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Sala de Casación Penal
  • Fecha: 17 de Noviembre de 2017





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SECRETARÍA

CUENTA DIARIA

DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 2017

N° 210

 

Hubo Audiencia y Secretaría

 

 

ESCRITOS Y OFICIOS RECIBIDOS

 

1.      Se recibe el oficio N° 009535, de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido a la ciudadana EMILIA AURORA DE SAN JOSÉ ARÉVALO PARODI. Exp. N° 2017-331.

 

2.      Se recibe el oficio N° 009533, de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano JUAN JOSÉ BUJAN ANTELO. Exp. N° 2017-328.

 

3.      Se recibe el oficio N° 009534, de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano JOSÉ GUSTAVO CIRIGLIANO ELÍAS. Exp. N° 2017-327.

 

4.      Se recibe el oficio N° 009532, de la Dirección Nacional de Migración y Zonas Fronterizas del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano OSCAR WILLIAM PILCO VERGARA. Exp. N° 2017-329.

 

5.      Se recibe un escrito, presentado y firmado por el ciudadano ÁNGEL WLADIMIR ZERPA APONTE, relacionado con el avocamiento de oficio del proceso penal seguido en su contra. Exp. N° 2017-253.

 

6.      Se recibe un escrito presentado y firmado por el abogado ALFONSO LAYA URIBE, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano IVÁN ALEXI TARAZONA GUTIÉRREZ, quien también aparece identificado como IVÁN ALEXI TARAZONA PERDOMO. Exp. N° 2017-91.

 

7.      Se recibe un escrito presentado y firmado por el abogado ALFONSO LAYA URIBE, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano IVÁN ALEXI TARAZONA GUTIÉRREZ, quien también aparece identificado como IVÁN ALEXI TARAZONA PERDOMO. Exp. N° 2017-91.

8.      Se recibe el oficio N° 4016, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano GIANFRANCO AGOSTINONE PIZZUTO. Exp. N° 2017-228.

 

9.      Se recibe el oficio N° 1637-17, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano VÍCTOR EMIRO CHOURIO ANCIANI. Exp. N° 2017-312.

 

10. Se recibe el oficio N° 1689-17, de la Dirección de Verificación y Registro de Identidad del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano JULIO CÉSAR DELGADO COMPARELLI. Exp. N° 2017-318.

 

11. Se recibe el oficio N° 571-17, de la  División del Registro Nacional de Extranjeros del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano JUAN JOSÉ BUJAN ANTELO. Exp. N° 2017-328.

 

12. Se recibe el oficio N° 572-17, de la  División del Registro Nacional de Extranjeros del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano OSCAR WILLIAM PILCO VERGARA. Exp. N° 2017-329.

 

13. Se recibe el oficio DGJIRC 3289, de la Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido a la ciudadana EVELYN BRIGETT GONZÁLEZ ESTANGA.

 

14. Se recibe el oficio DGJIRC 3292, de la Dirección General de Justicia, Instituciones Religiosas y Cultos del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, relacionado con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano ÁNGEL PAZOS ELCORO-IRIBE. Exp. N° 2017-99.

 

15. Se recibe el oficio N° 3171-17, del Tribunal Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, relacionado con el proceso de extradición activa seguido a la ciudadana VANESSA MUÑETÓN QUICENO. Exp. N° 2017-335.

 

 

ASUNTOS INGRESADOS

 

16. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido a la ciudadana YESENIA COROMOTO URDANETA SALAZAR, le correspondió el N° 2017-336. (Recurso de Casación).

 

17. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido al ciudadano EDWIN ISMAEL VILLARROEL URBANO, le correspondió el N° 2017-337. (Recurso de Casación).

 

18. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos ALBERTINA AUXILIADORA BRICEÑO SALAS, EVA RAMONA DUARTE DE CEGARRA y PEDRO JOSÉ GONZÁLEZ, le correspondió el N° 2017-338. (Recurso de Casación).

 

19. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido a los ciudadanos PEDRO FELIPE GRATEROL BENÍTEZ, LEOMAR ALEJANDRO RONDÓN TERÁN, EDUAR RAMÓN ALBARRÁN MEJÍAS y NELSON RENÉ BRICEÑO PADILLA, le correspondió el N° 2017-339. (Recurso de Casación).

 

20. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido al ciudadano DOUGLAS DAVID HERNÁNDEZ EPIAYU, le correspondió el N° 2017-340. (Recurso de Casación).

 

21. Se le dio entrada a la solicitud de avocamiento del proceso penal seguido al ciudadano JULIÁN ANTONIO PEÑA AULAR, le correspondió el N° 2017-341.

 

22. Se le dio entrada a la solicitud de extradición pasiva del ciudadano VICENTE LAMARCA SÁNCHEZ, le correspondió el N° 2017-342.

 

23. Se le dio entrada al expediente contentivo del proceso penal seguido al ciudadano LLUSNIL ENRIQUE GARCÍA TOVAR, le correspondió el N° 2017-343. (Recurso de Casación).

 

 

AUTO PUBLICADO

 

24. Auto que acuerda expedir una (1) copia certificada de la sentencia N° 398, dictada por esta Sala el 10 de noviembre de 2017, solicitadas por el abogado ESPARTACO MARTÍNEZ BARRIOS. Exp.  N° 2017-157.

 

 

SENTENCIAS PUBLICADAS

 

25. Sentencia N° 404, que declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PIRELA GARCÍA, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula N° 20.244.847, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en el delito de Homicidio Intencional Calificado en Grado de Cooperador Inmediato. Asume el firme compromiso ante la República de Colombia, que el mencionado ciudadano, será juzgado con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a) las relativas al derecho al debido proceso (artículo 49), conforme al cual al ciudadano solicitado en extradición se le garantizará el derecho a la defensa; b) al principio de no discriminación (artículo 19); c) a la prohibición de la desaparición forzada de personas (artículo 45); d) al derecho a la integridad física, psíquica y moral, y a la prohibición que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 46, numeral 1) por lo tanto el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PIRELA GARCÍA, será tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano; e) al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado (artículo 272) en caso que el mismo resulte condenado por el señalado delito; f) al derecho a la asistencia jurídica, que en el caso de así solicitarlo se hará mediante el nombramiento de un defensor público, como también el acceso a la asistencia consular; g) al derecho de ser notificado de los cargos por los cuales se le investiga; h) al derecho de acceder a las pruebas y disponer del tiempo y de los medios adecuados para ejercer su defensa, como a recurrir del fallo que le sea  desfavorable, con las excepciones establecidas en la ley; i) al derecho a la vida estipulado en el artículo 43 del texto constitucional, por lo tanto el Estado venezolano protegerá la vida del ciudadano que se solicita en extradición; j) al derecho a la salud previsto en el artículo 83 eiusdem, como derecho social fundamental, que el Estado venezolano garantiza al ciudadano solicitado en extradición, como parte del derecho a la vida; k) la garantía de todos los derechos civiles y sociales inherentes a la persona privada de libertad; y l) el requerido no será condenado a pena de muerte, a cadena perpetua, ni a penas infamantes o superiores a treinta (30) años (artículo 44, numeral 3) a cuyo efecto se tomará en cuenta el tiempo que estuvo detenido en la República de Colombia, con motivo del procedimiento de extradición. Exp. N° 2017-309. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

26. Sentencia N°            405, que acuerda notificar a la República de Panamá, a través del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, del término perentorio de sesenta (60) días, que tiene, a partir del día siguiente a la fecha en que se efectúe su notificación, para presentar la solicitud formal de extradición y la documentación judicial necesaria en el procedimiento de extradición pasiva del ciudadano JOSÉ DANIEL PEÑA MARTÍNEZ, de nacionalidad venezolana, identificado con la cédula N° 14.528.984, con expresa constancia que, en caso de no ser presentada la documentación requerida en dicho lapso, se ordenará la libertad sin restricciones del mencionado ciudadano. Exp. N° 2017-314. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

27. Sentencia N° 406, que declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano OSCAR WILLIAM PILCO VERGARA, de nacionalidad peruana, identificado con la cédula de República Bolivariana de Venezuela para extranjeros N° 82.087.864, para ser sometido a un proceso penal por su presunta participación en el delito de abuso sexual a adolescente con penetración vaginal y anal en acción continuada. Asume el firme compromiso ante la República del Perú, que el ciudadano solicitado en extradición, será juzgado únicamente por su presunta participación en la comisión del delito antes mencionado, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativas al derecho al debido proceso (artículo 49), al principio de no discriminación (artículo 19), a la prohibición de la desaparición forzada de personas (artículo 45), al derecho a la integridad física, psíquica y moral, y a la prohibición que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 46, numeral 1) y al derecho a un sistema  penitenciario que asegure la rehabilitación del penado (artículo 272), en caso que el mismo resulte condenado por el señalado delito. De igual modo, el requerido no será condenado a cadena perpetua, ni a penas infamantes o a penas superiores a treinta (30) años (artículo 44, numeral 3) a cuyo efecto se tomará en cuenta el tiempo que estuvo detenido en la República del Perú, con motivo del procedimiento de extradición. Exp. N° 2017-329. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

 

OFICIOS REMITIDOS

 

28. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el avocamiento de oficio del proceso penal seguido a los ciudadanos DAVID GUILLERMO SOSA ESCALANTE, FORTUNATO BENACERRAF SAIAS y otros. Exp. N° 2017-301.

 

29. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PIRELA GARCÍA. Exp. N° 2017-309.

 

30. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano JOSÉ DANIEL PEÑA MARTÍNEZ. Exp. N° 2017-314.

 

31. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano ÓSCAR WILLIAM PILCO VERGARA. Exp. N° 2017-329.

 

32. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con la solicitud de radicación del proceso penal seguido al ciudadano MANUEL VICENTE SOSA MORALES. Exp. N° 2017-306.

 

33. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido a los ciudadanos HENRY JOSÉ GARCÍA GONZÁLEZ y MARÍA ELENA ROSALES DE GARCÍA. Exp. N° 2017-265.

 

34. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano LUIS EDUARDO SUESCUN ALFONSO y otro. Exp. N° 2017-70.

 

35. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el conflicto de competencia planteado en el proceso penal seguido a los ciudadanos ALÍ COROMOTO GONZÁLEZ, ERNESTO MORALES GÓMEZ y otros. Exp. N° 2017-294.

 

36. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano JOSÉ INÉS IDROGO CONTRERAS y otro. Exp. N° 2017-293.

 

37. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con el proceso penal seguido al ciudadano YONDER ERNESTO RUIZ FLOREZ y otros. Exp. N° 2017-157.

 

38. Se remite el oficio correspondiente y relacionado con la solicitud de avocamiento del proceso penal seguido a la ciudadana MARÍA JANINA BLOHM UWIERA. Exp. N° 2015-218.

 

 

 

 

El Magistrado Presidente,

 

La Secretaria,

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