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Sala de Casación Social
  • Fecha: 18 de Noviembre de 2003





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  201

Martes, 18 de noviembre de 2003

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.

 

Exp. N° RC 03-721

 

El abogado BALMORE RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando pronunciamiento más anexo, para ser agregado al juicio que sigue PEDRO RAFAEL HERNÁNDEZ ACOSTA contra ADMINISTRADORA A.U.E., S.A. Y OTRAS. Ponente:  Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 03-825

 

                                                                    

El abogado BALMORE RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando pronunciamiento e inhibición, para ser agregado al juicio que sigue RODOLFO CASTAÑEDA contra FRENOS ULTRA F.U.F., C.A. Ponente:  Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 03-461

 

                                                                    

El abogado LEONARDO COLMENARES RINCÓN, presentó diligencia consignando Poder y declaración de Única y Universal Heredera, para ser agregado al juicio que sigue FILOMENA COLMENARES RINCÓN contra INDUSTRIA VENEZOLANA DEL ALUMINIO, C.A. Ponente:  Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 03-827

 

                                                                    

El ciudadano CÉSAR MALPICA, presentó escrito solicitando audiencia, para ser agregado al juicio que sigue CÉSAR MALPICA contra PANAMCO DE VENEZUELA, S.A. Ponente:  Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 03-686

 

                                                                    

La abogado JANNEFER GRATEROL MORA, presentó escrito Informativo más Anexo, para ser agregado al juicio que sigue LUISA LUNA Y OTROS contra PRODUCCIÓN E INVERSIÓN AVÍCOLA PROINVISA, S.A. Ponente:  Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° Rg. 03-262

 

                                                                    

La abogado MIRLLA ANTONIETA PEÑA SOSA, presentó diligencia solicitando audiencia, para ser agregado al juicio que sigue MARCO ANTONIO RANGEL contra DILCIA MARÍA SOSA CONTRERAS. Ponente:  Dr. REINALDO DE JESÚS AZUAJE.

 
ASUNTOS RECIBIDOS

FECHA: 18 DE NOVIEMBRE DE 2003

 

1.- Expedientes Recibidos:

 

 

v     BPO2-R-2002-000020 con oficio N° 2003-92, Juez del Tribunal Transitorio Superior del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del  Estado Anzoátegui, en el juicio que sigue MARÍA ENCARNACIÓN VIZCAÍNO contra  HOTEL PUERTO VIGÍA RESORT constante de una (01) pieza doscientos cincuenta y siete (257) folios útiles. Signado por esta Sala con el N° AA60-S- 2003-000887.

 

v     4627con oficio N° TS2-112-2003, Juez Segundo Superior para el Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que sigue JAVIER ARENAS CALEJO contra CORRETAJE INMOBILIARIOS, C.A., constante de una (01) pieza de trescientos cuatro (304) folios útiles. Signado por esta Sala con el N° AA60-S-2003-000888.

 

v     4651 con oficio N° TS1-107-2003, Juez Superior Primero para el Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del  Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que sigue FREDDY EDUARDO TRUJILLO contra MARTES PRODUCCIONES DE TELEVISIÓN, C.A., constante de una (01) pieza de doscientos dos (202) folios útiles. Signado por esta Sala con el N° AA60-S-2003-000889.

 

v     2-03-1639 con oficio N° 463-2003, Juez Superior Tercero Agrario, de la Circunscripción Judicial del  Estado Lara, en el juicio que sigue BANCO PROVINCIAL, C.A. contra YOLI INSOILINA CONTRERAS JIMÉNEZ  y EDUARDO DAVID MELÉNDEZ SOJO , constante de dos (02) piezas, la primera de ciento ocho (108) y la segunda de ciento cuarenta y siete (147) folios útiles. Signado por esta Sala con el N° AA60-S-2003-000890.

 

v     9184-2003 con oficio N° 202369184-2003, Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio que sigue SOS ALDEA INFANTIL EL JUNQUITO en beneficio de los niños JOSÉ LUIS MILANO y FRANKLIN MILANO, constante de una (01) pieza de ciento cincuenta y uno (151) folios útiles. Signado por esta Sala con el N° AA60-S-2003-000891.

 

 

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

 

EXP. N° AA60-S-2003-000479.-

 

 

Visto el escrito de fecha 29 de octubre de 2003, presentado por el Abogado Johbing Richard Álvarez Andrade, actuando en su carácter de Procurador Agrario Auxiliar, donde manifiesta ser el representante de “CIENTO OCHO CAMPESINOS REQUIRENTES-TITULADOS” y en virtud de ello ocurre a esta Sala  “...para presentar ESCRITO COMO TERCEROS OPOSITORES...”, por cuanto  “...se evidencia que la esfera de derechos reconocidos de la universalidad de campesinos adjudicados, puede verse afectada por la declaración sin lugar de la apelación de la sentencia emitida por el Juzgado Superior Octavo Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia ...”, esta Sala Especial Agraria para decidir, observa:

 

1. Consta de las actas procesales que acompañan al mencionado escrito copias fotostáticas de Titulo Provisionales Individuales Onerosos, otorgados a un grupo de ciento ocho (108) ciudadanos y ciudadanas, como consecuencia de la sesión número 20-01, Resolución número 1635 del día 07-08-2001 y como puede evidenciarse el recurso de nulidad que hoy conoce la Sala en virtud de la apelación interpuesta es intentado por AGROPECUARIA GANADERÍA AGUDO VELAZCO, S.A. (AGROPECUARIA GANAVESA) contra la referida sesión número 20-01 dictada por el INSTITUTO AGRARIO NACIONAL,  hoy en proceso de liquidación.

 

2. En cuanto a la actuación del Procurador Agrario Auxiliar, esta Sala Especial Agraria, en sentencia número 51 de fecha 13 de febrero de 2003, le reconoce a los Procuradores Agrarios autorizados por la Junta Administradora de la Procuraduría Agraria Nacional, la representación y defensa de los “sujetos beneficiarios” del Decreto con fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, por lo que en cumplimiento al criterio antes expuesto, se considera legitimado al referido Procurador Agrario, para que actúe en representación y defensa de los ciudadanos y ciudadanas identificados en el mencionado escrito.

 

3. Respecto a la intervención de terceros en el procedimiento contencioso administrativo Agrario, ante la falta de regulación expresa, es aplicable el artículo 232 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario ya nombrada, la cual establece que la tercería alegada conforme al artículo 370, ordinales 1°, 2° y 3° del Código de Procedimiento Civil, se podrá proponer hasta antes del vencimiento del lapso de promoción de pruebas, y en este caso particular ya precluyó la oportunidad, por lo que concluye esta Sala que dicha solicitud es extemporánea. Así se decide.

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

                                                                                                           

El Presidente de la Sala,

 

 

____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                         La Secretaria,

 

 

                                                                         ______________________

                                                                         BIRMA I. DE ROMERO

 

 

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