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Sala de Casación Social
  • Fecha: 03 de Mayo de 2005





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

 

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  63

 

Martes, 03 de mayo de 2005

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

 

Exp. Control de la Legalidad  05-547

 

                                                                    

La abogado ZORAIMA JOSEFINA PÉREZ CASTILLO, presentó escrito solicitando la Inadmisibilidad del Recurso, para ser agregado al juicio que sigue CLAUDIO JOSÉ PÉREZ CASTILLO Y OTROS contra TRANSPORTE AGROBUEYCA, C.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. Control de la Legalidad  05-037

 

                                                                    

El abogado JESÚS GÓMEZ, presentó diligencia ampliando el escrito del Control de la Legalidad, para ser agregado al juicio que sigue DEXIA NADEZDHA SALGADO MARTÍNEZ contra CITIBANK N.A. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. RC 05-719

 

                                                                    

El abogado MARIO CASTILLO SERRANO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue GIOVANNI BASTARDO CANELIA contra TRANSFORMACIONES METALÚRGICAS, C.A. (TRANSMECA). Ponente: Dr.

 

 

Exp. S/

 

                                                                    

El abogado MARIO CASTILLO SERRANO, presentaron escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ARMANDO TANTACHUCO contra DISTRIBUIDORA SAL BAHÍA, C.A. Ponente: Dr.

 

 

Exp. Control de la Legalidad  05-588

 

                                                                    

El abogado SIMÓN ALBERTO DELGADO CARVAJAL, presentó diligencia consignando Pruebas, para ser agregado al juicio que sigue MÓNICA CASTELLO MORALES contra SMX SISTEMAS MULTIPLEXOR, S.A. Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

Exp. RC 05-493

 

                                                                    

El abogado JAIME GARCÍA RENGEL, presentó diligencia consignando Poder, para ser agregado al juicio que sigue PEDRO LUIS VILORIA ABREU contra MIRIAM COROMOTO FUNG NIEVES. Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. S/

 

                                                                    

El abogado NELSON LUCENA, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ LUIS VILLEGAS ALVARADO contra DAIMLERCHRYSLER DE VENEZUELA, L.L.C. Ponente: Dr.

 

 

Exp. RC 05-525

 

                                                                    

El abogado PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PEDRO OMAR PARADA ZAMBRANO contra C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN SUROESTE (HIDROSUROESTE). Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. RC 05-499

 

                                                                    

El abogado PEDRO ALFONSO SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, presentó escrito de CONTESTACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ ASDRÚBAL RINCÓN GARCÍA contra C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN SUROESTE (HIDROSUROESTE). Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

ACTAS Y AUTOS PUBLICADOS

 

 

 

Dr. LUIS E. FRANCESCHI GUTIERREZ.

Declaratorias Con Lugar de las inhibiciones planteadas por los Dres.

OMAR ALFREDO MORA DÍAS, JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO VALBUENA CORDERO.

05-545

 

Declaratorias Con Lugar de las inhibiciones planteadas por los Dres.

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ y JUAN RAFAEL PERDOMO

05-424

05-456

05-457

05-458

05-459

05-463

05-465

05-466

 

Dr. LUIS E. FRANCESCHI GUTIERREZ.

Inhibición

05-634

05-635

05-636

05-637

05-638

05-639

05-641

05-642

Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

Inhibición

05-582

05-622

05-650

05-653

05-656

05-659

05-661

05-667

05-654

05-658

05-660

05-663

05-668

05-544

05-586

05-597

05-603

05-614

 

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

Inhibición

05-622

05-650

05-653

05-656

05-659

05-661

05-667

05-654

05-658

05-660

05-663

05-668

05-544

05-586

05-597

05-603

05-614

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES  (03) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

Recurso de Casación 04-1543

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO, ALFONSO R. VALBUENA C., y de la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA,  el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) hora fijada para que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha veintidós (22)  de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Superior  Tercero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue CIRO RAFAEL VERA RANGEL contra SISTEMAS MULTIPLEXOR, S.A. (S.M.X.).

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Ciro Rafael Vera Rangel, quien se identificó con la Cédula Identidad 5.528.907, parte demandante y de sus apoderados Celina Montes de Oca Núñez y Jesús Antonio Montes de Oca, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 29.451 y 168 respectivamente; asimismo, se deja constancia de la presencia de los apoderados de la parte demandada recurrente, abogados Ligia Aranguren Rincón y Manuel Leonardo Salas Aranguren, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 13.688 y 67.084 respectivamente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderada Ligia Aranguren Rincón, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.  Una vez finalizada su exposición se le concede el derecho de palabra a la parte demandante a través de su apoderado abogado Jesús Antonio Montes de Oca, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Luego de la deliberación, el Presidente lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Mora Díaz y aprobada por mayoría absoluta, declara:  1) CON LUGAR el recurso de casación. 2) Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4) No hay condenatoria en costas.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video cassette del presente acto.

Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES  (03) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

Recurso de Casación 04-1544

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia, los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO, ALFONSO R. VALBUENA C., y de la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA,  el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) hora fijada para que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha veintidós (22)  de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue RAMÓN JAIME FRANCISCO PRADO ABELEDO contra PEPSI COLA VENEZUELA, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Ramón Jaime Francisco Prado Abeledo, quien se identificó con la Cédula Identidad 6.101.673, parte demandante recurrente y de su apoderada Carmen Yolanda Cardozo Sánchez, quien se identificó con el número de Inpreabogado 35.350; asimismo, se deja constancia de la comparecencia de los apoderados  de la parte demandada recurrente, Roshermari Vargas Trejo, Ricardo Henríquez La Roche y Simón Eduardo Jurado-Blanco S. quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 57.465, 5.688 y 76.855 respectivamente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderada Carmen Yolanda Cardozo Sánchez, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.  Una vez finalizada su exposición se le concede el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderado abogado Ricardo Henríquez La Roche, para que realice sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Luego de la deliberación, el Presidente lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo y aprobada por mayoría absoluta, declara:  1) SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por ambas partes. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video cassette del presente acto.

Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, MARTES  (03) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

 

Recurso de Casación 04-1556

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO, ALFONSO R. VALBUENA C., y de la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA,  el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m.) hora fijada para que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de casación anunciado y  formalizado por la parte demandante  contra la sentencia de fecha veintinueve (29) de agosto del año 2004, dictada por el Juzgado  Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en la incidencia de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES que sigue JOSÉ ERNESTO NATERA DELGADO contra JUAN DURÁN Y CARMEN TERESA AMADO DE DURÁN

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano José Ernesto Natera Delgado, parte actora y recurrente, quien se identificó con la Cédula Identidad 2.776.275 e Inpreabogado 4.403; asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de los demandados ni de sus apoderados.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente José Ernesto Natera Delgado, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Concluida su exposición, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Luego de la deliberación, el Presidente lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Mora Díaz y aprobada por mayoría absoluta, declara:  1) CON LUGAR el recurso de casación. 2) Se ANULA la sentencia recurrida 3) Se REPONE  LA CAUSA al estado de que el Juzgado Superior que resulte competente se ponuncie sobre el mérito del asunto.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.

Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video cassette del presente acto.

Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

 

A continuación se detalla listado de Decisiones Publicadas en el día de hoy:

 

 

NUMERO

EXPEDIENTE

PROCEDIMIENTO

PARTES

PONENTE

DECISIÓN

0400

04-467

Recurso de Casación

Gilberto José Hernández Hernández contra Servicios Halliburton de Venezuela, S.A.

Alfonso Rafael Valbuena Cordero

Con lugar

0401

04-1329

Recurso de Casación

Rubén Darío Velarde Chávez contra Industria Tecno Rubber, C.A.

Alfonso Rafael Valbuena Cordero

1- Sin lugar el recurso de casación. 2- Casa de oficio. 3- Parcialmente con lugar la demanda

 

                                               

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

 

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