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Martes, 19 de noviembre de 2002
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
No se recibieron actuaciones.
Juzgado de Sustanciación
Caracas, 19 de Noviembre del año 2002. Años: 192° y 143°.
Vistas las diligencias de fechas
23 de octubre y 13 de noviembre de 2002 presentada por los abogados Rodolfo
Vilchez y José Artiles apoderados del Instituto Nacional de Tierras (INT) y
Johbing Álvarez, abogado designado de la Procuraduría Agraria Nacional,
mediante la cual solicitan se oficie al Ministerio Público, Defensoría del
Pueblo y al Comando de la Guardia Nacional de la población de Chivacoa (Estado
Yaracuy) según lo acordado en fecha 03-10-02, esta Sala ordena librar los Oficios respectivos a los
entes públicos mencionados a los fines consiguientes.-
Juzgado de Sustanciación
Caracas, 19 de Noviembre del año 2002. Años: 192° y 143°.
Visto el escrito de fecha 30 de
octubre presentado por los abogados Manuel Rojas Yánez y Jesús Jiménez Peraza
apoderados judiciales de Inversiones Yara, C.A., parte actora en el presente
juicio, mediante el cual exponen: “Conforme al acuerdo contenido en la
Audiencia Conciliatoria celebrada en Chivacoa, Estado Yaracuy, el día 03 de
octubre del 2002, presentamos al Instituto Nacional de Tierras, a través de la
Sala Especial Agraria, formal oferta de venta de los terrenos que en ella se
determinan, a los fines de una autocomposición procesal”, esta Sala deja constancia de tal
consignación a las partes interesadas en este proceso a los fines de que expongan lo conducente.
Ciudadano:
Defensoría del Pueblo
(Estado Yaracuy)
Su Despacho.-
Por
medio del presente cumplo en informarle que cursa ante la Sala Especial Agraria
de esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia el juicio de nulidad por ilegalidad de acto
administrativo que sigue INVERSIONES YARA, C.A. contra las Resoluciones números
149 y 150 de fecha 29 de abril de 2002, emanadas del INSTITUTO NACIONAL DE
TIERRAS, en virtud de la apelación ejercida por la parte demandada. Ahora bien,
en fecha 03 de octubre del presente año las partes realizaron una audiencia
conciliatoria donde exponen sus propuestas; según lo allí acordado y vista la
diligencia presentada por los abogados Rodolfo Vilchez y José Artiles
apoderados del Instituto Nacional de Tierras (INT) y Johbing Álvarez, abogado
designado de la Procuraduría Agraria Nacional mediante la cual solicitan se
oficie a ese despacho con el propósito de “dar cumplimiento de los acuerdos
establecidos...específicamente referido a materializar y hacer efectivo el
acceso pacífico y de buena fe de los campesinos a la superficie cultivada por
ellos con el objeto de cuidar, mantener y cosechar la explotación agrícola”,
es por lo que le informamos del presente proceso a los fines consiguientes.
Ciudadano:
Ministerio Público (Estado
Yaracuy)
Su Despacho.-
Por
medio del presente cumplo en informarle que cursa ante la Sala Especial Agraria
de esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia el juicio de nulidad por ilegalidad de acto
administrativo que sigue INVERSIONES YARA, C.A. contra las Resoluciones números
149 y 150 de fecha 29 de abril de 2002, emanadas del INSTITUTO NACIONAL DE
TIERRAS, en virtud de la apelación ejercida por la parte demandada. Ahora bien,
en fecha 03 de octubre del presente año las partes realizaron una audiencia
conciliatoria donde exponen sus propuestas; según lo allí acordado y vista la
diligencia presentada por los abogados Rodolfo Vilchez y José Artiles
apoderados del Instituto Nacional de Tierras (INT) y Johbing Álvarez, abogado
designado de la Procuraduría Agraria Nacional mediante la cual solicitan se
oficie a ese despacho con el propósito de “dar cumplimiento de los acuerdos
establecidos...específicamente referido a materializar y hacer efectivo el
acceso pacífico y de buena fe de los campesinos a la superficie cultivada por
ellos con el objeto de cuidar, mantener y cosechar la explotación agrícola”,
es por lo que le informamos del presente proceso a los fines consiguientes.
Juzgado de Sustanciación
Caracas, 19 de Noviembre del año 2002. Años: 192° y 143°.
Visto el escrito de solicitud de
avocamiento presentado por los abogados Rodolfo Vilchez y José Artiles
apoderados del Instituto Nacional de Tierras (INT) en fecha 13 de noviembre de 2002, se ordena agregar
al expediente N° 02-311 a los fines legales consiguientes.
Ciudadano:
Segunda Compañía del Destacamento N° 45 del
Comando Regional de la Guardia Nacional N° 4. Chivacoa. Municipio Bruzual. Edo.
Yaracuy.
Su Despacho.-
Por
medio del presente cumplo en informarle que cursa ante la Sala Especial Agraria
de esta Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia el juicio de nulidad por ilegalidad de acto
administrativo que sigue INVERSIONES YARA, C.A. contra las Resoluciones números
149 y 150 de fecha 29 de abril de 2002, emanadas del INSTITUTO NACIONAL DE
TIERRAS, en virtud de la apelación ejercida por la parte demandada. Ahora bien,
en fecha 03 de octubre del presente año las partes realizaron una audiencia
conciliatoria donde exponen sus propuestas; según lo allí acordado y vista la
diligencia presentada por los abogados Rodolfo Vilchez y José Artiles
apoderados del Instituto Nacional de Tierras (INT) y Johbing Álvarez, abogado
designado de la Procuraduría Agraria Nacional mediante la cual solicitan se
oficie a ese despacho con el propósito de “dar cumplimiento de los acuerdos
establecidos...específicamente referido a materializar y hacer efectivo el
acceso pacífico y de buena fe de los campesinos a la superficie cultivada por
ellos con el objeto de cuidar, mantener y cosechar la explotación agrícola”,
es por lo que le informamos del presente proceso a los fines consiguientes.
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para
formalizar, de conformidad con el artículo 317 del Código de Procedimiento
Civil, en el siguiente expediente:
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para
formalizar, de conformidad con el artículo 317 del Código de Procedimiento
Civil, en el siguiente expediente:
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
Declaratoria
con lugar
02-533
Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO
Declaratoria
con lugar
02-561
Siendo
las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
La Secretaria,
______________________
BIRMA I. DE ROMERO
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