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Sala de Casación Penal
  • Fecha: 04 de Agosto de 2017





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SECRETARÍA

CUENTA DIARIA

DEL 04 DE AGOSTO DE 2017

N° 137

 

Hubo Audiencia y Secretaría

 

 

ESCRITOS, OFICIOS Y DILIGENCIAS RECIBIDAS

 

1.      Se recibe una diligencia, presentada y firmada por el abogado GUSTAVO ENRIQUE ÁLVAREZ VÁSQUEZ, relacionada con la solicitud de avocamiento planteada en el proceso penal seguido a los ciudadanos JOSÉ MARÍA MONTAÑÉZ RODRÍGUEZ, GERALDINE FRANCIS ABREU CUMARÍN y otros. Exp. N° 2017-26.

 

2.      Se recibe el oficio DFGR-VF-DGAJ-DAI-3294-2017-043928, de la Fiscalía General de la República, relacionado con el proceso de extradición activa seguido a la ciudadana MARÍA CONCEPCIÓN RAMOS BÁEZ. Exp. N° 2017-231.

 

3.      Se recibe el oficio N° P-491-2017, de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, relacionado con el proceso penal seguido a los ciudadanos HUMBERTO JOSÉ MOLINA, JESÚS MANUEL MORILLO QUINTERO, JOSÉ CEFERINO BRICEÑO ARTIGAS y otros. Exp. N° 2016-345.

 

4.       Se recibe el oficio N° P-492-2017, de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Trujillo, relacionado con la solicitud de radicación planteada en el proceso penal seguido a los ciudadanos CARLOS ENRIQUE BRICEÑO BASTIDAS y JOSÉ GREGORIO GODOY GUDIÑO. Exp. N° 2017-161.

 

5.      Se recibe el oficio DFGR-DAI-8-3512-2017-043847, de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la República, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano JOSÉ ADÁN NIÑO SÁNCHEZ. Exp. N° 2017-214.

 

6.      Se recibe el oficio DFGR-VF-DGAJ-DAI-3282-2017-043927, de la Fiscalía General de la República, relacionado con el proceso de extradición activa seguido a la ciudadana ALFONSINA GONZÁLEZ FERRARO. Exp. N° 2017-207.

 

7.      Se recibe con el oficio HG21OFO2017000350, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, el expediente HP21-R-2017-000116, contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos PEDRO JOSÉ DUQUE ALDANA y ENZO SAID NIÑO GARCÍA, constante de cinco (5) piezas, un (1) cuaderno separado, un (1) anexo “A” y un acta de reserva.

 

8.      Se recibe con el oficio N° 570-17, de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el expediente VP03-R-2017-000285, contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos ALFONSO ENRIQUE MUJICA, KEYLA TIBISAY VERA VALERO y otra, constante de una (1) pieza y un (1) cuaderno de apelación.

 

9.      Se recibe con el oficio CA-OFI-2017-698, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, el expediente LP11-P-2008-001531, constante de diez (10) piezas y el recurso de apelación de sentencia LP01-R-2012-000034, con seis (6) piezas, contentivos del proceso penal seguido a los ciudadanos JACKSON PACHECO, RONALD PACHECO y otro.

 

10. Se recibe con el oficio CA-MON-521-2017, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, el expediente identificado con el alfanumérico NP01-P-2014-002659, constante de una (1) pieza de la fase investigativa y dos (2) piezas de la fase intermedia; un (1) cuaderno de víctima, asimismo, el recurso de apelación de sentencia NP01-R-2015-000060, constante de dos (2) piezas; los recursos de apelación de auto NP01-R-2014-000181 y NP01-R-2014-000057, ambos, constantes de una (1) pieza, todos contentivos del proceso penal seguido a los ciudadanos ARMANDO JOSÉ LÓPEZ MAURERA, JUNIOR ADRIÁN GARCÍA RAMÍREZ y otro.

 

11. Se recibe con el oficio N° 572-17, de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el expediente VP03-R-2017-000076, contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos MARCEL ALEJANDRO PARÍS PÉREZ, JULIANA MARÍA DOLORES MARTÍN DE PÉREZ y otro, constante de cinco (5) piezas y una (1) pieza de recurso de apelación.

 

12. Se recibe con el oficio N° 644/2017, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, el expediente BP01-P-2013-002874, constante ocho (8) piezas y el recurso de apelación signado BP01-R-2015-000196, constante de cuatro (4) piezas, todos contentivos del proceso penal seguido a los ciudadanos JOSÉ DE JESÚS ALEMÁN FEBRES, VIVIAN ARACELIS SALCEDO MÉNDEZ y otros.

 

13.  Se recibe con el oficio N° 1180-2017, de la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, el expediente WP02-R-2016-000603, contentivo del proceso penal seguido al ciudadano LUIS ENRIQUE BENEDETTI ZAMBRANO, constante de dos (2) piezas.

 

14. Se recibe con el oficio N° 1182-2017, de la Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, el expediente WP02-R-2016-000069, contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos JEFERSON ANTONIO DELGADO FERRER, JOINER JOEL PINEDA TEJADA y otro, constante de ocho (8) piezas.

 

15. Se recibe con el oficio N° 395-17, de la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, el expediente VP03-R-2017-000884, constante de tres (3) piezas, un (1) recurso de apelación y un (1) recurso de apelación resuelto, contentivo del conflicto de competencia planteado en el proceso penal seguido a los ciudadanos LUIS MANUEL MEJÍAS ALVARADO y VICKMAR KATHERINE MORILLO CARACAS.

 

16. Se recibe con el oficio CJPM-CM-464-17, de la Corte Marcial del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Caracas, el expediente CJPM-TM1C-104-2016, contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos JOSÉ MARÍA MONTAÑEZ RODRÍGUEZ, GERALDINE FRANCIS ABREU CUMARÍN y otros, constante de trece (13) piezas, un (1) cuaderno de apelación CJPM-CM-007-17 y un (1) anexo. Exp. N° 2017-26. (Solicitado por la Sala)

 

SENTENCIAS PUBLICADAS

 

17. Sentencia N° 299, que declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano IVÁN ALEXI TARAZONA GUTIÉRREZ, de nacionalidad colombiana, identificado en el expediente con la cédula E-83.269.508, identificado a su vez, con el nombre de IVÁN ALEXI TARAZONA PERDOMO, con la cédula de ciudadanía nro. 79.777.894, presentada por la República de Colombia; condicionada a las estipulaciones siguientes: a) Que el ciudadano que se extradita no podrá ser juzgado por un delito distinto al que motivó la extradición, cometido con anterioridad a la solicitud, en razón de lo cual en el presente caso, la extradición es única y exclusivamente, para el cumplimiento de la condena impuesta por el delito de extorsión; b) Que el ciudadano que se extradita, podrá ejercer libremente los recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico del país requirente, para impugnar las decisiones dictadas en su contra; c) Que a la pena por la que fue condenado el mencionado ciudadano, se le reste el tiempo que estuvo detenido en la República Bolivariana de Venezuela, (desde el tres (3) de marzo de 2017). Queda entendido que deberá mantenerse la medida de privación judicial preventiva de libertad, al nombrado ciudadano, en la sede de Interpol del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, hasta tanto se haga efectiva su entrega a la República de Colombia. Exp. N° 2017-91. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

18. Sentencia N° 300, que acuerda notificar al Gobierno de la República del Perú, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos, que tiene luego de su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria que la sustenta, en el proceso de extradición del ciudadano JONATHAN AVILÉS TORRES, de nacionalidad peruana, titular del pasaporte número 44608727.  Debiendo especificarse que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad del mencionado ciudadano, sin perjuicio de acordar la privación de libertad si posteriormente es recibida dicha solicitud. Exp. N° 2017-221. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

19. Sentencia N° 301, que declara procedente solicitar al Gobierno de la República de Colombia la extradición activa de la ciudadana MARÍA CONCEPCIÓN RAMOS BÁEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad nro. 11.268.224, para que sea sometida al proceso penal por la presunta comisión de los delitos de Obtención Ilícita de Divisas, Uso de Documento Público Falso y Asociación. Asume el firme compromiso ante el Gobierno de la República de Colombia, que la mencionada ciudadana será procesada por la comisión de los delitos antes mencionados, con las debidas garantías establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estipuladas en los artículos siguientes: 21 (principio de no discriminación y garantía de igualdad); 44 numeral 3 (prohibición de que se aplique la pena de muerte o de prisión perpetua, así como aquélla que exceda de 30 años, a cuyo efecto se tomará en cuenta el tiempo durante el cual estuvo detenida en la República de Colombia); 45 (prohibición de la desaparición forzada de personas); 46 numeral 1 (derecho a la integridad física, psíquica, moral y la prohibición de ser sometido a tortura o trato cruel e inhumano) y 49 (garantía del debido proceso); además, en caso de determinarse el eventual juzgamiento por hechos distintos a los que dieron origen al presente proceso de extradición, se requerirá la expresa autorización de la República de Colombia; asimismo, que en caso de establecerse la responsabilidad penal de la requerida en extradición que conlleve a la respectiva sentencia condenatoria, se tomará en cuenta, para el cómputo final de la pena que ha de aplicarse, el tiempo que haya permanecido detenida en la República de Colombia con motivo de este procedimiento. Exp. N° 2017-231. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

20. Sentencia N° 302, que acuerda notificar al Gobierno de la República Francesa, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días continuos que tiene, a partir de su efectiva notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria, del ciudadano CHRISTIAN RABOURDIN, también mencionado en las actuaciones como CHRISTIAN MARIE ANDRE JEAN RABOURDIN, de nacionalidad francesa, identificado en las actuaciones con la cédula de identidad E-84.987.052; debiendo especificar que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, por el Gobierno de la República Francesa, la Sala ordenará la libertad del mencionado ciudadano. Exp. N° 2017-227. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

 

21. Sentencia N° 303, que declara improcedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano RUBÉN ELÍAS MRAD URIBE, de nacionalidad venezolana adquirida, identificado con la cédula V-23.970.681, requerido por las autoridades judiciales de la República de Colombia, por los delitos de Peculado por Apropiación, Contrato sin Cumplimiento de los Requisitos Legales y Falsedad Material en Documento Público. Asume para con la República de Colombia, el firme compromiso de ejecutar la pena que le fuera impuesta al prenombrado ciudadano, por la responsabilidad en la comisión de los delitos que motivaron el requerimiento de extradición. Acuerda remitir la documentación enviada por el país requirente, al Circuito Judicial Penal del estado Táchira, para que, previa distribución del expediente, sea asumida la ejecución de la condena impuesta por las autoridades judiciales de la República de Colombia, por un Tribunal de Ejecución de dicho Circuito, una vez recibido, dicho tribunal deberá ser garante para que la ejecución de la condena del ciudadano objeto de este proceso extradicional, sea conforme con la orientación de la ejecución de las penas que prevé el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y la normativa procesal establecida en el Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda mantener la medida de privación preventiva de libertad que le fuera impuesta al ciudadano RUBÉN ELÍAS MRAD URIBE, por el Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Insta al Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela, para que solicite a la República de Colombia, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, cualquier elemento adicional que estime necesario que pueda servir para la ejecución de la pena impuesta al ciudadano requerido en extradición, con base en los principios de cooperación internacional en materia judicial. Exp. N° 2017-62. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ.

 

22. Sentencia N° 304, que acuerda notificar al Gobierno de la República de Colombia, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de noventa (90) días continuos que tiene (luego de su notificación), para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición del ciudadano VÍCTOR JULIO ALMANZA MAPE, de nacionalidad colombiana, titular de la cédula de ciudadanía colombiana N° 86050615; debiendo especificarse que en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará el cese de las medida de coerción personal decretada contra el referido ciudadano. Exp. N° 2017-230. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

23. Sentencia N° 305, que declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano GIANFRANCO AGOSTINONE PIZUTTO, identificado en el expediente con la cédula núm. 9.816.602, a los Estados Unidos de América, para que sea sometido al proceso penal que se inició a su respecto, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual a Niños y Niñas con agravante, en grado de Continuidad. Asume el firme compromiso que ante el Gobierno de los Estados Unidos de América que el ciudadano GIANFRANCO AGOSTINONE PIZUTTO, será sometido penalmente a proceso, por la presunta comisión del delito antes mencionado, con apego a las debidas seguridades y garantías constitucionales estipuladas en los artículos siguientes: 21 (principio de no discriminación y garantía de igualdad);  44 numeral 3 (prohibición de que se aplique la pena de muerte o de prisión perpetua, así como aquella que exceda de 30 años); 45 (prohibición de la desaparición forzada de personas); 46 numeral 1 (derecho a la integridad física, psíquica, moral y la prohibición de ser sometida a tortura o trato cruel e inhumano) y 49 (garantía del debido proceso); finalmente, en el caso que dicho proceso penal que se instaurará en contra del  ciudadano requerido, dé como resultado una sentencia condenatoria, se tomará en cuenta para el cómputo final de la pena que ha de cumplirse, el tiempo que hubiere podido permanecer detenido en los Estados Unidos de América, con motivo de este procedimiento de extradición antes de concretarse la entrega. Exp. N° 2017-228. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ.

 

24. Sentencia N° 306, que declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano GEORGE RANJIT MOHAMED JAMALOODIN, de nacionalidad neerlandesa, identificado en el expediente con el pasaporte neerlandés NU89F6DK4, y con la cédula de identidad de la República de Venezuela para extranjeros N° 84.606.602, presentada por el Reino de los Países Bajos (Curazao), para su enjuiciamiento por la presunta comisión de los delitos de Malversación de Fondos de Subvención por un Funcionario Gubernamental, Falsificación Documental e Incitación o Complicidad de Asesinato, todos tipificados en el Código Penal de Curazao; la cual se concede condicionada a las estipulaciones siguientes: 1) Que el ciudadano que se extradita no podrá ser juzgado por delitos distintos a los que motivaron la extradición, cometidos con anterioridad a la solicitud, en razón de lo cual en el presente caso, la extradición se concede única y exclusivamente, para ser enjuiciado por la presunta comisión de los delitos identificados anteriormente; 2) Que el ciudadano que se extradita, podrá ejercer libremente los recursos legales previstos en el ordenamiento jurídico del país requirente, para impugnar las decisiones dictadas en su contra; 3) Que en caso de llegarse a dictar sentencia condenatoria, no podrá imponérsele pena de muerte, perpetua, ni infamante; 4) Que se le reste a la pena a imponer el tiempo que estuvo detenido en la República Bolivariana de Venezuela, con motivo del presente proceso de extradición. Queda entendido que se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad del nombrado ciudadano, en la sede de la División de Investigaciones de Interpol, Base del estado Carabobo, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, hasta tanto se haga efectiva su entrega al Reino de los Países Bajos. Exp. N° 2017-124. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA. El Magistrado, Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ, no firmó por motivo justificado.

 

25. Sentencia N° 307, que declara no ha lugar, la pretensión de radicación propuesta por la defensa del ciudadano WILLIAM JOSÉ MARTÍNEZ TORRES. Exp. N° 2017-216. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

26. Sentencia N° 308, que desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por el ciudadano LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ CARRILLO, asistido de abogado. Exp. N° 2017-177. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

 

27. Sentencia N° 309, que declara inadmisible el recurso de casación planteado por el ciudadano LIBNI ELEAZAR SÁNCHEZ TOVAR (víctima), asistido de abogado, en el proceso penal seguido a la ciudadana GÉNESIS NAYLETH GARCÍA TABARES. Exp. N° 2017-222. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO. El Magistrado, Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA, no firmó por motivo justificado.

 

28. Sentencia N° 310, que desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación incoado por la defensa del ciudadano JOSÉ FERNANDO GARRIDO MARQUÉS. Exp. N° 2017-203. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ.

 

29. Sentencia N° 311, que declara con lugar el recurso de casación interpuesto por los representantes judiciales del ciudadano DAVSO JAVIER TORRES GONZÁLEZ;  anula la decisión dictada el 16 de mayo de 2016, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira. Ordena remitir el expediente a la Presidencia de ese Circuito Judicial Penal, para que se constituya una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, que conozca del recurso de apelación interpuesto y dicte nueva decisión, con prescindencia de los vicios que dieron lugar a la presente declaratoria. Exp. N° 2016-334. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA. El Magistrado, Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ, no firmó por motivo justificado.

 

30. Sentencia N° 312, que decreta de oficio la nulidad absoluta de todas las actuaciones cumplidas en el proceso, con posterioridad a la sentencia condenatoria publicada el 14 de noviembre de 2016, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual se mantiene incólume. Ordena reponer la causa al estado en que ese mismo Juzgado, ordene el traslado del ciudadano NIRGUEN ISAÍAS ESIS BERNAL, a su sede para que sea impuesto personalmente de la sentencia condenatoria dictada en su contra y libre de nuevo la notificación de las demás partes del presente proceso, todo ello a los efectos del ejercicio de los recursos de ley correspondientes en aras  de la garantía de sus derechos e intereses. Exp. N° 2017-209. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

31.  Sentencia N° 313, que desestima por manifiestamente infundado el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos JACKSON RUBÉN RODRÍGUEZ SEQUERA y ANNY YUSMELY PERDOMO. Exp. N° 2016-245. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

32. Sentencia N° 314, que declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público, en el proceso penal seguido  a los ciudadanos JOSÉ GABRIEL GALÍNDEZ GONZÁLEZ y RUPERTO ANTONIO CARVALLO SOLÓRZANO. Anula la sentencia dictada, el 21 de noviembre de 2016, por la Sala Accidental N° 25-16, de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, que declaró sin lugar el recurso de apelación interpuesto contra el fallo del 6 de junio de 2016 y publicado el 8 de julio de ese mismo año, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Juicio del referido Circuito Judicial Penal.  Se ordena remitir la presente causa a la Presidencia del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, a los fines de constituir otra Sala Accidental de la Corte de Apelaciones, para que se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto, con prescindencia del vicio que dio lugar a la nulidad del fallo. Exp. N° 2017-25. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

33. Sentencia N° 315, que declara competente al Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer, sin más dilaciones, el proceso penal seguido en contra del ciudadano DANIEL SIMÓN TONITO; en consecuencia se ordena remitir el expediente a dicho Tribunal. Exp. N° 2017-155. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

34. Sentencia N° 316, que declara inadmisible el recurso de apelación de sentencia, interpuesto por el imputado de autos, ciudadano CARLOS BACALAO ROMER. Exp. N° 2017-200. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

35. Sentencia N° 317, que declara inadmisible, por extemporáneo, el recurso de casación interpuesto por la defensa de la ciudadana JHENESIS CRISTINA CHEMISTEL LINARES. Exp. N° 2017-205. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

36. Sentencia N° 318, que declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano ANDRÉS ELÍAS BELANDRIA CONTRERAS. Exp. N° 2017-220. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

 

OFICIOS REMITIDOS

 

37. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano GEORGE RANJIT MOHAMED JAMALOODIN. Exp. N° 2017-124.

 

38. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano IVÁN ALEXI TARAZONA GUTIÉRREZ. Exp. N° 2017-91.

 

39. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano JONATHAN AVILÉS TORRES. Exp. N° 2017-221.

 

40. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido a la ciudadana MARÍA CONCEPCIÓN RAMOS BÁEZ. Exp. N° 2017-231.

 

41. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano CHISTIAN RABOURDIN. Exp. N° 2017-227.

 

42. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano RUBÉN ELÍAS MRAD URIBE. Exp. N° 2017-62.

 

43. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano VÍTOR JULIO ALMANZA MAPE. Exp. N° 2017-230.

 

44. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano GIANFRANCO AGOSTINONE PIZZUTO. Exp. N° 2017-228.

 

 

 

El Magistrado Presidente,

 

 

La Secretaria,

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