TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA
DE CASACIÓN SOCIAL
CUENTA DIARIA Nº 63
Jueves, 06 de abril de 2006
Siendo las 8:30 a.m., se inicia la
hora del Despacho.
Exp. Nº Control
de la Legalidad 05-1977
La abogada ANA
VICTORIA PERDOMO BAZÁN, presentó diligencia consignando acuerdo y solicitud de
devolución de original, para ser agregado al juicio que sigue HUGO JOSÉ PEÑA ALARCÓN contra FÁBRICA DE CALZADOS LAURA, C.A. Ponente: Dr. LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
Exp. Nº Control
de la Legalidad 05-615
El abogado
WILLIAM MARTÍNEZ VEGAS, presentó diligencia solicitando expediente, para ser
agregado al juicio que sigue EDGAR
RICARDO LOBO MARTÍNEZ contra COMPAÑÍA
ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV). Ponente: Dr.
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-303
El abogado PEDRO
LUIS ÁLVAREZ GONZALO, presentó escrito de CONTESTACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue BETTY
CUBA contra COMPAÑÍA ANÓNIMA DE
ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE). Ponente: Dr. OMAR ALFREDO MORA DÍAZ.
Exp. S/Nº
El abogado
ALFREDO VALARINO, presentó escrito de FORMALIZACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue IVÁN
RAFAEL ROMERO LEAL contra ZARAMELLA
& PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, C.A. Ponente: Dr.
Exp. Nº Control
de la Legalidad 04-363
El abogado JHONY
BLANCO, presentó diligencia solicitando pronunciamiento, para ser agregado al
juicio que sigue MORAIMA MIJARES GARAY contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE
VENEZUELA (CANTV). Ponente: Dr. ALFONSO R. VALBUENA C.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-392
El abogado
CARLOS IGNACIO PÁEZ-PUMAR, presentó diligencia consignando Poder, para ser
agregado al juicio que sigue ALEJANDRO
ROJAS MARTÍNEZ contra COMPAÑÍA
ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV). Ponente: Dr.
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-392
El abogado
CARLOS PÁEZ PUMAR, presentó escrito de CONTESTACIÓN,
para ser agregado al juicio que sigue ALEJANDRO
ROJAS MARTÍNEZ contra COMPAÑÍA
ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (CANTV). Ponente: Dr.
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ.
Exp. Nº Recurso
de Casación 06-524
El abogado
CARLOS IGNACIO PÁEZ PUMAR, presentó escrito de FORMALIZACIÓN, para ser agregado al juicio que sigue INGRID RIVAS GONZÁLEZ contra COMPAÑÍA ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE
VENEZUELA (CANTV). Ponente: Dr.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (06) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de Casación Exp. N° 05-1405
Se abrió el acto por el
Vicepresidente, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la asistencia del Magistrado,
ALFONSO R. VALBUENA CORDERO y la Magistrada CARMEN
ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E.
RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. Se deja constancia de la
no comparecencia del Magistrado OMAR ALFREDO MORA DÍAZ y del Quinto Magistrado
Suplente Dr. Medardo Antonio Páez por motivos
justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las nueve y treinta
minutos de la mañana (9:30 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar
la audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la
parte demandante, contra la sentencia de fecha veinte (20) de julio del año
2005, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Sucre, en el juicio que por COBRODE PRESTACIONES SOCIALES
sigue JOSÉ LUIS URTIAGA contra COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado José Ángel Araujo Parra, quien se identificó
con el número de Inpreabogado 7.802; en
representación de la parte demandada; asimismo, se deja constancia de la no
comparecencia de la parte demandante recurrente ni de sus apoderados.
Seguidamente, el Vicepresidente
de la Sala, lee
la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena
Cordero, aprobada de manera unánime, declara: DESISTIDO el
recurso de casación solicitado, de conformidad con lo establecido en el
artículo 173 de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En consecuencia, se ordena el
envío del expediente a la
Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción
Judicial del Estado Sucre a los fines de que sea remitido al
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente.
Se declara que ha concluido el
acto. Se retiran los Magistrados y se ordena la publicación de la presente
Acta.-
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (6) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 05-1540.
Se dió
apertura al acto por el Vicepresidente de la Sala, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la
asistencia de los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO, LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA;
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E.
RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las diez y quince
minutos de la mañana (10:15 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar
la audiencia prevista en el artículo 173
de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la empresa SERVICIOS PICARDI, C.A. (SERVIPICA), contra la sentencia de fecha primero
(1°) de agosto del año 2005, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Anzoátegui, en el del juicio que por
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue HARRYS
ALEJANDRO PEROZO OROPEZA contra SERVICIOS PICARDI, C.A.
(SERVIPICA) y PETROLERA ZUATA, C.A. (PETROZUATA).
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado Alejandro Manuel Rodríguez Yánez, inscrito
en el Inpreabogado bajo el número 79.721, en
representación de la empresa Servipica, parte co-demandada
recurrente; asimismo, se encuentran presentes la abogada Adelicia
del Carmen Betancourt Reyes, inscrita en el Inpreabogado
bajo el N° 69.276, en representación de la parte
actora.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado de la empresa co-demandada
recurrente, para que exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad
del fallo recurrido. Una vez terminada su exposición, se le concede el derecho de palabra a la
apoderada del demandante, para que realice sus argumentos tendentes a enervar
lo expuesto por el recurrente. Concluido el debate, el Vicepresidente de la Sala, preguntó a los demás
Magistrados si desean formular preguntas. Intervino el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez
e interrogó a la representación judicial de ambas partes. Ilustrada como se
encuentra la Sala,
se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el Presidente de la Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del
Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo,
aprobada de manera unánime, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de
casación interpuesto. 2) Se CASA
DE OFICIO el fallo recurrido, por encontrar la Sala violaciones de orden
público laboral. 3) Se ANULA la sentencia recurrida. 4) De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 175 de la
Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende a las actas
del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 5) No ha
lugar la condenatoria en costas.
Dada la complejidad del
presente caso, se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las
demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles
siguientes. Se ordena agregar al expediente
disco compacto de audio y video del presente acto. Se ordena la
publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (6) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 05-1545.
Se dió
apertura al acto por el Vicepresidente de la Sala, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la
asistencia de los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO, LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA;
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E.
RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once de la
mañana (11:00 a.m.), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de
fecha tres (3) de agosto del año 2005, emanada del Juzgado Superior Primero del Nuevo Régimen Procesal y
Transitorio del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Monagas, en el del juicio que por COBRO
DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES sigue GILBERTO HERNÁNDEZ contra
SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, C.A.
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del abogado César Rafael Tovar Cordero, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 27.918, en representación de la
parte demandante recurrente; asimismo, se deja constancia de la no
comparecencia de la parte demandada ni de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra al apoderado del demandante recurrente, para que exponga las
razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez
terminada su exposición, el
Vicepresidente de la Sala,
le formuló varias preguntas al recurrente, las cuales contestó oportunamente.
Ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Vicepresidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena
Cordero, aprobada de manera unánime, declara: 1) CON LUGAR el
recurso de casación interpuesto. 2) Se ANULA
el fallo recurrido. 3) Se REPONE
la causa al estado de que el Tribunal Superior que resulte competente
decida el fondo del asunto con sujeción a lo establecido por la Sala.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (6) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 05-1549.
Se dió
apertura al acto por el Presidente de la Sala, Magistrado LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ, con la asistencia del Magistrado ALFONSO VALBUENA CORDERO y la Magistrada
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA; asimismo, se encuentran
presentes el Secretario de la
Sala Dr. JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL
A. RENGIFO. El Tercer Magistrado Suplente Dr. Jesús Alberto Soto Luzardo y la Primera Conjuez
Dra. Marjorie Acevedo Galindo, no estuvieron
presentes en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las once y cuarenta
y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), hora fijada a los fines de que
tuviese lugar la audiencia prevista en
el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las
partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y
contradictoria, en virtud del recurso de casación anunciado y formalizado por
la parte demandada contra la sentencia de fecha veinticinco (25) de julio del
año 2005, emanada del Juzgado Segundo Superior para el Régimen Procesal
Transitorio del trabajo del Circuito
Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el del juicio que por JUBILACIÓN
ESPECIAL sigue MARCO AURELIO ALVIÁREZ VELÁSCO, MIRIAN ZULIA BETERMIN DE
BONILLA, GUSTAVO BORJAS, MARITZA DEL VALLE CALDERA MARTÍNEZ, DOLORES ISIDRO
CHACÓN MORENO, NELSON JOSÉ GIL FUENTES, JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ DÍAZ, JULIÁN DEL
CARMEN MONTILLA DUQUE y RAFAEL ROGER ROJAS CHAURÁ contra COMPAÑÍA
ANÓNIMA NACIONAL TELÉFONOS DE VENEZUELA (C.A.N.T.V.).
Se deja constancia de la
asistencia a este acto de la abogada Brigitte Di Natale, inscrita en el Inpreabogado
bajo el número 36.287, en representación de la parte demandada recurrente;
asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante ni
de sus apoderados.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra a la apoderada de la parte demandada recurrente, para que
exponga las razones que a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido.
Una vez terminada su exposición, el
Presidente de la Sala,
preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas. No formularon.
Ilustrada como se encuentra la
Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la deliberación, el
Presidente de la Sala,
lee la decisión: La Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana
de Venezuela y por autoridad de la
Ley, bajo la ponencia del Magistrado Luis
Eduardo Franceschi Gutiérrez, aprobada de manera
unánime, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se ANULA el
fallo recurrido. 3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, la Sala
desciende a las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA.
De conformidad con el artículo
174 de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del
fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro
de los cinco (5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (6) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 05-1567.
Se dió
apertura al acto por el Vicepresidente de la Sala, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la
asistencia de los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO, LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA;
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E.
RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo las doce y once
minutos de la tarde (12:11 p.m.), hora fijada, previo acuerdo con las partes, a los fines de que tuviese lugar la audiencia
prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de
fecha tres (3) de agosto del año 2005, emanada del Juzgado Superior Tercero del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en
el del juicio que por INDEMNIZACIÓN DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRABAJO Y DAÑO
MORAL sigue HENRY DANIEL BUSTILLO contra PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES
DEL CENTRO, C.A. (PROCONCE, C.A.).
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del ciudadano Henry Daniel Bustillo, titular de la
cédula de identidad N° 13.634.461, parte actora en
este juicio y de su apoderado abogado Nelson de Jesús Lucena, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 22.332; asimismo, se encuentran
presentes los abogados Juan Vicente Ardila Peñuela y
Carlos Figueredo Villamizar,
inscritos en el Inpreabogado bajo los números 7.691 y
7.278, respectivamente, en representación de la parte demandada recurrente.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra a la parte demandada recurrente, a través de su apoderado
Juan Vicente Ardila, para que exponga las razones que
a su juicio justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su
exposición, se le concede el derecho de
palabra al apoderado del demandante, para que realice sus argumentos tendentes
a enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido
el debate, el Vicepresidente de la
Sala, preguntó al trabajador reclamante y posteriormente al
abogado Juan Vicente Ardila. Una vez dadas sus
respuestas, el Vicepresidente de la
Sala llamó al estrado al representante de la empresa que se
encontraba en el público presente, y se identificó con el nombre de José Luis Angulo, y a
quien le formuló preguntas. A continuación, el Magistrado Juan Perdomo
interrogó nuevamente al trabajador reclamante, y, de seguidas, a los abogados
Nelson Lucena y Juan Vicente Ardila. En este estado,
el Vicepresidente de la Sala
instó a las partes a la conciliación. Ambas partes aceptaron la propuesta. En
virtud de tal manifestación, la
Sala acuerda abrir un PROCESO CONCILIATORIO el cual culminará el día veinticinco (25) de
mayo del año 2006, a
la una y quince minutos de la tarde (1:15 p.m.), fecha en la cual se dictará la
sentencia oral respectiva, sin necesidad de notificación, en caso de no llegar
las partes a algún acuerdo. Se deja constancia en esta Acta de los datos de
identificación y ubicación de las partes para así facilitar la gestión
conciliatoria.
Parte actora:______________________________________________________
Teléfonos:____________________________________________________
Ubicación:___________________________________________________
____________________________________________________________
Parte demandada:__________________________________________________
Teléfonos:____________________________________________________
Ubicación:___________________________________________________
____________________________________________________________
Se ordena agregar al expediente
disco compacto de audio y video cassette de grabación
del presente acto. Se declara que ha concluido el acto. Se retiran los
Magistrados y se levanta el Acta respectiva.
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y
CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
JUEVES SEIS (6) DE ABRIL DEL AÑO 2006.
Recurso de casación Exp. N° 05-1571.
Se dió
apertura al acto por el Vicepresidente de la Sala, Magistrado JUAN RAFAEL PERDOMO, con la
asistencia de los Magistrados ALFONSO VALBUENA CORDERO, LUIS EDUARDO FRANCESCHI
GUTIÉRREZ y la Magistrada CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA;
asimismo, se encuentran presentes el Secretario de la Sala Dr. JOSÉ E.
RODRÍGUEZ NOGUERA y el Alguacil Sr. RAFAEL A. RENGIFO. El Magistrado OMAR
ALFREDO MORA DÍAZ, no estuvo presente en la audiencia por motivos justificados.
Constituida la Sala en el Salón de
Audiencias de la Sala
de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, siendo la una y cinco
minutos de la tarde (1:05 p.m.), hora fijada, previo acuerdo con las partes,
a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 173 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas
oralmente, de manera pública y contradictoria, en virtud del recurso de
casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de
fecha veinticinco (25) de julio del año 2005, emanada del Juzgado Superior del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en
el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES sigue FELIPE MANUEL DARRUIZ
CEBALLOS contra FUMIGACIONES AGRÍCOLAS, S.A. (FUMIAGRI).
Se deja constancia de la
asistencia a este acto del ciudadano Felipe Manuel Darruiz
Ceballos, titular de la cédula de identidad N° 5.624.241, parte actora en este juicio, debidamente
asistido por los abogados Beatriz Alicia Villalobos García e Iván José Medina Leguizamón, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 73.799 y 49.647, respectivamente; asimismo, se encuentran presentes
los abogados Aida de Jesús Solano Perdomo y José
Abelardo Zamora Solórzano, inscritos en el Inpreabogado
bajo los números 14.707 y 64.370, respectivamente, en representación de la
parte demandada recurrente.
Seguidamente se le otorga el
derecho de palabra a la parte demandada recurrente, a través de su apoderado
José Abelardo Zamora Solórzano, para que exponga las razones que a su juicio
justifican la nulidad del fallo recurrido. Una vez terminada su
exposición, se le concede el derecho de
palabra a la parte actora, a través del abogado Iván José Medina Leguizamón, para que realice sus argumentos tendentes a
enervar lo expuesto por el formalizante. Concluido el
debate, el Vicepresidente de la
Sala, preguntó a los demás Magistrados si desean formular preguntas.
Intervino el Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez e interrogó al trabajador reclamante y
al abogado de la demandada José Abelardo Zamora. Una vez dadas sus respuestas,
el Magistrado Juan Rafael Perdomo, preguntó al trabajador y éste respondió. En
este estado, ilustrada como se encuentra la Sala, se retiró a deliberar. Finalizada la
deliberación, el Presidente de la
Sala, lee la decisión: La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de
Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley,
bajo la ponencia del Magistrado Luis Eduardo Franceschi Gutiérrez, aprobada de manera unánime, declara:
1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto. 2) Se ANULA la
sentencia recurrida. 3) De conformidad
con lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, la Sala
desciende a las actas del expediente y declara SIN LUGAR LA DEMANDA por operar
la prescripción de la acción.
De conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica
Procesal del Trabajo, se ordena la publicación del fallo, con la
motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco
(5) días hábiles siguientes. Se ordena agregar al expediente disco compacto de audio y video del presente
acto. Se ordena la publicación de la presente Acta.
Siendo las 3:00 p.m., concluye la
hora de Despacho.
El Presidente de la Sala,
_____________________________
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Secretario,
_____________________________
JOSÉ E. RODRÍGUEZ NOGUERA

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