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Sala de Casación Social
  • Fecha: 22 de Julio de 2004





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  130

 

 

 

Jueves, 22 de julio de 2004

 

 

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.

 

 

Exp. N° RC 04-558

 

                                                   

El abogado JOSÉ AMOS HERRERA MERCHÁN, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue ONEIDA TRESPALACIOS SORACA contra BAROID DE VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 04-947

 

                                                   

La abogado MARÍA WALESKA GARAGORRY, presentó diligencia consignando Poder y solicitud de devolución del mismo previa certificación en autos, para ser agregado al juicio que sigue SISTEMA RAIMBOW VENEZUELA, C.A. contra LAURA SELVAGIO MORALES. Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° RC 04-638

 

                                                   

El abogado ROBERTO ALÍ COLMENARES, presentó diligencia solicitando copia de video de audiencia, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ BATISTA RIVERO contra 3M MANUFACTURERA VENEZUELA, S.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 04-366

 

                                                   

La abogado CARMEN LUCÍA GONZÁLEZ, presentó diligencia solicitando celeridad procesal, para ser agregado al juicio que sigue JUAN MANUEL PÉREZ DÍAZ contra ASTALDI SPA. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 04-193

 

                                                   

El abogado ALFONSO GRATEROL JOTAR, presentó diligencia solicitando pronunciamiento sobre admisibilidad y sustanciación, para ser agregado al juicio que sigue LIGIA JOSEFINA NAVEDA DE WEFFER contra FORMICONI, C.A. Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. N° RC 04-827

 

                                                   

La abogado NORKA ROJAS QUEVEDO, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ADALBERTO FUENMAYOR Y OTROS contra UNIVERSIDAD DEL ZULIA. Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

Auto que ordena solicitud de cómputo:

 

AA60-S-2004-000742.-

 

AA60-S-2004-000770.-

 

 

ACTAS PUBLICADAS

SALA ACCIDENTAL

 

Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

Inhibición

04-787

04-811

04-841

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

Inhibición

04-787

04-811

04-841

 

CONCLUSIÓN DE SUSTANCIACIÓN

 

 

Transcurridos los lapsos previstos en el Artículo 318 del Código de Procedimiento Civil, se declara concluida la sustanciación del presente recurso.

 

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO:

 

AA-S-60-2004-000449

PIERA ASSUNTA MEO NUCCIO contra LA VENEZOLANA DE SEGUROS, C.A. (VENSEGUROS)

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

 

Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

Conclusión de Sustanciación

04-572

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

 

AUTOS DE DESIGNACIÓN DE PONENTE

                                             

Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:

 

AA-S-60-2004-0000864

 

AA-S-60-2004-0000878

 

AA-S-60-2004-0000882

 

AA-S-60-2004-0000885

 

AA-S-60-2004-0000889

 

AA-S-60-2004-0000906

 

AA-S-60-2004-0000914

 

AA-S-60-2004-0000917

 

AA-S-60-2004-0000920

 

AA-S-60-2004-0000939

 

AA-S-60-2004-0000929

 

AA-S-60-2004-0000874

 

AA-S-60-2004-0000862

 

AA-S-60-2004-0000866

 

AA-S-60-2004-0000871

 

AA-S-60-2004-0000881

 

AA-S-60-2004-0000892

 

AA-S-60-2004-0000893

 

AA-S-60-2004-0000899

 

AA-S-60-2004-0000900

 

AA-S-60-2004-0000908

 

AA-S-60-2004-0000911

 

AA-S-60-2004-0000925

 

AA-S-60-2004-0000931

 

AA-S-60-2004-0000936

 

AA-S-60-2004-0000938

 

 

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO

 

 

AA-S-60-2004-0000873

 

AA-S-60-2004-0000879

 

AA-S-60-2004-0000883

 

AA-S-60-2004-0000887

AA-S-60-2004-0000890

AA-S-60-2004-0000912

 

AA-S-60-2004-0000915

 

AA-S-60-2004-0000918

 

AA-S-60-2004-0000922

 

AA-S-60-2004-0000930

 

AA-S-60-2004-0000869

 

AA-S-60-2004-0000891

 

AA-S-60-2004-0000876

 

AA-S-60-2004-0000863

 

AA-S-60-2004-0000867

 

AA-S-60-2004-0000872

 

AA-S-60-2004-0000886

 

AA-S-60-2004-0000894

 

AA-S-60-2004-0000895

 

AA-S-60-2004-0000901

 

AA-S-60-2004-0000902

 

AA-S-60-2004-0000909

 

AA-S-60-2004-0000921

 

AA-S-60-2004-0000926

 

AA-S-60-2004-0000932

 

AA-S-60-2004-0000933

 

AA-S-60-2004-0000937

 

 

Dr. ALFONSO VALBUENA:

 

AA-S-60-2004-0000877

 

AA-S-60-2004-0000880

 

AA-S-60-2004-0000884

AA-S-60-2004-0000888

 

AA-S-60-2004-0000905

 

AA-S-60-2004-0000913

 

AA-S-60-2004-0000916

 

AA-S-60-2004-0000919

 

AA-S-60-2004-0000934

 

AA-S-60-2004-0000907

 

AA-S-60-2004-0000928

 

AA-S-60-2004-0000861

 

AA-S-60-2004-0000865

 

AA-S-60-2004-0000868

 

AA-S-60-2004-0000875

 

AA-S-60-2004-0000896

 

AA-S-60-2004-0000897

 

AA-S-60-2004-0000898

 

AA-S-60-2004-0000903

 

AA-S-60-2004-0000904

 

AA-S-60-2004-0000910

 

AA-S-60-2004-0000924

 

AA-S-60-2004-0000927

 

AA-S-60-2004-0000935

 

AA-S-60-2004-0000870

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES  VEINTIDÓS (22) DE JULIO DEL AÑO 2004.

 

Recurso de Casación N° 04-614

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 04 de mayo del año 2004, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales sigue OSWALDO FITZGERALD HENRÍQUEZ GONZÁLEZ contra CORPORACIÓN VENEZOLANA DE CEMENTOS, S.A.C.A. VENCEMOS y CEMEX DE VENEZUELA, S.A.C.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados Alfonso Campisi Palumbo y  Edgar E. Cordero, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 29.856 y 90.023, respectivamente, en representación de la parte actora; asimismo, se encuentran presentes los abogados Alejandro Disilvestro, Manuel Ignacio Alonso Brito y Pedro Perera, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 22.678, 41.491 y 21.061, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado abogado Pedro Perera quien expuso los vicios de forma que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Luego expuso el abogado Alejandro Disilvestro los motivos de fondo de su recurso. Una vez finalizada su exposición,  se le concede el derecho de palabra al abogado Edgar Cordero, en  representación de la parte actora para que exponga sus argumentos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Alfonso Valbuena Cordero e interrogó en dos oportunidades a la representación judicial de la parte demandada. Contestó el abogado Alejandro Disilvestro. A continuación, el Magistrado Juan Rafael Perdomo le formuló al mismo abogado cinco preguntas. Una vez respondidas las interrogantes el Magistrado Juan Perdomo instó a las partes para llegar a un acuerdo conciliatorio. De seguidas, ambas partes respondieron que sí estaban de acuerdo.  Intervino el Magistrado Omar A. Mora Díaz y le formuló tres preguntas a la parte actora. Contestó el abogado Edgar Cordero. En este estado, el Presidente de la Sala, en virtud de la propuesta realizada por el Magistrado Perdomo y la aceptación manifestada por las partes acuerda la apertura del PROCESO CONCILIATORIO hasta el día 2 de septiembre de 2004 y de no llegarse a un acuerdo la Sala procederá a pronunciar la sentencia respectiva en la fecha antes indicada a las doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía (12:45 m.).

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES  VEINTIDÓS (22) DE JULIO DEL AÑO 2004.

 

Recurso de Casación N° 04-638

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de marzo del año 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de diferencias de prestaciones sociales sigue  JOSÉ BATISTA RIVERO contra 3M MANUFACTURERA VENEZUELA, S.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del ciudadano José Batista Rivero titular de la cédula de identidad N° 3.405.745, parte demandante en este juicio y de su apoderado Roberto Alí Colmenares, quien se identificó con el número de Inpreabogado 15.764; asimismo, se encuentran presente el abogado Julio Bacalao del Castillo, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 15.619 respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado abogado Julio Bacalao del Castillo quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.  Una vez finalizada su exposición,  se le concede el derecho de palabra al abogado Roberto Alí Colmenares, en  representación de la parte actora para que exponga sus argumentos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo e interrogó en seis oportunidades a la representación judicial de la parte demandada. Contestó el abogado Julio Bacalao. A continuación, el Magistrado Juan Rafael Perdomo se dirigió a la parte actora y le formuló tres preguntas. Contestó el abogado Roberto Alí Colmenares. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, decide como punto previo la tempestividad del escrito de formalización presentado por la parte demandada contra la decisión definitiva, por lo que se declara sin lugar la solicitud de perecimiento contra el mismo. Con respecto al recurso contra la aclaratoria del mismo fallo la Sala lo desestima. Decidiendo al fondo, la Sala  declara: 1)  Se CASA el fallo definitivo recurrido. 2) Se ANULA dicha sentencia. 3) Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales. 4) SIN LUGAR la solicitud de pago doble.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES  VEINTIDÓS (22) DE JULIO DEL AÑO 2004.

 

Recurso de Casación N° 04-647

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las doce del mediodía (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación interpuesto por ambas partes contra la sentencia de fecha 3 de mayo del año 2004, dictada por el Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por accidente de trabajo sigue  RAMÓN NEPTALI BARRIOS LEÓN contra PRIDE DRILLING, C.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado José Ramón Núñez Mendoza, quien se identificó con el número de Inpreabogado 36.094, en representación de la parte demandante; asimismo, se encuentran presentes los abogados Joaquín Jesús Silveira y Ramón Rafael Ramírez González, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 29.234 y 10.328 respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado abogado Joaquín Jesús Silveira,  quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.  Una vez finalizada su exposición,  se le concede el derecho de palabra al abogado José Ramón Núñez Mendoza, en  representación de la parte actora para que exponga sus alegatos en relación a su recurso y realice los argumentos tendentes a contradecir lo expuesto por la parte demandada. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. Intervino el Magistrado Omar Mora Díaz e interrogó en tres oportunidades a la representación judicial de la parte actora. Contestó el abogado José Ramón Núñez Mendoza. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor:  En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar A. Mora Díaz, declara: 1) CON LUGAR el recurso  de casación interpuesto por la parte demandada. 2) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte actora. 3) Se ANULA el fallo recurrido. 4) SIN LUGAR la demanda con relación al lucro cesante. 5) Se condena a la empresa demandada al pago de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 7.000.000,oo) como indemnización por concepto de daño moral. Se ordena que dicha cantidad sea consignada en el Tribunal competente para que sea entregado sólo al trabajador reclamante. 6) Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES  VEINTIDÓS (22) DE JULIO DEL AÑO 2004.

 

Recurso de Casación N° 04-649

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y el Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a las doce y cuarenta y cinco minutos del mediodía (12:45 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de fecha 30 de abril del año 2004, dictada por el Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que por enfermedad profesional sigue  RAMÓN NAPOLEÓN LLOVERA MACUARE contra PRIDE DRILLING, C.A.

Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado José Ramón Tovar, quien se identificó con el número de Inpreabogado 26.917, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Joaquín Jesús Silveira y Ramón Rafael Ramírez González, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 29.234 y 10.328 respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado abogado José Ramón Tovar,  quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.  Una vez finalizada su exposición,  se le concede el derecho de palabra al abogado Ramón Rafael Ramírez González, en  representación de la parte demandada para que exponga sus argumentos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor:  En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación. 2) Se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.

Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente Acta.-

 

 

 

DESPACHO

Exp. N° 04-019: Oficio Remisión N° 1166 /Oficio Participación N° 1167

Exp. N° 04-118: Oficio Remisión N° 1168 /Oficio Participación N° 1169

Exp. N° 04-304: Oficio Remisión N° 1170

Exp. N° 04-216: Oficio Remisión N° 1171

 

Exp. N° 04-150: Oficio Remisión N° 1172 /Oficio Participación N° 1173

Exp. N° 04-019: Oficio Remisión N° 1174

Exp. N° 04-340: Oficio Remisión N° 1175 /Oficio Participación N° 1176

Exp. N° 04-431: Oficio Remisión N° 1177

Exp. N° 03-810: Oficio Remisión N° 1178 /Oficio Participación N° 1179

Exp. N° 04-379: Oficio Remisión N° 1180 /Oficio Participación N° 1181

Exp. N° 04-385: Oficio Remisión N° 1182 /Oficio Participación N° 1183, 1184, 1185.

Exp. N° 03-825: Oficio Remisión N° 1188 /Oficio Participación N° 1188 Exp. N°  04-432: Oficio Remisión N° 1190 /Oficio Participación N° 1191

Exp. N°  04-188: Oficio Remisión N° 1192 /Oficio Participación N° 1193

Exp. N°  04-223: Oficio Remisión N° 1194

Exp. N°  04-060: Oficio Remisión N° 1195 /Oficio Participación N° 1196

Exp. N°  04-349: Oficio Remisión N° 1197 /Oficio Participación N° 1198

Exp. N°  04-184: Oficio Remisión N° 1199 /Oficio Participación N° 1200

Exp. N°  04-093: Oficio Remisión N° 1201

Exp. N°  04-463: Oficio Remisión N° 1202 /Oficio Participación N° 1203

Exp. N°  04-444: Oficio Remisión N° 1204 /Oficio Participación N° 1205

Exp. N°  03-911: Oficio Remisión N° 1206 /Oficio Participación N° 1207

Exp. N°  04-337: Oficio Remisión N° 1208 /Oficio Participación N° 1209

Exp. N°  04-286: Oficio Remisión N° 1210 /Oficio Participación N° 1211

Exp. N°  04-473: Oficio Remisión N° 1212 /Oficio Participación N° 1213

Exp. N°  04-126: Oficio Remisión N° 1214

Exp. N°  04-101: Oficio Remisión N° 1215 /Oficio Participación N° 1216

Exp. N°  04-412: Oficio Remisión N° 1217 /Oficio Participación N° 1218

Exp. N°  04-367: Oficio Remisión N° 1219 /Oficio Participación N° 1220

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

 

____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                       El Secretario Temporal,

 

 

                                                               _____________________________

                                                               JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

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