Principal Contáctenos
Sala de Casación Social
  • Fecha: 19 de Octubre de 2004





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  184

 

 

Martes, 19 de octubre de 2004

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.

 

 

 

Exp. N° RC 04-1083

 

                                                                    

El abogado FÉLIX RAMÓN GUILLEN, presentó diligencia consignando Poder, para ser agregado al juicio que sigue MARIO GUILLERMO PALENCIA ZAMBRANO contra GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A. Ponente: Dr.  ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. S/N°

 

                                                                    

La abogado GIKSA SALAS VILORIA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue SINDICATO ASOCIACIÓN SINDICAL NACIONAL DE SUPERVISORES Y OPERADORES PETROLEROS Y SIMILARES (ASINSUOPET) contra SCHLUMBERGER SURENCO DE VENEZUELA, C.A. Y OTRA. Ponente: Dr. 

 

 

Exp. S/N°

 

                                                                    

Los abogados JOSÉ EDUARDO BARALT y MIGUEL FELIPE GABALDÓN, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue EMERSON MIGUEL GONZÁLEZ RAMÍREZ contra C.A. EDITORA EL NACIONAL. Ponente: Dr. 

 

 

Exp. N° Avocamiento  03-045

 

                                                                    

La abogado ENEIDA FERNÁNDEZ DA SILVA, presentó diligencia reiterando Interés Procesal, para ser agregado al juicio que sigue DEFENSORÍA DEL PUEBLO contra TELEVEN, RADIO CARACAS TELEVISIÓN (RCTV), CORPORACIÓN VENEZOLANA DE TELEVISIÓN (VENEVISIÓN), GLOBOVISIÓN, CANAL METROPOLITANO DE CARACAS (CMT), VENEZOLANA DE TELEVISIÓN (VTV). Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 04-835

 

                                                                    

El abogado JUAN VICENTE ARDILA, presentó diligencia consignando copia simple de Transacción, para ser agregado al juicio que sigue GRACIELA FRANCISCA PRADO LÓPEZ contra FUNDACIÓN YARACUYANA DE TURISMO (FUNYATUR) Y OTRA. Ponente: Dr.  JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 04-1543

 

                                                                    

Los abogados LIGIA ARANGUREN RINCÓN y MANUEL L. SALAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue CIRO RAFAEL VERA RANGEL contra SISTEMAS MULTIPLEXOR, S.A. Ponente: Dr. 

 

 

Exp. N° RC 04-1544

 

                                                                    

La abogado MARÍA MERCEDES ARRESE-IGOR, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue RAMÓN JAIME FRANCISCO PRADO AVELEDO contra PEPSI COLA VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr. 

 

 

Exp. N° RC 04-1508

 

                                                                    

La abogado YOLINDA BERTI, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JULIO REYES contra CONSORCIO HOTELERO LAKE PLAZA. Ponente: Dr. 

 

 

Exp. N° Control de la Legalidad 04-1183

 

                                                                    

El abogado ARMILO BARRIOS GARCÍA, presentó diligencia otorgando Poder Apud Acta, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ TRINIDAD MORÁN SIFUENTES contra CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO ARAGUA. Ponente: Dr.  OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 04-1256

 

                                                                    

Según Oficio N° 2678 de la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, enviando dos (2) piezas, para ser agregadas al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO PULIDO MÉNDEZ  contra BLANCIC VIDEO, C.A Y OTRAS. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO

 

AUTOS PUBLICADOS

 

 

Auto Ordenando Certificación de Copias:

N° Expediente:    AA60-S-2004-000208

                                                         

Nota de Certificación de Copias:

N° Expediente:    AA60-S-2004-000208

 

Auto Ordenando Certificación de Copias:

N° Expediente:    AA60-S-2004-000208             

                                               

Nota de Certificación de Copias:

N° Expediente:    AA60-S-2004-000208

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.

Recurso de Casación N° 04-1041

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL  A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 6 de julio del año 2004, dictada por el Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales sigue MARÍA CAYETANA RODRÍGUEZ contra la empresa INDUSERVI, C.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de la ciudadana María Cayetana Rodríguez, titular de la cédula de identidad N° 5.896.847, parte demandante y recurrente en este juicio y su apoderado abogado Juan Federico Argüello U., quien se identificó con el número de Inpreabogado 35.198; asimismo, se encuentran presentes los abogados Josefa Real Hernández, Alfredo Jesús Velásquez Flores y José Khawam Khawam, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 26.226, 92.832 y 60.339, respectivamente, en representación de la empresa demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte actora a través de su apoderado Juan Federico Argüello, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderada Josefa Real Hernández, quien esgrimió sus alegatos tendentes a impugnar la procedencia del recurso de casación. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No se formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandante recurrente 2)  Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto. Se retiran los Magistrados y se levanta el Acta respectiva.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.

Recurso de Casación N° 04-1083

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL  A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 28 de mayo del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por enfermedad profesional y daño moral sigue MARIO GUILLERMO PALENCIA ZAMBRANO contra la empresa GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del ciudadano Mario Guillermo Palencia Zambrano, titular de la cédula de identidad N° 7.146.675, parte demandante y recurrente en este juicio y de sus apoderados abogados Zoraya Valladares, Luis R. Godoy Rivolta y Félix Ramón Guillén López, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 30.828, 94.935 y 96.135, respectivamente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Iván Darío Hermosilla Vitale y David Sanoja Rial, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.227 y 48.268, respectivamente, en representación de la empresa demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte actora a través de su apoderado Luis Godoy Rivolta, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderado David Sanoja Rial, quien esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo y le formuló dos preguntas a la representación judicial del demandante recurrente. Contestó el abogado Luis Godoy Rivolta. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandante recurrente 2)  Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto. Se retiran los Magistrados y se levanta el Acta respectiva.

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.

Recurso de Casación N° 04-1091

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL  A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que por solicitud de las partes se acordó adelantar a  las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 8 de julio del año 2004, dictada por el Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos sigue MILTON CASIQUE RAMÍREZ contra C.A. EDITORA EL NACIONAL.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Luis Ernesto Da Silva Goncalves, en representación de la parte demandante recurrente, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 79.424; asimismo, se encuentra presente el  abogado José Eduardo Baralt López, en representación de la empresa demandada, quien se identificó con el número de Inpreabogado 21.797.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte actora a través de su apoderado, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderado, quien esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No se formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandante recurrente 2)  Se CONFIRMA la sentencia recurrida.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto. Se retiran los Magistrados y se levanta el Acta respectiva.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA PARA DICTAR SENTENCIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES DIECINUEVE (19) DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.

 

Recurso de Casación N° 04-670

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que por solicitud de las partes se acordó adelantar a  las doce y veinticinco minutos de la tarde (12:25 p.m.), a los fines de que tuviese lugar el pronunciamiento oral de la sentencia correspondiente al recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 12 de mayo del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue  MANUEL BLANCO contra TRANSPORTE MAN RODRI, C.A., TRANSPORTE RODRÍGUEZ & M, C.A., SERVI TRANSPOR RODRÍGUEZ, C.A. Y TRANSPORTE DE GANDOLAS RODRÍGUEZ, C.A., conforme al proceso conciliatorio acordado  en la audiencia celebrada en fecha 12 de agosto del año 2004 y no consumado por las partes.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de la abogada Maglen Zenaida Pizzani Vargas, quien se identificó con el número de Inpreabogado 53.307, en representación de la parte demandante; asimismo, se encuentra presente la abogada Amparo González, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 11.534, en  representación de la parte demandada recurrente. 

Seguidamente, el Presidente de la Sala dictó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de lo anterior, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Dr. Omar Mora Díaz, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación.  2) Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE la causa y se ordena enviar el expediente al Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución que resulte competente a los fines de que sustancie el proceso de acuerdo al nuevo esquema procesal consagrado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

AUTO PUBLICADO

 

Exp. N° 04-835

 

Vista la diligencia suscrita por el abogado Juan Vicente Ardila, con el carácter de apoderado judicial de la Gobernación del Estado Yaracuy, ante la Secretaría de esta Sala en el día de hoy, mediante la cual consigna copia simple de una transacción celebrada entre las partes y notariada en la ciudad de San Felipe del Estado Yaracuy, en virtud de lo cual se ordena suspender la audiencia fijada para el día de hoy martes 19 de octubre de 2004, a las 12:45 p.m., así como también cualquier pronunciamiento con respecto a la transacción antes señalada, hasta tanto sea consignado el referido documento en forma original.

Cúmplase lo ordenado y agréguese al expediente.-

 

 

 

A continuación se detalla Listado de Decisiones Publicadas en el día de Hoy:

 

NUMERO

EXPEDIENTE

PROCEDIMIENTO

PARTES

PONENTE

DECISIÓN

1301

03-967

Recurso de control de la legalidad

Marco Antonio Ramírez Mendoza contra Super Clone, C.A.

Omar Alfredo Mora Díaz

1) Con lugar el control de la legalidad. 2) Se anula el fallo recurrido. 3) Con lugar la demanda.

 

 

 

DESPACHO

 

Exp. N° 04-737: Oficio Remisión N° 1835 /Oficio Participación N° 1836

Exp. N° 04-737: Oficio Remisión N° 1841 /Oficio Participación N° 1842

Exp. N° 04-252: Oficio Remisión N° 1843 /Oficio Participación N° 1844

Exp. N° 04-646: Oficio Remisión N° 1845 /Oficio Participación N° 1846

Exp. N° 04-724: Oficio Remisión N° 1847

Exp. N° 04-499: Oficio Remisión N° 1848 /Oficio Participación N° 1848A

Exp. N° 04-807: Oficio Remisión N° 1849 /Oficio Participación N° 1850

Exp. N° 03-822: Oficio Remisión N° 1851

Exp. N° 04-710: Oficio Remisión N° 1852 /Oficio Participación N° 1853

Exp. N° 04-715: Oficio Remisión N° 1854 /Oficio Participación N° 1855

Exp. N° 04-233: Oficio Remisión N° 1856 /Oficio Participación N° 1857

Exp. N° 04-836: Oficio Remisión N° 1858 /Oficio Participación N° 1859

Exp. N° 04-842: Oficio Remisión N° 1860 /Oficio Participación N° 1861

Exp. N° 04-644: Oficio Remisión N° 1862 /Oficio Participación N° 1863

Exp. N° 04-656: Oficio Remisión N° 1864 /Oficio Participación N° 1865

Exp. N° 04-231: Oficio Remisión N° 1866

Exp. N° 04-747: Oficio Remisión N° 1867

Exp. N° 04-923: Oficio Remisión N° 1868

Exp. N° 04-666: Oficio Remisión N° 1869 /Oficio Participación N° 1870

Exp. N° 04-599: Oficio Remisión N° 1871 /Oficio Participación N° 1872

Exp. N° 04-171: Oficio Remisión N° 1873 /Oficio Participación N° 1874

Exp. N° 04-627: Oficio Remisión N° 1875 /Oficio Participación N° 1876

Exp. N° 04-792: Oficio Remisión N° 1877 /Oficio Participación N° 1878

Exp. N° 04-539: Oficio Remisión N° 1879 /Oficio Participación N° 1880

Exp. N° 04-533: Oficio Remisión N° 1881 /Oficio Participación N° 1882

Exp. N° 04-699: Oficio Remisión N° 1883 /Oficio Participación N° 1884

Exp. N° 04-285: Oficio Remisión N° 1885 /Oficio Participación N° 1886

Exp. N° 04-158: Oficio Remisión N° 1887 /Oficio Participación N° 1888

Exp. N° 04-720: Oficio Remisión N° 1889

Exp. N° 03-908: Oficio Remisión N° 1894 /Oficio Participación N° 1895

Exp. N° 04-570: Oficio Remisión N° 1898 /Oficio Participación N° 1899

Exp. N° 04-778: Oficio Remisión N° 1900 /Oficio Participación N° 1901

Exp. N° 04-928: Oficio Remisión N° 1902 /Oficio Participación N° 1903

Exp. N° 04-609: Oficio Remisión N° 1904 /Oficio Participación N° 1905

Exp. N° 04-820: Oficio Remisión N° 1906 /Oficio Participación N° 1907

Exp. N° 04-866: Oficio Remisión N° 1908 /Oficio Participación N° 1909

Exp. N° 04-893: Oficio Remisión N° 1910 /Oficio Participación N° 1911

Exp. N° 04-892: Oficio Remisión N° 1912 /Oficio Participación N° 1913

Exp. N° 04-222: Oficio Remisión N° 1914

Exp. N° 04-515: Oficio Remisión N° 1915 /Oficio Participación N° 1916

Exp. N° 04-441: Oficio Remisión N° 1917 /Oficio Participación N° 1918 Exp. N° 04-046: Oficio Remisión N° 1919

Exp. N° 04-382: Oficio Remisión N° 1920 /Oficio Participación N° 1921

Exp. N° 04-408: Oficio Remisión N° 1922 /Oficio Participación N° 1923

Exp. N° 03-919: Oficio Remisión N° 1924 /Oficio Participación N° 1925

Exp. N° 04-735: Oficio Remisión N° 1926 /Oficio Participación N° 1927

Exp. N° 04-875: Oficio Remisión N° 1928 /Oficio Participación N° 1929

Exp. N° 04-851: Oficio Remisión N° 1930 /Oficio Participación N° 1931

Exp. N° 04-954: Oficio Remisión N° 1932 /Oficio Participación N° 1933

Exp. N° 03-910: Oficio Remisión N° 1934 /Oficio Participación N° 1935

Exp. N° 04-861: Oficio Remisión N° 1936 /Oficio Participación N° 1937

Exp. N° 04-806: Oficio Remisión N° 1938 /Oficio Participación N° 1939

Exp. N° 04-837: Oficio Remisión N° 1940 /Oficio Participación N° 1941

Exp. N° 04-674: Oficio Remisión N° 1942 /Oficio Participación N° 1943

Exp. N° 04-745: Oficio Remisión N° 1952 /Oficio Participación N° 1953

Exp. N° 03-527: Oficio Remisión N° 1955

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

 

____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                       El Secretario Temporal,

 

 

                                                               _____________________________

                                                               JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

Ir al tope

Recomendar esta página a un amigo(a)


Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Sistemas del Tribunal Supremo de Justicia
Todos los Derechos Reservados