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Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° RC 03-525
La
abogado MIRELL MEA DI GIOIA, presentó diligencia desistiendo del recurso, para
ser agregado al juicio que sigue FRANCO
MARÍA NAPOLITANO CAMMARATA contra MARIO MASCOLO GUIDA. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MAORA DÍAZ.
Exp. N° RA 03-479
El
abogado VALMORE MARTINEZ MENDEZ, presentó diligencia solicitando audiencia,
para ser agregado al juicio que sigue AGROPECUARIA
GANADERÍA AGUDO VELAZCO, S.A., AGROPECUARIA GANAVESA contra INSTITUTO AGRARIO NACIONAL DE TIERRAS. Ponente: Dr. FRANCISO CARRASQUERO L.
Exp. N° RH 03-313
La abogado ODRA ARIZA
CASTAÑO, presentó diligencia solicitando audiencia, para ser agregado al juicio
que sigue JOSÉ RAFAEL RANGEL MEDNA contra NORBERTA CEDEÑO CASTAÑEDA. Ponente: Dr. FRANCISO CARRASQUERO L.
Exp. N° RC 03-548
El
abogado VALMORE MARTINEZ MENDEZ, presentó diligencia solicitando cómputo, para
ser agregado al juicio que sigue JOSÉ
ANTONIO BASTOS Y OTROS contra VALLE PLATEADO, C.A. Y OTROS. Ponente: Dr. FRANCISO CARRASQUERO L.
Exp. N° RA 03-233
El abogado VALMORE MARTÍNEZ, presentó diligencia consignando
Informe, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO MATOS SAN JUAN contra
INSTITUTO AGRARIO NACIONAL hoy
INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Ponente: Dr. FRANCISCO CARRASQUERO.
AUTOS PUBLICADOS
Martes
29 de Julio de 2003
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso
para formalizar, de conformidad con el artículo 317 del código de Procedimiento Civil, en los siguientes expedientes:
Caracas, 29 de julio de 2003. -Años: 193º y 144º
Por cuanto los Magistrados que integran esta Sala Especial Agraria en el presente juicio, se encuentran ocupados en las actividades propias de esta Sala de Casación Social, se difiere la audiencia de informes prevista en el artículo 192 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario para el día hábil que oportunamente se fijará previa notificación, tanto de los Magistrados como de las partes.
AA60-S-2003-000416
Caracas, 29 de Julio de 2003. -Años: 193º y 144º
Por cuanto los Magistrados
que integran esta Sala Especial Agraria en el presente juicio, se encuentran
ocupados en las actividades propias de esta Sala de Casación Social, se difiere
la audiencia de informes prevista en el artículo 192 de la Ley de Tierras y
Desarrollo Agrario para el día hábil que oportunamente se fijará previa
notificación, tanto de los Magistrados como de las partes.
AA60-S-2003-000417
ACTA DE AUDIENCIA
CONCILIATORIA
FIJADA PAR EL DIA DE HOY MARTES
VEINTINUEVE (29) DE JULIO DE 2003
HORA: diez y treinta de la
mañana (10:30 a.m.)
En el día de hoy 29 de julio de 2003, siendo las diez y media de la mañana (10:30 a.m.) fecha y hora fijadas para la realización de la audiencia conciliatoria, todo según lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a fin de que las partes presenten y analicen las propuestas que tengan a bien realizar, con ocasión del recurso de apelación ejercido por el abogado JOSÉ FRANCISCO PARRA VILLALOBOS, apoderado judicial de la parte demandada en el juicio que por Nulidad de Acto Administrativo sigue el ciudadano RICARDO MATOS SAN JUAN contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS. Presente el Presidente de la Sala de Casación Social, Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO y el Conjuez Ponente Permanente de la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, Dr. FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ. El Vicepresidente de la Sala Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO, no estuvo presente por motivos justificados. El Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, en su carácter de Presidente de la Sala, declaró abierto el acto.
Se deja constancia en este acto de la presencia, del ciudadano RICARDO MATOS SAN JUAN, parte demandante en este juicio y de su apoderado judicial VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ; así como también del abogado JOSÉ FRANCISCO PARRA VILLALOBOS, representante del ciudadano JESÚS RAFAEL GARCÍA CARDONA, Presidente de la Junta Liquidadora del Instituto Agrario Nacional.
Seguidamente el Presidente de la Sala concedió el derecho de palabra al abogado VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ, quien procede a presentar su propuesta. En su intervención señaló que cuando se realizó la audiencia oral, anterior quedo bien claro y en función de las preguntas que formalizaron al final sobre la permanencia de los beneficiarios de los títulos individuales, provisionales y onerosos que si estaban ocupando las tierras, en esa oportunidad le manifestamos que no, debido a la época de lluvias. Ese es un factor que estamos tomando para asumir una posición de posibles solución por la vía de autocomposición procesal, esto es importante porque si no están ocupando esos beneficiarios no han desplazados de la posesión material al Sr. Ricardo Matos San Juan que es el propietario de la finca y eso permite amortiguar mucho lo que pudiera ser la liberación de responsabilidad civil ordinaria a los funcionarios y a la República, en sentido que no se han causados daños materiales de importancia y eso nos permite de alguna manera si pudiera plantearse alguna solución, tener ya como elemento importante la liberación o la renuncia de nuestra parte de esos daños que se hayan podido causar. Por supuesto que han habido gastos de poca importancia porque lo importante es la tierra como tal, ofrezco como primer paso esa posibilidad.
Como presupuesto de esta oferta manifiesta que pudiera estar planteada la revisión por parte de la Junta Liquidadora del Instituto Nacional de Tierras la Nulidad de los Títulos, que yo creo que al lograr eso y renunciar nosotros a lo que pudiera ser daños materiales, daño emergente y lucro cesante etc, pudiera ser un paso importante para la solución de este caso porque este en especial tiene una connotación no habido una ocupación permanente que haya desplazado al Sr. Ricardo Matos San Juan de la posesión material de la finca.
Posteriormente se concedió el derecho de palabra al ciudadano JESÚS RAFAEL GARCÍA CARDONA, quien manifiesta que la Junta Liquidadora es un cuerpo colegiado, por lo cual las decisiones se toman entre los integrantes de la junta, este es un juicio que tiene muchas implicaciones porque en este caso no hay pisatarios aparentemente en la finca según lo que ellos manifiestan y no ha sido afectado el propietario sino por el acto administrativo de los títulos que se dieron. Pero esto es una globalidad de títulos que se dieron en la zona donde si hay pisatarios y están afectados y hay juicios contra la República sobre actos que se dictaron donde el Presidente de la República dio unos títulos. Yo creo que tengo que elevar una consulta a la Procuraduría General de la República para tomar una decisión para anular los títulos que el Presidente de la República dio en este caso en particular.
Seguidamente el Presidente de la Sala, luego de hacer énfasis en la necesidad de lograr la conciliación, otorgó el derecho de palabra al Conjuez Permanente de esta Sala Especial Agraria Dr. FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ, quien procedió a realizar preguntas a las partes.
El Conjuez pregunta a las partes si tienen conocimiento de un supuesto acuerdo de la Comisión de Desarrollo Social y Económico de la Asamblea Nacional y los involucrados en las tierras del Sur del Lago con ocasión del otorgamiento de los títulos entregados por parte del ciudadano Presidente de la República y si han llegado a un acuerdo.
Posteriormente responde el Dr. VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ, donde indica que el tiene una copia simple de un acta sobre las reuniones de la Comisión Técnica Mixta Integrada por la Comisión Permanente de Desarrollo Económico y el Instituto Nacional de Tierras-INTI- sobre los casos de adjudicación de tierras mediante cartas agrarias, adjudicación de tierras mediante títulos, y los casos de invaciones en los Estados Zulia ( Zona Sur del Lago de Maracaibo), Barinas; efectuadas los días viernes 27/junio y martes 01/julio de 2003 en la Consultoría Jurídica del Instituto Nacional de tierras.
El Presidente de la Sala Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, nuevamente señaló la necesidad de
mantener abierta la conciliación entre las partes como medio alterno de
solución al conflicto, razón por la cual se llegó a la conclusión de realizarse
una segunda audiencia conciliatoria para el mes de septiembre, con la finalidad
de que las partes analicen las propuestas aquí presentadas
Se anexa cinta magnetofónica. Se ordena sea agregado al expediente acta presentada por el abogado VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ. Se ordena la publicación de la presente acta. Se retiran los Magistrados.
ACTA DE AUDIENCIA CONCILIATORIA
En el día de hoy 29 de julio de 2003, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) fecha y hora fijadas para la realización de la audiencia conciliatoria, todo según lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a fin de que las partes presenten y analicen las propuestas que tengan a bien realizar, con ocasión del recurso de apelación ejercido por la parte demandada, en el juicio que por Expropiación sigue el INSTITUTO AGRARIO NACIONAL contra el ciudadano GERMÁN GONZÁLEZ ARAGOT. Presentes el Presidente de la Sala de Casación Social, Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, y el Conjuez Ponente Permanente de la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, Dr. FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ. El Vicepresidente de la Sala Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO no estuvo presente por motivos justificados. El Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, en su carácter de Presidente de la Sala, declaró abierto el acto.
Se deja constancia en este acto de la presencia, del ciudadano GERMÁN GONZÁLEZ ARAGOT, parte demandada y apelante en este juicio y de sus abogados asistentes el Dr. ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR y ANABELLA DEL VALLE RIVAS GOZAINE; así como también del abogado JOSÉ FRANCISCO PARRA VILLALOBOS y su representado JESÚS RAFAEL GARCÍA CARDONA quien es el Presidente de la Junta Liquidadora del Instituto Agrario Nacional. Seguidamente el Presidente de la Sala, concede la palabra para que presente su propuesta, en primer lugar, al ciudadano GERMÁN GONZÁLEZ ARAGOT, quien solicitó a esta Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la realización de la presente audiencia, y en su lugar presentó la propuesta su abogado asistente el Dr. ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR.
En su intervención el Dr. ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR, señala que el proceso se inició hace 25 años, lo cual se traduce en una mora procesal que lesiona los derechos de quien asiste. En virtud de ello señala nuevamente la propuesta que fuera planteada en el año 2001, en el cual ambas partes estiman conveniente en lugar de realizar un nuevo avalúo, reactualizar el prácticado o ejecutado en el año 1988, puesto que resulta perjudicial para la Administración Pública prácticar un nuevo avalúo, ya que por jurisprudencia de la Sala Político Administrativa, el avalúo tendría que reflejar los precios actuales. Por lo que la propuesta consiste en actualizar el avalúo prácticado en el año de 1988 para un arreglo distinto y sobre una rebaja al cual el expropiado está dispuesto con miras de no perjudicar a la Administración Pública, ya que el mismo tendría que realizarse con base a precios actuales lo cual elevaría la indemnización. Por esta razón, el expropiado aceptaría el avalúo actualizado en el año 2001 con una rebaja que se puede discutir de hasta el 20% el cual se ha propuesto extrajudicialmente en comunicación escrita y verbal con el Consultor Jurídico de la Junta Liquidadora.
Posteriormente se concedió el
derecho de palabra al ciudadano JESÚS RAFAEL GARCÍA CARDONA, Presidente de la
Junta Liquidadora del Instituto Agrario Nacional, quien procedió a presentar su
propuesta y quien señala que la deuda es impagable por cuanto el Instituto no
tieno el dinero para poder liquidar. Así mismo señala que no se puede dar
respuesta definitiva de manera inmediata a las propuestas por tratarse de un órgano colegiado.
Se concedió nuevamente la palabra al Dr. ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR, quien señala la posibilidad de discutir un monto que se reconozca como obligación pendiente y que bien puede tener como base
el avalúo antes mencionado, de forma tal que cuando se asuma el pago de los pasivos ya exista una decisión en ese sentido.
Seguidamente se concede la palabra al ciudadano JESÚS RAFAEL GARCÍA CARDONA, quien afirma que la solución es viable.
Luego de oídas las propuestas de ambas partes, el Presidente de la Sala haciendo énfasis en lograr la conciliación, otorgó el derecho de palabra al Conjuez Permanente de esta Sala Especial Agraria Dr. FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ, quien señaló la necesidad de mantener abierta la conciliación.
El Presidente de la Sala a solicitud del Dr. ROMÁN JOSÉ DUQUE CORREDOR, le concedió la palabra a este último.
Como conclusión el Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO
señaló lo siguiente: 1)la necesidad de fijar una segunda etapa de esta
audiencia conciliatoria, la cual será fijada para la última semana del mes de
septiembre con la finalidad de que las partes analicen las propuestas
presentadas en esta audiencia; 2)establecer en esta segunda etapa la cantidad o
monto y la forma de pago; y 3)el compromiso asumido por el representante de la
Junta Liquidadora de llevar las propuestas aquí presentadas ante el órgano
colegiado de la Junta Liquidadora del Instituto Agrario Nacional y presentar
a esta Sala copia certificada de los acuerdo a que allí se lleguen.
Se ordena sea anexada cinta magnetofónica. Se ordena la publicación de la presente acta.
Se
retiran los Magistrados. Se declara concluído el acto.
R.A
AA60-S-2002-000584
Exp. N° 02.584
En horas de despacho del día de hoy veintinueve (29) de julio de 2003, consigno en este acto, ante la Secretaría de esta Sala , la Boleta dirigida al ciudadano GERMÁN GONZÁLEZ ARAGORT, cédula de identidad N° 40.639, dejo constancia expresa, que se le entregó la boleta de notificación la cual se realizó en la Secretaría de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia , Piso dos (02), Edif.. sede del Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, el día veintinueve (29) de julio de 2003,a las 10:00 a.m. Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio.
Exp. N° 02.584
En horas de despacho del día de hoy veintinueve (29) de julio de 2003, consigno en este acto, ante la Secretaría de esta Sala, la Boleta dirigida al ciudadano Presidente de la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AGRARIO NACIONAL JESÚS R. GARCÍA CARDONA, cédula de identidad N° 4.083.288, dejo constancia expresa, que se le entregó la boleta de notificación la cual se realizó en la Secretaría de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, Piso dos (02), Edif. sede del Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, el día veintinueve (29) de julio de 2003, a las 09:57 a.m.. Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio.
Exp. N° 03-233
En horas del despacho del día de hoy veintinueve (29) de julio de 2003, consigno en este acto, ante la Secretaría de esta Sala, la Boleta dirigida al ciudadano RICARDO A. MATOS SAN JUAN, cédula de identidad N° 4.521.184, dejo constancia expresa, que se le entregó la boleta de notificación la cual se realizó en la Secretaría de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, Piso dos (02), Edif.. sede del Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, el día veintinueve de julio de 2003, a las 10:00 a.m.. Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido, constante de un (01) folio.
Exp. N° 03-233
En horas del despacho del día
de hoy veintinueve (29) de julio de 2003, consigno en este acto, ante la
Secretaría de esta Sala, la Boleta dirigida al ciudadano Presidente de la JUNTA
LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AGRARIO NACIONAL JESÚS R. GARCÍA CARDONA, cédula
de identidad N° 4.083.288, dejo constancia expresa, que se le entregó la boleta
de notificación la cual se realizó en la Secretaría de la Sala de Casación
Social del Tribunal Supremo de Justicia, Piso dos (02), Edif.. sede del
Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, el día veintinueve de julio de 2003, a
las 09:56 a.m.. Es por lo que consigno la misma, con la firma de recibido,
constante de un (01) folio.
Exp. N° 03-655
Según
oficio N° 03-1871 del Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal
Supremo de Justicia, remitiendo copia certificada de la decisión dictada por esta
Sala, en fecha 14 de julio de 2003. En consecuencia, anula la decisión objeto
de revisión y repone la causa al estado en que dicha Sala dicte una nueva
decisión correspondiente al recurso de casación; de acuerdo a lo ordenado en la
referida sentencia.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
La Secretaria,
______________________
BIRMA I. DE ROMERO
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