencia, Presidió el Magistrado Doctor Alejandro Angulo Fontiveros, con asistencia del Magistrado Vicepresidente Doctor Rafael Pérez Perdomo y la Magistrada Doctora Blanca Rosa Mármol de León.
1. Se recibe oficio N° 465-02 de la Corte de Apelaciones Sala Accidental Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitiendo expediente N° 399-02, contentivo del juicio seguido contra CIPRIANO RAFAEL CASTRO SEQUERA, constante de tres (03) piezas.
2. Se recibe oficio N° 467-02 de la Corte de Apelaciones Sala Accidental Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitiendo expediente N° 030-02, contentivo del juicio seguido contra PEDRO BETANCOURT TRUJILLO, constante de dieciséis (16) piezas, siete (07) anexos y dos (02) cuadernos de incidencias.
3. Se recibe oficio N° 468-02 de la Corte de Apelaciones Sala Accidental Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitiendo expediente N° 229-00, contentivo del juicio seguido contra HENRY PRADA GÓMEZ y otros, constante de veintisiete (27) piezas y un (01) anexo.
4. Se recibe oficio N° 470-02 de la Corte de Apelaciones Sala Accidental Segunda del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, remitiendo expediente N° 0168-00, contentivo del juicio seguido contra CRÍSPULO ABUNDO VILLALOBOS CHACÍN, constante de cuatro (04) piezas.
5. Se recibe oficio N° 544-2002 de la Fiscalía Décima Séptima a Nivel Nacional con Competencia Plena del Ministerio Público, solicitando copia certificada de la decisión de fecha 18/06/02 relativa al expediente N° 2002-0210.
6. Se recibe oficio N° 2359 del Juzgado de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Cojedes, constante de dos (02) folios y cuarenta y dos (42) folios útiles anexos, informando sobre el desacato a las decisiones de dicho tribunal por parte del Comandante General de la Policía del Estado Cojedes, Coronel (G.N.) JESÚS ALEXMAR FIGUEROA RODRÍGUEZ y el Inspector Jefe FREDDY GUEVARA, Jefe del Retén Policial de Cojedes. (Art. 4 del C.O.P.P.).
7. Se recibe diligencia constante de un (01) folio y dos (02) folios útiles anexos, presentada por los ciudadanos abogados MIGUEL RONDÓN y JORGE PÉREZ, consignando copia del instrumento poder por el cual se les designa como defensores del ciudadano GENNARO ALBANO. Exp. N° 2001-0739.
NUEVOS ASUNTOS INGRESADOS
8.
Se dio entrada al expediente relativo al desacato de
las decisiones del Juzgado de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del
Estado Cojedes, por parte del Comandante General de la Policía del Estado
Cojedes Coronel (G.N.) JESÚS ALEXMAR FIGUEROA RODRÍGUEZ y el Inspector Jefe
FREDDY GUEVARA, Jefe del Retén Policial de Cojedes, correspondió el N°
2002-0322. (Art. 4 del
C.O.P.P.).
9. Se dio entrada al expediente relativo al juicio seguido contra CRÍSPULO ABUNDO VILLALOBOS CHACÍN, correspondió el N° 2002-0323. (Recurso de Casación).
10. Se dio entrada al expediente relativo al juicio seguido contra CIPRIANO RAFAEL CASTRO SEQUERA, correspondió el N° 2002-0324. (Recurso de Casación).
SALAS ACCIDENTALES
11. Compareció por ante esta Sala de Casación Penal, el ciudadano abogado JOSÉ CONTRERAS, designado por el ciudadano HERMES AGUSTÍN NARES como su defensor en el juicio que se le sigue por el delito de Homicidio Calificado, el designado manifestó su aceptación al cargo y prestó el juramento de Ley. Exp. N° 2001-0732.
12. Se celebró la audiencia oral y pública en el juicio seguido contra MARINO ESTEBAN DÍAZ RONDÓN, EFRAÍN NARES, y HERMES AGUSTÍN NARES por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, compareció el ciudadano abogado HÉCTOR JOSÉ MEDINA MARTÍNEZ, defensor privado de los ciudadanos MARINO ESTEBAN DÍAZ RONDÓN y EFRAÍN NARES; el ciudadano abogado JOSÉ CONTRERAS, defensor privado del ciudadano HERMES AGUSTÍN NARES y la ciudadana abogada ROSE-MARIE ESPAÑA VILADAMS, Fiscal Quinta del Ministerio Público ante las Salas de este Alto Tribunal, quienes expresaron sus conclusiones. La Sala se acogió al lapso establecido en el último aparte del articulo 466 del Código Orgánico Procesal Penal para dictar su fallo. Exp. N° 2001-0732.