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Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° Control de la Legalidad 04-1206
El abogado OMAR JOSÉ ROBLES BRITO, presentó escrito realizando Observaciones, para ser agregado al juicio que sigue EDGAR JOSÉ DURÁN PIRELA contra JUSTISS DRILLING DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° Control de la Legalidad 04-11197
El abogado JAVIER GIORDANELLI, presentó escrito presentando Transacción mas Anexo, para ser agregado al juicio que sigue PEDRO RAMÓN MUNDARAÍN FARIAS contra KILÓMETRO CERO, C.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° Control de la Legalidad 04-1308
El abogado VÍCTOR MÁRQUEZ FERRER, presentó escrito de Oposición, para ser agregado al juicio que sigue RITA GUILARTE contra C.A. SEGUROS LA OCCIDENTAL. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° RC 04-1522
La abogado DELIA DEL CARMEN
GUEVARA TINEO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue LUIS
ABRAHAM UGAS CARMONA contra GRUPO COCA COLA FEMSA. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-1380
La abogado AKIS LINARES
BELLO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue ILSE
CASTELLANO contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA, C.A.
Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.
Exp. N° RC 04-922
El abogado JUAN VICENTE ARDILA, presentó diligencia solicitando audiencia, para ser agregado al juicio que sigue GUIDO URDANETA contra AURA AGUIRRE CEPEDA. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° RC 04-1306
El abogado JAVIER
GIORDANELLI, presentó diligencia solicitando Audiencia Conciliatoria, para ser
agregado al juicio que sigue GUSTAVO
ALBERTO RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ contra POINT DE VENEZUELA, C.A. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. S/N°
El abogado DAVID JOSÉ ROSARIO
KRASNER, presentó escrito de Interpretación mas Poder, para ser agregado al
juicio que sigue PETRÓLEOS DE VENEZUELA,
S.A. Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-1256
El abogado VÍCTOR PRADA, presentó escrito de Recusación, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ANTONIO PULIDO MÉNDEZ contra BLANCIC VIDEO, C.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° RC 04-1559
El abogado AUSLAR LÓPEZ
VILLEGAS, presentó escrito de Nulidad, para ser agregado al juicio que sigue AURELIO RAFAEL CORREA SANTAMARÍA contra PETROQUÍMICA DE
VENEZUELA, S.A. (PEQUIVEN). Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-1543
La abogado CELINA MONTES DE
OCA, presentó diligencia solicitando copia simple, para ser agregado al juicio
que sigue CIRO RAFAEL VERA RANGEL contra SISTEMAS MULTIPLEXOR,
S.A. (SMX). Ponente: Dr.
Exp. N° RC 04-1590
El abogado LUIS ERNESTO DA
SILVA GONCALVES, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue EMERSON
MIGUEL GONZÁLEZ RAMÍREZ contra C.A. EDITORA EL NACIONAL. Ponente: Dr.
AUTOS PUBLICADOS
Auto que ordena certificar el cómputo del lapso para
formalizar, de conformidad con el artículo 317 del Código de Procedimiento
Civil, en los siguientes expedientes:
AA60-S-2004-001072.-
AA60-S-2004-001055.-
AA60-S-2004-001047.-
Auto que
ordena certificar el cómputo del lapso para formalizar, de conformidad
con el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes
expedientes:
AA60-S-2004-001164.-
Informe del
Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, por recusación en el expediente N°
AA60-S-001256
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTIUNO (21)
DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, no estuvo presente por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus
alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación
con el recurso de casación anunciado por la parte demandante contra la
sentencia de fecha 30 de junio del año 2004, dictada por el Juzgado Superior
Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el
juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos sigue RAMÓN
ALONSO MONTOYA contra SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Alfredo Valarino, quien se identificó con el número de Inpreabogado 18.426, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Giuseppe Mauriello, Edmundo Martínez Rivero y Alejandro Beltrán Lares Díaz, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 44.094, 17.912 y 17.680, respectivamente, en representación de la empresa demandada.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra a la parte actora a través de su apoderado abogado Alfredo
Valarino, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del
fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la
parte demandada a través de sus apoderados abogados Alejandro Beltrán Lares y
seguidamente Giuseppe Mauriello, quienes esgrimieron sus alegatos tendentes a
contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente
de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los demás Magistrados si desean
formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, la Sala se retiró a
deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la
decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes
expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social,
administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero,
declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la
parte demandante recurrente 2) Se ANULA
la sentencia recurrida. 3) Se REPONE la causa al estado de que el
Juzgado Superior que resulte competente decida sobre el fondo de la causa.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto. Se retiran los Magistrados y se levanta el Acta respectiva.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTIUNO (21)
DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.
Control de la Legalidad N° 04-185
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no estuvo presente por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes o sus apoderados
deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en relación con el control de la legalidad solicitado por la
parte demandante contra la sentencia de fecha 23 de enero del año 2004, dictada
por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Carabobo, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales, sigue OLGA
ALEJANDRINA BRIZUELA BARRIOS contra VENEPAL, C.A. Y ARPAMER, S.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de de la abogada Anna Vicenza Ianni Gómez, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 59.198, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado Anna Vicenza Ianni Gómez quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su intervención, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2) Se ANULA la sentencia recurrida. 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda con la misma cuantificación de la recurrida. 4) No hay condenatoria en costas.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTIUNO (21)
DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.
Control de la Legalidad N° 04-193
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.-
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las doce del mediodía (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes o sus apoderados deberán
formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria,
en relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandada
contra la sentencia de fecha 22 de enero del año 2004, dictada por el Juzgado
Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Protección del Niño y
del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en el
procedimiento de calificación de despido que sigue LIGIA JOSEFINA NAVEDA DE
WEFFER contra FORMICONI, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados Francisco Rafael Limonchy Medina y Zoraida Rosa Sánchez de Molero, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 91.211 y 31.302, respectivamente, en representación de la parte demandante; asimismo, se encuentra presente en representación de la parte demandada recurrente, los abogados Juan Alexis Ramírez Torres y Alfonso Graterol Jatar, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 48.273 y 26.429, respectivamente.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado Juan Ramírez Torres y luego Alfonso Graterol Jatar quienes expusierón las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandante a través de su apoderada Zoraida Rosa Sánchez de Molero, quién esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó al Magistrado Alfonso Valbuena si deseaba formular preguntas. No formuló. Solicita el derecho de palabra el abogado Francisco Limonchy, le fue concedido. A continuación, el Presidente de la Sala, le formuló dos preguntas al abogado Francisco Limonchy, las cuales respondió. De seguidas, el abogado Juan Ramírez solicitó su ntervención para mayor ilustración a la Sala. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2) Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Queda CONCLUIDO el proceso con el pago de los salarios caídos hecho por la empresa demandada.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTIUNO (21)
DE OCTUBRE DEL AÑO 2004.
Control de la Legalidad N° 04-381
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.-
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
la una de la tarde (1:00 p.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes o sus apoderados deberán formular
sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en
relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandada
contra la sentencia de fecha 11 de marzo del año 2004, dictada por el Juzgado
Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,
en el juicio que por jubilación sigue ADELFA FARIAS GUTIÉRREZ contra
INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN
EDUCATIVA, INCE - ZULIA (INCE).
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados Joel Rodríguez Arrieta y Hugo Bolívar, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 31.224 y 21.097, respectivamente, en representación de la parte demandante; asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada recurrente ni de sus apoderados.
Seguidamente el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, declara: DESISTIDO el control de la legalidad solicitado. Se declara que ha concluido el acto.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario Temporal,
_____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
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