![]() | ||
|
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SECRETARÍA
CUENTA DIARIA
DEL 15 DE JULIO DE 2016
N° 102
Hubo Audiencia y Secretaría
ESCRITOS, OFICIOS Y DILIGENCIAS RECIBIDAS
1. Se recibe con el oficio N° 000376-2016, del Juzgado Segundo de Primera Instancia Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el expediente AP02-P-2016-047825, contentivo del conflicto de competencia de no conocer planteado en el proceso penal seguido al ciudadano JOEL KENNY ORTIZ ESCALONA, constante de una (1) pieza.
2. Se recibe un escrito de solicitud de avocamiento del proceso penal seguido al ciudadano VÍCTOR ANTONIO ESPINOZA MORA, interpuesto por el mismo asistido por el abogado DAVID PÉREZ ESQUEDA, constante de un (1) folio útil y un (1) folio útil anexo.
3. Se recibe el oficio N° 1481, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JOSÉ LUIS SANTORO CASTELLANO. Exp. N° 2016-82.
4. Se recibe el oficio N° 2468, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa de la ciudadana CARLA TSUNAMY SÁNCHEZ ARDILA. Exp. N° 2016-163.
5. Se recibe el oficio N° 2914, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano VÍCTOR JOSÉ AZUAJE ARROYO. Exp. N° 2016-198.
6. Se recibe el oficio N° 9700-094-325, del Director de Policía Internacional del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano MOHAMMAD JAFARI LANGEORUDI. Exp. N° 2016-175.
7. Se recibe el oficio N° 7772, de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JOEL SEBASTIÁN PINGET PEROTTI. Exp. N° 2016-197.
8. Se recibe el oficio N° 7781, de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano MIGUEL ELÍAS MONCADA PADILLA. Exp. N° 2016-130.
9. Se recibe el oficio N° 7782, de la Dirección General de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano MIGUEL ELÍAS MONCADA PADILLA. Exp. N° 2016-130.
10. Se recibe con el oficio 00-DDC-F48-240-2016, un escrito de solicitud de radicación del proceso penal seguido a los ciudadanos ANTONIO JOSÉ GARBI GONZÁLEZ y JUAN DAVID POLETTI PÉREZ, planteada por el abogado VÍCTOR HUGO BARRETO TACORONTE, Fiscal Provisorio Cuadragésimo Octavo del Ministerio Público con Competencia Plena a Nivel Nacional, constante de quince (15) folios útiles.
SENTENCIAS PUBLICADAS
11. Sentencia N° 270, que declara procedente la extradición pasiva presentada por el Gobierno de la República Italiana, respecto al ciudadano PAOLO DALLA VALERIA, de nacionalidad italiana, pasaporte italiano A674337. A los fines de garantizar plenamente los derechos del mencionado ciudadano, con motivo del cumplimiento de una pena de prisión, está sometido a un régimen que restringe de manera rigurosa su libertad, es por lo que se hace indispensable su protección para evitar desbordes ilegítimos debiendo garantizarse la legalidad ejecutiva y la tutela judicial efectiva. Exp. N° 2015-438. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.
12. Sentencia N° 271, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva realizada por el Reino de España, del ciudadano JOSÉ RAFAEL SALAZAR LÓPEZ, venezolano por nacimiento, titular de la cédula de identidad V- 5.908.267. El Estado venezolano, representado por la máxima instancia del Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, asume el firme compromiso de que se realizarán los trámites correspondientes con el fin de que se enjuicie al ciudadano JOSÉ RAFAEL SALAZAR LÓPEZ, en la República Bolivariana de Venezuela, por la comisión del delito de Tráfico de Drogas. En consecuencia, se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad contra el mencionado ciudadano. Acuerda remitir la documentación, enviada por el Reino de España, al Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, a fin de dar inicio al proceso penal, para el enjuiciamiento del ciudadano JOSÉ RAFAEL SALAZAR LÓPEZ. Dicho órgano jurisdiccional, una vez recibidas las actuaciones, deberá convocar a una audiencia para oír al imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Se insta al Ministerio Público a presentar el acto conclusivo correspondiente, para dar inicio al juzgamiento del ciudadano JOSÉ RAFAEL SALAZAR LÓPEZ, por el delito antes mencionado. Exp. N° 2015-457. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.
13. Sentencia N° 272, que declara que en esta oportunidad la Sala de Casación Penal se encuentra imposibilitada para pronunciarse acerca de la procedencia de la solicitud de extradición pasiva de la ciudadana YARIMA EMPERATRIZ MALDONADO HERNÁNDEZ, en virtud que no consta la detención de la misma en territorio venezolano, sin perjuicio de que una vez sea aprehendida la referida ciudadana, se procederá a la exigencia contenida en el artículo 390 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Ministerio Público para que gire las instrucciones pertinentes y se realice la búsqueda y localización de la ciudadana YARIMA EMPERATRIZ MALDONADO HERNÁNDEZ, quien es requerida por la República de Colombia a los fines de cumplir la pena de nueve (9) años de prisión por la comisión del delito de Hurto Calificado con circunstancias de agravación punitiva, tipificado en los artículos 240, numeral 2 y 241, numeral 11, del Código Penal colombiano, ello con el objeto de continuar con el procedimiento establecido en los artículos 387 y 390 del Código Orgánico Procesal Penal venezolano. Se ordena el archivo del expediente, contentivo de la presente solicitud de extradición. Exp. N° 2016-39. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.
14. Sentencia N° 273, que declara terminado el procedimiento de extradición pasiva del ciudadano JIXIONG CHEN, quien aparece identificado en el expediente con el pasaporte chino G26416128 y con la cédula de identidad E-84.427.147, solicitado por las autoridades de la República Popular China, por cuanto el mismo fue expulsado del territorio de la República Bolivariana de Venezuela por el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), según lo establecido en el artículo 39, numerales 1 y 4, de la Ley de Extranjería y Migración. Exp. N° 2016-25. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.
15. Sentencia N° 274, que declara competente al Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Los Teques, para conocer sobre el proceso penal seguido contra el ciudadano LEONEL YSMAEL HERNÁNDEZ MARRERO y otro. Exp. N° 2016-153. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.
AUTO PUBLICADO
16. Auto que fija para el lunes 25 de julio 2016, a las once de la mañana, la audiencia pública en el proceso de extradición pasiva del ciudadano ADRIÁN CELESTINO PÁEZ HERNÁNDEZ, por la comisión del delito tipificado “…EN EL NUMERAL 112 TER (HIPÓTESIS AL QUE POSEA TARJETA BANCARIA A SABIENDAS DE QUE ESTÁ ALTERADA)… DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO…”. Se notifica: a la Fiscal General de la República Doctora LUISA ORTEGA DÍAZ; a la Doctora SUSANA VIRGINIA BARREIROS RODRÍGUEZ, Defensora Pública General de la Defensa Pública y al ciudadano ADRIÁN CELESTINO PÁEZ HERNÁNDEZ. Se remiten los oficios correspondientes al Director General Nacional, al Jefe del Departamento de Aprehensión, El Rosal, ambos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz y al Director General (E) de la Oficina de Relaciones Consulares del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores. Así como la correspondiente boleta de traslado del ciudadano ADRIÁN CELESTINO PÁEZ HERNÁNDEZ. Exp. N° 2016-149.
OFICIOS REMITIDOS
17. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano FRANKLYN RAFAEL GARCÍA LEAL. Exp. N° 2016-228.
18. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva del ciudadano PAOLO DALLA VALERIA. Exp. N° 2015-438.
19. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JOSÉ RAFAEL SALAZAR LÓPEZ. Exp. N° 2015-457.
20. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva de la ciudadana YARIMA EMPERATRIZ MALDONADO HERNÁNDEZ. Exp. N° 2016-39.
El Magistrado Presidente,
La Secretaria,
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |