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Sala de Casación Penal
  • Fecha: 28 de Julio de 2017





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SECRETARÍA

CUENTA DIARIA

DEL 28 DE JULIO DE 2017

N° 132

 

 

Hubo Audiencia y Secretaría

 

 

OFICIO RECIBIDO

 

1.      Se recibe con el oficio N° 514-2017, de la Sala N° 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el expediente N° 4614-17, contentivo del proceso penal seguido a la ciudadana MARIANA OFELIA FERNÁNDEZ DE MENESES y otros, constante de una (1) pieza.

 

 

SENTENCIAS PUBLICADAS

 

2.      Sentencia N° 286, que  declara procedente la solicitud de extradición pasiva del ciudadano MARIO LÓPEZ REYES, identificado en el expediente con el documento de identidad español N° 04845257P, requerido por las autoridades judiciales del Reino de España, por la comisión de los delitos de Homicidio y Tenencia Ilícita de Armas. Esta Sala de Casación Penal, a fin de garantizar plenamente los derechos del mencionado ciudadano, establece: a) Que el ciudadano que se extradita no podrá ser juzgado por otros hechos distintos a los señalados en la solicitud de extradición, cometidos con anterioridad a la referida solicitud, salvo que, previa solicitud de autorización, consienta en ello el Estado venezolano; b) Que el ciudadano que se extradita no se le podrá imponer la pena de muerte, así como ningún tipo de pena infamante o cruel que atente contra su dignidad como ser humano; c) Que debe computarse como parte de la pena que le falta por cumplir el tiempo que ha permanecido detenido en la República Bolivariana de Venezuela, con ocasión al proceso de extradición iniciado por el Reino de España. Exp. N° 2017-133. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ. El  Magistrado, Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ, no  firmó por motivo justificado.

 

3.      Sentencia N° 287, que declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano JOSÉ DOMINGO GONZÁLEZ SANTIAGO, de nacionalidad colombiana, identificado con cédula de ciudadanía N° 88.177.722, a la República de Colombia, para ser sometido a un proceso penal por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional Agravado a título de coautor, y Asociación. Asume el firme compromiso ante la República de Colombia, que el ciudadano antes identificado, será juzgado por los delitos mencionados, con las debidas garantías consagradas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, relativas al derecho al debido proceso (artículo 49), al principio de no discriminación (artículo 19), a la prohibición de la desaparición forzada de personas (artículo 45), al derecho a la integridad física, psíquica y moral y a la prohibición de que las personas sean sometidas a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 46, numeral 1) y al derecho a un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del penado (artículo 272), en caso de que el mismo resulte condenado por los señalados delitos. De igual modo, el requerido no será condenado a cadena perpetua, ni a penas infamantes o a penas superiores a treinta (30) años (artículo 44, numeral 3), a cuyo efecto se tomará en cuenta el tiempo que estuvo detenido en la República de Colombia. Exp. N° 2017-184. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

4.      Sentencia N° 288, que anula de oficio la sentencia dictada el nueve (9) de noviembre de 2015, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la defensa del ciudadano ERIZ ALEXANDER TOCORE, y ordena que otra Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, conozca del recurso de apelación incoado contra la sentencia definitiva de primera instancia. Exp. N° 2016-50. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

5.      Sentencia N° 289,  que declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por el abogado ARÍSTIDES CUBILLÁN, en el proceso penal seguido contra los ciudadanos HENRY GARCÍA y MARÍA ELENA ROSALES DE GARCÍA. Exp. N° 2017-171. Ponente Magistrado Doctor MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ.

 

6.      Sentencia N° 290, que declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por la defensa del ciudadano ORESTE ALFREDO SCHIAVO LAVIERI. Exp. N° 2016-403. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

 

7.      Sentencia N° 291, que anula de oficio todas las actuaciones posteriores al día 8 de diciembre de 2015, momento procesal en que fue publicada la sentencia condenatoria en la presente causa, con excepción de la presente decisión. Ordena reponer la causa al estado en que el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Lara, libre las correspondientes boletas de traslado o notificaciones personales a los acusados JOSÉ RAFAEL PALENCIA MENDOZA, DERWIS LUIS PÉREZ MENDOZA y NECLIDES JESÚS VERDES RODRÍGUEZ, para ser impuestos de la sentencia condenatoria en presencia de sus correspondientes defensores nombrados y debidamente juramentados, con el objeto de que los mismos conozcan el contenido de la sentencia condenatoria dictada en su contra y manifiesten su voluntad de interponer, o no, recurso de apelación de sentencia. Exp. N° 2017-167. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO. La Magistrada, Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ, no firmó por motivo justificado.

 

8.      Sentencia N° 292, que desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por la representante del Ministerio Público, en el proceso penal seguido a los ciudadanos MARLON ENRIQUE BRITO LEDEZMA y EFRAÍN DANIEL FIGUEROA BARRERA. Exp. N° 2017-192. Ponente Magistrada Doctora ELSA JANETH GÓMEZ MORENO.

 

9.      Sentencia N° 293, que  declara con lugar el recurso de casación interpuesto por la defensa de los ciudadanos ALFREDO ALEJANDRO LINARES GIL y ANDERSON ALBERTO LINARES GIL, contra la decisión dictada, el 6 de febrero de 2017, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara; en consecuencia, anula el fallo proferido por la señalada alzada. Ordena la remisión de la presente causa para que sea distribuida a una Sala Accidental de la Corte de Apelaciones del mismo Circuito Judicial Penal, para que conozca y resuelva el recurso de apelación, con prescindencia de los vicios denunciados. Exp. N° 2017-148. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ. La Magistrada, Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ, no firmó por motivo justificado.

 

10. Sentencia N° 294, que  declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano JOSÉ MANUEL IZAGUIRRE ARMAS. Exp. N° 2017-168. Ponente Magistrada Doctora FRANCIA COELLO GONZÁLEZ.

 

11. Sentencia N° 295, que decreta de oficio la nulidad absoluta de las actuaciones cumplidas en el proceso, relativas al ciudadano JORGE ALEXANDER ACHKAR ROMANOS, desde el 30 de agosto de 2013, oportunidad en que el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, declaró abierto el debate en el juicio oral y público fijado en el proceso, así como todas las actuaciones consecutivas a dicha oportunidad, manteniéndose incólumes las concernientes a los ciudadanos ANTHONY SOEL SABA MALAVÉ y JESÚS RAMÓN CASTELLANO DURÁN, toda vez que, la nulidad que se decreta no afecta la condenatoria dictada contra ellos por haber quedado definitivamente firme en razón de no haber sido objeto de la apelación que dio lugar a la sentencia hoy recurrida en casación. Ordena reponer la causa al estado de que un Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Anzoátegui, fije nuevamente la oportunidad para la celebración del juicio oral y público solo respecto al acusado JORGE ALEXANDER ACHKAR ROMANOS, quedando plenamente vigente la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su contra el 20 de julio de 2012, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del referido Circuito Judicial Penal, por lo que se ordena al Juzgado que corresponda  conocer, ordenar inmediatamente su captura. Exp. N° 2017-109. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

12. Sentencia N° 296, que desestima por manifiestamente infundado, el recurso de casación interpuesto por la defensa del ciudadano MIGUEL ÁNGEL BETANCOURT. Exp. N° 2017-144. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA.

 

13. Sentencia N° 297, que declara competente al Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la causa seguida contra los ciudadanos RICARDO ALEXANDER RODRÍGUEZ GUERRA, MARÍA GABRIELA GIL MONTILLA, ITALO ANTONIO FRIGERIO LANZ, BERNARDO D’IGNAZIO RASTELLI, RINA D’IGNAZIO RASTELLI, JESÚS ENRIQUE DÍAZ MEDINA, ALFREDO JOSÉ SOSA BARTOLOZA, CARLOS EDUARDO HERRERA GUERRA y PABLO EMILIO LEDEZMA MÉNDEZ, y las sociedades mercantiles AUTO VIP MARGARITA, C.A., TU COSMÉTICO ORIENTE C.A. y JFR SURAMÉRICA, C.A.; en consecuencia, la Sala de Casación Penal ordena la acumulación de las causas judiciales signadas con los alfanuméricos S-25c-955-2016 y KP-01-P-2016-025-165, cursantes ante los Tribunales Vigésimo Quinto y Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control de los Circuitos Judiciales Penales del Área Metropolitana de Caracas y del estado Lara, respectivamente. Exp. N° 2017-199. Ponente Magistrado Doctor JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA. La Magistrada, Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ, no firmó por motivo justificado.

 

14. Sentencia N° 298, que declara inadmisible la solicitud de avocamiento propuesta por la defensa del ciudadano JORGE SÁNCHEZ PESTANA. Exp. N° 2017-115. Ponente Magistrada Doctora YANINA BEATRIZ KARABIN DE DÍAZ.

 

 

OFICIOS REMITIDOS

 

15. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición pasiva seguido al ciudadano MARIO LÓPEZ REYES. Exp. N° 2017-133.

 

16. Se remiten los oficios correspondientes y relacionados con el proceso de extradición activa seguido al ciudadano JOSÉ DOMINGO GONZÁLEZ SANTIAGO. Exp. N° 2017-184.

 

 

 

El Magistrado Presidente,

 

 

 

La Secretaria,

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