Principal Contáctenos
Sala de Casación Social
  • Fecha: 03 de julio de 2003





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  133

 

Jueves, 03 de julio de 2003

 

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.

 

 

Exp. N° RC 03-453

 

                                                                    

El abogado RAFAEL LÓPEZ LARA, presentó escrito Informativo, para ser agregado al juicio que sigue ROSALÍA BRAVO DE RONDÓN contra JOSÉ ORLANDO ÁLVAREZ. Ponente:  Dr. FRANCISCO CARRASQUERO.

 

 

Exp. N° RC 03-491

 

                                                                    

La abogado ELIETH JIMÉNEZ DE FUGUET, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue BERNARDINO PÉREZ Y OTROS contra FUNDACIÓN PARA LA TRANSFERENCIA DEL SERVICIO DE ASEO URBANO Y DOMICILIARIO PARA LA CIUDAD DE CARACAS (FUNDASEO). Ponente:  Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. N° RC 03-494

 

                                                                    

El abogado RICARDO HENRÍQUEZ LA ROCHE, presentó escrito de solicitud de Perecimiento, para ser agregado al juicio que sigue EUSTOQUIO HERRERA contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, C.A. Ponente:  Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. N° RC 03-402

 

                                                                    

El abogado LUIS ALBERTO SANTOS CASTILLO, presentó escrito de IMPUGNACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RAUL ESCALONA Y OTROS contra BAKER HUGHES, S.A. Ponente:  Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

Según Oficio N° 03-0157 enviado de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, remitiendo copia certificada de auto mediante el cual ordena notificar al Presidente de la Sala de Casación Social, se sirva enviar copia certificada del escrito de contestación consignado por el apoderado judicial de CORPORACIÓN TELEVEN, C.A.

 

 

ACTA DE LA AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY JUEVES TRES (3) DE JULIO DE 2003

HORA: diez  de la mañana (10:00 a.m.)

 Expediente Nº AA60-S-2003-000160

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente y Ponente, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., la Secretaria de la Sala Dra. BIRMA I. TREJO DE ROMERO y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.-

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia oral, pública y contradictoria en el Control de la Legalidad solicitado por la representación judicial de la parte actora en el procedimiento de calificación de despido seguido por el ciudadano HENRY RAFAEL MARTÍNEZ TOMEDES contra la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA POLAR DEL SUR, C.A. (DIPOSURCA) contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 17 de enero de 2003.  Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados BERNARDO DIÁZ GRAU en representación de la parte actora y recurrente, RICARDO HENRÍQUEZ  LA ROCHE y MARÍA MERCEDES ARRESE-IGOR en representación de la empresa demandada.

Se concede la palabra al abogado Bernardo Díaz Grau en representación del demandante y recurrente.

Seguidamente se concede la palabra al abogado Ricardo Henríquez La Roche en representación de la empresa demandada.

El Presidente informa que no habrá réplica por tratarse el caso sobre un punto de derecho.

Concluidas las intervenciones la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente de la Sala leyó la decisión: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte recurrente; 2) ANULA el auto proferido por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 17 de enero de 2003; 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA POLAR DEL SUR, C.A. (DIPOSURCA) contra el auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 22 de marzo de 2002; 4) DECLARA:  CON LUGAR la calificación de despido, reenganche y pago  de salarios caídos incoada por el trabajador.  En consecuencia se ordena el reenganche y pago de los salarios caídos.  El tiempo para el cálculo de los salarios dejados de percibir comienza con la fecha de la contestación de la demanda y termina con la fecha de la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales o la insistencia del despido de ser el caso.  Le corresponde pagar las costas procesales a la parte totalmente vencida en este proceso, una vez agotado el procedimiento de estimación e intimación de costas previsto en la Ley; y, 5) Se modifica el auto apelado.

Se ordena la reproducción y publicación de la sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de este acto, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-

Se ordena agregar al expediente cassette de grabación del presente acto.

Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente caso.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

ACTA DE LA AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY JUEVES TRES (3) DE JULIO DE 2003

HORA: diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.)

Expediente Nº AA60-S-2003-000287

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente y Ponente, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., la Secretaria de la Sala Dra. BIRMA I. TREJO DE ROMERO y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.-

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las diez y cuarenta y cinco de la mañana (10:45 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia oral, pública y contradictoria en el Control de la Legalidad solicitado por  la representación judicial de la sociedad mercantil SERVICIOS DE EMERGENCIAS MÉDICAS ARAGUA, C,A, (SERMEDICA) contra la sentencia de fecha diez (10) de marzo de 2003, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay, en el juicio que por cobro de salarios retenidos sigue la ciudadana AMARILIS MANZÚ GASCÓN contra la empresa recurrente.  Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de las abogadas Adela Manzú Gascón y Elizabeth Arriojas de Muro, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora; así como de los abogados Carlos Agnelli Faggioli, Héctor Tabares Martínez y Alizia Agnelli Faggioli en representación de la empresa demandada y recurrente.

En primer lugar se concede la palabra al abogado Héctor Tabares en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil demandada y recurrente.

Seguidamente se le otorga en derecho de palabra a la abogada Adela Manzú Gascón en representación de la parte actora.

El Presidente informa que no habrá réplica por tratarse el caso sobre un punto de derecho.

Concluido el debate la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del tenor siguiente: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la empresa recurrente; 2) ANULA la sentencia proferida por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 10 de marzo de 2003; y 3) CON LUGAR la demanda por cobro de salarios retenidos que sigue la ciudadana AMARILIS MANZÚ GASCÓN.    En consecuencia,  se ordena  a  la  empresa  demandada pague a la trabajadora la cantidad de NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON 33 CÉNTIMOS (Bs. 93.333,33) correspondientes a los salarios retenidos de cuatro días de diciembre de 1998 y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS BOLÍVARES CON 66 CÉNTIMOS (Bs. 2.216.666,66) correspondientes a los salarios retenidos desde el 28 de julio de 1999 hasta el 3 de noviembre de ese mismo año, así como el monto resultante de la experticia complementaria del fallo ordenada para el cálculo de la indexación de la cantidad debida.  Se condena en costas a SERVICIOS DE EMERGENCIAS MÉDICAS DE ARAGUA, SERMEDICA, C.A. en virtud de haber sido totalmente vencida en el proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Se ordena agregar al expediente cassette de grabación del presente acto.

Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente caso.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

ACTA DE LA AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY JUEVES TRES (3) DE JULIO DE 2003

HORA: once de la mañana (11:00 a.m.)

Expediente Nº AA60-S-2002-000577

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado Ponente ALFONSO R. VALBUENA C., la Secretaria de la Sala Dra. BIRMA I. TREJO DE ROMERO y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.-

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia oral, pública y contradictoria en el recurso de control de la legalidad solicitado por la representación judicial de la parte demandante, en el juicio que por salarios caídos sigue la ciudadana VIRNA PIERLUISSI ROMERO DE CONTRERAS contra la sociedad mercantil  I.B.M. DE VENEZUELA, S.A. contra la aclaratoria de fecha 8 de octubre del año 2002 de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero (accidental) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16 de mayo del año 2002. Se deja constancia de la presencia en este acto del abogado Humberto del Cristo Vecchione Martínez, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora y recurrente; así como también del abogado Esteban Palacios Lozada en representación de la empresa demandada.

Se dio apertura al acto.  En primer lugar se concede la palabra al abogado Humberto Vecchione Martínez en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante y recurrente.

Seguidamente se le otorga en derecho de palabra al abogado Esteban Palacios Lozada en representación de la empresa demandada.

Finalizada la exposición de este último apoderado, el Presidente de la Sala procede a realizar varias preguntas, en primer lugar al Dr. Palacios Lozada y de seguidas al Dr. Vecchione Martínez.

No hicieron uso de la réplica.

El Presidente pregunta a los Magistrados se desean hacer alguna pregunta a las partes. Contestaron en forma negativa.

Concluido el debate la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Magistrado Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del tenor siguiente: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte actora contra la aclaratoria de fecha 8 de octubre del año 2002 de la decisión de fecha 16 de mayo del año de 2002,  dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas.-

2)  Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Se ordena agregar al expediente cassette de grabación del presente acto.

Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente caso.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

                                                                                                          

  El Presidente de la Sala,

 

 

____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                         La Secretaria,

 

 

                                                                         ______________________

                                                                         BIRMA I. DE ROMERO

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados