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Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° RC 04-1134
La abogado ELDA CORDIDO DE
GÓMEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue GERMAN RAFAEL LUGO contra AGROPECUARIA RIO SAJA,
C.A. Y OTRO. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. S/N°
El abogado NÉSTOR ALFONSO
RONDON GONZÁLEZ, presentó escrito de Reclamo, para ser agregado al juicio que
sigue CARLOS GUILLÉN PARRA contra
V.F.G. SUDAMTEX, C.A. Ponente: Dr.
Dr. ALFONSO
VALBUENA CORDERO.
Declaratorias Con Lugar de las Inhibiciones de los
Dres. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ y JUAN RAFAEL PERDOMO.
04-1056
04-1057
04-1064
04-1092
04-1093
04-1105
04-1128
04-1167
04-1214
04-1215
04-1217
04-1218
04-1220
04-1223
04-1237
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTITRÉS (23)
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004.
Recurso de Casación N° 04-732
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus
alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación
con el recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia
de fecha 25 de mayo del año 2004, dictada por el Tribunal Superior del Trabajo
de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, en el juicio
que por cobro de diferencia de prestaciones sociales sigue HENRRIS RAFAEL
ESPINOZA contra WEATHERFORD LATIN AMÉRICA, S.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Gustavo Hugolino Perdomo Arzola, quien se identificó con el número de Inpreabogado 9.266, en representación de la parte actora; asimismo, se encuentra presente el abogado Luis Alberto Torres Darias, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 36.732, en representación de la parte demandada recurrente.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandante a través de su apoderado quien esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó al Vicepresidente de la Sala si desea formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo e interrogó en ocho oportunidades al abogado Luis Alberto Torres Darias, apoderado de la empresa demandada, las cuales respondió. Luego, el mismo Magistrado le formuló nueve preguntas a la representación judicial de la parte actora, las cuales contestó el abogado Gustavo Perdomo. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTITRÉS (23)
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las doce del mediodía (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y
defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el
recurso de casación propuesto por la parte demandada contra la sentencia de
fecha 13 de noviembre del año 2003, dictada por el Tribunal Superior del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en el juicio que
por accidente de trabajo, daño moral y cobro de prestaciones sociales sigue CARLOS
ANDRÉS VILORIA GRANADO contra TALLER LOS PINOS, C.A. (TALPIN).
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del ciudadano Carlos Andrés Viloria Granado, titular de la cédula de identidad N° 8.320.057, parte demandante en este juicio y de su apoderada judicial abogada Arbel Monteverde Campo, quien se identificó con el número de Inpreabogado 61.350; asimismo, se encuentra presente el abogado Luis Ramón Rondón, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.584, en representación de la parte demandada recurrente.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandante a través de su apoderada quien esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó al Vicepresidente de la Sala si desea formular preguntas. No hubo preguntas. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión, la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar A. Mora Díaz, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se ANULA el fallo recurrido. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se CASA DE OFICIO la sentencia recurrida y 4) Se REPONE la causa al estado de que el Tribunal Superior que resulte competente dicte nueva sentencia con sujeción a la doctrina de esta Sala en cuanto a la reclamación de daño moral y costas procesales.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES VEINTITRÉS (23)
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004.
Recurso de Casación N° 04-766
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde (12:45 p.m.), a los fines de
que tuviese lugar la audiencia prevista en
el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las
partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en relación con el recurso de casación propuesto por la parte
actora contra la sentencia de fecha 20 de mayo del año 2004, dictada por el
Juzgado Superior de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial
del Estado Lara, Barquisimeto, el expediente del juicio que por cobro de
diferencia de prestaciones sociales sigue WILLIAM QUINTERO TORRES Y REBECA
GONZÁLEZ DE QUINTERO contra OPERADORA SAN CRISTÓBAL, C.A., CABLE CORP.
TV, C.A., VENINFOTEL DE VENEZUELA, C.A. Y PARABÓLICA SERVICE´S BARQUISIMETO,
C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia de los abogados Bernardo Loreto Yanes y Oscar Hernández Álvarez, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.688 y 2.912, respectivamente, en representación de la parte demandante recurrente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Danae Kritzler Flasz y Armando José Carmona Ghersi, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 73.864 y 22.658, respectivamente, en representación de la parte demandada.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado Oscar Hernández Álvarez, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderada Danae Kritzler Flasz quien esgrimió sus alegatos tendentes a contradecir lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó al Vicepresidente de la Sala si desea formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo e interrogó en cinco oportunidades al abogado Oscar Hernández, co-apoderado de la parte actora. Luego, el mismo Magistrado le formuló cinco preguntas a la parte demandada, las cuales contestó la abogada Danae Kritzler. De seguidas, el abogado Oscar Hernández hizo algunas acotaciones a su contraparte. A continuación, el Magistrado Omar Mora Díaz, exhortó a las partes a conciliar. Tal iniciativa la asintió el Vicepresidente de la Sala. Ambas partes manifestaron su aceptación a la propuesta. En este estado, el Presidente de la Sala acuerda abrir el PROCESO CONCILIATORIO hasta el día 28 de octubre de este año a la una de la tarde (1:00 p.m.), fecha para la cual fue diferido el pronunciamiento oral de la sentencia respectiva en caso de no llegarse a acuerdo alguno. Por último, el Magistrado Ponente Dr. Omar A. Mora Díaz, deja constancia de que quedan convocadas las partes para una primera conversación para el día: Martes veintiocho (28) de septiembre de 2004, Hora: tres de la tarde (3:00 p.m.); Lugar: Despacho del Magistrado.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto. Se declara que ha concluido el acto.
Se retiran los Magistrados y se
ordena la publicación de la presente Acta.-
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario Temporal,
_____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
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