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Siendo las 8:30
a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° RC 04-277
El abogado
GUSTAVO MARTÍNEZ, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser
agregado al juicio que sigue LUIS ANTONIO DURÁN GUTIÉRREZ contra INVERSIONES
COMERCIALES, S.R.L. (DORSAY) Y OTROS. Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.
Exp. N° RC 04-500
El abogado
CARLOS VELLORÍ QUIJADA, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RENATO
SEGUNDO RINCÓN PARRA contra CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA). Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-638
El abogado
ROBERTO ALÍ COLMENARES, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ
BATISTA RIVERO contra 3M MANUFACTURERA VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-635
El abogado
RAFAEL MARQUINA, presentó diligencia consignando copias certificadas, para ser
agregado al juicio que sigue LINA ROSA SUÁREZ DE SORIANO contra FRANCISCO CABALLERO
AGÜERO. Ponente: Dr.
Exp.
S/N°
El abogado JAIME
ALBERTO CORONADO, presentó escrito solicitando Avocamiento más Anexos, para ser
agregado al juicio que sigue EFRAIN ALEJANDRO ORTA MORALES y AYLEFKA
CLARYMAR ORTA MORALES. Ponente: Dr.
Exp.
S/N°
La JUNTA
DIRECTIVA DEL SINDICATO UNIÓN BOLIVARIANA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA
CONSTRUCCIÓN Y SUS CONEXOS DEL ESTADO MIRANDA (UBTRACONSMIRANDA), presentó
escrito de Recurso de Interpretación. Ponente: Dr.
CONCLUSIÓN DE SUSTANCIACIÓN
Transcurridos los lapsos
previstos en el Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara
concluida la sustanciación del presente recurso.
Dr.
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:
AA-S-60-2004-000339
FRANCISCO JIMÉNEZ contra PRECISIÓN DRILLING DE
VENEZUELA, C.A.
DR. JUAN RAFAEL PERDOMO:
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Conclusión de Sustanciación
04-414
Dr. JUAN RAFAEL
PERDOMO.
Conclusión de
Sustanciación
04-424
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:
AA-S-60-2004-0000482
AA-S-60-2004-0000484
AA-S-60-2004-0000500
AA-S-60-2004-0000524
AA-S-60-2004-0000529
AA-S-60-2004-0000533
AA-S-60-2004-0000534
AA-S-60-2004-0000536
AA-S-60-2004-0000537
AA-S-60-2004-0000538
AA-S-60-2004-0000539
AA-S-60-2004-0000540
AA-S-60-2004-0000541
AA-S-60-2004-0000542
AA-S-60-2004-0000600
AA-S-60-2004-0000620
AA-S-60-2004-0000627
AA-S-60-2004-0000637
AA-S-60-2004-0000643
AA-S-60-2004-0000647
AA-S-60-2004-0000652
AA-S-60-2004-0000662
AA-S-60-2004-0000665
AA-S-60-2004-0000481
AA-S-60-2004-0000634
AA-S-60-2004-0000521
AA-S-60-2004-0000501
AA-S-60-2004-0000546
AA-S-60-2004-0000555
AA-S-60-2004-0000562
AA-S-60-2004-0000569
AA-S-60-2004-0000636
AA-S-60-2004-0000485
AA-S-60-2004-0000489
AA-S-60-2004-0000493
AA-S-60-2004-0000499
AA-S-60-2004-0000506
AA-S-60-2004-0000510
AA-S-60-2004-0000514
AA-S-60-2004-0000518
AA-S-60-2004-0000525
AA-S-60-2004-0000530
AA-S-60-2004-0000535
AA-S-60-2004-0000548
AA-S-60-2004-0000551
AA-S-60-2004-0000564
AA-S-60-2004-0000567
AA-S-60-2004-0000579
AA-S-60-2004-0000586
AA-S-60-2004-0000588
AA-S-60-2004-0000599
AA-S-60-2004-0000604
AA-S-60-2004-0000607
AA-S-60-2004-0000613
AA-S-60-2004-0000622
AA-S-60-2004-0000626
AA-S-60-2004-0000630
AA-S-60-2004-0000648
AA-S-60-2004-0000655
AA-S-60-2004-0000612
Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO:
AA-S-60-2004-0000490
AA-S-60-2004-0000502
AA-S-60-2004-0000557
AA-S-60-2004-0000558
AA-S-60-2004-0000573
AA-S-60-2004-0000574
AA-S-60-2004-0000575
AA-S-60-2004-0000581
AA-S-60-2004-0000603
AA-S-60-2004-0000621
AA-S-60-2004-0000631
AA-S-60-2004-0000638
AA-S-60-2004-0000644
AA-S-60-2004-0000649
AA-S-60-2004-0000656
AA-S-60-2004-0000663
AA-S-60-2004-0000667
AA-S-60-2004-0000561
AA-S-60-2004-0000640
AA-S-60-2004-0000619
AA-S-60-2004-0000544
AA-S-60-2004-0000552
AA-S-60-2004-0000556
AA-S-60-2004-0000563
AA-S-60-2004-0000571
AA-S-60-2004-0000660
AA-S-60-2004-0000486
AA-S-60-2004-0000491
AA-S-60-2004-0000494
AA-S-60-2004-0000504
AA-S-60-2004-0000508
AA-S-60-2004-0000511
AA-S-60-2004-0000516
AA-S-60-2004-0000519
AA-S-60-2004-0000527
AA-S-60-2004-0000531
AA-S-60-2004-0000543
AA-S-60-2004-0000549
AA-S-60-2004-0000553
AA-S-60-2004-0000565
AA-S-60-2004-0000577
AA-S-60-2004-0000580
AA-S-60-2004-0000591
AA-S-60-2004-0000595
AA-S-60-2004-0000601
AA-S-60-2004-0000605
AA-S-60-2004-0000608
AA-S-60-2004-0000615
AA-S-60-2004-0000624
AA-S-60-2004-0000628
AA-S-60-2004-0000641
AA-S-60-2004-0000651
AA-S-60-2004-0000658
AA-S-60-2004-0000611
Dr. ALFONSO VALBUENA:
AA-S-60-2004-0000496
AA-S-60-2004-0000497
AA-S-60-2004-0000507
AA-S-60-2004-0000515
AA-S-60-2004-0000520
AA-S-60-2004-0000585
AA-S-60-2004-0000587
AA-S-60-2004-0000590
AA-S-60-2004-0000592
AA-S-60-2004-0000593
AA-S-60-2004-0000598
AA-S-60-2004-0000614
AA-S-60-2004-0000618
AA-S-60-2004-0000623
AA-S-60-2004-0000632
AA-S-60-2004-0000642
AA-S-60-2004-0000645
AA-S-60-2004-0000650
AA-S-60-2004-0000657
AA-S-60-2004-0000659
AA-S-60-2004-0000664
AA-S-60-2004-0000589
AA-S-60-2004-0000570
AA-S-60-2004-0000666
AA-S-60-2004-0000495
AA-S-60-2004-0000545
AA-S-60-2004-0000554
AA-S-60-2004-0000560
AA-S-60-2004-0000568
AA-S-60-2004-0000576
AA-S-60-2004-0000483
AA-S-60-2004-0000487
AA-S-60-2004-0000492
AA-S-60-2004-0000498
AA-S-60-2004-0000505
AA-S-60-2004-0000509
AA-S-60-2004-0000513
AA-S-60-2004-0000517
AA-S-60-2004-0000522
AA-S-60-2004-0000523
AA-S-60-2004-0000526
AA-S-60-2004-0000528
AA-S-60-2004-0000532
AA-S-60-2004-0000547
AA-S-60-2004-0000550
AA-S-60-2004-0000559
AA-S-60-2004-0000566
AA-S-60-2004-0000578
AA-S-60-2004-0000582
AA-S-60-2004-0000583
AA-S-60-2004-0000584
AA-S-60-2004-0000596
AA-S-60-2004-0000597
AA-S-60-2004-0000602
AA-S-60-2004-0000606
AA-S-60-2004-0000609
AA-S-60-2004-0000617
AA-S-60-2004-0000625
AA-S-60-2004-0000629
AA-S-60-2004-0000646
AA-S-60-2004-0000653
AA-S-60-2004-0000661
AA-S-60-2004-0000633
Dra. NORA VÁSQUEZ DE
ESCOBAR:
AA-S-60-2004-0000503
AA-S-60-2004-0000594
AA-S-60-2004-0000635
AA-S-60-2004-0000610
AA-S-60-2004-0000639
Vista la diligencia que antecede, presentada por las
partes intervinientes en este juicio, mediante la cual solicitan a esta
Sala “...se sirva prorrogar las
audiencias conciliatorias hasta el día jueves 10 de junio del año en curso como
fecha límite para resolver el asunto...”, esta Sala de Casación Social
acuerda de conformidad con lo peticionado. En consecuencia, se difiere hasta el
día 10 de junio del presente año el lapso concedido a las partes para el
proceso conciliatorio instaurado. Asimismo, se difiere la oportunidad para
dictar y publicar la sentencia respectiva de conformidad con lo establecido en
el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal Laboral. Cúmplase lo ordenado.
Agréguese al expediente.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY VIERNES CUATRO (4) DE JUNIO
DEL AÑO 2004.
Recurso de Casación N°
04-329
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL
PERDOMO y el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., el Secretario Temporal de la
Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las diez de la mañana
(10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el
artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán
formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria,
en relación con el recurso de casación interpuesto por la parte demandada
contra la sentencia de fecha 20 de febrero del año 2004, dictada por el Juzgado
Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, en el juicio que por cobro de
prestaciones sociales y otros conceptos
sigue RUBBY JOSÉ SUÁREZ contra EDITORIAL SANTILLANA, S.A. Se
dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados Ricardo Iván Gordones
Medina, Rafael Amado Sandoval Reyes y Darry José Velásquez Varela, en
representación de la parte demandante, quienes se identificaron con los números
de Inpreabogado 85.258, 87.903 y 89.890 respectivamente; asimismo se encuentran
presentes en representación de la parte demandada recurrente los abogados
Helios Castells Acevedo y Helios Castells Torres, debidamente inscritos en el
Inpreabogado bajo los N° 54.628 y 702 respectivamente.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte
demandada recurrente a través de su
apoderado Helios Castells Torres, quien expuso las razones que a su juicio
justifican la nulidad de fallo recurrido. Concluida su exposición, correspondió
el turno a la parte demandante a través de su apoderado Ricardo Iván Gordones
Medina quien expresó sus argumentos tendentes a contradecir lo alegado por el
formalizante. Finalizado al debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora
Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular alguna pregunta. No
formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la
deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del
siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal
Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena
Cordero, CASA DE OFICIO la sentencia recurrida. En consecuencia,
se REPONE la causa al estado de que se realice la audiencia
preliminar en el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video
grabación del presente acto.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los (5) días hábiles
siguientes.
Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente
caso. Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente
Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, VIERNES CUATRO (4) DE JUNIO DEL AÑO 2004.
Recurso de Casación N°
04-343
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL
PERDOMO y el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., el Secretario Temporal de la
Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las once y treinta de la
mañana (11:30 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en
el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes
deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en relación con el recurso de casación interpuesto por ambas
partes contra la sentencia de fecha 18 de marzo del año 2004, dictada por el
Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que
por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos sigue WILLIANS EDUARDO AFFANIS CACHUTT contra
DISTRIBUIDORA DE PUBLICACIONES CAPRILES, C.A. (DIPUCA). Se dio apertura al
acto y se deja constancia de la presencia
de los abogados Armando José Bonalde García y Alexis Antonio Febres
Chacoa, apoderados judiciales del demandante recurrente, quienes se
identificaron con los números de Inpreabogado 51.843 y 17.069, respectivamente;
asimismo se encuentran presentes en representación de la parte demandada,
también recurrente, los abogados Alfredo Abou-Hassan Fernández y Alexander
Preziosi, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 58.774 y 38.998,
respectivamente.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte
demandante recurrente a través de su
apoderado Alexis Antonio Febres Chacoa, quien expuso las razones que a su
juicio justifican la nulidad de fallo recurrido. Concluida su exposición,
correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderado Alfredo Abou-Hassan quien expresó sus
argumentos tendentes a contradecir lo alegado por su contraparte y fundamento
su recurso. Finalizado al debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz,
preguntó a los Magistrados si desean formular alguna pregunta. Intervino el Dr.
Juan Rafael Perdomo e interrogó al apoderado de la parte demandada abogado
Alfredo Abou-Hassan. Una vez dada sus respuestas, el Magistrado Juan R. Perdomo
le formuló cuatro preguntas a la representación del trabajador demandante las
cuales fueron contestadas por el abogado Alexis Febres Chacoa. En este estado,
la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la
Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones
antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, bajo la ponencia del
Magistrado Juan Rafael Perdomo, declara: 1) CON LUGAR el recurso
de casación interpuesto por la parte demandada. 2) SIN LUGAR el
recurso de casación anunciado por la parte actora. 3) SE ANULA el
fallo recurrido. 4) SIN LUGAR
la demanda. No hay condenatoria en costas.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video
grabación del presente acto.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los (5) días
hábiles siguientes.
Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente
caso. Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente
Acta.-
ACTA
AUDIENCIA
ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA
PARA EL DIA DE HOY, VIERNES CUATRO (4) DE JUNIO DEL AÑO 2004.
Control de
la Legalidad N° 04-060
Se abrió la sesión presidida
por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente
Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el
Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ
E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.
Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las doce del mediodía
(12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de control
de la legalidad solicitado por la parte demandada contra la sentencia de
fecha 8 de enero del año 2004, dictada
por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Portuguesa, con sede en la ciudad de Guanare, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue JUAN
CARLOS SAEZ LINARES contra la sociedad mercantil ESTACIÓN DE SERVICIO LA
CEIBA, S.R.L. Se deja constancia de la presencia en este acto del abogado
Edilio José Placencio, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el N°
71.953, apoderado judicial de la empresa demandada recurrente; asimismo se deja
constancia de la no comparecencia de la parte actora ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte
demandada recurrente a través de su apoderado quien formuló sus argumentos en
relación al presente recurso. Una vez finalizada su intervención, el Presidente
de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular
alguna pregunta. No se formularon. En este estado, la Sala se retiró a
deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la
decisión, la cual es del siguiente tenor:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia,
en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del
Trabajo, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara:
1) CON LUGAR el
control de la legalidad solicitado. 2) DESISTIDA la apelación
interpuesta por la parte demandante. En consecuencia, queda firme la sentencia
de primera instancia. No hay condenatoria en costas. Se acuerda remitir copia
de la sentencia al Juez a-quo.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente
cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se declara que ha concluido el
acto y con éste el presente caso
Se ordena la publicación de la
presente Acta.-
Dr. OMAR MORA DÍAZ.
Constitución
de Sala
04-431
Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Constitución
de Sala
04-426
Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO.
04-301
Exp.
N° 04-065: Oficio Remisión N° 749 /Oficio Participación N° 749A
Exp.
N° 04-206: Oficio Remisión N° 750 /Oficio Participación N° 751
Exp.
N° 03-698: Oficio Remisión N° 752 /Oficio Participación N° 753
Exp.
N° 04-163: Oficio Remisión N° 754 /Oficio Participación N° 755
Exp.
N° 03-064: Oficio Remisión N° 756 /Oficio Participación N° 757
Exp.
N° 04-141: Oficio Remisión N° 758 /Oficio Participación N° 759
Exp.
N° 04-139: Oficio Remisión N° 760
Exp.
N° 04-012: Oficio Remisión N° 761 /Oficio Participación N° 762
Exp.
N° 04-173: Oficio Remisión N° 763 /Oficio Participación N° 764
Exp.
N° 04-124: Oficio Remisión N° 765
Exp.
N° 04-128: Oficio Remisión N° 766
Exp.
N° 03-503: Oficio Remisión N° 767
Exp.
N° 04-114: Oficio Remisión N° 768 /Oficio Participación N° 769
Exp.
N° 03-970: Oficio Remisión N° 770
Exp. N° 02-558: Oficio Remisión N°
771 /Oficio Participación N° 772
Exp. N° 03-209: Oficio Remisión N°
773
Exp.
N° 04-192: Oficio Remisión N° 774
Exp. N° 02-036: Oficio Remisión N°
775 /Oficio Participación N° 776
Exp. N° 04-038: Oficio Remisión N°
777 /Oficio Participación N° 778
Exp. N° 04-073: Oficio Remisión N°
779 /Oficio Participación N° 780
Exp. N° 04-165: Oficio Remisión N°
781 /Oficio Participación N° 782
Exp. N° 04-294: Oficio Remisión N°
783 /Oficio Participación N° 784
Exp. N° 04-196: Oficio Remisión N°
785 /Oficio Participación N° 786
Exp. N° 03-648: Oficio Remisión N°
787 /Oficio Participación N° 788
Exp. N° 03-066: Oficio Remisión N°
789 /Oficio Participación N° 790
Exp. N° 04-191: Oficio Remisión N°
791 /Oficio Participación N° 792
Exp. N° 04-186: Oficio Remisión N°
793
Exp. N° 04-098: Oficio Remisión N°
794 /Oficio Participación N° 795
Exp.
N° 04-045: Oficio Remisión N° 796 /Oficio Participación N° 797
Exp.
N° 04-058: Oficio Remisión N° 798 /Oficio Participación N° 799
Exp.
N° 04-167: Oficio Remisión N° 800 /Oficio Participación N° 801
Exp.
N° 04-181: Oficio Remisión N° 802 /Oficio Participación N° 803
Exp.
N° 03-647: Oficio Remisión N° 807 /Oficio Participación N° 808
Exp.
N° 03-364: Oficio Remisión N° 809 /Oficio Participación N° 810
Exp.
N° 03-142: Oficio Remisión N° 811 /Oficio Participación N° 812
Exp.
N° 03-724: Oficio Remisión N° 813 /Oficio Participación N° 814
Exp.
N° 04-022: Oficio Remisión N° 815 /Oficio Participación N° 816
Exp.
N° 04-120: Oficio Remisión N° 817 /Oficio Participación N° 818
Exp.
N° 04-149: Oficio Remisión N° 819 /Oficio Participación N° 820
Exp.
N° 04-152: Oficio Remisión N° 820A /Oficio Participación N° 821
Exp.
N° 04-237: Oficio Remisión N° 822 /Oficio Participación N° 823
Exp.
N° 03-844: Oficio Remisión N° 824
Exp.
N° 03-175: Oficio Remisión N° 825 /Oficio Participación N° 826
Exp.
N° 04-135: Oficio Remisión N° 827 /Oficio Participación N° 828
Exp.
N° 03-715: Oficio Remisión N° 829 /Oficio Participación N° 830
Exp.
N° 04-212: Oficio Remisión N° 831 /Oficio Participación N° 832
Exp.
N° 04-296: Oficio Remisión N° 833
Exp.
N° 04-218: Oficio Remisión N° 834 /Oficio Participación N° 835
Exp.
N° 04-271: Oficio Remisión N° 834A /Oficio Participación N° 835A
Exp.
N° 04-227: Oficio Remisión N° 836 /Oficio Participación N° 837
Exp.
N° 04-005: Oficio Remisión N° 838 /Oficio Participación N° 839
Exp.
N° 03-856: Oficio Remisión N° 840 /Oficio Participación N° 841
Exp.
N° 04-268: Oficio Remisión N° 842 /Oficio Participación N° 843
Exp.
N° 04-194: Oficio Remisión N° 844 /Oficio Participación N° 845
Exp.
N° 04-164: Oficio Remisión N° 846 /Oficio Participación N° 847
Exp.
N° 04-157: Oficio Remisión N° 848 /Oficio Participación N° 849
Exp.
N° 03-816: Oficio Remisión N° 854 /Oficio Participación N° 855
Exp.
N° 04-076: Oficio Remisión N° 856 /Oficio Participación N° 857
Exp. N° 03-973: Oficio Remisión N° 858 /Oficio Participación
N° 859
Siendo las
3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario Temporal,
_____________________________
JOSÉ
E. RODRÍGUEZ NOGUERA
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