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Sala de Casación Social
  • Fecha: 12 de Mayo de 2005





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  71

 

Jueves, 12 de mayo de 2005

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

 

Exp. N° RC 05-766

 

                                                                    

El abogado JOSÉ ÁNGEL MARCANO LÓPEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue ALIDA JOSEFINA RODRÍGUEZ DE ROJAS Y OTROS contra PANAMCO DE VENEZUELA, S.A.  Ponente: Dr.

 

 

Exp. N° RC 05-563

 

                                                                    

La abogada SOGNIA LAZZAR DE DURÁN, presentó escrito de FORMALIZACIÓN más Poder, para ser agregado al juicio que sigue ARELYS LIMA DE FARÍAS en su carácter de Fiscal Séptimo de Protección del Niño y del Adolescente contra JOSÉ NAJIB GARCÍA HERRERA. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

Exp. N° Control de la Legalidad  04-1511

 

                                                                    

El abogado JESÚS SOLÓRZANO, presentó diligencia consignando Poder y solicitando la admisión del recurso, para ser agregado al juicio que sigue ROBERTO ANTONIO VALDERRAMA contra CONCRETERA LOS LLANOS, C.A.  Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° RC 05-738

 

                                                                    

El abogado JUSTO MORAO ROSAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue WILLIAM ARTEAGA contra INVERSIONES COMERCIALES, S.R.L.  Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 05-735

 

                                                                    

El abogada VLADIMIR VILLALBA RODRÍGUEZ, presentó escrito de FORMALIZACIÓN más Poder, para ser agregado al juicio que sigue FRANK RADOMIR DE LOS SANTOS BAUTISTA contra GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A.  Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. N° Control de la Legalidad  04-630

 

                                                                    

La abogada LILIANA SALAZAR, presentó diligencia consignando Poder, para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ MOTA contra CONSORCIO DRAVICA.  Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 05-562

 

                                                                    

El abogada MARIOS MARCANO, presentó diligencia solicitando se fije audiencia oral, para ser agregado al juicio que sigue CIRO ROBERTO ESPINOZA RIVAS contra GRUPO CORPORATIVO EMA GROUP.  Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.

 

 

Exp. N° RC 05-328

 

                                                                    

El abogado PEDRO SOJO, presentó diligencia consignando copia del Poder y solicitud de la no admisión del recurso, para ser agregado al juicio que sigue PEDRO IBRAHIM DE JESÚS FRANCHI MARÍN contra FONDO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN FONACIT.  Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES DOCE (12) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

Control de la Legalidad N° 04-1173

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C. y la MAGISTRADA CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, asimismo, se encuentran presentes, el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m), hora acordada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandante contra la sentencia de fecha dos (2) de agosto del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en el procedimiento que por  CALIFICACIÓN DE DESPIDO sigue WUILIAN JOSÉ MÁRQUEZ RODRÍGUEZ contra GRUPO BLUMENPACK, S.A.

Se dió apertura al acto y  deja constancia de la asistencia de los apoderados de la parte demandante recurrente abogados,  Jorge Darío Cárdenas Vega e Ilse Coromoto Contreras Hidalgo, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 42.125 y 23.312, respectivamente, asimismo, se deja constancia de la  comparecencia de los abogados, Rodolfo José Díaz Rodríguez y Marcel Zeppenfeldt Pedauga, apoderados de la  parte demandada, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado  27.542 y 30.394, respectivamente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado el abogado Jorge Darío Cárdenas Vega, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su exposición correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderado abogado Rodolfo José Díaz Rodríguez. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada por mayoría absoluta, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se declara PROCEDENTE EL PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS, en "forma equitativa", desde la fecha de la citación de la demandada hasta la efectiva reincorporación del trabajador, excluyéndose aquellos días que por razones de fuerza mayor, no imputables a las partes (huelgas, el tiempo de implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y otros), que hayan paralizado las actividades en los tribunales. 4) Se ordena al tribunal que resulte competente realizar el cómputo correspondiente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video cassette del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES DOCE (12) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

 

Control de la Legalidad N° 04-1198

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C. y la MAGISTRADA CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, asimismo, se encuentran presentes, el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m), hora acordada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandante contra la la sentencia de fecha diez (10) de agosto del año 2004, dictada por el Tribunal Primero Superior del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en el procedimiento que por  CALIFICACIÓN DE DESPIDO sigue ALONZO JOSÉ MARTÍNEZ  contra a TRANSPORTE FROILAN GARCILAZO, C.A.

Se dió apertura al acto y  se deja constancia de la asistencia del apoderado de la parte demandante recurrente abogado  Von Richelman Ruíz Ramos, quien se identificó con el número de Inpreabogado 76.441, asimismo, se deja constancia de la  no comparecencia de la parte demandada ni de sus apoderados.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado la abogado Von Richelman Ruíz Ramos, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Concluido su exposición, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada por mayoría absoluta, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se declara  CON LUGAR la calificación de despido y consecuencialmente se ordena el reenganche y el pago de los salarios caídos, que deberán computarse desde la fecha de la citación del defensor ad litem, hasta la efectiva reincorporación del trabajador, excluyéndose aquellos días que por razones de fuerza mayor, no imputables a las partes (huelgas, el tiempo de implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y otros), hayan paralizado las actividades en los tribunales. 4) No hay Condenatoria en costas.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video cassette del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES DOCE (12) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

 

Control de la Legalidad N° 04-1312

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C. y la MAGISTRADA CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, asimismo, se encuentran presentes, el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce del mediodía (12:00 m), hora acordada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandante contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de agosto del año 2004, dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en el juicio que por  Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales siguen ELMI LUZ MACHADO, EMILIA ROSA OCHOA TORRES, DORIS JOSEFINA RODRÍGUEZ, LUIS ANTONIO MENDOZA, JAIME SOTO, ANA LUCÍA CAMACARO, ANNELY GREGORIA BRAVO VIRGÜEZ y MARÍA ALEJANDRA PARRA LANDAETA contra a CONSORCIO LAS PLUMAS Y ASOCIADOS, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del apoderado de la parte demandante recurrente abogado  Oswaldo Galíndez, quien se identificó con el número de Inpreabogado 61.553, asimismo, se deja constancia de la   comparecencia de la apoderada de la parte demandada abogada, Marbellis Del Pilar Arias, quien se identificó con el número de Inpreabogado 54.635.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado el abogado Oswaldo Galíndez, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez concluida su exposición correspondió el turno a la parte demandada a través de su apoderada abogada Marbellis Del Pilar Arias. Concluido el debate, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada por mayoría absoluta, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. 4) Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas. 5) Dada la complejidad del caso se ordena la publicación del fallo dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video cassette del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES DOCE (12) DE MAYO DEL AÑO 2005.

 

 

 

Control de la Legalidad N° 04-630

 

 

Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, el Magistrado ALFONSO R. VALBUENA C. y la MAGISTRADA CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, asimismo, se encuentran presentes, el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una de la tarde (1:00 p.m.), hora acordada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el control de la legalidad solicitado por la parte demandada contra sentencia de fecha cuatro (4) de mayo  del año 2004, dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en el juicio que por  Cobro de Prestaciones Sociales sigue JOSÉ RAFAEL RODRÍGUEZ MOTA contra  CONSORCIO DRAVI, C.A. (DRAVICA)

Se deja constancia de la asistencia a este acto de los apoderados de la parte demandada recurrente abogados  Liliana Salazar Medina y Juan Carlos Varela Vásquez, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 52.157 y 48.405, respectivamente; asimismo, se deja constancia de la  no comparecencia del demandante ni de sus apoderados.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderada la abogada Liliana Salazar Medina, quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Concluida su exposición, el Presidente de la Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Mora Díaz, aprobada por mayoría absoluta, declara: 1) CON LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2)  Se ANULA la sentencia recurrida. 3) Se REPONE la causa al estado de que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución  que resulte competente fije previamente la fecha para la celebración de la audiencia preliminar.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video cassette del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

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