![]() | ||
|
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora de Despacho.
Exp. N° Control de la Legalidad 04-1235
La abogado IRENE
ZULIA TACHÓN MARTÍNEZ, presentó diligencia consignando Poder, para ser agregado
al juicio que sigue PEDRO ABRAHAM
HENRÍQUEZ contra ARMANDO DE FARÍA BILHIM MACEDO. Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.
Exp. N° RC 05-094
El abogado
RAFAEL ÁNGEL VALECILLOS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN más
Poder y Anexos, para ser agregado al juicio que sigue UVENCIO FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ contra C.A. TELARES DE
MARACAY. Ponente: Dr.
Exp. N° Control de la Legalidad 04-1739
La abogado
LOURDES CONTRERAS, presentó escrito de Transacción más Poder, para ser agregado
al juicio que sigue ELEONORA FLORES SOJO
contra BANCO DEL CARIBE, C.A.
BANCO UNIVERSAL. Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. N° RC 04-490
El ciudadano JHONNY LUNA, presentó diligencia dándose por notificado y solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA SIDERÚRGICA Y SUS SIMILARES DEL ESTADO BOLÍVAR (SUTISS) contra LAUDO ARBITRAL publicado en la Gaceta Oficial N° 37.926 de fecha 28 de abril de 1004. Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.
Exp. N° RC 05-129
El abogado JOSÉ
MANUEL ROJAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue JOSÉ
MANUEL MALDONADO contra PDVSA PETRÓLEO, S.A. Ponente: Dr.
- 001042
- 000941
- 000650
-
000277
-
001042
-
000941
-
000650
-
000277
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2005.
Recurso de Casación N°
04-1448
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia de los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO R. VALBUENA C., la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que el Vicepresidente de la Sala, Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las diez de la mañana (10:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus
alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación
con el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la
sentencia de fecha 09 de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado
Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo, en el juicio que por indemnización de daños derivados de accidente de
trabajo sigue MIGUEL EDUARDO HERNÁNDEZ JASPE contra SUPERENVASES
ENVALIC, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado José Elías Pinto Ojeda, apoderado judicial de la parte demandante recurrente, quien se identificó con el número de Inpreabogado 22.255; asimismo se encuentra presente el abogado Ricardo Henríquez La Roche, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 5.688, en representación de la parte demandada.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición se le concede el derecho de palabra a la parte demandada a través de su apoderado para que exponga sus argumentos. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. De seguidas, el Presidente de la Sala interrogó a la parte demandante. Respondió en primer lugar el abogado José Elías Pinto y continuó el trabajador reclamante. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2005.
Recurso de Casación N°
04-1455
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia de los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO R. VALBUENA C., la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que el Vicepresidente de la Sala, Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que tuviese lugar la
audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus
alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación
con el recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la
sentencia de fecha 12 de agosto del año 2004, dictada por el Tribunal Tercero
Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas, en el juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales
sigue YIMMY ALFREDO INFANTE contra
C.A. EDITORA EL NACIONAL.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Luis Ernesto Da Silva Goncalves, apoderado judicial de la parte demandante recurrente, quien se identificó con el número de Inpreabogado 79.424; asimismo se encuentra presente el abogado Miguel Felipe Gabaldón Gabaldón., debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4.842, en representación de la parte demandada.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición se le concede el derecho de palabra a la parte demandada a través de su apoderado para que exponga sus argumentos. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2005.
Recurso de Casación N°
04-1461
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia de los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO R. VALBUENA C., la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que el Vicepresidente de la Sala, Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, a
las doce del mediodía (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y
defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el
recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de
fecha 31 de agosto del año 2004, dictada por el Tribunal Primero Transitorio
Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui,
Barcelona, en el juicio que por enfermedad profesional y daño moral sigue ONÉSIMO
GARCÍA GAMBOA contra GTME DE VENEZUELA, S.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Freddy Antonio Requena, apoderado judicial de la parte demandante recurrente, quien se identificó con el número de Inpreabogado 59.465; asimismo se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. De seguidas, el Presidente de la Sala interrogó en cuatro oportunidades al abogado Freddy Antonio Requena, éste contestó. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido, con excepción de la condenatoria en costas. 3) No hay condenatoria en costas del recurso dada la naturaleza del presente fallo.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES QUINCE (15) DE FEBRERO DEL AÑO 2005.
Se abrió la sesión presidida por el Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia de los Magistrados JUAN RAFAEL PERDOMO y ALFONSO R. VALBUENA C., la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA, el Secretario Temporal de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que el Vicepresidente de la Sala, Magistrado LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón
de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia,
siendo las doce y treinta y siete minutos de la tarde (12:37 p.m) hora fijada
previo acuerdo de las partes, a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y
defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el
recurso de casación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de
fecha 15 de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Primero
del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo, en el juicio que por cobro de prestaciones sociales sigue FÉLIX
RAFAEL CASTRO RAMÍREZ contra AGROPECUARIA LA MACAGUITA, C.A., PROMOTORA
ISLUGA, C.A. Y CONSORCIO INVERSIONISTA MERCANTIL CIMA, C.A.
Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia del abogado Wilfredo Maddia Sánchez, apoderado judicial de la parte demandante recurrente, quien se identificó con el número de Inpreabogado 40.466; asimismo se encuentra presente el abogado Juan Vicente Ardila Peñuela, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 7.691, en representación de las demandadas Agropecuaria La Macaguita, C.A. y Promotora Isluga, C.A.
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la parte demandante recurrente a través de su apoderado quien expuso las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición se le concede el derecho de palabra a la parte demandada a través de su apoderado para que exponga sus argumentos. Concluido el debate, el Presidente de la Sala Dr. Omar Mora Díaz, preguntó a los Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo y le formuló cinco preguntas a la representación judicial del demandante. De seguidas, el Presidente de la Sala, interrogó igualmente al apoderado actor en tres oportunidades. En este estado, la Sala se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala leyó la decisión la cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, aprobada de manera unánime, declara 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante. 2) En consecuencia, se CONFIRMA el fallo recurrido. 3) Se condena en costas a la parte recurrente.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes.
Se ordena agregar al expediente cassettes de audio y video grabación del presente acto.
Se ordena la publicación de la presente Acta.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario Temporal,
_____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA
Recomendar esta página a un amigo(a) |
![]() |