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Sala de Casación Social
  • Fecha: 01 de Junio de 2006





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN SOCIAL

CUENTA DIARIA Nº  98

Jueves, 01 de junio de 2006

Siendo las 8:30 a.m., se inicia la hora del Despacho.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      05-908

 

La abogada ALEXANDRA CARIBAS, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al juicio que sigue CARMEN MULLER contra SERVICIOS AERONÁUTICOS SUCRE, C.A. (S.A.S.C.A.) Y OTRA.   Ponente: Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      06-807

 

El abogado BRÍGIDO ALEJANDRO MENDOZA ROJAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue PAULA MARCONI PEASPAN contra ALCALDE DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO JOSÉ TADEO MONAGAS.   Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      05-658

 

El abogado TOYN VILLAR, presentó escrito de FORMALIZACIÓN saneador, para ser agregado al juicio que sigue ANA SIMANCA contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV).   Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      05-1954

 

La abogada LOURDES NIETO FERRO, presentó diligencia solicitando copia certificada, para ser agregado al juicio que sigue RAFAEL PEROZO contra JUAN CARLOS ESCOTET Y OTRA.   Ponente: Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      06-1602

 

El abogado DOUGLAS FERRER RODRÍGUEZ, presentó diligencia solicitando pronunciamiento y admisión del recurso, para ser agregado al juicio que sigue DOUGLAS FERRER RODRÍGUEZ contra ALIMENTOS EL VIÑEDO, C.A.   Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      06-829

 

La abogada ROSEMARY THOMAS, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue MAGALY CASTILLO contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV).   Ponente: Dr.

 

 

Exp. Nº  Recurso de Casación      06-684

 

El ciudadano FRANCISCO IGNACIO PAOLINI asistido por los abogados MARIO LAREZ DÍAZ y MARIELLA BLASINI HOFFMANN, presentaron diligencia consignando Transacción más anexo, para ser agregado al juicio que sigue FRANCISCO IGNACIO PAOLINI contra UNILEVER ANDINA, S.A.   Ponente: Dr.

 

 

AUTO PUBLICADO

 

Exp. 05-1789

 

Por cuanto se observa que en el presente juicio el escrito de formalización no cumple con los requisitos relativos al número de líneas que debe contener, tal como lo estableció esta Sala de Casación Social en sentencia 706 de 27 de abril de 2006, o sea, treinta (30) líneas en el anverso y treinta y cuatro (34) en el reverso, se le concede a la parte formalizante, de acuerdo con lo igualmente establecido en dicha decisión, un lapso perentorio de cinco (5) días de despacho, contados a partir de esta fecha, para que subsane el exceso de líneas contenidas en el referido escrito, con la advertencia de que si no lo hace, se declarará perecido el recurso de conformidad con lo previsto en el artículo 171 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En virtud de lo antes expuesto se deja sin efecto la fijación que se había hecho para la celebración de la audiencia oral, pública y contradictoria, la cual será fijada nuevamente, caso de haber lugar a ello, por auto expreso.

 

ACTAS PÚBLICADAS

 

 

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO

Certificación de Cómputo

05-2037

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES PRIMERO (1°) DE JUNIO DEL AÑO 2006.

 

Control de la legalidad  Exp. 05-1760.

 

 

Se dió apertura al acto por el Presidente de la Sala Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y los Magistrados LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y quince minutos de la mañana (10:15 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del control de la legalidad solicitado por la co-demandada Inmobiliaria 20.037, C.A., contra la sentencia de fecha tres (3) de octubre del año 2005, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue RAFAEL ADELIS MORA ARROYO contra TRANSPORTE Y SERVICIOS TAXI SERVICE, C.A.,  METRO TAX, C.A., e INMOBILIARIA 20.037, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Rafael Adeliz Mora Arroyo, titular de la cédula de identidad 16.568.714, parte actora en este juicio y de sus apoderadas abogadas Militzi Lorena Nava Betancourt y Sandra Marlene Valbuena Conde, quienes se identificaron con los números de Inpreabogado 67.216 y 74.127, respectivamente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Luis Augusto Silva Martínez y Esteban Palacios Lozada, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 61.184 y 53.899, respectivamente, en representación de la co-demandada recurrente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra al abogado Luis Augusto Silva Martínez, apoderado de la parte demandada recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, se le concede el turno al abogado Esteban Palacios Lozada, quien complementó lo alegado por su colega. Terminada su intervención, correspondió el derecho de palabra a la parte actora a través de su apoderada Militzi Nava Betancourt, en primer lugar, y, posteriormente habló la abogada Sandra Valbuena Conde, para que manifiesten sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el recurrente. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Juan Rafael Perdomo y llamó al estrado al trabajador reclamante y le interrogó. Después preguntó a la representación judicial de ambas partes. Respondieron, por la parte actora, la abogada Militzi Nava y, por la demandada recurrente, el abogado Luis Silva. A continuación, el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, le formuló dos preguntas al abogado Luis Silva y éste contestó oportunamente. De seguidas, intervinieron, una vez solicitado el derecho de palabra, la abogada Militzi Nava y el abogado Esteban Palacios. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, declara: 1) SIN LUGAR el control de la legalidad solicitado. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se abandona la doctrina contenida en la sentencia de fecha 21 de febrero de 2006 (caso: Próspero Morales contra Metro Tax, C.A. y otras), con anuncio de los votos salvados de los Magistrados Juan Rafael Perdomo y Alfonso Valbuena Cordero.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES PRIMERO (1°) DE JUNIO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de Casación  Exp. 05-1544.

 

Se dio apertura al acto por el Presidente de la Sala Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA y el Cuarto Conjuez Dr. OMAR GARCÍA VALENTINER; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha primero (1°) de agosto del año 2005, emanada del Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue LEONARDO E. ALGARA, JONATHAN ARIAS, ALEJANDRO CAMACHO, MARTÍN CASTELLANO, JHONNY GONZÁLEZ, JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ, JOSÉ G. GONZÁLEZ, JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, RAFAEL GUANIPA, SALOMÓN GUANIPA, ALBA G. GUEVARA, ANDRÉS MATA, OMAR MONASTERIOS PONCE, EUTIMIO LISANDRO MURIA, WILLIAMS PALACIO, ORLANDO PEÑA, CLAUDIA J. PEÑA S., DALGUI PINTO, OSCAR REYES, JORGE RIVERO, JOSÉ RODRÍGUEZ, RENY RODRÍGUEZ, WILFREDO RODRÍGUEZ, JOSÉ RODRÍGUEZ PINTO, RAFAEL E. RODRÍGUEZ S., ÁLVARO ROJAS, MARTÍN SIERRALTA, FLORENCIO R. SÁNCHEZ G., CARLOS TORO, ALÍ TOVAR, JUAN URBANO, HERMES URBINA, MODESTO VELIZ y OSMÁN ÁVILA contra PANAMCO DE VENEZUELA, C.A. hoy COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto de los ciudadanos Wilfredo José Rodríguez y Alba Gustavo Guevara Escalona, titulares de la cédula de identidad Nos: 8.754.791 y 4.351.258, respectivamente, demandantes recurrentes en este juicio y de su apoderada abogada Gloria Evelina Pantaleón Ángel,  Inpreabogado 67.815; asimismo, se encuentran presentes los abogados Ignacio Tomas Andrade Monagas, Francisco Casanova y José Ángel Araujo Parra, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 41.910, 13.974 y 7.802, respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, se le concede el turno al abogado José Araujo, apoderado de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No  formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia de la Magistrada Carmen Elvigia Porras de Roa, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Por la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES PRIMERO (1°) DE JUNIO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de Casación  Exp. 05-1617.

 

Se dio apertura al acto por el Presidente de la Sala Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia de los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO, LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ, CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA y la Segunda Conjuez Dra. INGRID GUTIÉRREZ DOMÍNGUEZ; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia que la Segunda Conjuez Dra. Ingrid Gutiérrez Domínguez, no asistió a la audiencia por motivos justificados.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha cinco (5) de agosto del año 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por  COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue GONZALO FERNÁNDEZ TINOCO contra TELCEL, C.A.,

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Gonzalo Fernández Tinoco, titular de la cédula de identidad 5.313.895, parte actora recurrente en este juicio y de sus apoderados abogados Ana Victoria Perdomo Bazán y Félix Nicolás Figueroa Álvarez, identificados con los números de Inpreabogado 31.705 y 29.441, respectivamente; asimismo, se encuentran presentes los abogados Luis Hernández y Mark Anthony Melilli Silva, debidamente inscritos en el Inpreabogado bajo los números 35.656 y 79.506, respectivamente, en representación de la parte demandada.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la abogada Ana Victoria Perdomo, apoderada de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, se le concede el turno al abogado Luis Hernández, apoderado de la parte demandada, para que manifieste sus argumentos tendentes a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No  formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas al recurrente.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

ACTA

 

AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA

FIJADA PARA EL DIA DE HOY, JUEVES PRIMERO (1°) DE JUNIO DEL AÑO 2006.

 

Recurso de Casación  Exp. 05-1758.

 

 

Se dio apertura al acto por el Presidente de la Sala Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ, con la asistencia del Vicepresidente Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO y los Magistrados LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ, ALFONSO VALBUENA CORDERO y CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO.

 

Constituida la Sala en el Salón de Audiencias de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en  el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por ambas partes contra la sentencia de fecha treinta (30) de septiembre del año 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en el juicio que por  COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue HENRY FIGUEROA MENDOZA contra EXPRESOS MÉRIDA, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Henry Figueroa Mandoza, titular de la cédula de identidad 5.654.401, parte actora recurrente en este juicio y de su apoderada abogada Luz Dary Obando de Gamboa, identificada con el número de Inpreabogado 53.111; asimismo, se encuentra presente el abogado Jhonny Claret Duque Paz, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 28.352, en representación de la parte demandada también recurrente.

Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la apoderada de la parte demandante recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez finalizada su exposición, se le concede el turno al apoderado de la parte demandada recurrente, para que manifieste sus fundamentos y los argumentos tendentes a enervar lo expuesto por su contraparte. Concluido el debate, el Presidente de la Sala preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon. En este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, bajo la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por ambas partes. 2) Se CONFIRMA la sentencia recurrida.

De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente  disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.

 

 

AUTOS PUBLICADOS

 

 

AUTOS DE DESIGNACIÓN DE PONENTE

 

Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ:

 

AA-S-60-2006-0000673

 

AA-S-60-2006-0000686

 

AA-S-60-2006-0000698

 

AA-S-60-2006-0000714

 

AA-S-60-2006-0000741

 

AA-S-60-2006-0000751

 

AA-S-60-2006-0000779

 

AA-S-60-2006-0000796

 

AA-S-60-2006-0000807

 

AA-S-60-2006-0000816

 

AA-S-60-2006-0000839

 

AA-S-60-2006-0000723

 

AA-S-60-2006-0000727

 

AA-S-60-2006-0000685

 

AA-S-60-2006-0000677

 

AA-S-60-2006-0000692

 

AA-S-60-2006-0000700

 

AA-S-60-2006-0000707

 

AA-S-60-2006-0000710

 

AA-S-60-2006-0000721

 

AA-S-60-2006-0000734

 

AA-S-60-2006-0000744

 

AA-S-60-2006-0000753

 

AA-S-60-2006-0000758

 

AA-S-60-2006-0000766

 

AA-S-60-2006-0000776

 

AA-S-60-2006-0000784

 

AA-S-60-2006-0000792

 

AA-S-60-2006-0000802

 

AA-S-60-2006-0000814

 

AA-S-60-2006-0000821

 

AA-S-60-2006-0000827

 

AA-S-60-2006-0000834

 

AA-S-60-2006-0000844

 

AA-S-60-2006-0000850

 

AA-S-60-2006-0000846

 

 

Dr. JUAN RAFAEL PERDOMO

AA-S-60-2006-0000675

 

AA-S-60-2006-0000688

 

AA-S-60-2006-0000699

 

AA-S-60-2006-0000715

 

AA-S-60-2006-0000726

 

AA-S-60-2006-0000743

 

AA-S-60-2006-0000762

 

AA-S-60-2006-0000786

 

AA-S-60-2006-0000798

 

AA-S-60-2006-0000808

 

AA-S-60-2006-0000822

 

AA-S-60-2006-0000671

 

AA-S-60-2006-0000738

 

AA-S-60-2006-0000731

 

AA-S-60-2006-0000678

 

AA-S-60-2006-0000694

 

AA-S-60-2006-0000701

 

AA-S-60-2006-0000708

 

AA-S-60-2006-0000711

 

AA-S-60-2006-0000724

 

AA-S-60-2006-0000736

 

AA-S-60-2006-0000745

 

AA-S-60-2006-0000754

 

AA-S-60-2006-0000759

 

AA-S-60-2006-0000767

 

AA-S-60-2006-0000780

 

AA-S-60-2006-0000787

 

AA-S-60-2006-0000793

 

AA-S-60-2006-0000801

 

AA-S-60-2006-0000817

 

AA-S-60-2006-0000823

 

AA-S-60-2006-0000828

 

AA-S-60-2006-0000835

 

AA-S-60-2006-0000845

 

AA-S-60-2006-0000728

 

AA-S-60-2006-0000769

 

 

Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ

AA-S-60-2006-0000679

 

AA-S-60-2006-0000690

 

AA-S-60-2006-0000702

 

AA-S-60-2006-0000716

 

AA-S-60-2006-0000720

 

AA-S-60-2006-0000747

 

AA-S-60-2006-0000764

 

AA-S-60-2006-0000788

 

AA-S-60-2006-0000803

 

AA-S-60-2006-0000810

 

AA-S-60-2006-0000831

 

AA-S-60-2006-0000840

 

AA-S-60-2006-0000722

 

AA-S-60-2006-0000829

 

AA-S-60-2006-0000740

 

AA-S-60-2006-0000672

 

AA-S-60-2006-0000682

 

AA-S-60-2006-0000689

 

AA-S-60-2006-0000697

 

AA-S-60-2006-0000712

 

AA-S-60-2006-0000725

 

AA-S-60-2006-0000737

 

AA-S-60-2006-0000746

 

AA-S-60-2006-0000755

 

AA-S-60-2006-0000760

 

AA-S-60-2006-0000768

 

AA-S-60-2006-0000781

 

AA-S-60-2006-0000785

 

AA-S-60-2006-0000795

 

AA-S-60-2006-0000800

 

AA-S-60-2006-0000818

 

AA-S-60-2006-0000824

 

AA-S-60-2006-0000830

 

AA-S-60-2006-0000837

 

AA-S-60-2006-0000847

 

AA-S-60-2006-0000729

 

 

Dr. ALFONSO VALBUENA CORDERO

 

AA-S-60-2006-0000684

 

AA-S-60-2006-0000693

 

AA-S-60-2006-0000706

 

AA-S-60-2006-0000719

 

AA-S-60-2006-0000735

 

AA-S-60-2006-0000750

 

AA-S-60-2006-0000777

 

AA-S-60-2006-0000794

 

AA-S-60-2006-0000806

 

AA-S-60-2006-0000815

 

AA-S-60-2006-0000838

 

AA-S-60-2006-0000680

 

AA-S-60-2006-0000778

 

AA-S-60-2006-0000809

 

AA-S-60-2006-0000676

 

AA-S-60-2006-0000687

 

AA-S-60-2006-0000696

 

AA-S-60-2006-0000705

 

AA-S-60-2006-0000709

 

AA-S-60-2006-0000718

 

AA-S-60-2006-0000733

 

AA-S-60-2006-0000742

 

AA-S-60-2006-0000752

 

AA-S-60-2006-0000757

 

AA-S-60-2006-0000765

 

AA-S-60-2006-0000772

 

AA-S-60-2006-0000783

 

AA-S-60-2006-0000791

 

AA-S-60-2006-0000799

 

AA-S-60-2006-0000812

 

AA-S-60-2006-0000813

 

AA-S-60-2006-0000820

 

AA-S-60-2006-0000826

 

AA-S-60-2006-0000833

 

AA-S-60-2006-0000843

 

AA-S-60-2006-0000849

 

AA-S-60-2006-0000774

 

 

Dra. CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

AA-S-60-2006-0000681

 

AA-S-60-2006-0000691

 

AA-S-60-2006-0000704

 

AA-S-60-2006-0000717

 

AA-S-60-2006-0000732

 

AA-S-60-2006-0000748

 

AA-S-60-2006-0000771

 

AA-S-60-2006-0000789

 

AA-S-60-2006-0000805

 

AA-S-60-2006-0000811

 

AA-S-60-2006-0000836

 

AA-S-60-2006-0000842

 

AA-S-60-2006-0000775

 

AA-S-60-2006-0000763

 

AA-S-60-2006-0000674

 

AA-S-60-2006-0000683

 

AA-S-60-2006-0000695

 

AA-S-60-2006-0000703

 

AA-S-60-2006-0000713

 

AA-S-60-2006-0000730

 

AA-S-60-2006-0000739

 

AA-S-60-2006-0000749

 

AA-S-60-2006-0000756

 

AA-S-60-2006-0000761

 

AA-S-60-2006-0000770

 

AA-S-60-2006-0000782

 

AA-S-60-2006-0000790

 

AA-S-60-2006-0000797

 

AA-S-60-2006-0000804

 

AA-S-60-2006-0000819

 

AA-S-60-2006-0000825

 

AA-S-60-2006-0000832

 

AA-S-60-2006-0000841

 

AA-S-60-2006-0000848

 

AA-S-60-2006-0000773

 

 

 

 

A continuación se detalla listado de Decisiones Publicadas en el día de hoy:

NUMERO

EXPEDIENTE

PROCEDIMIENTO

PARTES

PONENTE

DECISIÓN

0884

05-1567

Recurso de Casación

Henry Bustillo contra Promociones y Construcciones del Centro, C.A. (PROCONCE, C.A.)

Luis Franceschi Gutiérrez

Sin lugar

0885

05-2000

Recurso de Casación

Alí Rafael Mendoza Correa contra PDVSA Petróleo y Gas, S.A.

Luis  Franceschi Gutiérrez

Perecido

0886

05-2009

Recurso de Casación

José Rafael García Boada contra Weatherford Latin America, S.A.

Luis  Franceschi Gutiérrez

Sin lugar

0887

05-1957

Recurso de Casación

Fredy José Montes de Oca Rojas contra Sincrudos de Oriente Sincor, C.A.

Alfonso  Valbuena Cordero

1- Con lugar el recurso (demandada) 2- Perecido el recurso (actora). 3- Parcialmente con lugar la demanda

0888

05-1044

Recurso de control de la legalidad

Olga Margarita Pérez de Salazar y otro contra Aerovías Venezolanas, S.A. (AVENSA) y otra

Juan Rafael Perdomo

1- Con lugar el recurso. 2- Se anula la sentencia. 3- Parcialmente con lugar la demanda

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Siendo las 3:00 p.m., concluye la hora de Despacho.

 

El Presidente de la Sala,

 

_____________________________

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

                                                                                El Secretario,

 

 

                                                              _____________________________

                                                              JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

 

 

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