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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SECRETARÍA
CUENTA DIARIA
DEL 08 DE SEPTIEMBRE DE 2017
N° 162
Hubo Audiencia y Secretaría
OFICIOS RECIBIDOS
1. Se recibe con el oficio 00-DDC-F63-0230-2017, un escrito de solicitud de radicación del proceso penal seguido a los ciudadanos GUSTAVO JOSÉ MALAVÉ BUCCE, JUAN CARRILLO MARTÍNEZ, HÉCTOR ROQUE RAMÍREZ, CÉSAR AMABILIS VALERA VILLARROEL, ADOLFO TORRES VARGAS, HENRY SÁNCHEZ MORA, JOSÉ MANUEL MARÍN, JUAN BARRETO RAMOS y BERNARDO ANTONIO ATENCIO DELGADO, constante de ocho (8) folios y cinco (5) folios útiles anexos.
2. Se recibe el oficio DFGR-DAI-10-3916-2017-049460, de la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio Público, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano CHRISTIAN RABOURDIN. Exp. N° 2017-227.
3. Se recibe el oficio N° 1432-2017, de la de la Corte de Apelaciones en Penal Ordinario y Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano LUIS ENRIQUE BENEDETTI ZAMBRANO. Exp. N° 2017-246.
ASUNTOS INGRESADOS
4. Se le dio entrada al expediente contentivo de la solicitud de radicación del proceso penal seguido a los ciudadanos PEDRO JOSÉ LEÓN RODRÍGUEZ, JESÚS CORNELIO OSORIO VIRGÜEZ, MIGUEL ÁNGEL CASTILLO LARA Y HERNÁN ERNESTO GUEVARA PASTRÁN, le correspondió el N° 2017-268.
5. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano HERIBERTO ESTUPIÑÁN ACEVEDO, le correspondió el N° 2017-269.
AUTO PUBLICADO
6. Auto que acuerda expedir una (1) copia certificada de la sentencia N° 206, dictada por esta Sala el 5 de junio de 2017, solicitada por la abogada MARÍA ALEJANDRA SUÁREZ PORRAS. Exp. N° 2017-96.
SENTENCIA PUBLICADA
7. Sentencia N° 325, que declara procedente solicitar al Gobierno del Reino de España, la extradición activa del ciudadano JAIR ALBERTO VARGAS GANDICA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.073.774. El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, asume el firme compromiso ante el Gobierno del Reino de España, que el mencionado ciudadano será procesado por la presunta comisión del delito de homicidio intencional simple, a título de dolo eventual; ello con apego a las debidas garantías constitucionales y procesales, establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estipuladas en el artículo 19 (principio de no discriminación), 45 (prohibición de desaparición forzada de personas) y 46 numeral 1 (derecho a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes) y 272 (derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado). Igualmente, que en caso que se dicte una sentencia condenatoria en el presente proceso, se tomará en cuenta el tiempo que pueda estar detenido el solicitado en el Reino de España. Exp. N° 2017-260. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ. El Magistrado, Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA, no firmó por motivo justificado.
OFICIOS REMITIDOS
8. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano JAIR ALBERTO VARGAS GANDICA. Exp. N° 2017-260.
El Magistrado Presidente,
La Secretaria,
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