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Martes, 09 de
marzo de 2004
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° RC 04-135
El abogado JUAN
GARCÍA MADRIZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue FREDDY JOSÉ MARÍN ROJAS contra PIRELLI DE
VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-144
El abogado JUAN
GARCÍA MADRIZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue LUIS ARMANDO FARÍAS contra PIRELLI DE
VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 03-593
El abogado
VALMORE MARTÍNEZ MÉNDEZ, presentó escrito de Informes, para ser agregado al
juicio que sigue TASAJERAS, C.A. contra INSTITUTO AGRARIO NACIONAL. Ponente: Dr. NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR.
Exp. N° RC 04-140
El abogado ALDO
RAMÓN GUERRA, presentó diligencia ratificando solicitud de reapertura del lapso
para formalizar y consignando Diario Notitarde, para ser agregado al juicio que
sigue ALDO RAMÓN GUERRA, C.A. contra GOODYEAR DE VENEZUELA. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 03-593
El abogado JOSÉ
FRANCISCO PARRA VILLALOBOS, presentó escrito de Informes, para ser agregado al
juicio que sigue TASAJERA, C.A. contra INSTITUTO NACIONAL AGRARIO. Ponente: Dr.
NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR.
Exp. N° RC 03-233
El abogado JOSÉ
FRANCISCO PARRA VILLALOBOS, presentó diligencia solicitando audiencia
conciliatoria, para ser agregado al juicio que sigue RICARDO MATOS SAN JUAN contra INSTITUTO AGRARIO
NACIONAL. Ponente: Dr. NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR.
Exp. S/N°
Los abogados
NURY FASANELLA CARRERO, MARELVA MONSERRAT y CARLOS JULIO GÓMEZ, presentaron
escrito de Libelo de Demanda más Poder, para ser agregado al juicio que sigue MARÍA
MARCELA MASPERO Y OTROS. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-181
El abogado
RAFAEL ANTONIO ORTEGA BRANDT, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MARIBEL
RICAURTE ZULETA Y JESSICA FABIOLA GUEVARA RICAURTE contra C.A. CERVECERÍA REGIONAL. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-140
El abogado ARQUÍMEDES TAPIA LOZADA, presentó diligencia solicitando audiencia, para ser agregado al juicio que sigue ALDO RAMÓN GUERRA contra C.A. GOODYEAR DE VENEZUELA. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° 03-593
En el día de hoy, 9 de marzo de 2004, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) fecha y hora fijadas para que las partes presenten los informes de forma oral, con ocasión del recurso de apelación ejercido por el abogado JOSÉ FRANCISCO PARRA VILLALOBOS, apoderado judicial de la parte demandada, en el juicio que por Nulidad de Acto Administrativo fuere incoado por la sociedad mercantil TASAJERAS C.A. contra el INSTITUTO AGRARIO NACIONAL (I.A.N). Presentes los Magistrados de la Sala de Casación Social, Dres. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, JUAN RAFAEL PERDOMO y la Conjuez Ponente de la Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, Dra. NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR. El Magistrado Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, en su carácter de Presidente de la Sala, declaró abierto el acto.
Se deja constancia en este acto de la presencia
del abogado José Francisco Parra Villalobos, en su carácter de apoderado
judicial de la parte demandada, así como también del abogado Valmore Martínez
Méndez, en representación de la parte demandante. Seguidamente el Presidente de
la Sala informó a las partes que el tiempo de exposición es de 1O minutos. Se
le concede la palabra al abogado José Francisco Parra Villalobos.
Finalizada la exposición de este último, el Presidente de la Sala
le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte
demandante. Seguidamente el abogado Valmore Martínez expuso sus alegatos.
Terminada su actuación, el Presidente de la Sala pregunta a los demás
Magistrados si desean hacer alguna pregunta. No formularon.
Se declaró concluido el acto. Hubo consignación de escrito de informes. Se anexa cinta magnetofónica y se ordena la publicación de la presente Acta. Se retiran los Magistrados.
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Declaratorias Con Lugar de la Inhibición
planteada por la Dra. Nora Vásquez de Escobar
02-036 03-582
02-427 03-066
02-509
03-142
02-558 03-417
02-601 03-364
02-619 03-313
02-692
03-857
03-010 03-739
03-064 03-769
03-258
Auto de Designación de Ponente y Constitución de Sala
04-103
04-107
04-129
Dr.
JUAN RAFAEL PERDOMO.
Declaratoria Con Lugar de la Inhibición planteada por la Dra. Nora Vásquez de Escobar
02-584 03-127
02-636 03-416
02-667 03-807
Auto
de Designación de Ponente y Constitución de Sala
04-123
04-156
CONCLUSIÓN DE
SUSTANCIACIÓN
Transcurridos los lapsos
previstos en el artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida
la sustanciación de los siguientes recurso de casación:
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:
AA-S-60-2003-000868
JESÚS ELECIO RIVERO RIVERA contra ALEXIS Y LA
VENEZUELA DE ANTIER, C.A.
AA-S-60-2003-000950
VÍCTOR
JUSTINO VALDERRAMA contra CARMEN YOLANDA SURUMAY
AA-S-60-2004-000007
NELSON
PIÑA contra ALFREDO BARBOZA MARABUTO
Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO:
AA-S-60-2004-000021
BENJAMIN RAUSSEO RODRÍGUEZ y LUISA MATILDE URBANEJA
URBANEJA
AA-S-60-2003-000970
EDGARDO
ROSALES CÁRDENAS contra KARELL DEL VALLE ANGARITA BASTIDAS
AA-S-60-2003-000951
Dr. ALFONSO VALBUENA C.:
LUIS
ALBERTO NAVAS GALLARDO contra CORP BANCA, C.A.
Dra. NORA VÁSQUEZ DE ESCOBAR:
URBANO EVANGELISTA RIVERO CAMEJO Y OTROS contra LUIS
ENRIQUE CARRILLO SALAZAR
JULIO ERASMO SOSA Y OTRO contra CONCEICAO VIEIRA DE DA
CONCEICAO
LUIS GERARDO BALLABEN BUENO contra ORLANDO PETROCELLI
AA-S-60-2004-000010
Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:
AA-S-60-2004-0000101
AA-S-60-2004-0000104
AA-S-60-2004-0000112
AA-S-60-2004-0000118
AA-S-60-2004-0000121
AA-S-60-2004-0000138
AA-S-60-2004-0000143
AA-S-60-2004-0000147
AA-S-60-2004-0000150
AA-S-60-2004-0000154
AA-S-60-2004-0000116
AA-S-60-2004-0000159
AA-S-60-2004-0000114
AA-S-60-2004-0000124
AA-S-60-2004-0000128
AA-S-60-2004-0000134
AA-S-60-2004-0000139
AA-S-60-2004-0000157
AA-S-60-2004-0000110
Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO:
AA-S-60-2004-0000109
AA-S-60-2004-0000119
AA-S-60-2004-0000133
AA-S-60-2004-0000140
AA-S-60-2004-0000144
AA-S-60-2004-0000148
AA-S-60-2004-0000151
AA-S-60-2004-0000155
AA-S-60-2004-0000125
AA-S-60-2004-0000102
AA-S-60-2004-0000117
AA-S-60-2004-0000126
AA-S-60-2004-0000131
AA-S-60-2004-0000136
AA-S-60-2004-0000141
AA-S-60-2004-0000158
Dr. ALFONSO VALBUENA:
AA-S-60-2004-0000105
AA-S-60-2004-0000106
AA-S-60-2004-0000113
AA-S-60-2004-0000115
AA-S-60-2004-0000120
AA-S-60-2004-0000135
AA-S-60-2004-0000142
AA-S-60-2004-0000146
AA-S-60-2004-0000149
AA-S-60-2004-0000152
AA-S-60-2004-0000145
AA-S-60-2004-0000130
AA-S-60-2004-0000111
AA-S-60-2004-0000122
AA-S-60-2004-0000132
AA-S-60-2004-0000137
AA-S-60-2004-0000153
Dra. NORA VÁSQUEZ DE
ESCOBAR:
AA-S-60-2004-0000156
AA-S-60-2004-0000103
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de
conformidad con el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, en los
siguientes expedientes:
AA60-S-2003-000872.-
AA60-S-2004-000008.-
AA60-S-2004-000059.-
Vista la decisión de la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 12 de febrero de 2004, mediante la cual declara con lugar la solicitud de revisión de la sentencia dictada por esta Sala de Casación Social en fecha 14 de noviembre de 2002, con motivo del conflicto de competencia planteado entre el Tribunal de la Carrera Administrativa y el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano JACOBO LEEN contra el MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, se acuerda, de conformidad con lo dispuesto en la referida sentencia, oficiar a la Coordinadora Judicial del Régimen Transitorio del Área Metropolitana de Caracas, para que informe a esta Sala de Casación Social la ubicación del expediente que fue remitido al Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y dónde cursa actualmente la causa.
Una vez recibida la información requerida se solicitará el envío del expediente del Tribunal correspondiente, a los fines de conocer del conflicto de competencia.-
Cúmplase lo ordenado, líbrese el oficio respectivo y agréguese al expediente.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY MARTES NUEVE (9) DE MARZO DE 2004.
Recurso de Casación N° 03-935
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C., el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.-
Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las once de la mañana
(12:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de
casación interpuesto por la parte demandada contra la fecha 7 de noviembre del
año 2003, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio que por cobro de
indemnización derivada de accidente de trabajo y daño moral sigue el ciudadano MIGUEL
ÁNGEL ARAQUE contra INDUSTRIAS DOKER, S.A. Se dio apertura al acto y
se deja constancia de la presencia en este acto del ciudadano Miguel Ángel
Araque parte demandante en este juicio y su apoderado judicial abogado Antonio
Rafael Carvajal Meneses, quien se identificó con el número de Inpreabogado
29792, asimismo se encuentra presente
la abogada Ana Elizabeth González Guzmán, debidamente inscrita en el
Inpreabogado bajo el número 70.428, en representación de la empresa demandada
recurrente. Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte
demandada recurrente, quien expuso las razones que a su juicio justifican la
nulidad del fallo recurrido. Concluida
su exposición, correspondió el turno a la parte demandante a través de su
apoderado quien expresó sus argumentos tendentes a contradecir los alegatos del
formalizante. Concluido el debate, el
Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean
formular alguna pregunta y seguidamente el Dr. Juan Rafael Perdomo interrogó al
apoderado actor y luego a la apoderada de la empresa demandada recurrente y al
finalizar ésta su exposición el Dr. Perdomo llamó al estrado al trabajador
demandante. Luego procedió el Dr. Alfonso Valbuena a interrogar al trabajador a fin de que ilustrara a la Sala en cuanto a
lo acontecido y una vez dada su versión sobre los hechos el Dr. Omar Mora Díaz
se dirige al trabajador demandante y le formuló preguntas. Luego, el Presidente
de la Sala se dirigió al público y requirió la intervención de una persona la
cual se identificó como Hussein Chacón titular de la cédula de identidad N°
14.610.552, y luego de requerirle su
presencia ante el jurado le interrogó. En este estado, la Sala se retiró a
deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la
decisión, la cual es del siguiente tenor:
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de
Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal
del Trabajo, declara: 1) CON
LUGAR el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de fecha 7
de noviembre del año 2003; 2) se ANULA el fallo recurrido; 3) Se
declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA y se condena a la demandada
a pagar las siguientes cantidades: a) SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES
(Bs. 7.225.488,oo) por concepto de indemnización prevista en el Artículo 33,
Parágrafo Segundo, numeral 3° de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y
Medio Ambiente del Trabajo. B) La cantidad de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS
UN MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs.
18.401.400,oo) por concepto de indemnización prevista en el Artículo 33,
Parágrafo Tercero de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio
Ambiente del Trabajo, y c) CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
CIENTO DOCE (Bs. 14.373.112, oo) por concepto de daño moral previsto en los
artículos 1.185 y 1.196 del Código Civil;
y 4) Se acuerda la corrección monetaria
del monto condenado a pagar por daño moral desde la fecha de publicación del
fallo hasta su ejecución. No hay condenatoria en costas.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se declara que ha concluido el acto y con éste el presente caso. De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-
Siendo las 3:00
p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario Temporal,
_____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
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