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Sala de Casación Penal
  • Fecha: 22 de Julio de 2016





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SECRETARÍA

CUENTA DIARIA

DEL 22 DE JULIO DE 2016

N° 107

 

Hubo Audiencia y Secretaría

 

 

ESCRITOS, OFICIOS Y DILIGENCIAS RECIBIDAS

 

1.      Se recibe una comunicación presentada y firmada por el abogado CIRO FERNANDO CAMERLINGO SEGURA, Defensor Público Tercero ante las Salas Plena y de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JUAN MANUEL LO CASTO GIANONE. Exp. N° 2016-142.

 

2.      Se recibe una diligencia, presentada y firmada por el ciudadano YAVI DEL CASTILLO PARDO. Exp. N° 2016-103.

 

3.       Se recibe el oficio FTSJ-4-0145-2016, de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, con competencia para actuar ante las Salas Plena, de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado con el proceso de extradición activa del ciudadano LEIGH O´NEILL. Exp. N° 2016-2.

 

4.      Se recibe el oficio FTSJ-4-0151-2016, de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia para actuar ante las Salas Plena, de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano MOHAMMAD JAFARI LANGEORUDI. Exp. N° 2016-175.

 

5.      Se recibe el oficio FTSJ-4-0154-2016, de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público con competencia para actuar ante las Salas Plena, de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano LUIS ENRIQUE HIDALGO CONTRERAS. Exp. N° 2016-225.

 

6.      Se recibe con el oficio N° 2016-282, de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el expediente N° 2015-4437, contentivo del proceso penal seguido al ciudadano ANTONIO SWISTOSLAW BOHDAN KOROL HUL, constante de una (1) pieza.

 

7.      Se recibe el oficio FTSJ-4-0155-2016, de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público para actuar ante las Salas Plena, de Casación y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JUAN CARLOS MOLINA AHUMADA. Exp. N° 2016-92.

 

8.      Se recibe un escrito, presentado y firmado por la abogada LISMEDY ELENA VILLANUEVA RAMÍREZ, defensora del ciudadano LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ RAMÍREZ. Exp. N° 2016-199.

 

9.      Se recibe con el oficio N° 0273-16, de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento, el expediente N° 2As-0644-16, contentivo del proceso penal seguido al ciudadano RONNY JOSÉ CARABALLO, constante de dos (2) piezas.

 

10. Se recibe el oficio N° 169-16, de la Presidencia de la Corte Superior del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Sección Adolescentes, relacionado con el proceso penal seguido al ADOLESCENTE. Exp. N° 2016-222.

 

11. Se recibe con el oficio N° 2C-978-16, del Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuaciones del expediente N° 2C-16-693-16, relacionadas con la solicitud de extradición pasiva del ciudadano JOEL SEBASTIÁN PINGET PEROTTI, constante de una (1) pieza. Exp. N° 2016-197.

 

 

AUTO PUBLICADO

 

12. Auto mediante el cual esta Sala, ordena agregar el expediente AA30-P-2014-000092, como una pieza anexa al expediente AA30-P-2016-000229, por cuanto en el primero, reposa la solicitud formal y la documentación que sustentó la extradición pasiva del ciudadano STEFAN SINICKA, planteada por la República Eslovaca, información esa de singular relevancia y necesaria para resolver el nuevo expediente contentivo de la solicitud de extradición pasiva del ciudadano STEFAN SINICKA, bajo la modalidad de “ACUERDO ADICIONAL”, planteada por la República Eslovaca. Exp. N° 2016-229.

 

 

SENTENCIAS PUBLICADAS

 

13. Sentencia N° 284, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano DAVID RIVERO PULIDO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad e identificado con la cédula de identidad núm. 11.921.658, actualmente recluido en el Departamento de Aprehensión del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, El Rosal, Caracas, requerido por las autoridades judiciales del Reino de España. Asume para con el Reino de España, el firme compromiso de que el ciudadano DAVID RIVERO PULIDO, terminará de cumplir la pena que le fuere impuesta por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, el 13 de julio de 2007, ratificada por el Tribunal Supremo del Reino de España, el 4 de noviembre de 2008, y la cual fue revisada según auto de audiencia provincial de Santa Cruz de Tenerife, en fecha 15 de diciembre de 2010, por haber entrado en vigencia una ley penal más favorable. En virtud de ello, la Sala de Casación Penal acuerda que dicho ciudadano continuará cumpliendo la medida de reclusión que le fue impuesta por el Tribunal Vigésimo Sexto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 4 de febrero de 2016. Remite la documentación enviada por el Reino de España a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a fin de ser distribuida a un Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución; dicho órgano jurisdiccional, una vez recibidas las actuaciones, deberá realizar, de conformidad con lo establecido en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, el cómputo de la pena que le resta por cumplir a dicho ciudadano, para lo cual deberá tomar en cuenta el tiempo que ha estado privado de libertad en nuestro país, con ocasión de la solicitud de extradición, y el tiempo que estuvo preventivamente privado de libertad en el Reino de España. Del mismo modo, deberá indicar el lugar de reclusión donde permanecerá el ciudadano DAVID RIVERO PULIDO, a fin de cumplir con la pena que le fuere impuesta en el Reino de España, por la comisión de un delito “…contra la salud pública…”. Exp. N° 2016-52. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ.

 

14. Sentencia N° 285, que declara improcedente a la solicitud de extradición pasiva realizada por la República de Colombia, del ciudadano JOSÉ RAFAEL BLANCO GAMBOA, de nacionalidad venezolana comprobada y titular de la cédula de identidad número 14.975.430. El Estado venezolano asume el firme compromiso que el ciudadano JOSÉ RAFAEL BLANCO GAMBOA, cumplirá ante la jurisdicción venezolana, la pena impuesta en la condena aplicada por las autoridades de la República de Colombia, por la comisión de los delitos de Homicidio Agravado y Hurto Simple, menos el lapso detención en nuestro país. En consecuencia, se mantiene la medida judicial privativa de libertad al mencionado ciudadano. Corresponderá al Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, al que le sea asignado por distribución, practicar el cómputo de pena y determinar con exactitud la fecha en que el mencionado ciudadano, finalizará su condena en territorio venezolano, menos el tiempo que tiene detenido en nuestro país desde el 27 de agosto de 2015, y en su caso, la fecha a partir de la cual podrá solicitar la suspensión condicional de la ejecución de la pena, cualquiera de la fórmulas alternativas del cumplimiento de la misma y la redención de la pena por el trabajo y el estudio. Exp. N° 2015-387. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

 

15. Sentencia N° 286, que acuerda notificar al Gobierno de la República Checa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, luego de su notificación para presentar la solicitud formal de extradición pasiva y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva del ciudadano PAVEL STICKEL, quien aparece identificado en el expediente con el pasaporte checo N° 40879000. Debiendo dejarse constancia que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Exp. N° 2016-184. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA. 

 

 

OFICIOS REMITIDOS

 

 

16. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JOEL SEBASTIÁN PINGET PEROTTI. Exp. N° 2016-197.

 

17. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición activa del ciudadano JOSÉ ÁNGEL CARTAGENA OSORIO. Exp. N° 2015-319.

 

18. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa del ciudadano VÍCTOR OSÍAS CÁCERES. Exp. N° 2016-235.

 

19. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano WOLFGANG ALBERTO VALBUENA SEVILLANO. Exp. N° 2015-270.

 

20. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano CARLOS JUVENAL MOYA TEGUEDOR y otros. Exp. N° 2016-123.

 

21. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con la solicitud de avocamiento del proceso penal seguido al ciudadano JIMMY JOSUÉ ARAGÓN GARFIDO y otra. Exp. N° 2016-147.

 

22. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano LUIS ALBERTO MORALES MORALES. Exp. N° 2015-244.

 

23. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva del ciudadano DAVID RIVERO PULIDO. Exp. N° 2016-52.

 

24.  Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva del ciudadano JOSÉ RAFAEL BLANCO GAMBOA. Exp. N° 2015-387.

 

25. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva del ciudadano PAVEL STICKEL. Exp. N° 2016-184.

 

 

 

 

El Magistrado Presidente,

 

 

 

 

La Secretaria,

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